ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
Disposición 1/2021
DI-2021-1-E-AFIP-SDGOIGC#DGIMPO
Ciudad de Buenos Aires, 22/01/2021
VISTO las disposiciones DI-2020-188-E-AFIP-AFIP del 25/11/2020, la
DI-2020-6-E-AFIP-SDGOIGC-DGIMPO del 16/12/2020,
DI-2020-7-E-AFIP-SDGOIGC-DGIMPO del 24/12/20,
DI-2019-7-E-AFIP-DIOPGC-SDGOIGC del 01/11/2019, Nro. 7/2013-SDG OIGC
del 06/03/2013, Nro. 2/2014 -SDG OIGC del 15/1/2014, Nro. 9/2015-SDG
OIGC del 30/6/2015, Nro. 14/2015-SDG OIGC del 17/11/2015,
DI-2019-7-E-AFIP-DIOPGC-DGOIGC del 01/11/2019,
DI-2019-8-E-AFIP-DIOPGC-SDGOIGC del 05/11/2019,
DI-2019-10-E-AFIP-DIFIGC-SDGOIGC del 03/12/2019 y
DI-2019-5-E-AFIP-DIFIGC-SDGOIGC del 05/07/2019, del registro de la
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS; y
CONSIDERANDO:
Que mediante las disposiciones mencionadas se establece el Régimen de
reemplazos ante ausencia o impedimento del titular de las Direcciones,
Departamentos, Divisiones, Sección y Oficinas, dependientes de la
Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes
Contribuyentes Nacionales.
Que por las Disposiciones DI-2020-188-E-AFIP-AFIP del 25/11/2020,
DI-2020-6-E-AFIP-SDGOIGC-DGIMPO del 16/12/2020 y
DI-2020-7-E-AFIP-SDGOIGC-DGIMPO del 24/12/2020 mencionadas en el visto,
la Subdirección General del Grandes Contribuyentes Nacionales adecuó la
estructura organizativa en las distintas áreas que le dependen.
Que atendiendo a ello y por razones funcionales, resulta procedente
modificar el Régimen de Reemplazos, únicamente para los casos de
ausencia por licencia o impedimento de las Direcciones, Departamentos,
Divisiones, Secciones y Oficinas dependientes de la Subdirección
General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes Nacionales.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Disposiciones
DI-7-E/2018-AFIP del 05/01/2018 y DI-2020-6-AFIP-AFIP del 06/01/2020,
procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES IMPOSITIVAS DE GRANDES CONTRIBUYENTES NACIONALES
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Modifíquese el Régimen de Reemplazos, únicamente para
casos de ausencia o impedimento de las Direcciones, Departamentos,
Divisiones, Secciones y Oficinas en el ámbito de la Subdirección
General de Operaciones Grandes Contribuyentes Nacionales, el que
quedará establecido de la forma que seguidamente se indica:
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 7/2023
de la Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes
Constribuyentes Nacionales B.O. 6/12/2023 se deja sin efecto solamente
en referencia a las áreas
mencionadas en el artículo 1° de la norma de referencia.)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 9/2023
de la Dirección de Operaciones Grandes Constribuyentes Nacionales B.O.
15/06/2023 se deja sin efecto solamente en referencia a las áreas
mencionadas en el artículo 1° de la norma de referencia.)
(Nota Infoleg: por art. 2° de la Disposición N° 8/2023
de la Dirección de Operaciones Grandes Constribuyentes Nacionales B.O.
07/06/2023 se deja sin efecto solamente en referencia a las áreas
mencionadas en el artículo 1° de la norma de referencia.)
ARTICULO 2°.- Déjese sin efecto las Disposiciones Nro. 7/2013-SDG OIGC
de fecha 06/06/2013, DI-2019-7-E-AFIP-DIOPGC-SDGOIGC de fecha
01/11/2019, Nro 2/2014 -SDG OIGC del 15/1/2014, Nro 9/2015-SDG OIGC del
30/6/2015, Nro 14/2015-SDG OIGC del 17/11/2015,
DI-2019-7-E-AFIP-DIOPGC-DGOIGC del 01/11/2019,
DI-2019-8-E-AFIP-DIOPGC-SDGOIGC del 05/11/2019,
DI-2019-5-E-AFIP-DIFIGC-SDGOIGC del 05/07/2019 y
DI-2019-10-E-AFIP-DIFIGC-SDGOIGC del 03/12/2019.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.
Mariano Eloy Abbruzzese
(Nota Infoleg:
las modificaciones al presente régimen de reemplazos que se hayan
publicado en Boletín Oficial pueden consultarse clickeando en el enlace
"Esta norma es complementada o modificada por X norma(s).")
e. 26/01/2021 N° 3186/21 v. 26/01/2021