ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 21/2021
Resolución ENRE N° 21/2021
ACTA N° 1651
Expediente ENRE N° EX-2018-27410695-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 26 DE ENERO DE 2021
La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la EMPRESA DE
TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE
ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) a requerimiento del
MINISTERIO DE SERVICIOS PÚBLICOS de la Provincia de CATAMARCA para la
realización de la obra consistente en el reemplazo del actual
transformador de potencia N° 2 de 7,5/5/7,5 MVA - 132/33/13,2 kV por
otro de 15/15/15 MVA, con las obras de adecuación correspondientes y la
instalación de UN (1) campo completo en 13,2 kV en la Estación
Transformadora (ET) Belén, de TRANSNOA S.A.
2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a
través de un AVISO en los portales de Internet del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de
CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos
en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las
obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo,
se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser
computados desde la última publicación efectuada para que quien
considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a
las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos,
plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE.
3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a otros
usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas
y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, en caso contrario, operado el vencimiento del plazo
fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se verifique la
presentación de oposición alguna, este Ente Nacional procederá a dictar
un acto administrativo con el objeto de otorgar el Certificado de
Conveniencia y Necesidad Pública referido en el artículo 1.
5.- El solicitante deberá cumplir con todas las observaciones y
requerimientos técnicos efectuados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA en sus
respectivos informes técnicos, a efectos de garantizar el
funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).
6.- TRANSNOA S.A. deberá proceder a realizar los ajustes a su Sistema
de Gestión Ambiental (SGA) incorporando las nuevas instalaciones
(Ampliación ET) y los monitoreos correspondientes una vez finalizadas
las obras. 7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas deberán
cumplir con las Resoluciones ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 y
N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011.
Firmado:Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.
Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.
e. 28/01/2021 N° 3683/21 v. 28/01/2021