UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO
Decisión Administrativa 42/2021
DECAD-2021-42-APN-JGM - Dase por designada Directora Ejecutiva de Procesos.
Ciudad de Buenos Aires, 29/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-66064517-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 416
del 12 de junio de 2017, 7 del 10 de diciembre de 2019 y su
modificatorio y la Decisión Administrativa N° 376 del 14 de junio de
2017, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el artículo 7° de la citada Ley se estableció que las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán
cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en
vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa
autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.
Que por el Decreto Nº 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 416/17 se creó la UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE
VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), como órgano
desconcentrado en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO del
ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
Que por la Decisión Administrativa N° 376/17 se creó, entre otros, el
cargo extraescalafonario de Director/a Ejecutivo/a de Procesos, con
dependencia directa de la UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA
ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), órgano desconcentrado de
la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN
COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con rango de
Director o Directora Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A
- Grado 12, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y
complementarios.
Que resulta necesario proceder a la cobertura del citado cargo extraescalafonario.
Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la
Ley N° 27.591 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada, a partir del 1º de octubre de 2020, a
la ingeniera Alejandra Claudia MAISTERRA (D.N.I. Nº 14.897.403) en el
cargo extraescalafonario de Directora Ejecutiva de Procesos, con
dependencia directa de la UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA
ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), órgano desconcentrado en
el ámbito de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y
GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con
rango de Directora Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A -
Grado 12, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08, y con autorización excepcional al
artículo 7° de la Ley N° 27.591.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Matías Sebastián Kulfas
e. 01/02/2021 N° 4385/21 v. 01/02/2021