Resolución 3/2021
RESOL-2021-3-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2020-76939686- -APN-DGD#MDP, las Resoluciones
Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS del citado ex Ministerio, 483 de fecha 10 de
septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 140 de
fecha 17 de noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el dictado de la Resolución N° 709 de fecha 18 de
noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN se creó el Programa
“Plan de Diseño” con el objetivo de fortalecer la competitividad
industrial mediante la incorporación del diseño como herramienta.
Que el mencionado Programa contempla DOS (2) modalidades y herramientas
de implementación llamadas “PYMES D” y “Sello del Buen Diseño
Argentino”, asignando diferentes instrumentos y formalidades para cada
una de ellas.
Que la herramienta “Sello del Buen Diseño Argentino” consiste en una
distinción a la incorporación de la gestión de diseño, siempre que se
demuestre una mejora en los procesos industriales y productos,
aumentando la competitividad, tanto en el mercado interno como en el
externo, constituyendo una oferta nacional de productos destacados por
su diseño. El beneficio no contempla ningún tipo de retribución
económica para quienes resulten distinguidos.
Que entre los beneficios que contempla la distinción se encuentran la
inclusión de los productos distinguidos en el Catálogo Anual del “Sello
de Buen Diseño Argentino”, publicaciones de promoción en notas de
prensa, revistas de publicación masiva y especializadas de diseño;
participación en eventos y/o exposiciones y generación de nuevas
oportunidades comerciales, a partir de reuniones y rondas de negocios
con compradores nacionales e internacionales.
Que, a través de la Resolución N° 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE
PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo y las Bases y Condiciones
Generales del Programa “Plan de Diseño” con el propósito de presentar
los términos, condiciones y procedimientos que regirán su ejecución.
Que de acuerdo con lo dispuesto por los Artículos 3° y 4° de la
Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, las
Bases y Condiciones Generales del citado Programa, deberán ser
publicadas en cada llamado a convocatoria junto a las Bases y
Condiciones Particulares que, en virtud de criterios específicos
relacionados a sectores industriales o zonas geográficas, requieran
complementarlas.
Que la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
SERVICIOS establece que la elaboración de las Bases y Condiciones
Particulares, así como el llamado a convocatoria es facultad de la ex
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PRODUCTIVA de la citada ex Secretaría del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
Que por la Resolución N° 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se transfirió el Programa “Plan de
Diseño” creado por la Resolución N° 709/16 de la entonces SECRETARÍA DE
INDUSTRIA Y SERVICIOS, actual SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL
CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, a la órbita de la SECRETARÍA
DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, designándose a esta última como Autoridad de
Aplicación de dicho Programa, quedando facultada a dictar las normas
complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su
ejecución.
Que, por la Resolución N° 140 de fecha 17 de noviembre de 2020 de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se convocó a los interesados en
acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino” a presentar
el correspondiente formulario de inscripción y la documentación
pertinente, conforme las previsiones dispuestas en el Reglamento
Operativo del citado Programa, aprobado por la Resolución N° 409/17 de
la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS.
Que, la complejidad que implican las actividades de difusión y la
recopilación de la documentación requerida en tiempos de Pandemia, la
cual debe cumplir con los requisitos y formalidades estipulados en las
bases y condiciones y en pos de lograr una integración estratégica del
diseño en la producción local para mejorar su competitividad, su
productividad y aumentar las posibilidades de insertar sus productos en
el mercado nacional e internacional se considera conveniente, prorrogar
hasta el día 28 de febrero de 2021 el plazo para presentar el
formulario de inscripción y la documentación pertinente para acceder a
la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino” abierta por medio de la
Resolución N° 140/2020 de la SECRETARÍA DE DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES específicamente.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por el Artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos N° 19.549 y sus modificaciones, por el Decreto N° 50 de
fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, por las
Resoluciones Nros. 709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483/20 del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrógase hasta el día 28 de febrero de 2021 el plazo de
la convocatoria estipulado en la Resolución N° 140 de fecha 17 de
noviembre de 2020 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, para que los
interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño
Argentino”, prevista en el marco del Programa “Plan de Diseño” creado
por la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, pueden presentar el correspondiente
formulario de inscripción y la documentación pertinente, conforme las
previsiones dispuestas en el Reglamento Operativo del citado Programa,
aprobado por la Resolución N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida comenzará a regir a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
e. 01/02/2021 N° 4153/21 v. 01/02/2021