Resolución 79/2021
RESOL-2021-79-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-71516445- -APN-DGD#MC, la Resolución N°
1851 de fecha 10 de diciembre de 2020 del MINISTERIO DE CULTURA, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución M.C. N° 1851/20, se convocó al certamen de
Premios Nacionales para el año 2020, de conformidad con las previsiones
contenidas en el RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA,
ARTÍSTICA Y LITERARIA, aprobado mediante el anexo de la misma.
Que el artículo 4° del régimen mencionado, prevé la posibilidad de
prorrogar el plazo de inscripción de SESENTA (60) días corridos de
abierta la convocatoria en caso de resultar conveniente.
Que el artículo 15 dispone que las modalidades de ejecución y el
cronograma establecido por el presente reglamento, quedan sujetos a
eventuales cambios en atención a la Emergencia Sanitaria y al
Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio dispuestos por los Decretos
N° 260/20 y N° 297/20 y sus modificatorios, y a las normas
complementarias que dicte la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el
MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN y el MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN en el marco de la evolución epidemiológica COVID-19.
Que en la presente convocatoria, con modalidad exclusivamente virtual
atento a la Emergencia Sanitaria, el Aislamiento Social Preventivo y
Obligatorio (ASPO) y posterior Distanciamiento Social, Preventivo y
Obligatorio (DISPO), se han multiplicado las consultas sobre los
requisitos de presentación por parte de los concursantes.
Que, asimismo, resulta beneficioso contar con un plazo suplementario
que pueda asegurar una mayor participación y difusión del certamen, así
como también, garantizar una apropiada consecución del objeto del
mismo, de estimular y recompensar la producción científica, artística y
literaria por su contribución a las múltiples manifestaciones en el
campo cultural.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES resulta,
en función del artículo 12 del RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN
CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, la Autoridad de Aplicación e
Interpretación del Régimen, autorizándola a dictar las medidas
complementarias a fin de lograr su efectivo cumplimiento.
Que en virtud de lo mencionado, resulta necesario ampliar el plazo de
inscripción previsto en los artículos 4° y 14 del RÉGIMEN DE PREMIOS A
LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, hasta el 12 de marzo
de 2021.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL ha intervenido en cuanto resulta
materia de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta con fundamento en lo normado por los
artículos 4° y 15 del RÉGIMEN DE PREMIOS A LA PRODUCCIÓN CIENTÍFICA,
ARTÍSTICA Y LITERARIA aprobado por Resolución M.C. N° 1851/20 y en
virtud de la competencia asignada por la Ley de Ministerios N° 22.520
(texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias).
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Prorrogar hasta el 12 de marzo de 2021 el plazo de
inscripción del certamen de Premios Nacionales para el año 2020
previsto en los artículos 4° y 14 del RÉGIMEN DE PREMIOS A LA
PRODUCCIÓN CIENTÍFICA, ARTÍSTICA Y LITERARIA, aprobado por la
Resolución M.C. N° 1851/20 (RESOL-2020-1851-APN-MC).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, dese
a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.
Cumplido, archívese.
Tristán Bauer
e. 03/02/2021 N° 4926/21 v. 03/02/2021