ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO
Disposición 9/2021
DI-2021-9-APN-GAYP#ORSNA
Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-81497150- -APN-GAYP#ORSNA, la Ley N°
27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de
2020, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa
N° 409 del 18 de marzo de 2020 y sus complementarias, las Resoluciones
Nros. 100 de fecha 19 de marzo de 2020, 114 del 15 de abril de 2020 y
115 de fecha 16 de abril de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, la Resolución N° 74 del 23 de
octubre de 2020 del DIRECTORIO del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por
Emergencia COVID-19 N° 01/2020, N° 58-0022-CDI20, destinada a la
adquisición de Insumos Protocolo COVID-19 para el ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a requerimiento de la GERENCIA DE
RECURSOS HUMANOS.
Que la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco
de la Emergencia Pública N° 27.541, declaró la emergencia pública en
materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional,
tarifaria, energética, sanitaria y social.
Que el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 amplió la emergencia
pública en materia sanitaria establecida mediante la referida Ley.
Que el artículo 15 ter del mencionado Decreto N° 260/2020 facultó a las
jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8°
incisos a) y b) de la Ley N° 24.156, por el plazo que dure la
emergencia, a efectuar la contratación directa de bienes y servicios
que sean necesarios para atender la misma, sin sujeción al Régimen de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado por
Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001.
Que por medio de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo
de 2020, se estableció el Procedimiento de Contratación de Bienes y
Servicios en la Emergencia, disponiendo que los principios generales a
los que debe ajustarse la gestión de los procedimientos de selección
son los enumerados en el artículo 3° del Régimen de Contrataciones de
la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01.
Que asimismo, la referida Decisión Administrativa N° 409/2020, limitó
la utilización del mencionado procedimiento exclusivamente a la
contratación de los bienes y servicios requeridos en el marco de la
emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/2020.
Que mediante la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, se aprobó el procedimiento complementario al establecido en
la Decisión Administrativa N° 409/2020, para la contratación de bienes
y servicios en el marco de la emergencia pública sanitaria ampliada por
el Decreto N° 260/2020.
Que en fecha 23 de octubre de 2020, mediante
RESFC-2020-74-APN-ORNSA#MTR del DIRECTORIO del ORGANISMO REGULADOR DEL
SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS se aprobó el “Protocolo COVID -19 para
las trabajadoras y trabajadores del Organismo Regulador del Sistema
Nacional de Aeropuertos”.
Que la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS a través del Memorándum N°
ME-2020-73064248-APN-GRRHH#ORSNA solicitó la adquisición de insumos
para cumplir con el Protocolo COVID-19 para las trabajadoras y
trabajadores del Organismo.
Que la mencionada Gerencia rectifica las especificaciones técnicas a través del Memorándum N° ME-2020-776513614-APN-GRRHH#ORSNA.
Que el día 26 de noviembre de 2020, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la GERENCIA DE
ADMINISTRACIÓN Y PRESPUESTO, publicó la convocatoria de la Contratación
Directa N° 58-0022-CDI20 en el Portal de Compras Electrónicas de la
República Argentina (COMPR.AR), mediante el cual se realizaron las
invitaciones de rigor en el sitio de Internet del ORGANISMO REGULADOR
DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, en la página del BOLETÍN OFICIAL y
se remitió, asimismo, a la FEDERACIÓN DE MAYORISTAS Y PROVEEDORES DEL
ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (FEMAPE) y a la UNIÓN ARGENTINA
DE PROVEEDORES DEL ESTADO (UAPE) el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares correspondiente al procedimiento a efectos de que por su
intermedio sea comunicado y puesto a disposición de los interesados.
Que el día 3 de diciembre de 2020, a la hora prevista en el llamado
respectivo, se realizó a través del Portal de Compras Electrónicas de
la República Argentina (COMPR.AR) la Apertura de Ofertas, generándose
en forma electrónica y automática el acta de apertura de ofertas
correspondiente.
Que presentaron sus ofertas Briefing360 S.A. (30-70757448-4), VIALERG
SA (30-71624187-0), DEBORA ALICIA LACUNZA (27-26148669-0), PROVEX
S.R.L. (30-71517096-1), RAUL JORGE LEON POGGI (20-08336759-9), 152 Bis
SAS (30-71581078-2), POLLERO ROSANA MARIA LEONOR (27-16910912-0),
Ezequiel Martín Dawidowski (20-30592407-6), ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L.
(30-65687578-6), UNIVERSO DEPORTIVO S.A. (30-71509561-7), Syncrotech
S.R.L.(30-69461778-2), SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (30-71158542-3),
EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (30-71081955-2), MARIO OMAR GARAVELLI
(20-12274306-4), LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L.
(30-67694776-7), JUAN CARLOS CARDINALE S.R.L. (30-70930125-6), BERLY
INTERNACIONAL SA (30-66128296-3), SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL SA
(30-71117659-0).
Que por medio de los Memorándum N° ME-2020-82082676-APN-GAYP#ORSNA y
ME-2020- 86904475-APN-GAYP#ORSNA, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y
CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS informó a la UNIDAD DE
AUDITORÍA INTERNA los datos de la Contratación Directa N° 58-0022-CDI20
y se remitió copia del acto de apertura, informando que no se recibió
ninguna oferta por correo electrónico.
Que la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, mediante
IF-2020-87374688-APN-GRRHH#ORSNA realizó el análisis técnico de las
ofertas presentadas.
Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y
SUMINISTROS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO a través del
Informe de Evaluación Nº IF-2020-89718136-APN-GAYP#ORSNA,
IF-2020-89799477-APN-GAYP#ORSNA e IF-2020-89956762-APN-GAYP#ORSNA
evaluó las ofertas y la documentación presentada conforme los
requerimientos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas que rigen el procedimiento.
Que mediante ME-2020-89754994-APN-GAYP#ORSNA,
ME-2020-89800712-APN-GAYP#ORSNA y ME-2020-89969692-APN-GAYP#ORSNA se
notificó los citados informes a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.
Que corresponde desestimar por inadmisibles las ofertas presentadas por
RAUL JORGE LEON POGGI, UNIVERSO DEPORTIVO S.A., LABORATORIOS BELLANDI Y
BARRERAS S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., ROSANA MARIA
LEONOR POLLERO, MARIO OMAR GARAVELLI, las ofertas correspondientes a
los Renglones 2, 3, 4, 6, 8 y 9 presentada por ANTIGUA SAN ROQUE
S.R.L., las ofertas correspondientes a los Renglones 2 y 9 presentada
por SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., la oferta correspondiente al
Renglón 5 presentada por EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L., la oferta
correspondiente al Renglón 3 presentada por VIALERG S.A., la oferta
correspondiente al Renglón N° 3 presentada por DEBORA ALICIA LACUNZA,
la oferta base y alternativa correspondiente al Renglón N° 4
presentadas por PROVEX S.R.L., por no cumplir con lo requerido en las
Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares y Especificaciones Técnicas.
Que corresponde desestimar por inconvenientes las ofertas
correspondientes al Renglón N° 1 presentadas por DEBORA ALICIA LACUNZA,
SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. y BERLY
INTERNACIONAL S.A.
Que no existiendo ofertas admisibles para el Renglón N° 1 y 2 corresponde declarar ambos renglones fracasados.
Que en consecuencia, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES,
PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y
PRESUPUESTO, recomienda adjudicar a DEBORA ALICIA LACUNZA el Renglón N°
7 por un monto total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS QUINCE
($7.815,00.-) IVA incluido, los Renglones N° 3 y 10 a la firma
SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. por un monto total de PESOS DOCE MIL
SESENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 12.069,20.-) IVA incluido, el
Renglón 4 a la firma BERLY INTERNACIONAL S.A. por un monto total de
PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($13.679,00.), IVA
incluido, los Renglones N° 5 y 6 a la firma PROVEX S.R.L. por un monto
total de PESOS TRECE MIL CIENTO DOCE ($13.112,00.-) IVA incluido, el
reglón N° 8 a la firma Briefing360 S.A. (oferta alternativa) por un
monto total de PESOS SEIS MIL ($6.000,00.-) IVA incluido y el reglón N°
9 a la firma Syncrotech S.R.L. por un monto total de PESOS QUINCE MIL
($15.000,00.-) IVA incluido.
Que la Decisión Administrativa N° 472 de fecha 7 de abril de 2020
estableció que en los procesos de compra que se lleven a cabo para
atender la emergencia en el marco del Procedimiento de Contratación de
Bienes y Servicios establecido por la Decisión Administrativa N°
409/2020, no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los
Precios Máximos establecidos por la Resolución N° 100 de fecha 19 de
marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO, o aquellos que se dispongan en el futuro.
Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y
SUMINISTROS manifestó que habiendo cotejado los precios máximos sólo se
encuentran contemplados los barbijos y el alcohol en gel, no figurando
el resto de los insumos objeto de la presente contratación.
Que en relación al Renglón N° 3 señaló que se tomó como referencia el
precio máximo de “barbijo no quirúrgico”, según el artículo 2° de la
Resolución N° 114/2020 el cual asciende a la suma de PESOS CUARENTA
($40,00) por unidad, e indicó que el precio por unidad de la oferta de
la empresa SERVICIOS PARA LA HYGYENE S.A., cuya adjudicación
recomienda, es de PESOS VEINTIUNO CON DIECISIETE CENTAVOS ($21,17) IVA
incluido.
Que respecto del Renglón N° 6 manifestó que el artículo 4° de la
Resolución 115/2020 establece en relación al alcohol en gel como
cantidad máxima 1000 ml y, para esa cantidad, el precio máximo de
referencia es de PESOS QUINIENTOS ($500), considerando en consecuencia
para los CUATRO (4) litros requeridos el máximo establecido por dicha
Resolución, siendo la oferta de la empresa PROVEX S.R.L, cuya
adjudicación recomienda, de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE ($187) por
cada 1000 ml.
Que el DEPARTAMENTO CONTABLE ha autorizado mediante el Portal de
Compras Electrónicas de la República Argentina, Sistema COMPR.AR la
Solicitud de Contratación Nº 58-47-SCO20, constatando la existencia de
crédito presupuestario para hacer frente a los gastos que demande la
presente adquisición, con los créditos correspondientes al Programa 16,
Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 5, Inciso 2, Partida
Principal 5, Partida Parcial 8, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida
Parcial 9, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 2 e Inciso 2,
Partida Principal 5, Partida Parcial 4.
Que, asimismo, el mencionado Departamento a través del Memorándum N°
ME-2021-06236184-APN-GAYP#ORSNA informó que existe crédito
presupuestario disponible en el ejercicio 2021 para afrontar el gasto
que demande la contratación.
Que conforme lo establecido en el artículo 15 ter del Decreto N° 260/20
y la Disposición N° 48/20 deberá procederse a publicar el presente acto
en el Portal de Compras Públicas Electrónicas COMPR.AR y en el Boletín
Oficial por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de
notificado.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el artículo 6° de la citada Decisión Administrativa N° 409/2020,
dispuso que resulta de aplicación al Procedimiento de Contratación de
Bienes y Servicios en la Emergencia del Anexo I del Artículo 9° del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.
Que en consecuencia la presente medida se dicta en uso de las
facultades emergentes del artículo 9º del “Reglamento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto
Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y la Resolución ORSNA Nº 64 del
14 de agosto de 2019.
Por ello,
EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
DISPONE
ARTÍCULO 1º.- Aprobar el trámite llevado a cabo mediante la
Contratación Directa por Emergencia COVID-19 N° 01/2020, Nº
58-0022-CDI20, destinada a la adquisición de Insumos Protocolo COVID-19
para el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS de
conformidad al Procedimiento para la Contratación de Bienes y Servicios
requeridos en el marco de la Emergencia previsto por la Decisión
Administrativa Nº 409/2020 y sus complementarias, y la Disposición N°
48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus
modificatorias.
ARTICULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas presentadas por
RAUL JORGE LEON POGGI, UNIVERSO DEPORTIVO S.A., LABORATORIOS BELLANDI Y
BARRERAS S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., ROSANA MARIA
LEONOR POLLERO, MARIO OMAR GARAVELLI, las ofertas correspondientes a
los Renglones N° 2, 3, 4, 6, 8 y 9 presentada por ANTIGUA SAN ROQUE
S.R.L., las ofertas correspondientes a los Renglones N° 2 y 9
presentada por SERVICIO PARA LA HIGIENE S.A., la oferta correspondiente
al Renglón 5 presentada por EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L., la oferta
correspondiente al Renglón 3 presentada por VIALERG S.A., la oferta
correspondiente al Renglón 3 presentada por DEBORA ALICIA LACUNZA, la
oferta base y alternativa correspondiente al Renglón N° 4 presentadas
por PROVEX S.R.L., en virtud de las razones expuestas en la presente
medida.
ARTICULO 3°.- Desestimar por inconveniente las ofertas presentadas para
el Renglón N° 1 por DEBORA ALICIA LACUNZA, SERVICIOS PARA LA HIGIENE
S.A., EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. y BERLY INTERNACIONAL S.A., por las
razones expuestas en la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- Declarar fracasado los Renglones N° 1 y 2 de la
Contratación Directa por Emergencia COVID-19 N° 01/2020, Nº
58-0022-CDI20 por los fundamentos expuestos en los Considerandos de la
presente medida.
ARTICULO 5º.-Adjudicar los Renglones N° 3 y 10 a la firma SERVICIOS
PARA LA HIGIENE S.A. por un monto total de PESOS DOCE MIL SESENTA Y
NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 12.069,20.-) IVA incluido, el Renglón N° 4
a la firma BERLY INTERNACIONAL S.A. por un monto total de PESOS TRECE
MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($13.679,00.-) IVA incluido, los
Renglones N° 5 y 6 a la firma PROVEX S.R.L. por un monto total de PESOS
TRECE MIL CIENTO DOCE ($13.112,00.-) IVA incluido, el Renglón N° 7 a
DEBORA ALICIA LACUNZA por un monto total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS
QUINCE ($7.815,00) IVA incluido, el Renglón N° 8 a la firma Briefing360
S.A. (oferta alternativa) por un monto total de PESOS SEIS MIL
($6.000,00.-) IVA incluido, y el Renglón N° 9 a la firma Syncrotech
S.R.L. por un monto total de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00.-) IVA
incluido.
ARTICULO 6º.-Autorizar al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES,
PATRIMONIO Y SUMINISTROS a emitir las correspondientes Órdenes de
Compra.
ARTICULO 7º.-Instruir a la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS para que proceda a la recepción de los bienes adquiridos.
ARTICULO 8º.-Determinar que el gasto que demande la presente
contratación será atendido con los créditos correspondiente al Programa
16, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 5, Inciso 2, Partida
Principal 5, Partida Parcial 8, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida
Parcial 9, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 2 e Inciso 2,
Partida Principal 5, Partida Parcial 4 para el año 2021.
ARTICULO 9º.-Comunicar al DIRECTORIO y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS vía correo
electrónico adjuntando copia digital de la presente medida debidamente
formalizada para su conocimiento.
ARTICULO 10.- Publicar en el Portal de Compras Públicas Electrónicas
COMPR.AR y en la página web del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA
NACIONAL DE AEROPUERTOS, comunicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, y archivar.
Marcos Serrano
e. 10/02/2021 N° 6588/21 v. 10/02/2021