ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO

Disposición 9/2021

DI-2021-9-APN-GAYP#ORSNA

Ciudad de Buenos Aires, 28/01/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-81497150- -APN-GAYP#ORSNA, la Ley N° 27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020, sus modificatorios y complementarios, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020 y sus complementarias, las Resoluciones Nros. 100 de fecha 19 de marzo de 2020, 114 del 15 de abril de 2020 y 115 de fecha 16 de abril de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, la Resolución N° 74 del 23 de octubre de 2020 del DIRECTORIO del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS y la Disposición N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto tramita la Contratación por Emergencia COVID-19 N° 01/2020, N° 58-0022-CDI20, destinada a la adquisición de Insumos Protocolo COVID-19 para el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, a requerimiento de la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS.

Que la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541, declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.

Que el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida mediante la referida Ley.

Que el artículo 15 ter del mencionado Decreto N° 260/2020 facultó a las jurisdicciones, organismos y entidades comprendidos en el Artículo 8° incisos a) y b) de la Ley N° 24.156, por el plazo que dure la emergencia, a efectuar la contratación directa de bienes y servicios que sean necesarios para atender la misma, sin sujeción al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional, aprobado por Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001.

Que por medio de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020, se estableció el Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia, disponiendo que los principios generales a los que debe ajustarse la gestión de los procedimientos de selección son los enumerados en el artículo 3° del Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional aprobado por el Decreto N° 1023/01.

Que asimismo, la referida Decisión Administrativa N° 409/2020, limitó la utilización del mencionado procedimiento exclusivamente a la contratación de los bienes y servicios requeridos en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/2020.

Que mediante la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se aprobó el procedimiento complementario al establecido en la Decisión Administrativa N° 409/2020, para la contratación de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública sanitaria ampliada por el Decreto N° 260/2020.

Que en fecha 23 de octubre de 2020, mediante RESFC-2020-74-APN-ORNSA#MTR del DIRECTORIO del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS se aprobó el “Protocolo COVID -19 para las trabajadoras y trabajadores del Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos”.

Que la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS a través del Memorándum N° ME-2020-73064248-APN-GRRHH#ORSNA solicitó la adquisición de insumos para cumplir con el Protocolo COVID-19 para las trabajadoras y trabajadores del Organismo.

Que la mencionada Gerencia rectifica las especificaciones técnicas a través del Memorándum N° ME-2020-776513614-APN-GRRHH#ORSNA.

Que el día 26 de noviembre de 2020, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESPUESTO, publicó la convocatoria de la Contratación Directa N° 58-0022-CDI20 en el Portal de Compras Electrónicas de la República Argentina (COMPR.AR), mediante el cual se realizaron las invitaciones de rigor en el sitio de Internet del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, en la página del BOLETÍN OFICIAL y se remitió, asimismo, a la FEDERACIÓN DE MAYORISTAS Y PROVEEDORES DEL ESTADO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (FEMAPE) y a la UNIÓN ARGENTINA DE PROVEEDORES DEL ESTADO (UAPE) el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente al procedimiento a efectos de que por su intermedio sea comunicado y puesto a disposición de los interesados.

Que el día 3 de diciembre de 2020, a la hora prevista en el llamado respectivo, se realizó a través del Portal de Compras Electrónicas de la República Argentina (COMPR.AR) la Apertura de Ofertas, generándose en forma electrónica y automática el acta de apertura de ofertas correspondiente.

Que presentaron sus ofertas Briefing360 S.A. (30-70757448-4), VIALERG SA (30-71624187-0), DEBORA ALICIA LACUNZA (27-26148669-0), PROVEX S.R.L. (30-71517096-1), RAUL JORGE LEON POGGI (20-08336759-9), 152 Bis SAS (30-71581078-2), POLLERO ROSANA MARIA LEONOR (27-16910912-0), Ezequiel Martín Dawidowski (20-30592407-6), ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (30-65687578-6), UNIVERSO DEPORTIVO S.A. (30-71509561-7), Syncrotech S.R.L.(30-69461778-2), SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. (30-71158542-3), EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. (30-71081955-2), MARIO OMAR GARAVELLI (20-12274306-4), LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L. (30-67694776-7), JUAN CARLOS CARDINALE S.R.L. (30-70930125-6), BERLY INTERNACIONAL SA (30-66128296-3), SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL SA (30-71117659-0).

Que por medio de los Memorándum N° ME-2020-82082676-APN-GAYP#ORSNA y ME-2020- 86904475-APN-GAYP#ORSNA, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS informó a la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA los datos de la Contratación Directa N° 58-0022-CDI20 y se remitió copia del acto de apertura, informando que no se recibió ninguna oferta por correo electrónico.

Que la GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS, mediante IF-2020-87374688-APN-GRRHH#ORSNA realizó el análisis técnico de las ofertas presentadas.

Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO a través del Informe de Evaluación Nº IF-2020-89718136-APN-GAYP#ORSNA, IF-2020-89799477-APN-GAYP#ORSNA e IF-2020-89956762-APN-GAYP#ORSNA evaluó las ofertas y la documentación presentada conforme los requerimientos establecidos en los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas que rigen el procedimiento.

Que mediante ME-2020-89754994-APN-GAYP#ORSNA, ME-2020-89800712-APN-GAYP#ORSNA y ME-2020-89969692-APN-GAYP#ORSNA se notificó los citados informes a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

Que corresponde desestimar por inadmisibles las ofertas presentadas por RAUL JORGE LEON POGGI, UNIVERSO DEPORTIVO S.A., LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, MARIO OMAR GARAVELLI, las ofertas correspondientes a los Renglones 2, 3, 4, 6, 8 y 9 presentada por ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L., las ofertas correspondientes a los Renglones 2 y 9 presentada por SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., la oferta correspondiente al Renglón 5 presentada por EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L., la oferta correspondiente al Renglón 3 presentada por VIALERG S.A., la oferta correspondiente al Renglón N° 3 presentada por DEBORA ALICIA LACUNZA, la oferta base y alternativa correspondiente al Renglón N° 4 presentadas por PROVEX S.R.L., por no cumplir con lo requerido en las Especificaciones Técnicas del Pliego de Bases y Condiciones Particulares y Especificaciones Técnicas.

Que corresponde desestimar por inconvenientes las ofertas correspondientes al Renglón N° 1 presentadas por DEBORA ALICIA LACUNZA, SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. y BERLY INTERNACIONAL S.A.

Que no existiendo ofertas admisibles para el Renglón N° 1 y 2 corresponde declarar ambos renglones fracasados.

Que en consecuencia, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS de la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO, recomienda adjudicar a DEBORA ALICIA LACUNZA el Renglón N° 7 por un monto total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS QUINCE ($7.815,00.-) IVA incluido, los Renglones N° 3 y 10 a la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. por un monto total de PESOS DOCE MIL SESENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 12.069,20.-) IVA incluido, el Renglón 4 a la firma BERLY INTERNACIONAL S.A. por un monto total de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($13.679,00.), IVA incluido, los Renglones N° 5 y 6 a la firma PROVEX S.R.L. por un monto total de PESOS TRECE MIL CIENTO DOCE ($13.112,00.-) IVA incluido, el reglón N° 8 a la firma Briefing360 S.A. (oferta alternativa) por un monto total de PESOS SEIS MIL ($6.000,00.-) IVA incluido y el reglón N° 9 a la firma Syncrotech S.R.L. por un monto total de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00.-) IVA incluido.

Que la Decisión Administrativa N° 472 de fecha 7 de abril de 2020 estableció que en los procesos de compra que se lleven a cabo para atender la emergencia en el marco del Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios establecido por la Decisión Administrativa N° 409/2020, no podrá en ningún caso abonarse montos superiores a los Precios Máximos establecidos por la Resolución N° 100 de fecha 19 de marzo de 2020 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, o aquellos que se dispongan en el futuro.

Que el DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS manifestó que habiendo cotejado los precios máximos sólo se encuentran contemplados los barbijos y el alcohol en gel, no figurando el resto de los insumos objeto de la presente contratación.

Que en relación al Renglón N° 3 señaló que se tomó como referencia el precio máximo de “barbijo no quirúrgico”, según el artículo 2° de la Resolución N° 114/2020 el cual asciende a la suma de PESOS CUARENTA ($40,00) por unidad, e indicó que el precio por unidad de la oferta de la empresa SERVICIOS PARA LA HYGYENE S.A., cuya adjudicación recomienda, es de PESOS VEINTIUNO CON DIECISIETE CENTAVOS ($21,17) IVA incluido.

Que respecto del Renglón N° 6 manifestó que el artículo 4° de la Resolución 115/2020 establece en relación al alcohol en gel como cantidad máxima 1000 ml y, para esa cantidad, el precio máximo de referencia es de PESOS QUINIENTOS ($500), considerando en consecuencia para los CUATRO (4) litros requeridos el máximo establecido por dicha Resolución, siendo la oferta de la empresa PROVEX S.R.L, cuya adjudicación recomienda, de PESOS CIENTO OCHENTA Y SIETE ($187) por cada 1000 ml.

Que el DEPARTAMENTO CONTABLE ha autorizado mediante el Portal de Compras Electrónicas de la República Argentina, Sistema COMPR.AR la Solicitud de Contratación Nº 58-47-SCO20, constatando la existencia de crédito presupuestario para hacer frente a los gastos que demande la presente adquisición, con los créditos correspondientes al Programa 16, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 5, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 8, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 9, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 2 e Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 4.

Que, asimismo, el mencionado Departamento a través del Memorándum N° ME-2021-06236184-APN-GAYP#ORSNA informó que existe crédito presupuestario disponible en el ejercicio 2021 para afrontar el gasto que demande la contratación.

Que conforme lo establecido en el artículo 15 ter del Decreto N° 260/20 y la Disposición N° 48/20 deberá procederse a publicar el presente acto en el Portal de Compras Públicas Electrónicas COMPR.AR y en el Boletín Oficial por el término de UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificado.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el artículo 6° de la citada Decisión Administrativa N° 409/2020, dispuso que resulta de aplicación al Procedimiento de Contratación de Bienes y Servicios en la Emergencia del Anexo I del Artículo 9° del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016.

Que en consecuencia la presente medida se dicta en uso de las facultades emergentes del artículo 9º del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016 y la Resolución ORSNA Nº 64 del 14 de agosto de 2019.

Por ello,

EL GERENTE DE ADMINISTRACIÓN Y PRESUPUESTO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS

DISPONE

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el trámite llevado a cabo mediante la Contratación Directa por Emergencia COVID-19 N° 01/2020, Nº 58-0022-CDI20, destinada a la adquisición de Insumos Protocolo COVID-19 para el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS de conformidad al Procedimiento para la Contratación de Bienes y Servicios requeridos en el marco de la Emergencia previsto por la Decisión Administrativa Nº 409/2020 y sus complementarias, y la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

ARTICULO 2º.- Desestimar por inadmisibles las ofertas presentadas por RAUL JORGE LEON POGGI, UNIVERSO DEPORTIVO S.A., LABORATORIOS BELLANDI Y BARRERAS S.R.L., SOLUCIONES DE LOGISTICA GLOBAL S.A., ROSANA MARIA LEONOR POLLERO, MARIO OMAR GARAVELLI, las ofertas correspondientes a los Renglones N° 2, 3, 4, 6, 8 y 9 presentada por ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L., las ofertas correspondientes a los Renglones N° 2 y 9 presentada por SERVICIO PARA LA HIGIENE S.A., la oferta correspondiente al Renglón 5 presentada por EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L., la oferta correspondiente al Renglón 3 presentada por VIALERG S.A., la oferta correspondiente al Renglón 3 presentada por DEBORA ALICIA LACUNZA, la oferta base y alternativa correspondiente al Renglón N° 4 presentadas por PROVEX S.R.L., en virtud de las razones expuestas en la presente medida.

ARTICULO 3°.- Desestimar por inconveniente las ofertas presentadas para el Renglón N° 1 por DEBORA ALICIA LACUNZA, SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A., EL CACIQUE LIMPIEZA S.R.L. y BERLY INTERNACIONAL S.A., por las razones expuestas en la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Declarar fracasado los Renglones N° 1 y 2 de la Contratación Directa por Emergencia COVID-19 N° 01/2020, Nº 58-0022-CDI20 por los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente medida.

ARTICULO 5º.-Adjudicar los Renglones N° 3 y 10 a la firma SERVICIOS PARA LA HIGIENE S.A. por un monto total de PESOS DOCE MIL SESENTA Y NUEVE CON VEINTE CENTAVOS ($ 12.069,20.-) IVA incluido, el Renglón N° 4 a la firma BERLY INTERNACIONAL S.A. por un monto total de PESOS TRECE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE ($13.679,00.-) IVA incluido, los Renglones N° 5 y 6 a la firma PROVEX S.R.L. por un monto total de PESOS TRECE MIL CIENTO DOCE ($13.112,00.-) IVA incluido, el Renglón N° 7 a DEBORA ALICIA LACUNZA por un monto total de PESOS SIETE MIL OCHOCIENTOS QUINCE ($7.815,00) IVA incluido, el Renglón N° 8 a la firma Briefing360 S.A. (oferta alternativa) por un monto total de PESOS SEIS MIL ($6.000,00.-) IVA incluido, y el Renglón N° 9 a la firma Syncrotech S.R.L. por un monto total de PESOS QUINCE MIL ($15.000,00.-) IVA incluido.

ARTICULO 6º.-Autorizar al DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, PATRIMONIO Y SUMINISTROS a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTICULO 7º.-Instruir a la COMISIÓN DE RECEPCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS para que proceda a la recepción de los bienes adquiridos.

ARTICULO 8º.-Determinar que el gasto que demande la presente contratación será atendido con los créditos correspondiente al Programa 16, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 5, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 8, Inciso 2, Partida Principal 9, Partida Parcial 9, Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 2 e Inciso 2, Partida Principal 5, Partida Parcial 4 para el año 2021.

ARTICULO 9º.-Comunicar al DIRECTORIO y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS vía correo electrónico adjuntando copia digital de la presente medida debidamente formalizada para su conocimiento.

ARTICULO 10.- Publicar en el Portal de Compras Públicas Electrónicas COMPR.AR y en la página web del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS, comunicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archivar.

Marcos Serrano

e. 10/02/2021 N° 6588/21 v. 10/02/2021