COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
Decisión Administrativa 75/2021
DECAD-2021-75-APN-JGM - Dase por designado Director Nacional de Promoción de la Competencia.
Ciudad de Buenos Aires, 09/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-44504374-APN-SIP#JGM, la Ley N° 27.591,
los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios
y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 7 del
10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios y la Decisión Administrativa N° 756 del 26 de
julio de 2016 y su modificatoria, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por el Decreto N° 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de
Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus
modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO.
Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y
sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los
correspondientes al MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que por la Decisión Administrativa N° 756/16 se aprobó la estructura
organizativa de primer nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE
DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE
DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Promoción de la
Competencia de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA,
organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del
1º de agosto de 2020 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles, al licenciado en Economía Alberto Luis DELGOBBO (D.N.I. Nº
13.851.715) en el cargo de Director Nacional de Promoción de la
Competencia de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA,
organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Nivel A - Grado 0 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de
selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los
Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1º de agosto
de 2020.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la
Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Matías Sebastián Kulfas
e. 11/02/2021 N° 7081/21 v. 11/02/2021