Resolución 1/2021
RESOL-2021-1-APN-SPARN#MAD
Ciudad de Buenos Aires, 04/02/2021
VISTO: el Expediente Nº Ex-2020-77850026-APN-DRI#MAD del Registro del
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, el artículo 41 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, la Ley General del Ambiente N° 25.675, la Ley N°
24.375, el Decreto PEN N° 481 de fecha 5 de marzo de 2003, los Decretos
N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y N° 50 de fecha 20 de diciembre
de 2019, la Resolución N° 151 de fecha 22 de marzo de 2017 del ex
MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE, y la Decisión
Administrativa N° 262 del 2 de Marzo de 2020 y sus respectivas
modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL establece el derecho de
todos los habitantes a un ambiente sano, equilibrado y apto para el
desarrollo humano donde las actividades productivas satisfagan las
necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras,
atribuyendo, asimismo, a las autoridades el deber de proveer protección
del derecho a la utilización racional de los recursos naturales, a la
preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad
biológica, y a la información y educación ambientales.
Que por medio de la Ley General del Ambiente Nº 25.675 se establecieron
los presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y
adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad
biológica y la implementación del desarrollo sustentable.
Que en el artículo 2º de la mencionada norma, se definen los objetivos
de la política ambiental nacional, destacándose en particular la
preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de la calidad
de los recursos ambientales, tanto naturales como culturales, en la
realización de las diferentes actividades antrópicas; la promoción del
uso racional y sustentable de los recursos naturales; el mantenimiento
del equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; la conservación
de la diversidad biológica; la prevención de los efectos nocivos o
peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el ambiente
para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y social del
desarrollo y la promoción del mejoramiento de la calidad de vida de las
generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria. Que mediante el
Decreto PEN Nº 481/03 se designó a la entonces Secretaría de Ambiente y
Desarrollo Sustentable como Autoridad de Aplicación de la Ley Nº
25.675, en virtud de las competencias que le corresponden a este
organismo, entre las que se encuentra formular la política ambiental
nacional en las áreas de su incumbencia.
Que la República Argentina es Parte desde el 20 de febrero de 1995 del
CONVENIO SOBRE LA DIVERSIDAD BIOLÓGICA, aprobado mediante la Ley Nº
24.375 y ratificado el 22 de noviembre de 1994, que tiene por objetivos
el de la conservación de la diversidad biológica, la utilización
sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa de
los beneficios que se deriven de la utilización de los recursos
genéticos.
Que el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019 de la Ley de
Ministerios creó al MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, al
cual compete: entender en la gestión ambiental sostenible de los
recursos hídricos, bosques, fauna silvestre y en la preservación del
suelo; entender en la promoción del desarrollo sostenible de los
asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de
vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales;
entender en el relevamiento, conservación, recuperación, protección y
uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no renovables;
entender en el lineamiento de estrategias de innovación ambiental que
fomenten la conservación, recuperación, protección y uso sostenible de
los recursos naturales y el ambiente; entender en la incorporación de
nuevas tecnologías e instrumentos para defender el medio ambiente.
Que por medio del artículo 1° del Decreto N° 50 del 20 de diciembre de
2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración
Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría; incorporando a
la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES como
dependiente del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que, asimismo, por medio del artículo 2° del precitado Decreto, se
aprobaron los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en
el organigrama previsto en el artículo 1°, conforme surge del Anexo II
(IF-2019- 111894517-APN-DNO#JGM) entre ellos los correspondientes a la
SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES como dependiente
del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que, dentro de los referidos objetivos compete a la SECRETARÍA DE
POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES: asistir al/a Ministro/a de
Ambiente y Desarrollo Sostenible en la implementación de la política
ambiental como política de Estado y en los aspectos técnicos relativos
a la política ambiental y a la gestión ambiental de la Nación;
planificar políticas y programas ambientales nacionales para coordinar
las acciones que tengan impacto en el ambiente; promover y fortalecer,
en el ámbito de su competencia, la participación y coordinación de
acciones con el sector privado, la sociedad civil y las organizaciones
no gubernamentales; entender en el ordenamiento ambiental del
territorio como herramienta estratégica para la toma de decisiones en
la planificación y uso del territorio; ejercer como Punto Focal
Operativo del Fondo para el Medio Ambiente Mundial (FMAM); fomentar el
uso racional de los suelos, su rehabilitación, conservación y
aprovechamiento sostenible, así como la coordinación de políticas sobre
áreas protegidas y regiones montañosas; impulsar políticas orientadas
al enriquecimiento, restauración, conservación, aprovechamiento y
manejo sostenible de los bosques nativos; propiciar el conocimiento,
conservación y uso sostenible de la biodiversidad, el acceso a los
recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los
beneficios derivados de su utilización; intervenir en la propuesta de
regímenes normativos, planes, programas y proyectos en el ámbito local,
como así también actuar en la aplicación de los convenios
internacionales, relacionados con los temas de su competencia;
articular, en coordinación con organismos locales, nacionales,
regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas
vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política
ambiental en las políticas públicas sectoriales; contribuir a alcanzar
los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS) y sus metas, relacionados
con los temas de su competencia.
Que a través de la Resolución Nº 151/2017, el ex Ministerio de Ambiente
y Desarrollo Sustentable, adoptó la ESTRATEGIA NACIONAL SOBRE LA
BIODIVERSIDAD, la cual brinda el marco institucional para las políticas
públicas en materia de biodiversidad.
Que la mencionada Estrategia, reconoce a la biodiversidad como un
componente clave de los ecosistemas, ya que provee las bases, entre
diversos aspectos, para el mejoramiento genético, el almacenamiento y
reciclado de nutrientes, la recarga de acuíferos y la protección de
cuencas, la creación de suelos y su protección frente a la erosión, el
control de plagas y la polinización. Además, una elevada biodiversidad
aumenta la resiliencia de los ecosistemas.
Que la Meta 7 de dicha Estrategia expresa como meta nacional
prioritaria “fomentar las producciones sustentables en las economías
regionales junto con las producciones de agricultura familiar y de
pueblos originarios. Desde una perspectiva de uso múltiple mediante el
desarrollo de planes de manejo, que incorporen producciones
agroecológicas, ganadería integrada y otros junto con el uso
sustentable y conservación de la biodiversidad y sus servicios
ecosistémicos”.
Que la deforestación, la escasez de agua, la alteración de los ciclos
de nutrientes, la pérdida de biodiversidad, el agotamiento de los
suelos y las emisiones de gases de efecto invernadero deben ser tenidos
en cuenta al momento de analizar los impactos de los modelos
agropecuarios convencionales.
Que las distintas experiencias de ordenamiento territorial en base a
normativas municipales y provinciales vinculadas al establecimiento de
distancias para la aplicación de agroquímicos respecto de plantas
urbanas y escuelas rurales suponen una oportunidad para la promoción de
la agroecología en esas superficies.
Que deben implementarse y fortalecerse estrategias que permitan
conservar y recuperar la biodiversidad, los servicios ecosistémicos que
de ella se derivan y de esta manera mantener la resiliencia de los
agroecosistemas para la sostenibilidad de los mismos, así como la
equitativa distribución de sus beneficios entre los actores
involucrados.
Que los sistemas de producción agroecológicos contribuyen a una serie
de beneficios de producción, nutrición, socioeconómicos y ambientales.
Que en el marco de los compromisos de Argentina con la Agenda 2030 y de
los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, la
agroecología está reflejada en diversas metas: ODS1 Fin de la Pobreza,
ODS 2 Hambre Cero, ODS 8 Trabajo Decente y Crecimiento Económico, ODS
12 Consumo y Producción Sostenible, ODS 15 Vida de Ecosistemas
Terrestres, ODS 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles, ODS 13 Acción
por el Clima, ODS 10 Reducción de desigualdades, ODS 5 Igualdad de
Género, ODS 4 Educación de Calidad, ODS 16 Paz, Justicia e
Instituciones Sólidas.
Que en este marco, se considera pertinente la creación de un programa
que tenga como objetivo promocionar medidas de conservación de la
biodiversidad, impulsando el desarrollo de la agroecología, cuyo
enfoque holístico engloba las tres dimensiones del ambiente y del
desarrollo sostenible: ecológica, social y económica; con el principal
objetivo de impulsar transiciones hacia sistemas productivos que
conserven y/o regeneren la biodiversidad necesaria para el
mantenimiento de los servicios ecosistémicos.
Que por la Decisión Administrativa N° 262/20 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA
DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES tiene a su cargo como su
responsabilidad primaria la de asistir a la Secretaría en los aspectos
técnicos de la formulación e implementación de la política ambiental
para el conocimiento, conservación y uso sostenible de la
biodiversidad, el acceso a los recursos genéticos y la distribución
justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización.
Que, entre las acciones de dicha Dirección, se encuentran las de
impulsar el uso de la biodiversidad en lo referente al aprovechamiento
sostenible de especies, productos y subproductos con valor agregado,
involucramiento de las comunidades locales, generación de información y
medidas de trazabilidad; como así también la de fortalecer la
gobernanza para la implementación de la Estrategia Nacional sobre la
Biodiversidad a través de ámbitos intersectoriales,
interjurisdiccionales y participativos.
Que, desde dicha Dirección, se ha propuesto como eje la mesa de trabajo
basada en producción sostenible y comercio justo, en el marco de la
Comisión Nacional Asesora para la Conservación y Utilización de la
Diversidad Biológica (CONADIBIO).
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO
SOSTENIBLE ha tomado intervención en base a su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades comprendidas
en la Ley N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) modificada mediante el
Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y del Decreto N° 50 de
fecha 19 de diciembre de 2019.
Por ello,
LA SECRETARIA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Apruébese el “PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA CONSERVACIÓN Y
USO SOSTENIBLE DE LA BIODIVERSIDAD EN AGROECOSISTEMAS”, conforme el
marco conceptual, los fundamentos, objetivos y componentes del programa
que se agregan como ANEXO I (: IF-2020-85305048-APNDNBI#MAD), que forma
parte integrante de la presente.
ARTÍCULO 2°. - La implementación del Programa estará a cargo de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD, dependiente de la SECRETARÍA DE
POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.
ARTÍCULO 3°.- El Programa incluye los siguientes componentes: a)
Acciones de promoción; b) Capacitación y difusión; y c) Articulación
institucional para la investigación e innovación; todos ellos según las
características y condiciones estipuladas en el ANEXO I (:
IF-2020-85305048-APN-DNBI#MAD) de la presente.
ARTÍCULO 4 °.- La presente entrará en vigencia al día siguiente de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 5°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Florencia María Gloria Gomez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2021 N° 7569/21 v. 17/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
PROGRAMA DE PROMOCIÓN DE LA CONSERVACIÓN Y USO SOSTENIBLE DE LA BIODIVERSIDAD EN AGROECOSISTEMAS
1. MARCO CONCEPTUAL
La biodiversidad es la base fundamental para un adecuado funcionamiento
de los agroecosistemas, ya sean estos cultivos herbáceos, pastoriles o
silvícolas. A su vez, los agroecosistemas brindan importantes servicios
ecosistémicos como la polinización, el control de plagas, la fertilidad
del suelo, la disponibilidad de agua y la captura de carbono. La
biodiversidad es clave en la resiliencia de los ecosistemas y su
conservación depende de los modelos de producción y manejo.
La intensificación de la agricultura convencional y la expansión de la
frontera agrícola amenazan tanto la conservación de la biodiversidad de
los ecosistemas naturales como de los propios sistemas agrarios. Los
sistemas agrícolas convencionales han contribuido a la deforestación,
la escasez de agua, la alteración de los ciclos de nutrientes, la
pérdida de biodiversidad, el agotamiento de los suelos y a elevar los
niveles de emisiones de gases de efecto invernadero (GEIs).
En Argentina, el sector de la agricultura, ganadería, silvicultura y
otros usos de la tierra representan el 37% de las emisiones de GEIs
[1],
siendo el segundo sector responsable de las emisiones totales. En este
sector, las emisiones están lideradas por la fermentación entérica del
ganado vacuno y por la deforestación para la conversión de ambientes
forestales en tierras de cultivo.
Actualmente la tasa de deforestación anual en Argentina ronda el 0,35%
[2],
siendo los cambios de uso de suelo, para desarrollar fundamentalmente
actividades agrícolas y ganaderas extensivas, una de las causas más
importantes. Durante el año 2020 se han producido una serie de
incendios, de proveniencia antrópica con el propósito de realizar
cambio de uso de suelo que han originado una importante pérdida de
bosque nativo y su biodiversidad asociada
Estos impactos reconocen la necesidad de promover prácticas que
mitiguen las emisiones, preserven los recursos como el suelo y el agua
y sostengan la biodiversidad de los ecosistemas para asegurar su
funcionamiento y la producción de alimentos.
Los sistemas de producción agroecológicos, como la agroforestería, los
sistemas silvopastoriles, la integración de cultivos, ganadería y
acuicultura y los policultivos, contribuyen a una serie de beneficios
de producción, nutrición, socioeconómicos y ambientales
[3].
En este sentido, la diversificación es clave en las transiciones
agroecológicas para conservar servicios ecosistémicos, garantizar la
soberanía alimentaria y proporcionar sistemas con mayor equidad social
y económica.
En este marco conceptual se desarrolla el "Programa de Promoción de
Conservación y Uso Sostenible de la Biodiversidad en Agroecosistemas"
con un enfoque holístico que engloba las tres dimensiones del ambiente
y del desarrollo sostenible: ecológica, social y económica; con el
principal objetivo de impulsar transiciones hacia sistemas productivos
que conserven y/o regeneren la biodiversidad necesaria para el
mantenimiento de los agroecosistemas y sus servicios ecosistémicos.
2. FUNDAMENTOS
La Estrategia Nacional sobre la Biodiversidad adoptada en la Resolución
N°151/2017 por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible brinda
el marco institucional para las políticas públicas en materia de
biodiversidad. Es la guía para la adopción de políticas, planes y
programas sobre conservación, uso sostenible, conocimiento y valoración
de la biodiversidad, prácticas productivas sostenibles, la distribución
justa y equitativa de los beneficios que se obtienen a partir de esta,
así como para combatir sus amenazas.
La Meta 7 de dicha estrategia expresa como meta nacional prioritaria
"fomentar las producciones sustentables en las economías regionales
junto con las producciones de agricultura familiar y de pueblos
originarios. Desde una perspectiva de uso múltiple mediante el
desarrollo de planes de manejo (según la normativa vigente aplicada por
la autoridad competente), que incorporen producciones agroecológicas,
ganadería integrada y otros junto con el uso sustentable y conservación
de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos."
A su vez, el presente Programa se enmarca en los objetivos de la
política ambiental de La Ley General del Ambiente que establece:
Asegurar la preservación, conservación, recuperación y mejoramiento de
la calidad de los recursos ambientales, tanto naturales como
culturales, en la realización de las diferentes actividades antrópicas;
Promover el uso racional y sustentable de los recursos naturales;
Mantener el equilibrio y dinámica de los sistemas ecológicos; Asegurar
la conservación de la diversidad biológica; Prevenir los efectos
nocivos o peligrosos que las actividades antrópicas generan sobre el
ambiente para posibilitar la sustentabilidad ecológica, económica y
social del desarrollo; Promover el mejoramiento de la calidad de vida
de las generaciones presentes y futuras, en forma prioritaria.
En el marco de los compromisos de Argentina con la Agenda 2030 y de
Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de las Naciones Unidas, la
agroecología está reflejada en diversas metas: ODS1 Fin de la Pobreza,
ODS 2 Hambre Cero, ODS 8 Trabajo Decente y Crecimiento Económico, ODS
12 Consumo y Producción Sostenible, ODS 15 Vida de Ecosistemas
Terrestres, ODS 11 Ciudades y Comunidades Sostenibles, ODS 13 Acción
por el Clima, ODS 10 Reducción de desigualdades, ODS 5 Igualdad de
Género, ODS 4 Educación de Calidad, ODS 16 Paz, Justicia e
Instituciones Sólidas.
En este marco, el Programa promueve una serie de herramientas para
fortalecer la transición a sistemas productivos sostenibles, así como
medidas de manejo en agroecosistemas que sean capaces de conciliar
objetivos de conservación de la biodiversidad, provisión de servicios
ecosistémicos y de alimentos, en un marco de sostenibilidad ecológica,
social y económica.
En este sentido, la agroecología se destaca como una herramienta clave,
que tiene en cuenta las tres dimensiones del desarrollo sostenible:
ambiental, social y económico.
En términos ambientales, se centra en principios vitales como la
biodiversidad, el reciclaje de nutrientes, la cooperación e interacción
entre los diversos cultivos, animales y suelos, además de la
regeneración y conservación de los recursos naturales. La agroecología
integra sistemas de producción más resilientes ante el cambio
climático, incorporando la silvicultura, la cría animal, la pesca y la
agricultura.
La conservación y el uso sostenible de la biodiversidad en los
ecosistemas implica entre otros objetivos la reducción de la carga de
agroquímicos vertida en el ambiente y su impacto en los distintos
medios (suelo, agua y aire) y en la salud de la población, en este
sentido la agroecología acompañada de las normativas y regulaciones
correspondientes, junto con la determinación de las zonas de
amortiguamiento es una herramienta apropiada para cumplir con el
mencionado objetivo.
En términos sociales y económicos, minimiza los costos de producción al
aumentar la eficiencia del uso de los recursos localmente disponibles,
fortaleciendo el arraigo y los medios de vida de pequeños productores,
comunidades rurales, pueblos indígenas, y constituye una importante
herramienta de combate al hambre y la pobreza.
En estos procesos se destaca el rol de las mujeres y los jóvenes,
quienes deben incluirse en las acciones a desarrollar, potenciando su
protagonismo en el manejo de los ecosistemas y fortaleciendo su arraigo
al medio rural.
Asimismo, existen diversas prácticas de manejo exitosas en diferentes
experiencias sostenibles, que permiten la convivencia de objetivos
productivos con objetivos de conservación de la biodiversidad. En tal
sentido, es necesario fomentar acciones e iniciativas que impulsen este
tipo de medidas como prácticas sostenibles a futuro. Entre estas
prácticas cabe mencionar como antecedente el papel de las comunidades
indígenas en la conservación y uso sostenible de la biodiversidad de
nuestros bosques nativos y la revalorización y protección de sus
conocimientos tradicionales
Estos enfoques aseguran que los diferentes ejes de acción se orienten a
cumplir con los principios de la Estrategia Nacional de Biodiversidad
Plan de Acción y de la política ambiental establecidos en la Ley
General del Ambiente.
3. OBJETIVOS
3.1 General
Promover la conservación y uso sostenible de la biodiversidad en los
agroecosistemas, a través del fortalecimiento de la agroecología y
otras medidas que fomenten la sostenibilidad de los servicios
ecosistémicos, la mitigación al cambio climático y la inclusión social.
3.2 Específicos
1. Promoción de medidas de manejo para la conservación de la
biodiversidad en los agroecosistemas y en las actividades de producción
de agroalimentos
2. Promover la construcción participativa de criterios de
sostenibilidad que promuevan la conservación de la biodiversidad de los
agroecosistemas, valorizando los saberes tradicionales.
3. Promover la diversificación de la producción y la incorporación de
prácticas de manejo sostenibles, fomentando la transición
agroecológica, con miras a la conservación de la biodiversidad de los
agroecosistemas.
4. Incentivar la articulación interinstitucional para la investigación,
la innovación en procesos de transición agroecológica, en tecnologías
para la producción sostenible, así como en medidas para la conservación
de la biodiversidad y la restauración de los servicios ecosistémicos en
los agroecosistemas.
5. Fomentar el diseño de estrategias productivas agroecológicas, con la
finalidad de fortalecer el arraigo de la población rural, la generación
de trabajo digno y el desarrollo sostenible de agricultores familiares,
pequeños y medianos productores y comunidades de pueblos originarios.
6. Fomentar ámbitos de participación de los distintos actores que
participan de sistemas de producción agroecológica y promuevan la
conservación y uso sostenible de la biodiversidad en los
agroecosistemas; como ser mesas de trabajo y/o redes de articulación,
cooperación y colaboración para acrecentar el acceso a los mercados, la
comercialización y el intercambio de conocimientos.
7. Facilitar el acceso a bienes, insumos y tecnologías que promuevan la
reconversión y/o transición a sistemas de producción agroecológicos.
8. Promover la capacitación en prácticas de manejo para apoyar los
procesos de transición hacia la agroecología y la conservación de la
biodiversidad.
9. Fortalecer procesos de Sistemas Participativos de Garantías de la producción agroecológica.
10. Fortalecer la inclusión de las mujeres y jóvenes a los procesos de
producción agroecológica y manejo de la biodiversidad en los
agroecosistemas.
4. COMPONENTES DEL PROGRAMA
4.1 Acciones de promoción
• Implementar acciones para fortalecer capacidades técnicas en el diseño e implementación de sistemas agroecológicos.
• Identificar actores interesados (productores, técnicos, OSC, ONGs,
administraciones nacionales, provinciales y municipales) que se
involucren en el proceso.
• Generar información sobre los sistemas productivos agroecológicos que
permita un seguimiento estadístico de datos para la evaluación
ambiental de los mismos.
• Fortalecer las capacidades organizativas de los actores involucrados
y la articulación para la planificación participativa de la producción.
• Fomentar el diseño y desarrollo de estrategias productivas
agroecológicas, con la finalidad de fortalecer la generación de empleo
local, el arraigo de la población rural y la reactivación de las
economías locales y regionales.
• Promover el manejo de la biodiversidad en los agroecosistemas.
• Fortalecer el desarrollo e implementación de Sistemas Participativos de Garantías.
• Gestionar la asistencia financiera para la implementación de sistemas agroecológicos.
• Fortalecer sistemas de institucionalización y promoción de
producciones agroecológicas incluidas en las cadenas de valor y con
acceso a mercados de precios justos y sostenibles.
• Impulsar acciones y normativa enfocadas a la generación de protocolos
de compras públicas de alimentos provenientes de la agroecología.
• Fomentar sistemas productivos sostenibles a pequeña escala que
utilicen insumos locales o bioinsumos a escala predial en reemplazo de
productos de síntesis química, tengan cadenas cortas de
comercialización, minimicen el uso de energías fósiles o no renovables
y de esta manera colaboren a la reducción de emisiones de gases efecto
invernadero.
• Promover la construcción de indicadores de sostenibilidad ambiental en producción agroecológica y/o en la etapa de transición.
• Promover medidas de manejo que fomenten la biodiversidad para una mejor conservación de los agroecosistemas.
• Promover acciones para la conservación y restauración de la
biodiversidad y de los servicios ecosistémicos en los agroecosistemas.
• Articular acciones para el monitoreo de la biodiversidad y sus servicios ecosistémicos en agroecosistemas.
4.2 Capacitación y difusión
• Capacitar para el manejo sostenible y autogestionado de los sistemas
productivos familiares agropecuarios, agroforestales, acuícolas y
silvopastoriles que utilizando enfoques ecosistémicos conserven el
suelo y el agua, sean de carbono neutro y resilientes al cambio
climático.
• Capacitar en el conocimiento y promover la práctica de la
agroecología como forma de producción de alimentos ambientalmente
sostenibles.
• Impulsar la formación de mesas de gestión participativas para el intercambio de saberes y experiencias.
• Formación de promotores ambientales con orientación en sistemas de transición agroecológica.
• Formación de promotores ambientales para la concientización de la
importancia de la biodiversidad en los agroecosistemas, su monitoreo y
difusión.
• Capacitación para el desarrollo de prácticas sostenibles en el manejo
de especies de fauna y flora nativa en los ecosistemas con el objetivo
de su conservación y uso sostenible.
• Fomentar acciones de concientización y difusión sobre la conservación
y uso sostenible de la biodiversidad en los agroecosistemas.
4.3 Articulación institucional para la investigación e innovación
• Promover la articulación con distintos niveles de organismos del
Estado para promover la asistencia técnica y la implementación de
proyectos de experimentación y desarrollo de tecnología de procesos
productivos (tradicionales e innovadoras) y prácticas orientados a la
recuperación ecológica y producción agroecológica.
• Promover la articulación con organismos científicos y académicos para fomentar la investigación de la
biodiversidad en ecosistemas (inventarios, monitoreos, relación
biodiversidad - procesos funcionales de agroecosistemas, posibilidad de
desarrollo de nuevas opciones productivas) abarcando las distintas
modalidades y prácticas productivas.
• Impulsar la investigación pública para el desarrollo, mejoramiento
genético, cultivo y preservación de semillas tradicionales y nativas de
comprobada o potencial resiliencia o tolerancia al cambio climático.
_______________________
[1] SGAyDS. 2019. Tercer Informe Bienal de Actualización de
Argentina a la Convención Marco de las Naciones Unidas para el Cambio
Climático.
[2] MAyDS 2018, Informe de Implementación de la Ley 26.331
[3] FAO, 2018. Los 10 elementos de la Agroecología; Guía para la Transición hacia Sistemas Alimentarios y Agrícolas Sostenibles