Resolución 7/2021
RESOL-2021-7-APN-SAS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 19/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-91322831- -APN-DCYC#MS, la Ley N°
27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de
2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición ONC N°
48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y
complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad
Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública
N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.
Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por
el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria
establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por
la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el
coronavirus COVID-19.
Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/20, el Jefe de Gabinete
de Ministros establece los principios generales y pautas que regirán
los procedimientos de contrataciones de bienes y servicios en el
contexto de la emergencia decretada y, a su vez, establece que la
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.
Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional
mediante la Disposición N° 48/20 aprobó el procedimiento complementario
al establecido en la mencionada Decisión Administrativa Nº 409/20, para
las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia
pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia COVID 19, a fin
de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades
Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la
tramitación de dichos procesos.
Que, con posterioridad, con fecha 23 de abril del 2020 entraron en
vigencia los cambios introducidos a la mencionada Disposición N° 48/20
por su similar Disposición Nº 55/20, de fecha 22 de abril del 2020, con
el objeto de facilitar a las jurisdicciones y entidades del PODER
EJECUTIVO NACIONAL, la utilización del Sistema Electrónico de
Contrataciones “COMPR.AR”, en cuanto concierne al envío de
invitaciones, recepción de ofertas y elaboración del cuadro comparativo
de las mismas, en tanto esa herramienta tiende a promover una mayor
afluencia de ofertas, para contribuir, de este modo, a afianzar el
principio general de promoción de la concurrencia.
Que con el objeto de implementar la estrategia de vacunación destinada
a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 y contar con un
documento personal e intransferible que permita certificar la
vacunación y que verifique que se ha completado el esquema adecuado,
colaborando en la disminución de errores programáticos y facilitando el
registro, la DIRECCIÓN DE CONTROL DE ENFERMEDADES INMUNOPREVENIBLES
impulsó la adquisición de VEINTE MILLONES (20.000.000) de carnets de
vacunación por un monto total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($ 31.460.000,00).
Que la SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS ha prestado conformidad
a la tramitación de la presente contratación, y a su vez, la
SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado intervención en la
misma.
Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación
por emergencia COVID-19 Nº 10/2020, en los términos del artículo 3 de
la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo
1° de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas
modificatorias y complementarias.
Que el 18 de enero del 2021, a la hora límite de la presentación de las
ofertas, a través de la plataforma COMPR.AR se confirmaron DIEZ (10)
ofertas, pertenecientes a las firmas GRÁFICA LATINA S.A., MELENZANE
S.A., PAPIRO COLOR S.A., ARCÁNGEL MAGGIO S.A., JAVIER HERNÁN PÉREZ
ROMERO, BALBI S.A., GRUPO GALLERIES REVIEW S.R.L., INSTITUTO DE
PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S.A., LATIN GRÁFICA S.R.L. y RAMÓN CHOZAS
S.A.
Que la presente contratación no se encuentra alcanzada por el “Control
de Precios Testigo” dado que el monto estimado de la compra es inferior
a la suma de DOCE MIL MÓDULOS (12.000 M), conforme lo establecido en el
artículo 2 de la Resolución SIGEN N° 248/2020.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES
elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a las ofertas
presentadas, del cual surge que las ofertas de las firmas MELENZANE
S.A., ARCÁNGEL MAGGIO S.A., PAPIRO COLOR S.A., JAVIER HERNÁN PÉREZ
ROMERO y GRÁFICA LATINA S.A., se ajustan a las Especificaciones
Técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
mientras que las ofertas de las firmas LATIN GRÁFICA S.R.L., y BALBI
S.A., GRUPO GALLERIES REVIEW S.R.L., RAMÓN CHOZAS S.A., e INSTITUTO DE
PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S.A., no se ajustan a las condiciones
requeridas en el pliego.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en función de los
informes técnicos y formales y la documentación obrante en el
expediente respectivo, recomienda la adjudicación de las ofertas de las
firmas JAVIER HERNÁN PÉREZ ROMERO (parcial), y GRÁFICA LATINA S.A.
(parcial), por ser válidas y convenientes.
Que, asimismo, la citada Dirección recomienda desestimar las ofertas de
las firmas LATIN GRÁFICA S.R.L., BALBI S.A., GRUPO GALLERIES REVIEW
S.R.L., RAMÓN CHOZAS S.A. e INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS
S.A., por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el pliego y las
ofertas de las firmas MELENZANE S.A., ARCÁNGEL MAGGIO S.A. y PAPIRO
COLOR S.A., por no resultar económicamente convenientes.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO y la
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de
sus respectivas competencias.
Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el
artículo 6 de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de
2020, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de
marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, sus normas
modificatorias y complementarias.
Por ello,
LA SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº
10/2020, encuadrada en los términos del artículo 3 de la Decisión
Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la
Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas
modificatorias y complementarias, -en el marco de la estrategia de
vacunación destinada a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19-,
para la adquisición de carnets destinados a certificar la vacunación y
que se ha completado el esquema adecuado, colaborando en la disminución
de errores programáticos y facilitando el registro de las personas
vacunadas, así como también el Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que como Anexo PLIEG-2021-01940212-APN-DCYC#MS forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 2°.- Desestímanse las ofertas de las firmas MELENZANE S.A;
PAPIRO COLOR S.A., ARCÁNGEL MAGGIO S.A., BALBI S.A., GRUPO GALLERIES
REVIEW S.R.L., INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S.A., LATIN
GRÁFICA S.R.L. y RAMÓN CHOZAS S.A., por los motivos expuestos en los
considerandos.
ARTÍCULO 3°.- Adjudícase la presente Contratación por emergencia
COVID-19 Nº 10/2020, a favor de las firmas, por las cantidades y sumas,
que a continuación se detallan:
JAVIER HERNÁN PÉREZ ROMERO (CUIT N° 20-18513250-2)
Renglón 1 por un total de 2.000.000,00 unidades: $ 3.040.000,00.-
GRÁFICA LATINA S.A. (CUIT N° 30-62911492-7)
Renglón 1 por un total de 18.000.000,00 unidades: $ 27.900.000,00.-
TOTAL A ADJUDICAR: $ 30.940.000,00.-
ARTÍCULO 4°.- La suma de PESOS TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA
MIL ($ 30.940.000,00) deberá ser afectada con cargo a las partidas
presupuestarias de este MINISTERIO DE SALUD para el ejercicio 2021.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES y/o
a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN a suscribir las pertinentes
órdenes de compra.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese, publíquese en la página de la Oficina
Nacional de Contrataciones (ONC), dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación por un día y pase a la DIRECCIÓN
DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a sus efectos.
Carla Vizzotti
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/02/2021 N° 8981/21 v. 22/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)