ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
Resolución 21/2021
RESFC-2021-21-APN-ORSNA#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 18/02/2021
VISTO el EX-2020-81586704-APN-USG#ORSNA; la Ley N° 24.156; los Decretos
Nº 375 del 24 de abril de 1997; Nº 1023 del 13 de agosto de 2001; Nº
1030 del 15 de septiembre de 2016; Nº 1344 del 4 de octubre de 2007 y
Nº 820 del 25 de octubre de 2020; la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente que se menciona en el Visto tramita la
readecuación del “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DE GASTOS Y
ADQUISISCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”, oportunamente, aprobado por la
RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR.
Que cabe considerar que por el Decreto Nº 1023/01 el PODER EJECUTIVO
NACIONAL (PEN) instituyó el “RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN NACIONAL”.
Que por el Decreto N° 1030/16 se aprobó la reglamentación del Decreto
Nº 1023/01 para los contratos comprendidos en el inciso a) del Artículo
4º de este último.
Que a través del Anexo al Artículo 9º del REGLAMENTO, aprobado por el
Decreto mencionado en primer término, se definieron las autoridades
competentes para el dictado de los actos administrativos de los
procedimientos de selección en general.
Que el citado Artículo 9° establece que las máximas autoridades de los
organismos descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN), dentro
de esas entidades, determinarán quiénes serán los funcionarios de
“nivel equivalente” referidos a dicho Anexo.
Que, por otro lado, mediante el Decreto N° 1344/07, se dispuso el
“REGLAMENTO DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL
DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL” de la Ley Nº 24156.
Que, por el Artículo 35º del REGLAMENTO, aprobado por el Decreto
referenciado en el párrafo anterior, se fijaron las competencias y las
pautas para aprobar gastos, ordenar pagos y efectuar desembolsos;
estableciéndose, en la Planilla Anexa, los montos correspondientes,
posibilitando -a las máximas autoridades de los organismos
descentralizados del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN)- la determinación,
dentro de sus entidades, de quiénes serían los funcionarios o las
funcionarias de “nivel equivalente”, referidos o referidas en dicha
normativa.
Que, posteriormente, el Decreto N° 820/20 sustituyó el Anexo al
Artículo 9° del “REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE CONTRATACIONES DE LA
ADMINISTRACIÓN”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, y la Planilla
Anexa al Artículo 35º, inciso b) del REGLAMENTO de la Ley N° 24.156 de
“ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR
PÚBLICO NACIONAL”, aprobado por el Decreto N° 1344/07.
Que, en consecuencia, corresponde derogar la
RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR y aprobar un nuevo “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN
Y APROBACIÓN DE GASTOS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURÍDICOS (GAJ) ha tomado la intervención que le compete.
Que el ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
es competente para el dictado de la presente medida, conforme lo
dispuesto por el Artículo 3º de la Ley Nacional de Procedimientos
Administrativos Nº 19549; el Decreto N° 375/97; el Artículo 9° del
Decreto N° 1030/16 y el Artículo 35º del Decreto N° 1344/07.
Que en Reunión Abierta de Directorio, del día 10 de febrero del
corriente año, se ha considerado el asunto, facultándose a los
suscriptos a dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Derogar la RESOL-2019-64-APN-ORSNA#MTR.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el “RÉGIMEN DE AUTORIZACIÓN Y APROBACIÓN DE
GASTOS Y ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS”, conforme la Planilla que
como Anexo integra la presente medida (IF-2020-82073821-APN-GAYP#ORSNA).
ARTÍCULO 3°.- La presente normativa entrará en vigencia a partir del
día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
(BORA) y será aplicable a los procedimientos de selección que a partir
de esa fecha se autoricen.
ARTÍCULO 4°.- Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archivar.
Carlos Pedro Mario Aníbal Lugones Aignasse - Fernando José Muriel
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 22/02/2021 N° 8720/21 v. 22/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)