MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 77/2021
RESOL-2021-77-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 21/02/2021
Visto el expediente EX-2020-66726869- -APN-DGDA#MEC, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente citado en el Visto tramita la aprobación del Plan
de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por Polo
Tecnológico Constituyentes Sociedad Anónima, actuante en la órbita del
Ministerio de Desarrollo Productivo.
Que la ley 24.156 y sus modificaciones, contiene en el Capítulo III del
Título II, el Régimen Presupuestario de Empresas Públicas, Fondos
Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración
Nacional.
Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina
Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto
de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la
medida propiciada.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en
el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del
4 de octubre de 2007.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Plan de Acción y Presupuesto para el
ejercicio 2021 de Polo Tecnológico Constituyentes Sociedad Anónima,
actuante en la órbita del Ministerio de Desarrollo Productivo, de
acuerdo con el detalle obrante en los anexos I
(IF-2021-12073682-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-14259086-APN-SSP#MEC), que
integran esta medida.
ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de un millón doscientos mil pesos ($
1.200.000) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de seis
millones seiscientos treinta y cinco mil sesenta pesos ($ 6.635.060),
los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el
Resultado Operativo (Pérdida de Operación) estimado en la suma de cinco
millones cuatrocientos treinta y cinco mil sesenta pesos ($ 5.435.060),
de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-14259086-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de siete millones doscientos mil
pesos ($ 7.200.000) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de
seis millones seiscientos treinta y cinco mil sesenta pesos ($
6.635.060) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase
el Resultado Económico (Ahorro) estimado en la suma de quinientos
sesenta y cuatro mil novecientos cuarenta pesos ($ 564.940), de acuerdo
con el detalle que figura en las planillas del anexo II
(IF-2021-14259086-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de ciento tres mil ochocientos pesos
($ 103.800) los recursos de capital y fíjanse en la suma de cero pesos
($ 0) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción
con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta
resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el
ejercicio 2021, en la suma de seiscientos sesenta y ocho mil
setecientos cuarenta pesos ($ 668.740), de acuerdo con el detalle que
figura en las planillas del anexo II (IF-2021-14259086-APN-SSP#MEC).
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/02/2021 N° 9190/21 v. 23/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)