Disposición 161/2021
DI-2021-161-APN-PSA#MSG
Aeropuerto Internacional Ezeiza, Buenos Aires, 22/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-48818241-APN-DGPPA#PSA del Registro de
la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, la Ley N° 26.102, las
Disposiciones Nros. 1088 del 30 de octubre de 2017, 873 del 29 de julio
de 2020 y 1371 del 30 de noviembre de 2020, todas del Registro de esta
Institución, y
CONSIDERANDO:
Que el 19 de junio de 2020, la Administración Nacional de Aviación
Civil - Dirección Nacional de Inspección de Navegación Aérea –
Dirección Regulación de Normas y Procedimientos – Departamento
Información Aeronáutica emitió el Suplemento a la AIP de la República
Argentina – NOTAM A3333/2020, en el cual informa la realización de
obras de construcción, ensanche y prolongación de diversas zonas en el
Aeroparque Metropolitano Jorge Newbery, que incluyen la instalación de
nuevos sistemas de iluminación, con el objeto de mejorar las
prestaciones de servicios, lo que llevó al cierre temporario del citado
aeropuerto entre el 1° de agosto de 2020 hasta el 1° de diciembre de
2020.
Que ello motivó el traslado de toda la operatoria de la actividad
aerocomercial y de cargas que se desarrolla en dicha estación aérea
hacia los aeropuertos que componen la Unidad Regional de Seguridad
Aeroportuaria I del Este, con el consecuente traslado de la totalidad
del personal que presta servicios en el aeropuerto a remodelar.
Que en virtud de lo expuesto, este Organismo dictó la Disposición PSA
Nº 873/20, por la cual se estableció que los Permisos Personales
Aeroportuarios de Seguridad Permanentes, emitidos en la jurisdicción
del Aeroparque Metropolitano “Jorge Newbery”, serían válidos para su
utilización en los aeropuertos que componen la Unidad Regional de
Seguridad Aeroportuaria I del Este en el período mencionado en el
primer Considerando de la presente.
Que el día 27 de noviembre de 2020, la Administración Nacional de la
Aviación Civil publicó el Suplemento a la AIP de la República Argentina
– NOTAM A6335/2020, mediante el cual comunica que el Aeroparque
Metropolitano Jorge Newbery permanecerá cerrado para las operaciones
aéreas por obras de mantenimiento hasta el día 24 de febrero de 2021.
Que como consecuencia de ello, y a los fines de no entorpecer el
desarrollo de la operatoria aerocomercial, esta Institución dictó el 30
de noviembre de 2020 la Disposición PSA Nº 1371/20, que prorrogaba la
validación dispuesta por la Disposición PSA Nº 873/20 hasta el 24 de
febrero de 2021 inclusive.
Que por medio de la NOTAM A303/2021, la Administración Nacional de
Aviación Civil informó que, por obras de mantenimiento, la terminal
aeroportuaria Jorge Newbery debería permanecer cerrada para la
navegación aérea hasta el día 15 de marzo de 2021 inclusive.
Que habiendo tomado conocimiento de lo mencionado en el párrafo que
antecede, la empresa AEROLÍNEAS ARGENTINAS solicitó formalmente a esta
Institución, la prórroga de la vigencia de los Permisos Personales
Aeroportuarios hasta el 31 de marzo del corriente, fundamentando su
requerimiento en la necesidad de ir trasladando paulatinamente sus
operaciones desde Ezeiza hacia Aeroparque.
Que corresponde recordar que la validación enunciada en la presente
medida reviste carácter excepcional, que alcanza únicamente la
posibilidad de utilizar el Permiso Personal Aeroportuario de Seguridad
Permanente emitido para prestar servicios en el Aeroparque
Metropolitano Jorge Newbery, en los aeropuertos que componen la Unidad
Regional de Seguridad Aeroportuaria I del Este, con los alcances y
limitaciones establecidas para cada usuario.
Que en este sentido, cabe señalar que el artículo 26, inciso b.2 del
Anexo a la Disposición PSA Nº 1088/17, que aprueba el REGLAMENTO DE
REGISTRO Y CONTROL DE INGRESO, CIRCULACIÓN Y/O PERMANENCIA DE PERSONAS
Y VEHÍCULOS EN LAS INSTALACIONES AEROPORTUARIAS establece que los
Permisos Personales Aeroportuarios de Seguridad Temporales son los
emitidos para aquellas personas que desempeñen actividades no
habituales –por un plazo de hasta TREINTA (30) días corridos-, dentro
del ámbito aeroportuario, no pudiendo otorgarse a la misma persona en
más de CINCO (5) oportunidades dentro de un mismo año, excepto que la
Autoridad Competente local lo autorice por una necesidad acreditada.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de esta Institución ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 18 de la Ley N° 26.102 y el Decreto N° 12 del 3 de
enero de 2020.
Por ello,
EL DIRECTOR NACIONAL DE LA POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Prorróguese la validación de los Permisos Personales
Aeroportuarios de Seguridad Temporales dispuesta mediante la
Disposición PSA Nº 873/20 y la Disposición PSA Nº 1371/20 hasta el día
31 de marzo de 2021 inclusive, en los términos y condiciones allí
establecidos, manteniendo la vigencia de los artículos 2°, 3°, 5°, 6° y
7° de la Disposición PSA Nº 873/20.
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese la presente Disposición al Centro de
Análisis, Comando y Control de la Seguridad Aeroportuaria (CEAC), a fin
de articular con la Unidad Regional de Seguridad Aeroportuaria I del
Este los aspectos operativos con el objeto de hacer efectiva la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.
Jose Alejandro Glinski
e. 24/02/2021 N° 9612/21 v. 24/02/2021