ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución General 4935/2021
RESOG-2021-4935-E-AFIP-AFIP -
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de
mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento
previsto en la Resolución General N° 1.618. Criterios de Clasificación
Nros. 25/21 al 30/21.
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2021
VISTO el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00110674- -AFIP-DETNCA#SDGTLA del Registro de esta Administración Federal, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las Actuaciones SIGEA Nros. 13289-3717-2017,
13289-6166-2017, 13289-17808-2017, 13289-20881-2018, 13289-937-2019 y
19144-13966-2019 y el Expediente Electrónico Nro. EX-2021-00110674-
-AFIP-DETNCA#SDGTLA, se somete al procedimiento de consulta de
clasificación arancelaria en la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM),
a determinadas mercaderías.
Que con intervención de las áreas técnicas competentes, se emitieron los Criterios de Clasificación Nros. 25/21 al 30/21.
Que, conforme a las constancias que obran en las mencionadas
actuaciones, la clasificación arancelaria resultante se efectuó de
acuerdo con el procedimiento previsto por la Resolución General N°
1.618.
Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, aconsejan resolver
en un solo acto resolutivo las referidas consultas de clasificación
arancelaria de mercaderías.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos y
Técnico Legal Aduanera.
Que esta medida se emite bajo la forma de resolución general, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Disposición N° 446
(AFIP) del 10 de septiembre de 2009.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
los artículos 4° y 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios, y en virtud de la delegación
efectuada en esta Dirección General por la Disposición N° 204 (AFIP)
del 2 de agosto de 2017.
Por ello,
LA DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Ubícanse en las Posiciones Arancelarias de la
Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que en cada caso se indican, a
las mercaderías detalladas en el Anexo
(IF-2021-00164046-AFIP-DVDAAD#DGADUA) que se aprueba y forma parte de
la presente.
ARTÍCULO 2°.- Esta resolución general entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase a través
del Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia al
Ministerio de Economía y al Comité Técnico N° 1 Aranceles, Nomenclatura
y Clasificación de Mercaderías de la Comisión de Comercio del MERCOSUR
y pase a la División Clasificación Arancelaria y archívese.
Silvia Brunilda Traverso
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/02/2021 N° 10155/21 v. 26/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO (Artículo 1°)
IF-2021-00164046-AFIP-DVDAAD#DGADUA