SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL
Disposición 15/2021
DI-2021-15-APN-SMN#MD
Ciudad de Buenos Aires, 11/02/2021
VISTO el expediente electrónico EX-2021-11260803-APN-DGAD#SMN, los
Decretos N° 1432 de fecha 10 de octubre de 2007 y N° 328 del 31 de
marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 696 del 14 de agosto de
2019, y las Disposiciones de este SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL N° 69
del 12 de mayo de 2020, N° 75 del 22 de mayo de 2020, N° 79 del 04 de
junio de 2020, y N° 148 del 02 de octubre de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 1432/07, se estableció que el SERVICIO
METEOROLÓGICO NACIONAL desarrollará su acción como organismo
descentralizado en el ámbito de la ex SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
–actual SECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN, POLÍTICA INDUSTRIAL Y PRODUCCIÓN
PARA LA DEFENSA- del MINISTERIO DE DEFENSA, con autarquía económico
financiera, personalidad jurídica propia y con capacidad de actuar en
el ámbito del derecho público y privado.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 696/19 se aprobó la
estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo del
SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL, y se incorporó al Nomenclador de
Funciones Ejecutivas del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL
PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por
el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y
complementarios, los cargos pertenecientes al mencionado Organismo.
Que por conducto de las Disposiciones de este Organismo detalladas en
el Anexo DI-2021-11291140-APN-GA#SMN que forma parte integrante de la
presente, se prorrogaron las designaciones oportunamente aprobadas por
el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, de los funcionarios y
funcionarias detallados en el citado Anexo, por el término de CIENTO
OCHENTA (180) días hábiles, operándose en consecuencia sus vencimientos
los días 4, 5 y 23 de febrero de 2021, según se indica en cada caso.
Que a los fines de no afectar el normal desenvolvimiento del SERVICIO
METEOROLÓGICO NACIONAL, resulta necesario volver a prorrogar las
designaciones de los funcionarios y funcionarias que se detallan en el
Anexo DI-2021-11291140-APNGA#SMN en los cargos que allí se consignan,
en idénticas condiciones, y por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles
contados a partir de los días 5, 6, y 24 de febrero de 2021, conforme
se indica.
Que los cargos alcanzados por este acto no constituyen asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que se cuenta con el crédito presupuestario suficiente para atender el gasto resultante de la aprobación de esta medida.
Que la DIRECCIÓN DE SERVICIOS JURÍDICOS del SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL tomó la intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en ejercicio de las facultades conferidas
por el artículo 6° inciso j) del Decreto N° 1432/07, por el artículo 1°
del Decreto N° 691 del 24 de julio de 2018 y por el artículo 1° del
Decreto N° 328/20.
Por ello,
LA DIRECTORA DEL SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogadas en idénticas condiciones y por
CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas
consignadas en el Anexo DI-2021-11291140-APN-GA#SMN que forma parte
integrante de la presente, las designaciones transitorias de las
funcionarias y los funcionarios que allí se detallan, en los cargos
indicados, pertenecientes al SERVICIO METEOROLÓGICO NACIONAL,
autorizándose el correspondiente pago del Suplemento por Función
Ejecutiva del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por
el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098/08, conforme se detalla en cada caso.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de este acto será
atendido con las partidas presupuestarias específicas correspondientes
a la Jurisdicción 45, MINISTERIO DE DEFENSA; Entidad 452 SERVICIO
METEOROLÓGICO NACIONAL.
ARTÍCULO 3°.- Las designaciones prorrogadas por el artículo 1° de este
acto, deberán ser comunicadas a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO
PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5)
días de su suscripción.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Celeste Saulo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/02/2021 N° 10154/21 v. 26/02/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)