Resolución 155/2021
RESOL-2021-155-ANSES-SEA#ANSES
Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2021
VISTO el Expediente N° EX-2020-82900817- -ANSES-DC#ANSES del Registro
de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), el
Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto Reglamentario
Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 los Decretos de Necesidad y
Urgencia Nros. 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y 287 de fecha 17 de
marzo de 2020, ambos en el marco de la “EMERGENCIA SANITARIA”, la
Decisión Administrativa N°DECAD-2020-409-APN-JGM de fecha 18 de marzo
de marzo de 2020 de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y la
Disposición ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el VISTO tramita la Compulsa COVID
19 – Nº 14/2020 – Proceso COMPR.AR Nº 63-0081-CDI20, tendiente a
adquirir DOS MIL (2000) pantallas sanitarias para la ADMINISTRACIÓN
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, a fin de prevenir el contagio de
COVID-19.
Que por el Decreto Nº 260/20, modificado por su similar N° 287/20, se
amplió por el plazo de UN (1) año el alcance de la emergencia pública
en materia sanitaria declarada por el Artículo 1° de la Ley N° 27.541,
a fin de abarcar las medidas adoptadas y a adoptar con relación al
Coronavirus COVID-19.
Que, por su artículo 15 ter, se estableció que durante el plazo que
dure la emergencia, las jurisdicciones, organismos y entidades
comprendidos en el artículo 8° incisos a) y b) de la Ley Nº 24.156,
estarán facultados para efectuar la contratación directa de bienes y
servicios que sean necesarios para atender la emergencia, sin sujeción
al Régimen de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
Que a través de la Decisión Administrativa de JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS N° 409/20, complementada por la Disposición ONC N° 48/20, se
establecieron los procedimientos de adquisición de bienes y servicios
en la emergencia, que habilitan a todas las áreas comprometidas en dar
respuestas integrales a utilizar herramientas que otorguen celeridad y
eficacia a la atención de las necesidades que se presenten con relación
al Coronavirus COVID-19.
Que la presente contratación obedece al requerimiento formulado por la
Dirección de Obras e Infraestructura mediante Notas N°
NO-2020-80236959- ANSES-DOEI#ANSES y N°
NO-2020-86814482-ANSES-SEP#ANSES obrantes a órdenes 3 y 67 y la
Subdirección Ejecutiva de Prestaciones mediante la Nota N°
NO-2020-75992156-ANSES-SEP#ANSES de orden 4 respectivamente, donde las
mencionadas áreas requirentes manifestaron la urgente necesidad de
contar con las pantallas para ser instaladas en los escritorios del
personal de ANSES que estén en contacto directo con los beneficiarios y
las beneficiarias, a los efectos de preservar la salud del personal de
ANSES que se encuentre en efectivo cumplimiento de sus labores y de las
personas beneficiarias que concurran a las oficinas de atención al
público, quienes en su mayoría, por su condición de adultos mayores,
conforman un sector de riesgo ante la pandemia decretada por la
Organización Mundial de la Salud.
Que en ese sentido se elaboraron las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-91663309-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-91663218-ANSES-DOEI#ANSES, las cuales obran en órdenes 71 y 72
respectivamente y el correspondiente Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021-01804873-ANSES-DC#ANSES el cual se incorpora
a orden 10.
Que de las actuaciones surge que se encuentra cumplido el requisito de
publicidad que debe darse al llamado, conforme Disposiciones ONC N°
48/2020 y sus modificatorias, siendo suficiente a ese respecto la
publicación en el sistema COMPR.AR a orden 95 y la invitación a
proveedores de carácter general y automático realizada por dicho
sistema a orden 96.
Que a orden 93, obra el Acta de Apertura, que da cuenta de la
presentación de SEIS (6) propuestas, efectuadas por SEIS (6) oferentes
para el RENGLON 1 en la plataforma COMPR.AR, a saber: DECORSAN S.R.L,
ROYAL DOOR S.R.L, EME ESTRUCTURAS S.A, LO=PUB PRODUCCIONES
PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L., HUGO EDUARDO ISON, SECAVIT S.A.,
mientras que a orden 90, luce agregado el Cuadro Comparativo de Ofertas.
Que la Dirección de Obras e Infraestructura según el informe técnico,
identificado como documento N° IF-2021-06035672-ANSES-DOEI#ANSES a
orden 64, concluye que las ofertas presentadas por las firmas LO=PUB
PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L. y SECAVIT S.A.,
cumplen técnicamente con lo requerido.
Que en cuanto a las ofertas presentadas por DECORSAN S.R.L, ROYAL DOOR
S.R.L, EME ESTRUCTURAS S.A y HUGO EDUARDO ISON, la mencionada área
técnica, informa que no cumplen con las especificaciones técnicas,
haciendo un pormenorizado detalle de los incumplimientos.
Que a orden 88 toma intervención la Dirección de Contrataciones,
aconsejando, por resultar admisible y económicamente conveniente,
adjudicar la oferta presentada por LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y
PUBLICITARIAS S.R.L, por la suma unitaria de PESOS CINCO MIL
NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($5.945) y un total de PESOS ONCE MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA MIL ($ 11.890.000) y establecer en segundo orden de
mérito a la oferta presentada por SECAVIT S.A..
Que asimismo, la mencionada área aconseja desestimar las ofertas
presentadas por DECORSAN S.A, ROYAL DOOR SRL, EME ESTRUCTURAS S.A y
HUGO EDUARDO ISON por no cumplir con lo requerido en las
Especificaciones Técnicas N° IF-2020-91663309-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-91663218-ANSES-DOEI#ANSES.
Que a orden 107, la Dirección General Asuntos Jurídicos toma la
intervención de su competencia mediante el Dictamen N°
IF-2021-11944284-ANSES-DGEAJ#ANSES.
Que a orden 73, la Dirección de Gestión Presupuestaria, ha tomado la
intervención de su competencia, conforme surge de la cesta aprobada N°
110035900.
Que, atento a lo dispuesto en la Comunicación General ONC N° 8/2020,
referida a la aplicación de la Resolución Nº 100/2020 de la Secretaría
de Comercio Interior del Ministerio de Desarrollo Productivo, se hace
saber que esta UOC ha efectuado la consulta respecto al bien que se
intenta adquirir y el mismo no se encuentra dentro del sistema de
precios máximos de referencia, se adjunta constancia a orden 74
identificada como documento N° IF-2021-09220050-ANSES-DC#ANSES.
Que en consecuencia, corresponde dictar el acto administrativo pertinente.
Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas
por el Decreto N° 1023 de fecha 13 de agosto de 2001, el Decreto
Reglamentario Nº 1030 de fecha 15 de septiembre de 2016 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa N°DECAD-2020-409-APN-JGM de
fecha 18 de marzo de 2020 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, las
Disposiciones ONC N° 48 de fecha 20 de marzo de 2020 y sus
modificatorias, y las Resoluciones Nros. RESOL-2020-8-ANSES-ANSES de
fecha 20 de enero de 2020 y RESOL-2020-114- ANSES-ANSES de fecha 8 de
mayo de 2020.
Por ello,
EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DE ADMINISTRACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébense el procedimiento realizado en el marco de la
Compulsa COVID Nº 14/2020 – Proceso COMPR.AR Nº 63-0081-CDI20, el
Pliego de Bases y Condiciones Particulares identificado como
PLIEG-2021-01804873-ANSES-DC#ANSES y las Especificaciones Técnicas N°
IF-2020-91663309-ANSES-DOEI#ANSES y N°
IF-2020-91663218-ANSES-DOEI#ANSES, tendiente a adquirir DOS MIL (2000)
pantallas sanitarias para prevenir el contagio de COVID 19.
ARTÍCULO 2°-Desestimanse las ofertas presentadas por DECORSAN S.A.,
ROYAL DOOR S.R.L, EME ESTRUCTURAS S.A, HUGO EDUARDO ISON, por los
motivos expuestos en los Considerandos de la presente Resolución.
ARTÍCULO 3°- Apruébase en primer orden de mérito a la oferta presentada
por la firma LO=PUB PRODUCCIONES PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L
(CUIT:30-70961003-8) y en segundo orden de mérito a la oferta
presentada por la firma SECAVIT S.A. (CUIT:33-71537995-9), conforme los
Considerandos de la presente Resolución
ARTÍCULO 4°-Adjudicase, en el marco de la Compulsa COVID Nº19- Nº
14/2020 –Proceso COMPR.AR Nº 63-0081-CDI20, conforme a los lineamientos
de la presente Resolución para el RENGLÓN N°1 correspondiente a DOS MIL
(2000) pantallas sanitarias a la firma LO=PUB PRODUCCIONES
PERIODISTICAS Y PUBLICITARIAS S.R.L (CUIT: 30-70961003-8) , por la suma
unitaria de PESOS CINCO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO ($5.945) y un
total de PESOS ONCE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA MIL ($ 11.890.000),por
los motivos indicados en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 5º.- Encomiéndase en la Directora de Contrataciones la
suscripción, en nombre y representación del organismo de la respectiva
orden de compra.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en
la presente Resolución se atenderá con cargo a las partidas específicas
del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 7º.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL
REGISTRO OFICIAL, comuníquese, pase a las Direcciones de Contrataciones
y de Gestión Presupuestaria para la intervención de su competencia y
oportunamente, archívese.
Alejandro Merediz
e. 02/03/2021 N° 11123/21 v. 02/03/2021