Resolución 7/2021
RESOL-2021-7-APN-TFN#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/02/2021
VISTO la resolución N° 6 de fecha 25 de febrero de 2021 del Tribunal Fiscal de la Nación y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la resolución citada en el visto se procedió a ampliar el
tope de personal que podrá asistir a prestar trabajos en forma
presencial al Tribunal Fiscal de la Nación.
Que, por un error material e involuntario, restó mencionar
correctamente el Anexo de la resolución y que donde dice
“IF-2020-xxxxxxxxx-APN-CG#TFN” debió decir
“IF-2021-16715718-APN-TFN#MEC”.
Que, en virtud del error habido, corresponde sustituir el artículo 1°
de la Resolución N° 6 de fecha 25 de febrero de 2021 del Tribunal
Fiscal de la Nación.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
en el Artículo 158 de la Ley N° 11.683 y sus modificaciones.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 6 de fecha
25 de febrero de 2021 del Tribunal Fiscal de la Nación por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Sustituir el Anexo IF-2020-71149445-APN-CG#TFN de la
Resolución N° 56 de fecha 21 de octubre de 2020 del Tribunal Fiscal de
la Nación por el Anexo IF-2021-16715718-APN-TFN%MEC, que forma parte
integrante de la siguiente resolución.”
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Ruben Alberto Marchevsky
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/03/2021 N° 10950/21 v. 02/03/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)