CONTRATOS
Decreto 162/2021
DCTO-2021-162-APN-PTE - Ratifícase Enmienda.
Ciudad de Buenos Aires, 11/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2019-05792627-APN-GPE#ADIFSE, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2010 se suscribió el “ACUERDO CONTRACTUAL
POR EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS”
entre la ex-SECRETARÍA DE TRANSPORTE, entonces dependiente del
ex-MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS
de la REPÚBLICA ARGENTINA y la Sociedad Estatal CHINA NATIONAL
MACHINERY & EQUIPMENT IMPORT & EXPORT CORPORATION junto con las
Condiciones Generales y Particulares del contrato.
Que dicho documento fue modificado por las Enmiendas I a VI de fechas
13 de julio de 2010, 8 de octubre de 2010, 7 de abril de 2011, 7 de
octubre de 2011, 25 de junio de 2012 y 25 de septiembre de 2013,
respectivamente.
Que con fecha 4 de diciembre de 2013 el ex-MINISTERIO DEL INTERIOR Y
TRANSPORTE de la REPÚBLICA ARGENTINA y la firma CHINA MACHINERY
ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron el TEXTO ORDENADO DEL
CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL
FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, el cual fue ratificado mediante el Decreto
N° 1090 del 17 de julio de 2014.
Que con fecha 31 de enero de 2014 y con fecha 8 de septiembre de 2015,
el ex-MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE y la firma CHINA MACHINERY
ENGINEERING CORPORATION (CMEC) suscribieron las Enmiendas Nros. 1 y 2,
respectivamente, al referido TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS
ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO
CARGAS.
Que, en instancia posterior, en función de lo establecido en la
cláusula 21.11 del Convenio de Financiamiento suscripto entre el
ex-MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS y las Entidades Bancarias
CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION (CDB) y el INDUSTRIAL AND COMMERCIAL
BANK OF CHINA LIMITED se requirió a aquellos la pertinente aprobación
de la referida adenda.
Que, por su parte, la Empresa BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD
ANÓNIMA y la firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC)
consensuaron modificar los Anexos Nros. 5 y 8 de la Enmienda Nº 2 de
fecha 8 de septiembre de 2015 al TEXTO ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS
ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO
CARGAS, con el objeto de mejorar la productividad del plan de obras
acordado, suscribiendo la nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de 2016.
Que por el Decreto N° 868 del 19 de julio de 2016 se ratificaron las
citadas Enmiendas N° 1 de fecha 31 de enero de 2014 y N° 2 de fecha 8
de septiembre de 2015, protocolizada con fecha 13 de noviembre de 2015,
y la referida Nota BCyL N° 16 de fecha 19 de enero de 2016.
Que el 13 de diciembre de 2016 se suscribió la Enmienda N° 3 al TEXTO
ORDENADO DEL CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE
REHABILITACIÓN DEL FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, entre el MINISTERIO DE
TRANSPORTE y la firma CHINA MACHINERY ENGINEERING CORPORATION (CMEC),
la cual fue ratificada mediante el Decreto N° 987 del 30 de noviembre
de 2017.
Que en función de las necesidades estratégicas y operativas del
Proyecto, se suscribió, con fecha 19 de junio de 2019, entre el
MINISTERIO DE TRANSPORTE y la firma CHINA MACHINERY ENGINEERING
CORPORATION (CMEC) la Enmienda N° 4 al citado TEXTO ORDENADO DEL
CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL
FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, por la cual se sustituyen los Anexos 8
-Desglose Total del Precio- y 18 -Obras- del mismo y sus enmiendas
modificatorias, por los Anexos integrantes de dicha Enmienda N° 4, cuya
ratificación por este acto se propicia.
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 4 de la citada
Enmienda N° 4 para que la misma adquiera vigencia, entre otros
extremos, se requiere su aprobación por la autoridad correspondiente de
la REPÚBLICA ARGENTINA.
Que en el Expediente consignado en el Visto se encuentran agregados los informes pertinentes que fundamentan el presente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 19, inciso
a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la Enmienda N° 4 del TEXTO ORDENADO DEL
CONTRATO Y SUS ENMIENDAS PARA EL PROYECTO DE REHABILITACIÓN DEL
FERROCARRIL BELGRANO CARGAS, ratificado mediante el Decreto N° 1090 del
17 de julio de 2014, suscripta el 19 de junio de 2019 entre el
MINISTERIO DE TRANSPORTE y la firma CHINA MACHINERY ENGINEERING
CORPORATION (CMEC), que como Anexo único en idioma castellano y en
idioma inglés (CONVE-2019-56470452-APN-DGD#MTR) forma parte integrante
del presente decreto.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero - Mario Andrés Meoni
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/03/2021 N° 14479/21 v. 12/03/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)