Disposición 145/2021
DI-2021-145-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021
Visto el Expediente N° EX-2021-07004449-APN-DCSYL#CNRT; y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Adjudicación Simple por Emergencia Nº 73-0004-CDI21,
denominada COMPULSA COVID-19 Nº 1/2021, inherente a la adquisición de
insumos, para el reacondicionamiento de la oficina de la GERENCIA DE
CALIDAD Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS, que se ubica en la ESTACIÓN TERMINAL
DE ÓMNIBUS DE RETIRO – Puente 0, en el marco de la Pandemia COVID- 19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nros. DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID-19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancia de lo requerido por la
GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS, mediante la Nota N°
NO-2020-48101677-APN-GCYPS#CNRT, a través de la cual se solicitó el
mobiliario y la protección necesaria para la oficina nombrada ut supra,
para que el personal pueda desarrollar sus funciones de forma segura,
en el marco de la Pandemia COVID-19.
Que mediante la Nota N° NO-2020-85507325-APN-CNRT#MTR se prestó
conformidad, al pedido de autorización que fuera elevado por la aludida
GERENCIA, para que se proceda a la compra de los insumos objeto de la
licitación que nos ocupa.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una CONTRATACIÓN
DIRECTA POR ADJUDICACIÓN SIMPLE POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo
previsto, específicamente, en el artículo 3° de la Decisión
Administrativa N° DECAD-2020-409-APN-JGM, en el Anexo de la Disposición
N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el artículo 1° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas por la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia generada por el
sistema COMPR.AR, incorporada al expediente como
PLIEG-2021-09349051-APN-DCSYL#CNRT, incluyéndose como parte de ella,
todos las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021-07388347-APN-DCSYL#CNRT.
Que el 02 de febrero de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
la oferta de la firma: ROSANA MARIA LEONOR POLLERO (CUIT N°
27-16910912-0).
Que analizada la oferta, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N°
IF-2021-10534013-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando declarar fracasado el
presente procedimiento por resultar la oferta presentada inadmisible
formalmente e inconveniente desde el punto de vista económico, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, inciso c) del “Régimen
de Contrataciones de la Administración Pública Nacional”, aprobado por
el Decreto Delegado Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y
por el artículo 31 del “Manual de Procedimiento del Régimen de
Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Disposición
ONC N° 62/16.
Qué la oferta presentada por la señora ROSANA MARIA LEONOR POLLERO,
resulta inadmisible formalmente, ya que no ha dado cumplimiento a lo
solicitado en el artículo 4.3.4 inherente a la presentación de los
anexos que forman parte del Pliego de Bases y Condiciones Particulares
que rige el presente proceso, e inconvenientes toda vez que las mismas
en términos económicos no son beneficiosas para esta Comisión Nacional,
de conformidad con lo establecido en el artículo 31 de la Disposición
N° 62/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que, en consecuencia, y en virtud de lo expuesto precedentemente corresponde declarar fracasada la presente contratación.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Declárase fracasada la Contratación Directa por
Adjudicación Simple por Emergencia Nº 73-0004-CDI21, que se rigió por
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021-07388347-APN-DCSYL#CNRT, denominada COMPULSA COVID-19 Nº
1/2021, inherente a la Adquisición de insumos, para el
reacondicionamiento de la oficina de la GERENCIA DE CALIDAD Y
PRESTACIÓN DE SERVICIOS, que se ubica en la ESTACIÓN TERMINAL DE
ÓMNIBUS DE RETIRO – Puente 0, en el marco de la Pandemia COVID- 19, en
los términos del artículo 11 inciso c) del “Régimen de Contrataciones
de la Administración Publica Nacional”, aprobado por el Decreto
Delegado Nº 1023/01, sus modificatorios y complementarios, y por el
artículo 31 del Manual de Procedimientos aprobado por Disposición N°
62/16 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
ARTÍCULO 2º. – Desestímese la oferta presentada por la señora ROSANA
MARIA LEONOR POLLERO de acuerdo a lo establecido en los considerandos
precedentes.
ARTÍCULO 3º.- Dése intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y
RECURSOS HUMANOS, a los efectos de que se inicie un nuevo procedimiento
y anule el presente registro preventivo de la solicitud de contratación
Nº 73-2-SCO21.
ARTÍCULO 4º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de
UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente,
según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N°
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, dese intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en los términos consignados en
el artículo anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
e. 12/03/2021 N° 14286/21 v. 12/03/2021