Disposición 144/2021
DI-2021-144-APN-CNRT#MTR
Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021
Visto el Expediente N° EX-2021-008908523-APN-DCSYL#CNRT; y
CONSIDERANDO:
Que, por el expediente citado en el Visto, tramita la Contratación
Directa por Compulsa Abreviada por Emergencia Nº 73-0005-CDI21,
denominada COMPULSA COVID-19 Nº 2/2021, llevada a cabo con el objeto de
adquirir de Insumos y elementos de protección para el personal en el
marco de la pandemia de COVID-19.
Que la presente contratación tiene lugar de conformidad con lo
dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020, y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
Que dicho procedimiento se inició a instancias de lo solicitado por la
GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS Y LA SUBGERENCIA DE
FISCALIZACION DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante las Notas Nros.
NO-2021-05382283-APN-GCYPS#CNRT, NO-2021-05450881-APN-GCYPS#CNRT y
NO-2021-06265631-APN-SFRD#CNRT, ante la necesidad de dotar al cuerpo de
fiscalizadores, que se encuentran cumpliendo tareas de apoyo y control
en los distintos puntos de fiscalización, de los insumos y elementos de
protección necesarios, para un desarrollo seguro de sus funciones y al
personal de la oficina de calidad, a fin de que en los espacios de
trabajo y de atención al ciudadano, pueda brindar un servicio seguro
tanto para los trabajadores de este Organismo, como para el público en
general, en el marco de pandemia por COVID-19.
Que corresponde encuadrar el presente trámite, en una Contratación
DIRECTA POR EMERGENCIA, de acuerdo a lo previsto, específicamente, en
el artículo 3° de la Decisión Administrativa Nº DECAD-2020-409-APN-JGM,
en el Anexo de la Disposición N° DI-2020-48-APN-ONC#JGM y en el
artículo 1° de la Disposición N° DI-2020-55-APN-ONC#JGM, ambas emitidas
por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
Que la convocatoria a presentar ofertas se efectuó en cumplimiento de
lo establecido en el artículo 2° de la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, conforme surge de la constancia incorporada al
expediente de la referencia como PLIEG-2021-10215158-APN-DCSYL#CNRT,
todas las condiciones particulares y técnicas que rigen la presente
contratación en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N°
PLIEG-2021- 09180002-APN-DCSYL#CNRT que como anexo, forma parte
integrante de la presente medida.
Que el 09 de febrero de 2021, se efectuó el Acto de Apertura,
generándose el acta correspondiente a través del Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional “Compr.AR”, recibiéndose
las ofertas de las firmas CONMIL S.R.L. (CUIT N° 30-66115333-0), PROVEX
S.R.L. (CUIT N° 30-71517096-1), UNOLEX S.A. (CUIT N° 33-70936634-9),
XIMAX S.R.L. (CUIT N° 30-70756341-5), MARKETING DIMENSION S.A. (CUIT N°
30-70851561-9), DIEGO PASMAN (CUIT N° 20-29950091-9), ROSANA MARÍA
LEONOR POLLERO (CUIT N° 27-16910912-0), 152bis SAS (CUIT N°
30-71581078-2), GUILLERMO ANDRES GALVAN (CUIT N° 20-27833518-7),
QUIMICA CORDOBA S.A. (CUIT N° 33-57611332-9), VYAM GROUP S.R.L. (CUIT
N° 30-71230774-5) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. (CUIT N° 30-65687578-6).
Que, analizadas las ofertas, el DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SUMINISTROS Y
LOGÍSTICA emitió recomendación mediante el Informe N°
IF-2021-15274648-APN-DCSYL#CNRT, aconsejando adjudicar del siguiente
modo, a las firmas: PROVEX S.R.L. el Renglón N° 5 por un monto de PESOS
DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 19.950.-), MARKETING DIMENSION
S.A. los Renglones Nros. 1, 3 y 4 por un monto de PESOS TREINTA Y SIETE
MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 37.457.-), 152bis SAS los
Renglones Nros. 6, 7 y 9 por un monto de PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS
MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 166.650.-), VYAM GROUP S.R.L. el Renglón
N° 8 por un monto de PESOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($
59.400.-) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. el Renglón N° 2 por un monto de
PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-); por resultar sus ofertas admisibles y
convenientes, ajustarse técnicamente a lo establecido en el Pliego de
Bases y Condiciones Particulares que rige la presente contratación, a
los valores de mercado, a la normativa vigente para este tipo de
procedimientos y a la opinión vertida por la SUBGERENCIA DE
FISCALIZACION DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante el Informe N°
IF-2021-14857993-APN-DCSYL#CNRT y por la GERENCIA DE CALIDAD Y
PRESTACIÓN DE SERVICOS, en su informe N° IF-2021-14858330-DCSYL#CNRT.
Que en ese mismo orden de ideas, aconseja desestimar la oferta
presentada para el Renglón N° 2, a las firmas UNOLEX S.A., siendo que
el proveedor no cumplió con lo solicitado en el artículo 9° del Pliego
de Bases y Condiciones Particulares, inherente a la presentación de
muestras de ser necesario y para el renglón N° 9, a la firma VYAM GROUP
S.R.L.
Que la SUBGERENCIA DE CONTABILIDAD, PRESUPUESTO Y RECAUDACIONES,
informó la existencia de disponibilidad presupuestaria para afrontar la
presente medida.
Que intervendrán en la contratación que nos ocupa, los miembros
titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados mediante la
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR o la que en el futuro la
reemplace, dictada de conformidad con lo establecido en el artículo 84
y concordantes del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la
Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus
modificatorios y complementarios.
Que la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de esta COMISIÓN
NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ha tomado la intervención que le
compete.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades
establecidas en el artículo 6° de la Decisión Administrativa N°
DECAD-2020-409-APN-JGM, en el artículo 35, inciso b) del “Reglamento de
la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del
Sector Público Nacional Nº 24.156”, aprobado por el Decreto Nº 1344/07,
sus modificatorios y complementarios, el Anexo al referido artículo 35,
y lo dispuesto por el artículo 9º, incisos d) y e) del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por
Decreto Nº 1030/16, y el Anexo al referido artículo 9º.
Que este acto se dicta en virtud de las facultades otorgadas por el
Decreto Nº 1388/96 y sus modificatorios, y en los términos del Decreto
Nº 302/2020.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Contratación Directa por Compulsa Abreviada
por Emergencia Nº 73-0005-CDI21, denominada COMPULSA COVID-19 Nº
2/2021, llevada a cabo para adquirir Insumos y elementos de protección
para el personal en el marco de la pandemia de COVID-19, de conformidad
con lo dispuesto por los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
DECNU-2020-260-APN-PTE y sus modificatorios y complementarios, las
Decisiones Administrativas Nº DECAD-2020-409-APN-JGM y
DECAD-2020-472-APN-JGM, la Resolución de la SECRETARIA DE COMERCIO
INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO N° 100/2020 y sus
complementarias, la Disposición de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES Nº DI-2020-48-APN-ONC#JGM y sus modificatorias, la
Disposición N° DI-2020-53-APN-ONC#JGM y la Disposición N°
DI-2020-55-APN-ONC#JGM, impartidas a partir de que la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD decretara el brote del COVID 19, como una PANDEMIA.
ARTÍCULO 2º.- Apruébase las condiciones particulares y técnicas que
rigieron la presente contratación como Pliego de Bases y Condiciones
Particulares N° PLIEG-2021- 09180002-APN-DCSYL#CNRT que como anexo,
forma parte integrante de la presente Disposición.
ARTÍCULO 3º.- Adjudicase a las firmas: PROVEX S.R.L. el Renglón N° 5
por un monto de PESOS DIECINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($
19.950.-), MARKETING DIMENSION S.A. los Renglones Nros. 1, 3 y 4 por un
monto de PESOS TREINTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($
37.457.-), 152bis SAS los Renglones Nros. 6, 7 y 9 por un monto de
PESOS CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 166.650.-),
VYAM GROUP S.R.L. el Renglón N° 8 por un monto de PESOS CINCUENTA Y
NUEVE MIL CUATROCIENTOS ($ 59.400.-) y ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. el
Renglón N° 2 por un monto de PESOS CUATRO MIL ($ 4.000.-); por resultar
sus ofertas admisibles y convenientes, ajustarse técnicamente a lo
establecido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige
la presente contratación, a los valores de mercado, a la normativa
vigente para este tipo de procedimientos, y a la opinión vertida por la
SUBGERENCIA DE FISCALIZACIN DE DELEGACIONES REGIONALES, mediante
Informe N° IF-2021-14857993-APN-SFDR#CNRT y por la GERENCIA DE CALIDAD
Y PRESTACIÓN DE SERVICOS, en su Informe N° IF-2021-14858330-DCSYL#CNRT
ARTÍCULO 4º.- Desestimase las ofertas presentadas para el Renglón N° 2,
a las firmas UNOLEX S.A., siendo que el proveedor no cumplió con lo
solicitado en el artículo 9° del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares, inherente a la presentación de muestras de ser necesario
y para el Renglón N° 9, a la firma VYAM GROUP S.R.L.
ARTÍCULO 5º.- Establécese que intervendrán en la recepción de los
bienes a que se refiere el artículo 1º de la presente Disposición, los
miembros titulares y suplentes de la Comisión de Recepción de esta
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, designados por
Disposición CNRT N° DI-2020-125-APN-CNRT#MTR dictada de conformidad con
lo establecido en el artículo 84 y concordantes del “Reglamento del
Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por
el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Disposición por el monto total de PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE ($ 287.457.-), se imputará con cargo
para el ejercicio presupuestario y a las partidas que correspondan.
ARTÍCULO 7º.- Dese intervención a la GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 8º.- Publíquese la presente medida en el Portal de la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES, y en el BOLETÍN OFICIAL por el término de
UN (1) día, dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente,
según lo establecido en el punto 8° del Anexo a la Disposición N°
48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
OFICIAL para su publicación en los términos consignados en el artículo
anterior y archívese.
Jose Ramon Arteaga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
Se deja constancia que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares
PLIEG-2021-09180002-APNDCSYL#CNRT que forma parte integrante de la
presente Disposición, no es acompañado como adjunto atento a que el
mismo puede ser consultado públicamente a través del sistema de
contrataciones electrónicas “COMPR.AR” ingresando el número de proceso.
e. 15/03/2021 N° 14641/21 v. 15/03/2021