Disposición 83/2021
DI-2021-83-APN-DGSA#ARA
Ciudad de Buenos Aires, 04/03/2021
VISTO el expediente electrónico EX-2020-88146043- -APN-DGSA#ARA, el
artículo 15 ter del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 260/20, la
Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE
MINISTROS y la Disposición Nº 48/2020 de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC N° 55/20), y
CONSIDERANDO:
Que el señor Jefe del Servicio Hemoterapia solicitó la inmediata
adquisición de un SERVICIO DE ESTUDIO DE HIV, HBV Y HCV POR TECNICAS DE
BIOLOGIA MOLECULAR EN MUESTRAS DE DONANTES DE SANGRE PARA PACIENTES CON
COVID-19, dado que en el contexto de la Pandemia por infección del
virus SARSCoV2, el Hospital Naval se vio directamente abocado a la
atención de pacientes con COVID19. La demanda de Plasma de
Convalecientes como único recurso terapéutico es muy alta. Para obtener
este plasma de pacientes recuperados se necesita estudiar a los
donantes con todas las técnicas disponibles para garantizar la
seguridad transfusional de esta práctica. Uno de los procesos a los que
se somete a las muestras de los donantes es el estudio para HIV, HCV y
HBV, virus de transmisión por vía transfusional, mediante técnicas de
biología molecular. Dada la complejidad y las limitaciones
reglamentarias de ANMAT de esta práctica, este estudio se lleva a cabo
en laboratorios habilitados para tal fin. Es necesario por tal motivo
la contratación de este servicio para poder estudiar a los posibles
donantes de plasma, convalecientes de COVID. Así como también los
donantes de sangre y plaquetas, recursos que se están requiriendo
ampliamente en estos días de pandemia.
Que el procedimiento de selección de co-contratante particular elegido
fue el previsto en el artículo 15 ter del Decreto citado en el visto, y
que el mismo ha sido sustanciado a través de la plataforma COMPR.AR.
Que el contenido de las invitaciones cursadas a los proveedores cumple
con las pautas fijadas en el artículo 3° inciso d) del Anexo a la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20).
Que, a las diez horas del día 28 de diciembre de 2020, el acto de apertura de ofertas se realizó tal como estaba previsto.
Que se puso en conocimiento el acta de apertura a la INSPECCIÓN GENERAL
DE LA ARMADA y a la Unidad de Auditoría Interna del MINISTERIO DE
DEFENSA.
Que el oferente se encuentra en estado “inscripto” en el Sistema de
Información de Proveedores (SIPRO) y con los datos actualizados.
Que, a la fecha, el oferente no registra sanciones en el Registro
Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) creado por la
Ley Nº 26.940.
Que en forma previa al libramiento de la orden de pago deberá
verificarse la inexistencia de deudas tributarias o previsionales de
acuerdo a la normativa aplicable.
Que se consultó en el Sistema Electrónico de Publicidad de Precios
Argentinos (SEPA) los precios máximos de referencia, no encontrándose
resultados a las consultas. Dándose cumplimiento a la Resolución de la
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
N° 100/2020.
Que en función de los resultados del informe técnico, surge que el oferente es técnicamente admisible.
Que la Unidad Operativa de Contrataciones adjudicar la presente
contratación al oferente Fundación Hemocentro Buenos Aires CUIT
33707714579, por la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CERO CENTAVOS ($ 679.441,00).
Que se comparte el juicio de la Unidad Operativa de Contrataciones y se advierte que la necesidad pública aún subsiste.
Que la presente contratación cuenta con saldo de crédito presupuestario y cuota de compromiso.
Que los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº 409/20 del señor
JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y 5° del Anexo de la Disposición N° 48/20
de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto según Disposición ONC
N° 55/20) establecen que se aplica la distribución de competencias
efectuada en el artículo 9° del Anexo del Decreto N° 1030/16 para los
procedimientos de contratación directa por compulsa abreviada y
adjudicación simple.
Que, por remisión del artículo 9° del Anexo del aludido Decreto, deviene aplicable la Resolución MD 265/16.
Que, por tratarse de un procedimiento sustanciado en el ámbito de la
ARMADA ARGENTINA, debe estarse a lo dispuesto en el Anexo III de la
Resolución ministerial indicada.
Que los Directores Generales – como el suscripto- tienen competencia
para dictar el acto de conclusión del procedimiento siempre que la
contratación a adjudicar o declarar fracasada no supere la suma
equivalente a SIETE MIL QUINIENTOS Módulos (M 7.500), es decir, a PESOS
TREINTA Y SEIS MILLONES ($ 36.000.000), de acuerdo al valor actual del
Módulo.
Que el Departamento Asesoría Legal del HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES
“CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO” ha tomado la intervención que le
corresponde.
Que, en razón de los artículos 6° de la Decisión Administrativa Nº
409/20 del señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, 5° del Anexo de la
Disposición N° 48/20 de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES (texto
según Disposición ONC N° 55/20), el artículo 9° Anexo del Decreto N°
1030/16 y el Anexo III de la Resolución MD 265/16, el suscripto es
competente para dictar la presente medida.
Por ello,
EL DIRECTOR GENERAL DEL HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Convalidar y aprobar lo actuado en la Compulsa - COVID-19
Nº 0398 - ADQUISICION DE SERVICIO DE ESTUDIO DE HIV, HBV Y HCV POR
TECNICAS DE BIOLOGIA MOLECULAR EN MUESTRAS DE DONANTES DE SANGRE PARA
PACIENTES CON COVID-19.
ARTICULO 2º.- Adjudicar la presente contratación al oferente Fundación
Hemocentro Buenos Aires CUIT 33707714579, por la suma de PESOS
SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UNO CON CERO
CENTAVOS ($ 679.441,00).
ARTICULO 3º.- Notifíquese fehacientemente lo dispuesto al oferente que cotizo en esta contratación.
ARTICULO 4º.- Autorícese al Departamento Contrataciones a emitir la
correspondiente Orden de Compra y comunicaciones relacionadas, por un
importe total de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA Y UNO CON CERO CENTAVOS ($ 679.441,00), e imputar a la partida
presupuestaria correspondiente, a fin de ejecutar la adjudicación
dispuesta en el presente acto administrativo.
ARTICULO 5º.- Certifíquense, por medio de la Comisión de Recepción, los
insumos detallados en la respectiva Orden de Compra, dando cumplimiento
a lo establecido en la Orden Transitoria Nº 05/20 del Director General
de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO MAYOR DR. PEDRO MALLO”.
ARTICULO 6º.- Pásese, para conocimiento y efectos, al DEPARTAMENTO
CONTRATACIONES Y COMPRAS de este HOSPITAL NAVAL BUENOS AIRES “CIRUJANO
MAYOR DOCTOR PEDRO MALLO”.
ARTIUCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Alberto Hugo Croci
e. 18/03/2021 N° 15711/21 v. 18/03/2021