MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 125/2021

RESOL-2021-125-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2021

Visto el expediente EX-2020-65643176-APN-DGD#MDP, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente mencionado en el Visto tramita la aprobación del Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 formulado por BICE Fideicomisos Sociedad Anónima, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Que la ley 24.156, contiene en el Capítulo III del Título II, el Régimen presupuestario de Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y Entes Públicos no comprendidos en la Administración Nacional.

Que obra en el expediente señalado, el informe favorable de la Oficina Nacional de Presupuesto dependiente de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, sobre la medida propiciada.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que esta resolución se dicta en virtud de las facultades previstas en el artículo 49 de la ley 24.156 y en su decreto reglamentario 1344 del 4 de octubre de 2007.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprúebase el Plan de Acción y Presupuesto para el ejercicio 2021 de BICE Fideicomisos Sociedad Anónima, organismo actuante en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Productivo, de acuerdo con el detalle obrante en los anexos I (IF-2021-15925854-APN-SSP#MEC) y II (IF-2021-16295891-APN-SSP#MEC), que integran esta resolución.

ARTÍCULO 2º.- Estímanse en la suma de setecientos noventa y dos millones veintiún mil ochocientos cinco pesos ($ 792.021.805) los ingresos de operación y fíjanse en la suma de quinientos noventa y ocho millones ciento noventa mil seiscientos catorce pesos ($ 598.190.614), los gastos de operación, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Operativo (Ganancia de Operación) estimado en ciento noventa y tres millones ochocientos treinta y un mil ciento noventa y un pesos ($ 193.831.191), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-16295891-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 3º.- Estímanse en la suma de mil ciento cinco millones cuarenta y ocho mil cuatrocientos veinte pesos ($ 1.105.048.420) los ingresos corrientes y fíjanse en la suma de ochocientos treinta y cuatro millones ciento veintiocho mil ciento sesenta y nueve pesos ($ 834.128.169) los gastos corrientes, y como consecuencia de ello apruébase el Resultado Económico (Ahorro) estimado en doscientos setenta millones novecientos veinte mil doscientos cincuenta y un pesos ($ 270.920.251), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-16295891-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 4º.- Estímanse en la suma de treinta y cinco millones ciento once mil setecientos cuarenta y siete pesos ($ 35.111.747) los recursos de capital y fíjanse en la suma de cuarenta y tres millones ochocientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos setenta pesos ($ 43.845.470) los gastos de capital, y como consecuencia de ello en conjunción con el Resultado Económico establecido en el artículo 3º de esta resolución, estímase el Resultado Financiero (Superávit) para el ejercicio 2021, en la suma de doscientos sesenta y dos millones ciento ochenta y seis mil quinientos veintiocho pesos ($ 262.186.528), de acuerdo con el detalle que figura en las planillas del anexo II (IF-2021-16295891-APN-SSP#MEC).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Martín Guzmán

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 19/03/2021 N° 16108/21 v. 19/03/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)