AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 70/2021
RESOL-2021-70-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2021
VISTO la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto
Reglamentario N° 1390/98; la Norma AR 10.16.1: “Transporte de
materiales radiactivos”, Revisión 3; el procedimiento de la ARN
P-TMR-04: “Emisión del certificado de aprobación para el transporte de
material radiactivo”, el régimen de Tasas por Licenciamiento e
Inspección aprobado mediante Resolución del Directorio de la Autoridad
Regulatoria Nuclear N° 76/08, lo actuado en el Expediente Electrónico
de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS N°
09237920/21, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a) de la Ley N°
24.804, citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la República Argentina, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que la Norma AR 10.16.1: “Transporte de materiales radiactivos”,
Revisión 3, establece criterios de seguridad radiológica para el
transporte de materiales radiactivos.
Que la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) ha solicitado a esta
ARN la renovación del Certificado de Aprobación RA/0095/X,
correspondiente a transportes en virtud de arreglos especiales del
bulto para Molibdeno 99, modelo denominado ATEA 333 RL-99.
Que la ACTIVIDAD CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIALES RADIACTIVOS ha
tomado en el trámite la intervención que le compete en razón de lo
establecido en el procedimiento P-TMR-04 de esta ARN, manifestando que
la institución solicitante ha dado cumplimiento a los requisitos
exigidos por la Norma AR 10.16.1.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
prestado su conformidad a la aprobación de la renovación del
Certificado de Aprobación RA/0095/X, correspondiente a transportes en
virtud de arreglos especiales del bulto para Molibdeno 99, modelo
denominado ATEA 333 RL-99, solicitado por la CNEA.
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 24.804, su decreto
reglamentario y el régimen de Tasas por Licenciamiento e Inspección
aprobado mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 76/08, las
personas físicas o jurídicas que soliciten la revisión del certificado
de aprobación del transporte en virtud de arreglos especiales deberán
abonar por adelantado la correspondiente tasa regulatoria por
licenciamiento e inspección.
Que, conforme informó la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y RECURSOS de
esta ARN, la CNEA registra deuda en concepto de tasa regulatoria.
Que mediante Nota de fecha 10 de marzo de 2021 la CNEA solicitó, como
medida de excepción, la prosecución del trámite de renovación dado que
dicha Institución está realizando las gestiones correspondientes para
efectivizar el pago de las facturas adeudadas a la mayor brevedad.
Que, asimismo, en las razones que justifican un arreglo especial en el
marco de la solicitud presentada, la CNEA ha manifestado que considera
apropiado contar con los bultos F/333/B(U)-85 RL-99 (ATEA 333 RL-99)
para continuar realizando el abastecimiento interno del radioisótopo
Molibdeno 99.
Que el otorgamiento de un Certificado de Aprobación en virtud de
arreglo especial para el transporte de material radiactivo a un usuario
que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa regulatoria exigido por
el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva a una excepción a lo
dispuesto en la citada normativa.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS de esta ARN ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión del día 17 de marzo de 2021 (Acta N° 11),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar, en carácter de excepción a lo establecido en el
Artículo 26 de la Ley N° 24.804, la renovación del Certificado de
Aprobación RA/0095/X, Revisión 16, correspondiente a transportes en
virtud de arreglos especiales del bulto para Molibdeno 99, modelo
denominado ATEA 333 RL-99, solicitado por la CNEA, autorizando que el
pago de la tasa regulatoria sea efectuado con posteridad a la emisión
del referido certificado.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y a la CNEA. Dése a la
Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese en el Sector
CONTROL DEL TRANSPORTE DE MATERIAL RADIACTIVO.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 22/03/2021 N° 16417/21 v. 22/03/2021