JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
Decisión Administrativa 271/2021
DECAD-2021-271-APN-JGM - Dase por designada Directora Nacional de Evaluación y Monitoreo Accidentológico.
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-07001445-APN-SIP#JGM, las Leyes Nros.
27.514 y 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008,
sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su
modificatorio y la Decisión Administrativa N° 249 del 1° de abril de
2019, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación
transitoria de personal en cargos de planta permanente y
extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario,
vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las
estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de
Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional,
centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o
Entidad de que se trate.
Que por la Ley N° 27.514 se creó la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
como organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, con autarquía económico-financiera, personalidad jurídica
propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y
privado.
Que el artículo 30 de la citada ley dispuso que una vez constituida la
citada Junta se transferirían a la misma las funciones de la entonces
JUNTA DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL con sus
respectivas competencias, escalafón, cargos, designaciones, personal y
créditos presupuestarios, así como la administración de los bienes
patrimoniales afectados a su uso.
Que por la Decisión Administrativa N° 249/19 se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la entonces JUNTA
DE INVESTIGACIÓN DE ACCIDENTES DE AVIACIÓN CIVIL, organismo
descentralizado entonces actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
TRANSPORTE.
Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo
vacante y financiado de Director/a Nacional de Evaluación y Monitoreo
Accidentológico de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE, organismo
descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el servicio jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del
Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por designada con carácter transitorio, a partir del
8 de enero de 2021 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días
hábiles contados a partir de la fecha de la presente medida, a la
licenciada en Relaciones Internacionales Estefanía DEMICHELIS (D.N.I.
N° 32.064.651) en el cargo de Directora Nacional de Evaluación y
Monitoreo Accidentológico de la JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE,
organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE
TRANSPORTE, Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP),
homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del suplemento por Función
Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y
se efectúa la presente designación transitoria con autorización
excepcional por no reunir la licenciada en Relaciones Internacionales
DEMICHELIS los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de
dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente
decisión administrativa deberá ser cubierto conforme los requisitos y
sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente,
en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro
del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la
fecha de la presente medida.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 57 - MINISTERIO DE TRANSPORTE, Entidad
671 - JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Mario Andrés Meoni
e. 29/03/2021 N° 18814/21 v. 29/03/2021