MINISTERIO DE ECONOMÍA
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA
Disposición 8/2021
DI-2021-8-APN-SSEE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-12442589-APN-SE#MEC, los Decretos Nros.
1.119 de fecha 6 de octubre de 1999, 140 de fecha 21 de diciembre de
2007 y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las
Resoluciones Nros. 84 de fecha 12 de abril de 2017 del ex MINISTERIO DE
ENERGÍA Y MINERÍA y 130 de fecha 22 de febrero de 2021 de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Disposición N° 54 de fecha 7
de mayo de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y
EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y
MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex
MINISTERIO DE HACIENDA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 se
aprobó el modelo de Convenio de Préstamo para la realización del
PROYECTO DE ENERGÍAS RENOVABLES EN MERCADOS RURALES (PERMER), que
resultó financiado parcialmente con los recursos del préstamo otorgado
por el BANCO INTERNACIONAL DE RECONSTRUCCIÓN Y FOMENTO (BIRF).
Que a través del Decreto N° 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015 se
aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF a celebrarse entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF, por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a
financiar parcialmente el PERMER.
Que mediante el Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007 se
declaró de interés y prioridad nacional el uso racional y eficiente de
la energía y se aprobaron los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE USO
RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE) destinado a contribuir y
mejorar la eficiencia energética de los distintos sectores consumidores
de energía; asimismo, se instruyó la implementación del PRONUREE en
edificios públicos de todos los organismos del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que por la Resolución N° 84 de fecha 12 de abril de 2017 del ex
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA se creó el Plan ALUMBRADO EFICIENTE
(PLAE) en el marco del Decreto N° 140/07, a fin de alcanzar mayores
niveles de eficiencia en la gestión, optimizar el diseño, la
instrumentación, ejecución y el control del PRONUREE, asimismo, se
estableció que los convenios marco y específicos suscriptos por la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL,
INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, en el marco del PRONUREE – Alumbrado
Público, tramitarían hasta su extinción en la órbita de la ex
SUBSECRETARÍA DE AHORRO Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE
PLANEAMIENTO ENERGÉTICO ESTRATÉGICO del ex MINISTERIO DE ENERGÍA Y
MINERÍA.
Que mediante la Disposición N° 54 de fecha 7 de mayo de 2019 de la ex
SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex
SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y MERCADO ELÉCTRICO de la ex
SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA se creó
dentro de su ámbito el Listado de Consultores en Eficiencia Energética,
con el objeto de relevar, identificar, convocar y evaluar a consultores
especialistas en eficiencia energética con el propósito de poner esta
información a disposición de todo aquel que requiriera asesoramiento en
la materia.
Que por la Resolución N° 130 de fecha 22 de febrero de 2021 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA se delegó a esta
Subsecretaría el ejercicio de las funciones establecidas en el Artículo
1° de esa medida.
Que mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 130/21 de la SECRETARÍA
DE ENERGÍA se facultó a esta Subsecretaría a subdelegar en una
dependencia de rango no inferior a Dirección Nacional el ejercicio de
las funciones descriptas en los Incisos f), g), h) e i) del Artículo 1°
de esa medida.
Que la Dirección de Asuntos Legales de Energía del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por
el Artículo 2° de la Resolución N° 130/21 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Subdelégase en la Dirección Nacional de Generación
Eléctrica de esta Subsecretaría el ejercicio de las siguientes
funciones:
a) Dictar los actos necesarios para la ejecución del PROGRAMA NACIONAL
DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGÍA (PRONUREE) aprobado por el
Decreto N° 140 de fecha 21 de diciembre de 2007, y suscribir convenios
y aprobar los reglamentos de los planes que deriven de la ejecución del
PRONUREE.
b) Implementar el PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA
(PROUREE) en los edificios públicos de los organismos del PODER
EJECUTIVO NACIONAL y disponer acciones en materia de eficiencia
energética.
c) Dictar los actos necesarios para la instrumentación, reglamentación
y ejecución del Plan ALUMBRADO EFICIENTE (PLAE) creado por el Artículo
1° de la Resolución N° 84 de fecha 12 de abril de 2017 del ex
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA.
d) Dictar los actos necesarios y las normas aclaratorias y
complementarias para la gestión y la administración del Listado de
Consultores en Eficiencia Energética creado por la Disposición N° 54 de
fecha 7 de mayo de 2019 de la ex SUBSECRETARÍA DE ENERGÍAS RENOVABLES Y
EFICIENCIA ENERGÉTICA de la ex SECRETARÍA DE RECURSOS RENOVABLES Y
MERCADO ELÉCTRICO de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex
MINISTERIO DE HACIENDA.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que la UNIDAD COORDINADORA (UCP) del PROYECTO
DE ENERGÍAS RENOVABLES EN MERCADOS RURALES (PERMER), creada por la
Resolución N° 154 de fecha 5 de abril de 1999 de la SECRETARÍA DE
ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS,
modificada por la Resolución N° 150 de fecha 30 de mayo de 2000 de la
SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con su conformación
organizacional, patrimonial, presupuestaria y de personal vigente a la
fecha de la presente medida, funcionará en el ámbito de esta
Subsecretaría.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Federico José Basualdo Richards
e. 29/03/2021 N° 18527/21 v. 29/03/2021