INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 328/2021
RESOL-2021-328-APN-INCAA#MC
Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2021
VISTO el EX-2020-38308404-APN-SGRRHH#INCAA del Registro del INSTITUTO
NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001)
y sus modificatorias y N° 27.541 y complementarias, y los Decretos N°
1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020
y N° 260 de fecha 11 de marzo de 2020 y su modificatorio; y
CONSIDERANDO
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
(OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus (COVID 19) como una
pandemia.
Que por Decreto N° 260/2020 se amplió en nuestro país la emergencia
sanitaria establecida por Ley N° 27.541, por el plazo de UN (1) año en
virtud de la pandemia declarada.
Que con el objetivo de proteger la salud pública, como una obligación
inalienable del Estado Nacional, se estableció oportunamente para todas
las personas que habitan en el país la medida de "Aislamiento Social,
Preventivo y Obligatorio" (ASPO), el que luego pasó a ser
"Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio" (DISPO).
Que ante una progresiva reapertura de actividades la COMISIÓN DE
CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) -CENTRAL-, órgano
paritario en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo General para la
Administración Pública Nacional, elaboró mediante Acta Nº 126 de fecha
15 de abril de 2020, una serie de recomendaciones sobre las medidas
preventivas a adoptar en las diversas jurisdicciones y organismos,
tendientes a la minimización de riesgos con relación al Covid-19 en el
ámbito de trabajo.
Que la misma Comisión, mediante Acta N° 130 del 10 de junio de 2020,
realizó recomendaciones que se suman a las antes citadas y tienen como
objeto otorgar un piso para que las jurisdicciones elaboren sus
protocolos de actuación enmarcados en esos lineamientos generales.
Que en consecuencia, mediante NO-2020-42550586-APN-SSEP#JGM se solicitó
a cada Organismo, en el seno de las delegaciones CyMAT, que elabore un
protocolo teniendo en cuenta la especificidad de las tareas laborales
que desempeñan los y las trabajadores/ras de esa jurisdicción.
Que conforme lo precedentemente expuesto, se procedió a la elaboración
del documento requerido, de aplicación a los y las agentes del INCAA,
el que fue oportunamente remitido para su revisión, mediante
NO-2020-47866713-APN-SGRRHH#INCAA a la CyMAT Central.
Que esta última efectuó al respecto las observaciones obrantes en NO-2021-15418336-APN-CYMAT.
Que incorporadas las modificaciones solicitadas, la Comisión CyMAT
Delegación INCAA, procedió con su aprobación mediante Acta conjunta N°
IF-2021-27684352-APN-SGRRHH#INCAA.
Que se propicia ahora su aprobación mediante el presente acto.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del
artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, y los
Decretos N° 1536/2002 y N° 90/2020.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE
Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el "PROTOCOLO INCAA DE HIGIENE Y SEGURIDAD EN EL
TRABAJO EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA SANITARIA- PANDEMIA COVID-19", el
que obra como ANEXO N° IF-2021-24165470-APN-SGRRHH#INCAA de este acto,
y el que a todos sus efectos forma parte del mismo.
ARTÍCULO 2°.- La presente medida entrará en vigenca a partir del día de su firma.
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Adalberto Puenzo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 31/03/2021 N° 19736/2021 v. 31/03/2021
(Nota Infoleg: Los
anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI)