MINISTERIO DE SALUD

SUBSECRETARÍA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS

Disposición 1/2021

DI-2021-1-APN-SSES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-78317509- -APN-DCYC#MS, la Ley N° 27.541, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020 y sus normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública N° 27.541, que contempla, entre otras, la Emergencia Sanitaria.

Que por el Decreto N° 260 de fecha 12 de marzo de 2020 se amplió, por el plazo de UN (1) año, la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la citada Ley, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 409/20 el Jefe de Gabinete de Ministros establece los principios generales y pautas que regirán el procedimiento de contrataciones de bienes y servicios en el contexto de la emergencia decretada y, a su vez, establece que la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES dictará las normas aclaratorias, interpretativas y complementarias que resulten pertinentes.

Que, en el marco de dicha competencia, la referida Oficina Nacional mediante la Disposición N° 48/20 aprobó el procedimiento complementario al establecido en la mencionada Decisión Administrativa Nº 409/20, para las contrataciones de bienes y servicios en el marco de la emergencia pública en materia sanitaria, en virtud de la pandemia COVID 19, a fin de facilitar la gestión por parte del personal de las Unidades Operativas de Contrataciones y de todos los actores involucrados en la tramitación de dichos procesos.

Que, con posterioridad, con fecha 23 de abril del 2020 entraron en vigencia los cambios introducidos a la mencionada Disposición N° 48/20 por su similar Disposición Nº 55/20, de fecha 22 de abril del 2020, con el objeto de facilitar a las jurisdicciones y entidades del PODER EJECUTIVO NACIONAL, la utilización del Sistema Electrónico de Contrataciones “COMPR.AR”, en cuanto concierne al envío de invitaciones, recepción de ofertas y elaboración del cuadro comparativo de las mismas, en tanto herramienta que tiende a promover una mayor afluencia de ofertas, para contribuir, de este modo, a afianzar el principio general de promoción de la concurrencia.

Que con el objeto de implementar la estrategia de vacunación COVID 19 que se desarrollará en todo el país durante el primer semestre del año 2021, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES impulsó la adquisición de jeringas descartables por un monto total de PESOS DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ($ 2.418.000,00).

Que los insumos se encuentran contemplados en el listado de Productos críticos elaborado por esta SUBSECRETARIA DE ESTRATEGIAS SANITARIAS, de acuerdo al artículo 6° de la Resolución Ministerial N° 568/2020.

Que la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD ha prestado conformidad a la tramitación de la presente adquisición, y asimismo, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado intervención en la misma.

Que, por lo expuesto, se encuadró el procedimiento en una Contratación por emergencia COVID-19 Nº 7/2020, en los términos del artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1° de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020.

Que el 04 de diciembre del 2020, a la hora límite de la presentación de las ofertas, a través de la plataforma COMPR.AR. se confirmaron siete ofertas, pertenecientes a las firmas PHARMA EXPRESS S.A., EURO SWISS S.A., SUIZO ARGENTINA S.A., BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L., DROGUERIA COMARSA S.A. y SOLOIMPORTACION S.R.L.

Que la presente contratación no se encuentra alcanzada por el “Control de Precios Testigo” dado que el monto estimado de la compra es inferior a la suma de DOCE MIL MÓDULOS (12.000 M), conforme lo establecido en el artículo 2 de la Resolución SIGEN N° 248/2020. Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES elaboró el correspondiente Informe Técnico referido a las ofertas presentadas.

Que la firma PHARMA EXPRESS S.A. ha manifestado, en tiempo y forma, su voluntad de no renovar el plazo de mantenimiento de su oferta.

Que, a fin de alinear el precio cotizado al valor referencial otorgado por la Unidad Requirente, la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES solicitó mejora de precio a la oferta válida de menor valor, perteneciente a la firma BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., quien no realizó mejora alguna.

Que, ante esta situación, la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES, con la conformidad de la SECRETARIA DE ACCESO A LA SALUD, considera que no resulta económicamente conveniente continuar con la presente adquisición, atento la diferencia existente entre el valor de referencia y el ofertado por la citada firma.

Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES, en función de los informes técnicos, el análisis administrativo y formal efectuado por la UNIDAD OPERATIVA DE CONTRATACIONES, el precio referencial otorgado por la Unidad Requirente y la documentación obrante en el expediente respectivo, recomienda desestimar las ofertas de las firmas DROGUERIA COMARSA S.A., SUIZO ARGENTINA S.A. y SOLOIMPORTACION S.R.L. por no ajustarse técnicamente a lo solicitado en el pliego y las ofertas de las firmas EURO SWISS S.A., ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. y BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L. por no ser económicamente convenientes.

Que, en consecuencia, corresponde declarar fracasada la citada Contratación Directa.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6 de la Decisión Administrativa N° 409 de fecha 18 de marzo de 2020, y el numeral 5 del Anexo de la Disposición N° 48 de fecha 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE ESTRATEGIAS SANITARIAS

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Apruébase la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 7/2020, encuadrada en los términos del artículo 3 de la Decisión Administrativa Nº 409 del 18 de marzo de 2020 y el artículo 1 de la Disposición ONC N° 48 del 19 de marzo de 2020, llevada a cabo para la adquisición de jeringas descartables, así como también el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que como anexo PLIEG-2020-82464667-APN-DCYC#MS forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2°. – Dese por desistida la oferta de la firma PHARMA EXPRESS S.A.

ARTICULO 3°. – Desestímanse las ofertas de las firmas DROGUERIA COMARSA S.A., SUIZO ARGENTINA S.A., PHARMA EXPRESS S.A., SOLOIMPORTACION S.R.L., EURO SWISS S.A., ANTIGUA SAN ROQUE S.R.L. y BECTON DICKINSON ARGENTINA S.R.L., por los motivos expuestos en los considerandos.

ARTICULO 4°. – Declárase fracasada la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 7/2020, detallada en el artículo 1.

ARTICULO 5°. – Regístrese, publíquese en la página de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por un día y pase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES a sus efectos.

Juan Manuel Castelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 06/04/2021 N° 20492/21 v. 06/04/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)