ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 4957/2021
RESOG-2021-4957-E-AFIP-AFIP -
Procedimiento. Programa de Asistencia a la cadena de producción de
peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río Negro, Mendoza, San
Juan y La Pampa.
R.G. Nros. 4.790 y 4.889. Norma complementaria.
Ciudad de Buenos Aires, 06/04/2021
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-00323582- -AFIP-SGDADVCOAD#SDGCTI, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Título I de la Resolución General N° 4.790 y sus
modificatorias, se instrumentó la prórroga de los vencimientos
generales para el pago de los aportes y contribuciones de la seguridad
social operados entre los días 1 de junio de 2020 y 30 de junio de
2021, ambas fechas inclusive, en el marco del Programa de Asistencia de
emergencia económica, productiva, financiera y social a la cadena de
producción de peras y manzanas de las provincias del Neuquén, Río
Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, creado por el Decreto N° 615 del
22 de julio de 2020 y su modificatorio.
Que por el artículo 11 de la Resolución General N° 4.889 y su
modificatoria, se dispuso el plazo para formalizar nuevamente la
adhesión a los planes de facilidades de pago generales previstos en la
Resolución General N° 4.260, sus modificatorias y complementarias, en
consonancia con la prórroga del vencimiento para el ingreso de las
obligaciones devengadas durante el período de la emergencia económica,
productiva, financiera y social declarada por la Ley N° 27.354 y sus
modificaciones, de acuerdo con lo establecido por el artículo 6° del
citado decreto.
Que atendiendo a los planteos efectuados por representantes del sector
frutícola y en virtud del objetivo permanente de esta Administración
Federal de coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los
contribuyentes y/o responsables, se estima conveniente extender hasta
el 26 de abril de 2021, inclusive, el plazo para efectuar la solicitud
prevista en el artículo 3° de la Resolución General N° 4.790 y sus
modificatorias, así como para realizar la adhesión a los planes de
facilidades de pago generales a que se refiere el artículo 11 de la
Resolución General N° 4.889 y su modificatoria.
Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de
Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos,
Recaudación, Servicios al Contribuyente y Sistemas y Telecomunicaciones.
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por
el artículo 4° del Decreto N° 615/20 y su modificatorio y por el
artículo 7° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus
modificatorios y sus complementarios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA FEDERAL DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Extender hasta el 26 de abril de 2021, inclusive, el
plazo para que los contribuyentes alcanzados por el Programa de
Asistencia de emergencia económica, productiva, financiera y social a
la cadena de producción de peras y manzanas de las provincias del
Neuquén, Río Negro, Mendoza, San Juan y La Pampa, en el marco de lo
dispuesto por el Decreto N° 615 del 22 de julio de 2020 y su
modificatorio, efectúen la solicitud establecida por el artículo 3° de
la Resolución General N° 4.790 y sus modificatorias.
ARTÍCULO 2°.- Extender hasta el 26 de abril de 2021, inclusive, el
plazo para realizar la adhesión a los planes de facilidades de pago
generales a que se refiere el artículo 11 de la Resolución General N°
4.889 y su modificatoria.
ARTÍCULO 3°.- Extender hasta el 21 de abril de 2021, inclusive, el
plazo para solicitar la anulación de los planes de facilidades de pago
generales dispuestos por la Resolución General N° 4.260, sus
modificatorias y complementarias, de acuerdo con lo establecido en el
artículo 12 de la Resolución General N° 4.889 y su modificatoria.
ARTÍCULO 4°.- Las disposiciones de esta resolución general entrarán en
vigencia el día hábil siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.
Mercedes Marco del Pont
e. 07/04/2021 N° 20696/21 v. 07/04/2021