Resolución 20/2021
RESOL-2021-20-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 07/04/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-28093164- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 1.212 de fecha 1 de
octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y 132 de fecha 31 de
marzo de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, el Contrato de
Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó el
Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA DE
APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de
Préstamo BID Nº 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.
Que por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que por el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de
las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificaciones, como así
también las competencias de la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y
DESARROLLO REGIONAL PYME de dicha Secretaría.
Que mediante la Resolución Nº 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la
ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del
ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y a fin de implementar la ejecución del
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento Operativo de conformidad con
lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones
previas al primer desembolso del Capítulo III – Desembolsos” del
Contrato de Préstamo BID Nº 2.923/OC-AR.
Que el Reglamento Operativo del mencionado Programa establece los
términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas interesadas en participar del mismo.
Que, con el objetivo de incentivar el desarrollo y competitividad de
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, y de conformidad a los
fundamentos expuestos por la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y
DESARROLLO REGIONAL PYME, resulta necesario establecer UNA (1) nueva
convocatoria para la presentación de Proyectos en el marco del
Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe del PROGRAMA DE APOYO A LA
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que para ello se requiere aprobar un nuevo Documento Ejecutivo para el Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe.
Que en consecuencia se estima conveniente establecer una convocatoria
específica para la presentación de Proyectos, expresada en el Documento
Ejecutivo del Reglamento Operativo del PROGRAMA DE APOYO A LA
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que a los fines de coordinar y consensuar lineamientos estratégicos y
prioridades en materia de políticas globales y sectoriales, relativas a
las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, se estima conveniente
establecer un procedimiento de pre aprobación de Proyectos presentados
en el marco del “Componente 1 Asistencia Técnica a MiPyMe”, otorgándole
dicha atribución a un Comité de Pre Aprobación de Proyectos integrado
por el Director Nacional del Programa, el señor Subsecretario de la
Productividad y Desarrollo Regional Pyme, el Coordinador General, la
Directora Nacional de Gestión y Política de la Pequeña y Mediana
Empresa y el Director de Políticas Pyme.
Que en razón de las decisiones expresadas en las actas del Comité de
Pre Aprobación, la Coordinación General del Programa aprobará o
rechazará los proyectos conforme la facultad prevista en el punto 3.8
inciso xi) del Reglamento Operativo del Programa.
Que mediante las Notas obrantes como NO-2021-25811005-APN-DGPYPSYE#MDP
y NO-2021-21321500-APN-DNFOIC#SAE en el expediente citado en el Visto,
la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales,
dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO
DE DESARROLLO PRODUCTIVO, solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID), la prórroga al plazo de desembolsos del Contrato de
Préstamo BID Nº 2923/OC-AR y la “No Objeción” necesaria en relación a
las Bases y Condiciones y los Anexos que regirán la presente
Convocatoria.
Que, conforme a lo indicado en considerando inmediato anterior, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No
Objeción” mediante la Nota CSC/CAR 1.014/2021, a las Bases y
Condiciones y los Anexos y ha otorgado la prórroga mediante la Nota
CSC/CAR 870/2021, por lo que el nuevo plazo vencerá el día 26 de marzo
de 2022. Ambas notas se encuentran agregadas al expediente de la
referencia como IF-2021-27969251-APN-DNGYPP-MDP e IF
IF-2021-27966373-APN-DNGYPP-MDP, respectivamente.
Que la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General de
Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que
le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos de Desarrollo
Empresarial PAC en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID
2923 OC/AR, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por la Resolución Nº
1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “Documento Ejecutivo Componente 1 Asistencia
Técnica a MiPyMe”, por el cual se regirá la convocatoria, presentación
y ejecución de Proyectos de Desarrollo Empresarial en el marco del
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MiPyME) de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO que, como
Anexo I IF-2021-29226824-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la
presente resolución. Asimismo, dicho Documento Ejecutivo regirá
juntamente con el citado Reglamento Operativo, la convocatoria,
presentación y ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de
la convocatoria específica del citado Programa.
(Nota Infoleg: Ver Resolución N° 110/2021
de la Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Los Emprendedores
B.O. 21/10/2021 por la cual se aprueba el “Documento Ejecutivo de las
Bases y Condiciones de la convocatoria para el Componente 1 Asistencia
Técnica a MiPyMe”, que como Anexo IF-2021-99458646-APN-SSPYDRP#MDP,
forma parte integrante de la Resolución de referencia, por el cual se
regirá la convocatoria, presentación y ejecución de Proyectos de
Desarrollo Empresarial PAC en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME) de la
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que fuera aprobada por la presente
Resolución. Ver art. 2° de la norma de referencia. Vigencia: a partir
del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.) (Nota Infoleg:
por art. 1° de la Resolución N° 22/2022 de la Secretaría de la Pequeña
y Mediana Empresa y Los Emprendedores B.O. 1/4/2022 se prorroga hasta
el día 30 de junio de 2022 la vigencia
de la convocatoria establecida en el “Documento Ejecutivo Componente 1
Asistencia Técnica a MiPyMe”, por el cual se rige la convocatoria a la
presentación de Proyectos de Desarrollo Empresarial (PAC) en el marco
del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME), que fuera aprobado por la Resolución N° 20
de fecha 7 de abril de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y
modificada por la Resolución N° 110 de fecha 20 de octubre de 2021 de
la mencionada Secretaría. Vigencia: a partir de su emisión.)
ARTÍCULO 3°.- La Convocatoria citada en el Artículo 1º de la presente
medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo I de la presente
resolución y será por un monto máximo de PESOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA
MILLONES ($1.860.000.000).
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el “Modelo de Primer Testimonio de Escritura
Pública para Empresa/s (Persona/s Jurídica/s)” que, como Anexo II
IF-2021-29141286-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 5°.- Apruébase el “Modelo de Declaración Jurada” que, como
Anexo III IF-2021-29148495-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de
la presente resolución.
ARTÍCULO 6°.- Apruébase la “Carta Compromiso para la Ejecución para la
Ejecución del Proyecto de Desarrollo Empresarial (PDE)”, que como Anexo
IV IF-2021-29155846-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “Modelo de Certificación Contable para la
Solicitud de Desembolso de Aportes No Reembolsables/Rendición de
Cuentas” que, como Anexo V IF-2021-29159486-APN-SSPYDRP#MDP, forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 8°.- Apruébase la “Carátula para la Presentación de Productos
Verificables” y la “Lista de Productos Verificables” que, como Anexo VI
IF-2021-29165399-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente
medida.
ARTÍCULO 9°.- Apruébase la “Certificación Contable para la Presentación
de Proyectos del Programa de Apoyo a la Competitividad para la Micro,
Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyME) conjuntamente con el Certificado
MiPyME” que, como Anexo VII IF-2021-29166356-APN-SSPYDRP#MDP, forma
parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 10.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Fuente
de Financiamiento 2.2, del Programa 45, Actividad 43, de la
Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio
Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 11.-La presente medida comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 12.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 08/04/2021 N° 21197/21 v. 08/04/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII, AnexoIII, AnexoIV, AnexoV, AnexoVI, AnexoVII)