INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
Resolución 56/2021
RESOL-2021-56-APN-INDEC#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2021
VISTO el Expediente EX-2021-14623031-APN-DPYS#INDEC, el CONTRATO DE
PRÉSTAMO N° 4243/OCAR de fecha 16 de enero de 2018, suscripto entre la
REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), y
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Nación Argentina aprobó mediante Decreto
DECTO-2017-1121-APN-PTE de fecha 29 de diciembre de 2017, el Modelo de
Contrato de Préstamo N° 4243/OC-AR celebrado entre la REPÚBLICA
ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), destinado a
cooperar en la ejecución del “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO DE LA
CAPACIDAD ESTADÍSTICA DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
(INDEC) DE LA REPÚBLICA ARGENTINA”, conforme surge del
DECRE-2017-35812452-APN-PTE (obrante con N° de Orden 5).
Que mediante CONVE-2018-02831555-APN-DDP#MHA (obrante con N° de Orden
6), obra el Contrato de Préstamo N° 4243/OC-AR suscripto el día 16 de
enero de 2018.
Que conforme surge de la Cláusula 1.01 del mencionado Contrato de
Préstamo, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) otorga a
través del mencionado Contrato de Préstamo, financiación destinada a
mejorar la “confiabilidad, oportunidad y relevancia de las
estadísticas” producidas por el INDEC para contribuir a la mejora de
las políticas públicas, toma de decisiones privadas y ejercicio pleno
del derecho a la información pública por parte de la ciudadanía.
Que conforme surge de la Cláusula 4.02 del mencionado Contrato de
Préstamo se acordó como Organismo ejecutor al INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS, quien actuará a través de la UEP dependiente de
la Dirección Técnica del INDEC.
Que el CONTRATO DE PRÉSTAMO N° 4243/OC-AR “PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO
DE LA CAPACIDAD ESTADÍSTICA DEL (INDEC)”, a través del Componente 1.
Fortalecimiento de la Capacidad Institucional del INDEC, Subcomponente
1.1: Mejora de la Infraestructura Edilicia e Informática, Actividad
incorporada al Plan Operativo Anual (POA), conforme surge del
IF-2021-12678858-APN-DNPYC#INDEC (obrante con N° de Orden 7).
Que mediante ME-2021-14466667-APN-DGAYO#INDEC (obrante con N° de Orden
2), la OFICINA TÉCNICA dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE
ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE GESTIÓN del INSTITUTO
NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS, solicita el inicio del trámite a
efectos de contratar la obra para la reparación y puesta en valor del
Comedor y Patio del Piso 4° y Reparación de Rampa de Acceso a Cocheras
del Edificio sito en la Avenida Julio Argentino Roca N° 609 de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que conforme surge del Formulario de Requerimiento
IF-2021-14461628-APN-DGAYO#INDEC (obrante con N° de Orden 3), se
solicita la contratación en razón de su mal estado de conservación que
presentan.
Que en ese sentido, se ha estimado el monto de la contratación en la
suma de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS OCHENTA MIL ($ 1.880.000.-).
Que de conformidad con las Políticas para la Adquisición de Bienes y
Obras financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(GN-2349-15), mediante IF-2020-35944383-APN-DT#INDEC (obrante en N° de
Orden 8) y de acuerdo con el REGLAMENTO OPERATIVO DEL PROGRAMA
(IF-2019-46537463-APN-DG#INDEC, (obrante en N° de Orden 9), corresponde
la realización de un procedimiento de Comparación de Precios a efectos
de llevar adelante la contratación.
Que mediante Resolución RESOL-2017-73-APN-INDEC#MHA de fecha 31 de mayo
de 2017 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (obrante en N°
de Orden 11), se estableció la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE
PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO como área
dependiente de la DIRECCIÓN TÉCNICA del INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS.
Que por la citada Resolución también se resolvió que la UNIDAD DE
COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE
CRÉDITO estará a cargo de un Coordinador General, el que será
oportunamente designado.
Que mediante Resolución RESOL-2020-17-APN-INDEC#MEC de fecha 17 de
febrero de 2020 del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (obrante
con N° de Orden 12), se asignó a partir del 14 de febrero de 2020 las
tareas de Coordinador General de la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE
PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, como área
dependiente de la Dirección Técnica del INSTITUTO NACIONAL DE
ESTADÍSTICA Y CENSOS, administración desconcentrada en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, al Licenciado Mariano Hernán POLEDO (D.N.I. N°
24.914.884).
Que mediante Nota NO-2021-14613413-APN-DNPYC#INDEC de fecha 19 de
febrero de 2021, el Coordinador General de la UNIDAD DE COORDINACIÓN
CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, solicita
la ‘No Objeción’ al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.),
respecto al Documento de Aprobación de Especificaciones Técnicas
(obrante con N° de Orden 13).
Que mediante Nota CSC/CAR N° 627/2021, se encuentra agregada la ‘No
Objeción’ otorgada por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.) a
dicho documento, conforme surge del IF-2021-16800898-APN-DPYS#INDEC
(obrante con N° de Orden 14).
Que la DIRECCIÓN DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO dependiente
de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN
DE GESTIÓN del Instituto ha informado, mediante
IF-2021-18823727-APN-DPYCP#INDEC (obrante con N° de Orden 17), que se
cuenta con el crédito necesario para hacer frente a la erogación.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES de la DIRECCIÓN DE
GESTIÓN del Instituto, ha procedido a elaborar el proyecto de Pliego de
Bases y Condiciones, el que cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN
GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIONES, conforme surge de la
PV-2021-21979950-APN-DGAYO#INDEC (obrante con Nro. de Orden 25).
Que a tal efecto se elaboró el Pliego de Bases y Condiciones el cual
corresponde aprobar en este acto, obrante como Pliego
PLIEG-2021-22149295-APN-DPYS#INDEC (obrante con N° de Orden 26).
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en el uso de las facultades conferidas
por la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de
Control del Sector Público Nacional, el Artículo 35 del Decreto N° 1344
de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, el Artículo 28 del
Decreto N° 3110 de fecha 30 de diciembre de 1970 y el Decreto N° 92 de
fecha 27 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase a efectuar la convocatoria para la
contratación de la Obra de Reparación del Comedor y Patio del Piso 4° y
Reparación de Rampa de Acceso a Cocheras del Edificio sito en la
Avenida Julio Argentino Roca N° 609 de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, bajo el régimen de Comparación de Precios de Obras CP N°
INDEC-153-CP-O-, dentro de los términos establecidos en el Contrato de
Préstamo N° 4243/OCAR celebrado entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.), suscripto el día 16 de enero de
2018 y de conformidad con las Políticas para la Adquisición de Bienes y
Obras financiadas por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (B.I.D.)
(GN-2349-15) y de acuerdo con lo estipulado en el REGLAMENTO OPERATIVO
DEL PROGRAMA (R.O.P.).
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el Pliego de Bases y Condiciones registrado en
el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como
PLIEG-2021-22149295-APN-DPYS#INDEC, que forma parte integrante de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Autorízase a la UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE
PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, a suscribir las
pertinentes Circulares aclaratorias y modificatorias al Pliego de Bases
y Condiciones Particulares aprobado en el Artículo 2°.
ARTÍCULO 4°.- Desígnanse como miembros de la Comisión Evaluadora, al
Consultor Especialista de Adquisiciones de la UNIDAD DE COORDINACIÓN
CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS MULTILATERALES DE CRÉDITO, señor
Carlos Mariano NUÑEZ (D.N.I. 18.222.729) y al Coordinador General de la
UNIDAD DE COORDINACIÓN CENTRAL DE PROYECTOS CON ORGANISMOS
MULTILATERALES DE CRÉDITO.
ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande la presente erogación será imputado
en las partidas correspondientes de la Fuente de Financiamiento 22,
Partida 331, Programa 19, Actividad 8, para los ejercicios que
correspondan.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Marco Juan Lavagna
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 09/04/2021 N° 21574/21 v. 09/04/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)