MINISTERIO DE CULTURA
Resolución 443/2021
RESOL-2021-443-APN-MC
Ciudad de Buenos Aires, 19/04/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-15192213- -APN-DGD#MC, la Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92 y sus
modificatorios), el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, la
Decisión Administrativa Nº 1428 del 7 de agosto del 2020, y
CONSIDERANDO:
Que entre los objetivos asignados al MINISTERIO DE CULTURA por Ley de
Ministerios N° 22.520 (texto ordenado Decreto Nº 438/92 y sus
modificatorios) se encuentra el de “(…) Ejecutar políticas públicas
tendientes a reconocer y fortalecer la diversidad cultural, integrar
las diferentes expresiones que conforman la identidad nacional, y
ampliar la participación y organización popular garantizando el acceso
igualitario a bienes y medios de producción cultural.(…)” y “(…)
Planificar políticas de financiamiento de la actividad cultural junto
con el sector privado y organizaciones de la sociedad civil. (…)”.
Que, en igual dirección, la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene
entre sus objetivos por Decreto Nº 50/19 los de “Entender en la
propuesta y ejecución de políticas públicas destinadas a estimular y
favorecer el desarrollo cultural y creativo de la REPÚBLICA ARGENTINA
“(...) Diseñar, coordinar y gestionar políticas y acciones destinadas a
la generación y desarrollo de industrias vinculadas a la cultura (...)”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES dependiente de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL tiene entre sus acciones “(...)
Diseñar e implementar políticas y programas que promuevan el desarrollo
de las industrias vinculadas con la cultura y creatividad con sentido
inclusivo y federal. (...) y (...) Promocionar y fortalecer el circuito
de eventos culturales a través de redes de intercambio y trabajo
asociativo (...), conforme a la Decisión Administrativa N° 1428/20.
Que a través de la citada Dirección, desarrollará el PRIMER CONCURSO
NACIONAL DE MÚSICA URBANA “MISIÓN HIP HOP”, el que tiene como objeto
promover y visibilizar el desarrollo cultural generado por el Hip Hop a
lo largo y ancho del País.
Que el Hip Hop proviene de una subcultura marginal de la que se
desprenden diferentes formas artísticas entre un grupo de jóvenes
afroamericanos e hispanos en la década de los ‘70 en los Estados
Unidos. Este nuevo género fue una herramienta que les permitió
rebelarse en contra de las desigualdades que sufrían en las áreas
urbanas de bajos recursos.
Que surge así una nueva forma de expresión musical que plantea
reflexionar sobre la realidad, siempre desafiando y reclamando mejoras
para la sociedad en la que vivimos.
Que en el año 1990, un grupo de músicos crea el “Sindicato Argentino de
Hip Hop”, con la idea de que se conozca y difunda la cultura hiphopera
también en nuestro territorio. El primer compilado sale en 1997 con el
nombre “Nación Hip Hop” y, al año siguiente, comienzan a hacer giras
por el interior del país, siguiendo luego por América Latina.
Que en la actualidad existe variedad de expresiones artísticas urbanas
de gran interés y valor para la sociedad, en este caso el objetivo es
estimular aquellas relacionadas con el Hip Hop, y sus dos géneros
principales, Rap Trap y sus derivados, resultando oportuno brindar la
posibilidad a los diferentes músicos para propagar su arte a través del
presente concurso.
Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD y la DIRECCIÓN GENERAL
DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado intervención de su competencia.
Que el gasto que demande la presente, será imputado con cargo a las
partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.591 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 15 de
enero de 2021 (DECAD-2021-4-APN-JGM).
Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y
facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios N° 22.520 (Texto
ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), y los Decretos Nº
392/86, art. 1, inc. h)., Nº 1344/07 y sus modificatorios.
Por ello,
EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Crear el CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA “MISIÓN HIP
HOP”, el cual se instrumentará a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO
CULTURAL de acuerdo a lo establecido en el correspondiente Reglamento
de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 2°.- Aprobar el Reglamento de Bases y Condiciones que como
ANEXO I (IF-2021-33290453-DNICUL#MC) forma parte integrante de la
presente Resolución.
ARTI´CULO 3°.- La DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e
interpretación del reglamento técnico de bases y condiciones, aprobado
en el artículo precedente, y se encuentra facultada para dictar las
normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias
para su implementación, con intervención de las áreas técnicas
pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
ARTI´CULO 4°.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCION
72 – MINISTERIO DE CULTURA.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, pase a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Tristán Bauer
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/04/2021 N° 24970/21 v. 21/04/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
ANEXO I
REGLAMENTO DE BASES Y CONDICIONES DEL CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA "MISIÓN HIP HOP"
Introducción
El Ministerio de Cultura de la Nación, a través de la Dirección
Nacional de Industrias Culturales, dependiente de la Secretaría de
Desarrollo Cultural promueve la convocatoria al
Primer CONCURSO NACIONAL DE MÚSICA URBANA "MISIÓN HIP HOP" con el objetivo de promover y visibilizar el desarrollo cultural del hip hop en todo el país.
En la actualidad existe variedad de expresiones artísticas urbanas de
gran interés y valor para la sociedad, en este caso el objetivo es
estimular aquellas relacionadas con el Hip Hop, y sus dos géneros
principales, Rap, Trap y sus derivados. El contenido digital es
fácilmente accesible y por ello se busca promover la generación de
nuevas dinámicas para que los artistas desarrollen una producción de
calidad sobre temas propios.
1. OBJETIVOS
El concurso está dirigido a personas físicas, y se instrumentara
mediante el cumplimiento de las etapas de: inscripción online, revisión
técnica y formal de las inscripciones, selección de finalistas, casting
regional y selección de ganadores.
Las presentes Bases y Condiciones regulan el funcionamiento del Concurso.
2. SOBRE EL CONCURSO
El concurso buscará elegir DIEZ (10) artistas ganadores, integrados por
DOS (2) ganadores por cada región del país, quienes serán premiados con
la producción y grabación en estudio de un de un tema de su autoría.
Para ello se seleccionarán CINCUENTA (50) artistas finalistas, DIEZ
(10) finalistas por cada región del país, quienes participarán en un
casting regional para definir a los ganadores.
El concurso se divide en las siguientes etapas:
• Inscripción online: Deberán
completar un formulario con los datos personales, presentar un video
alojado en un enlace subido en alguna plataforma de reproducción (por
ejemplo Youtube), y presentar la documentación del postulante.
Los temas musicales deberán ser originales de su propia autoría en
idioma español, con un máximo de duración de 3 minutos. El video deberá
ser con el audio limpio de ruido para no afectar negativamente a la
interpretación. No se admitirá contenido machista, xenofobo, violento,
racista, discriminatorio, o cualquier contenido que sea moral o
éticamente incorrecto.
• Revisión técnica y formal de las inscripciones:
la revisión de las inscripciones se llevará a cabo por personal idóneo
de la DIRECCIÓN NACIONAL DE INDUSTRIASCULTURALES de este Ministerio,
con el objeto de verificar el cumplimiento de los requisitos formales
de admisibilidad del concurso.
• Selección de finalistas: De
las personas y/o bandas que se presenten se seleccionarán CINCUENTA
(50) finalistas cuya composición se efectuará de la siguiente manera:
DIEZ(10) finalistas por cada una de las CINCO (5) regiones del país.
• Casting regional y selección de ganadores:
Los CINCUENTA (50) finalistas grabarán una entrevista, la cual se
transmitirá junto a los videos enviados durante la postulación, a
través de un programa a transmitirse en vivo por las redes del
Ministerio de Cultura de la Nación y canales asociados; un jurado
compuesto por CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes, dará
una devolución a cada uno de los finalistas, y seleccionará a DIEZ (10)
ganadores.
Las preguntas de la entrevista serán:
¿Cuántos años tenés y de dónde sos?
¿A qué te dedicas actualmente?
¿Por qué decidiste hacer música?
¿Cuales son tus influencias musicales?
¿Cuál crees que es tu punto fuerte como artista?
¿Cuál es tu meta?
Anuncio de ganadores: Los resultados serán publicados en los medios de difusión del Ministerio de Cultura de la Nación.
3. PARTICIPANTES
Podrán participar artistas solistas y/o bandas de todas las provincias
y de CABA, mayores de 18 años, y que sean ciudadanos/as nativos/as,
naturalizados/as o residentes permanentes.
En caso de tratarse de una banda, la presentación deberá realizarse a
través de uno de sus miembros, quien estará a cargo de la coordinación
y comunicación con el Organizador.
Quedará excluido del certamen toda persona que se encuentre en relación
contractual en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA de la NACIÓN, así
como las personas vinculadas a cualquier integrante del Jurado por
relación de consanguinidad o afinidad (en línea ascendente, descendente
o colateral) hasta el segundo grado inclusive.
4. INSCRIPCIÓN
Las inscripciones se realizarán a través de la página web del
Ministerio de Cultura de la Nación (www.cultura.gob.ar), donde cada
participante deberá completar el Formulario de Inscripción y aceptar
las presentes bases y condiciones en forma online.
En el formulario online deberán completar los siguientes campos: nombre y apellido, fecha de nacimiento, número de documento,
nacionalidad, género, región, provincia y municipio, teléfono, correo
electrónico, solista o banda, alias artístico, redes sociales, video
alojado en un enlace subido en alguna plataforma de reproducción.
Asimismo, en el caso de que la presentación se tratase de una banda, la
persona da fe respecto de la veracidad y precisión de la información
brindada, y declara tener la conformidad del resto de los miembros del
grupo para la presentación y representación en el presente concurso. La
información brindada tendrá carácter de declaración jurada.
Una misma persona física podra realizar sólo una (1) inscripción al concurso.
No se aceptarán presentaciones incompletas, presentadas fuera de los
plazos del concurso, ni remitidas por otras vías y/o en otros soportes.
No se admiten nombres artísticos machistas, racistas, discriminatorios,
moral o éticamente incorrectos lo cual quedará a criterio y discreción
del área técnica en la preselección, y del jurado en las instancias
posteriores.
El correo electrónico que se indique en el formulario será tomado como
domicilio electrónico, siendo válidas todas las notificaciones que allí
se cursen, en relación al presente Concurso.
El Ministerio de Cultura de la Nación se reserva el derecho a excluir
aquellas inscripciones cuyos videos puedan resultar ofensivas y/o que
atenten contra la protección de la infancia, la intimidad y el honor de
terceros, o induzcan, inciten o promuevan cualquier tipo de actuaciones
delictivas, denigratorias y/o violentas en cualquiera de sus formas.
5. PLAZOS
La inscripción dará comienzo el 20 de ABRIL del 2021 y se extenderá
durante un periodo de VEINTICINCO (25) días corridos, quedando
facultada la SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL para ampliar dicho lapso
de considerar ser necesario.
Se considerarán las regiones del siguiente modo:
•Centro: CABA, Buenos Aires, Santa Fe, Entre Ríos y Córdoba.
•Cuyo: Mendoza, San Juan y San Luis.
•NEA: Chaco, Corrientes, Formosa y Misiones.
•NOA: Salta, Jujuy, Tucumán, Catamarca, La Rioja y Santiago del Estero.
•Patagonia: Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, La Pampa, Río Negro y Neuquén.
6. PREMIOS
Los DIEZ (10) artistas ganadores serán beneficiados con la producción y
grabación del audio del tema de su autoría. Serán dos jornadas en
estudio de grabación profesional. En función de la jurisdicción en la
que se encuentren los ganadores, oportunamente, se determinará dónde se
realizará la grabación correspondiente, incluyendo el proceso de mezcla
y masterizado.
Debido al contexto de crisis sanitaria ocasionado por la pandemia del
COVID 19, el procedimiento a seguir específico se articulará mediante
Acta Complementaria, en referencia a la logística general empleada, y
posible, para el correcto cumplimeinto del proceso una vez finalizado
el proceso de selección.
7. JURADOS
El Jurado de selección de los ganadores estará integrado por
representantes destacados del ámbito cultural e institucional y se
compondrá de CINCO (5) miembros titulares y TRES (3) suplentes,
conformado por una autoridad competente del MINISTERIO DE CULTURA DE LA
NACIÓN con rango no menor a Director Nacional, y personas idóneas a la
temática.
Los jurados de selección de ganadores valorarán los siguientes criterios:
Musicalidad y técnica vocal Melódicos, rítmicos y manejo del tempo
• Referencias al hip hop
• Interpretación
• Identidad musical
• Flexibilidad Artística
La composición del jurado se anunciará oportunamente en la página web del Ministerio de Cultura de la Nación (
www.cultura.gob.ar), así como también del suplente correspondiente. Las decisiones del Jurado serán de carácter inapelable.
8. RESULTADOS
Los resultados serán publicados en los medios de difusión del
Ministerio de Cultura de la Nación (páginas web, Facebook, Instagram y
otras redes sociales) y se notificará a los/as ganadores/as y menciones
vía el correo electrónico denunciado al momento de la inscripción, y en
el cual serán válidas todas las notificaciones.
Los/as artistas seleccionados/as deberán manifestar por escrito su
aceptación al premio dentro de los DIEZ (10) días de recibida la
notificación correspondiente a través de una declaración jurada,
vencido el plazo, se podrá dar lugar a una nueva selección de
finalistas correspondiéndole los mismos derechos y obligaciones.
9. DIFUSIÓN
Por el hecho de inscribirse en el concurso, los/as participantes dan su
conformidad, en caso de resultar preseleccionados y seleccionados, para
que se difunda su nombre y los videos que se generen para y por el
concurso junto a la entrevista correspondiente, en el modo, lugar,
formato, soporte y/o cualquier medio que determine el Ministerio de
Cultura de la Nación, por tiempo indefinido o instituciones autorizadas
por éstos, excluyendo toda otra utilización que persiga fines
comerciales.
El Ministerio de Cultura de la Nación se compromete a utilizar los
videos solo con fines institucionales, culturales, educativos o de
difusión, indicando en todos los casos la autoría, sin que esto genere
derecho a retribución o compensación económica alguna.
10. DERECHOS DE AUTOR
La simple inscripción al presente concurso equivale a una declaración
jurada de los/as participantes afirmándose como autor/a legítimo/a del
video.
Todos los videos inscriptos para el Concurso pasarán a integrar el
Repertorio musical de la Dirección Nacional de Industrias Culturales,
del Ministerio de Cultura de la Nación, que harán en todos los usos
referencia a su título original y nombre del artista y tendrá el
derecho de exhibición y difusión de las mismas. No obstante, los/as
artistas conservan sus Derechos de Propiedad Intelectual de acuerdo con
la Ley 11.723 y sus modificatorias, por lo que se responsabilizan del
cumplimiento de las disposiciones legales en materia de dicha Ley y del
derecho a la propia imagen, siendo garantes de que la difusión,
reproducción o edición de la obra en el marco del presente Concurso no
lesione derecho alguno de terceros.
11. DERECHOS DE IMAGEN
Los/as postulantes autorizan al Ministerio de Cultura de la Nación a
utilizar todo el material e información que provean al presente
concurso —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o
filmaciones—y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante
filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio
técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la
presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a
crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos
publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía
pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión,
material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina
como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que
pudieran afectar el derecho al honor.
Dicha autorización comprende, pero no se limita, al derecho de
reproducción, distribución y comunicación al público, dejando
constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades
llevadas adelante por la presente convocatoria, no implican el derecho
de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad
Intelectual. En todos los casos será mencionado el nombre del/los
artista/s.
12. ACEPTACIÓN
La participación en el Concurso implica el conocimiento y aceptación de
las presentes Bases y Condiciones, por lo cual, los/as participantes
renuncian a deducir todo reclamo o acción de cualquier naturaleza
contra el Ministerio de Cultura de la Nación, con fundamento en el
eventual desconocimiento de este instrumento.
13. IMPREVISTOS
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta
por el Ministerio de Cultura de la Nación, y no dará lugar a reclamo
alguno por parte de los/as participantes.
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