MINISTERIO DE SALUD
SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD
Disposición 4/2021
DI-2021-4-APN-SES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 15/04/2021
VISTO el Expediente Electrónico EX-2020-72794852-APN-SSGA#MS, Contrato
de Préstamo BID N° 5032/OCAR “Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud
Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y
Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en Argentina”,
Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, el Decreto N° 50 de
fecha 19 de diciembre de 2019, Decreto Nº 640 de fecha 31 de julio
2020, Decreto Nº 174 de fecha 17 de marzo de 2021, Decreto Nº 223 de
fecha 28 de marzo de 2021, Decisión Administrativa Nº 457 de fecha 4 de
abril del 2020, y
CONSIDERANDO:
Que, por la actuación citada en el Visto, tramita la Selección Directa
(MSAL-47-CD-CF) cuyo objeto es la “Consultoría para Ampliación de la
Historia Clínica Digital Interoperable” con el fin de o simplificar la
atención médica para los pacientes que reciben atención dentro del
sector público de salud, mediante el estímulo a la implementación de
historias clínicas digitales y el acceso a recetas e información
pública sobre políticas de salud, en el marco del “Proyecto de
Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la Pandemia
COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación
de Servicios de Salud en Argentina” – Contrato de Préstamo BID
5032-OC-AR.
Que mediante el Decreto Nº 640/2020 fue aprobado el Modelo de Contrato
de Préstamo BID 5032/OC-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) destinado solventar la ejecución del
“Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina”, suscribiendo las partes
el respectivo Contrato de Préstamo BID Nº 5032/OC-AR con fecha 2 de
septiembre de 2020 (CONVE-2020-58346157-APN-SSRFID#SAE).
Que el artículo 6 del citado Decreto designó como “Organismo Ejecutor
del Proyecto de Respuesta Inmediata de Salud Pública en el Marco de la
Pandemia COVID-19 para Contener, Controlar y Mitigar su Efecto en la
Prestación de Servicios de Salud en Argentina al MINISTERIO DE SALUD, a
través de la SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y de la SECRETARÍA DE
ACCESO A LA SALUD quienes serán responsables de la conducción técnica
del proyecto, y de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO
EXTERNO de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del citado
Ministerio, que será responsable de la gestión administrativa,
adquisiciones y financiera”.
Que mediante el Decreto Nº 50/2019 se aprobó el Organigrama de
Aplicación de la Administración Nacional estableciéndose los objetivos
hasta el nivel de Subsecretarías creándose, entre otros, la SECRETARÍA
DE EQUIDAD EN SALUD la cual tiene entre sus objetivos entender en el
proceso de regulación del sistema de salud, facilitando la articulación
y armonización interjurisdiccional entre los niveles de gobierno y
entre los subsistemas de salud público, privado, de obras sociales y
otros financiadores, como así también entender en el diseño de
políticas estratégicas de carácter federal y territorial para el
aumento de la equidad en salud y definir el modelo de financiamiento y
gestión de la salud, contribuyendo a la articulación e integración de
subsistemas de salud, programas sanitarios y redes de atención; y la
SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD fijándose, entre otros, los objetivos
de entender en el diseño de políticas para favorecer y ampliar el
acceso a salud y definir el modelo de atención, contribuyendo a la
articulación e integración de programas sanitarios, asistir al/ a la
Ministro/a en todo lo inherente a la salud de la población y a la
promoción de conductas saludables de la comunidad.
Que con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se
modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021,
estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARIA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA.
Que por la Decisión Administrativa Nº 457/2020, se aprueba la
estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE
SALUD, estableciendo la responsabilidad primaria de la DIRECCIÓN
GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO de coordinar y
desarrollar la gestión administrativa, financiera- presupuestaria,
adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con
financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación
internacional, así como de los proyectos de participación público
privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción,
conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el
Gobierno Nacional.
Que mediante NO-2020-66484514-APN-SES#MS elevada por la SECRETARIA DE
EQUIDAD EN SALUD se requiere arbitrar los medios necesarios para
iniciar la “Consultoría para Ampliación de la Historia Clínica Digital
Interoperable” con el fin de El Ministerio de Salud de la Nación se
propone lograr que el sistema de salud en su conjunto cuente con
tecnologías que permitan registrar información en forma primaria
durante el contacto con el paciente, en sistemas interoperables que
permitan compartir la información entre niveles de atención y
jurisdicciones, construyendo para cada paciente una historia clínica
nacional, longitudinal y completa, de utilidad clínica, estadística y
de gestión.
Que, la entonces SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA mediante
PV-2020-72806351-APN-SSGA#MS presta el visto bueno de la presente
contratación remitiendo actuaciones a la Dirección General de Proyectos
con Financiamiento Externo, con cargo al Préstamo BID-5032/OC-AR”
Que, en ese sentido, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON
FINANCIAMIENTO EXTERNO solicita la No Objeción al BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO a los fines de dar curso a la presente contratación
(NO-2020-78347687-APN-DGPFE#MS), complementada por
NO-2021-08084168-APN-DGPFE#MS, obrando respuesta por parte del BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO mediante nota identificada con CSC/CAR
347/2021 de fecha 2 de febrero de 2021 (orden 21).
Que se ha elaborado el Documento de Solicitud de Propuesta
(IF-2020-84412769-APN-DGPFE#MS) que regirá la presente Selección
Directa, estableciéndose como fecha de apertura el día 16 de diciembre
de 2020 a las 12:00 horas.
Que en orden 11 luce agregada el Acta de Apertura mediante el cual se
deja constancia de la recepción de la oferta presentada por la
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CUIT:
30-58676141-9), indicándose el precio de la propuesta recibida.
Que en orden 12 luce agregada la Propuesta Técnica y Financiera de la
UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CUIT:
30-58676141-9).
Que, habiendo concluido el cierre de apertura se procede a remitir las
ofertas para evaluación técnica a DIRECCIÓN NACIONAL DE GOBERNANZA E
INTEGRACIÓN DE LOS SISTEMAS DE SALUD recibiéndose dichas Evaluaciones
Técnicas (IF-2021-03402330-APN-DNGEISS#MS) a través de
NO-2021-03690527-APN-DNFSP#MS.
Que a fecha 14 de enero 2021, se efectúa el respectivo Informe de
Evaluación (orden 16), mediante el cual a través de la Sección V
“Negociación de Contrato y Recomendación de Adjudicación”, recomienda
iniciar la negociación del contrato con la Universidad Nacional del
Centro de la Provincia de Buenos Aires (UNICEN)- CUIT 30-58676141-9,
por el monto de DOLARES ESTADOUNISENDES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL
QUINIENTOS con 00/100 (USD 226.500,00.-)”.
Que en ese sentido se remite Invitación a Negociar (orden 17), obrando
comprobante de envío a la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CUIT: 30-58676141-9) en orden 18.
Que a fecha 19 de enero de 2021, se lleva a cabo el Acta de Negociación
y el Borrador de Contrato (IF-2021-07832805-APN-DGPFE#MS) luego de
concluidas las negociaciones.
Que a orden 23 obra la conformidad del Coordinador de Adquisiciones y
Contrataciones, quien señala que el presente Proceso de Contratación
Directa se ajusta a lo previsto las “Políticas para la Selección y
Contrataciones de Consultores Financiados por el Banco Interamericano
de Desarrollo GN-2350-15 (mayo de 2019)” .
Que a estos efectos deviene necesario aprobar la Selección Directa
MSAL-47-CD-CF “Consultoría para Ampliación de la Historia Clínica
Digital Interoperable” en el marco del Contrato de Préstamo BID N°
5032/OC-AR.
Que el respectivo Proceso de Selección Directa MSAL-47-CD-CF
“Consultoría para Ampliación de la Historia Clínica Digital
Interoperable”, se lleva de acuerdo a lo establecido en los
procedimientos previstos en la Sección III “Otros Métodos de
Adquisición” literal 3.10, 3.11 (a) y 3.12 de “Políticas para la
Selección y Contrataciones de Consultores Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo GN-2350-15 (mayo de 2019)” y conforme a lo
establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos
precedentes.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 1° del Decreto N°
945/2017 la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA tomó la
intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BID
5032/OC-AR, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 174/2021, Decreto Nº
223/2021, Decisión Administrativa 457/2020.
Por ello:
EL SECRETARIO DE EQUIDAD EN SALUD EN CARÁCTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PROYECTO BID 5032/OC-AR
DISPONE
ARTICULO 1°.- Apruébese Proceso de Selección Directa MSAL-47-CD-CF
“Consultoría para Ampliación de la Historia Clínica Digital
Interoperable”, en el marco del “Proyecto de Respuesta Inmediata de
Salud Pública en el Marco de la Pandemia COVID-19 para Contener,
Controlar y Mitigar su Efecto en la Prestación de Servicios de Salud en
Argentina” – Contrato de Préstamo BID 5032-OC-AR el cual se llevó a
cabo de conformidad a lo establecido en las “Políticas para la
Selección y Contrataciones de Consultores Financiados por el Banco
Interamericano de Desarrollo GN-2350-15”
ARTICULO 2º.- Adjudíquese el Proceso de Selección Directa MSAL-47-CD-CF
“Consultoría para Ampliación de la Historia Clínica Digital
Interoperable” a favor de la UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES (CUIT 30-58676141-9) por un MONTO TOTAL de
DOLARES ESTADOUNISENDES DOSCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS con 00/100
(USD 226.500,00.-).
ARTICULO 3º.- Convalídese el Acta de Negociación y el Borrador de
Contrato (IF-2021-07832805-APN-DGPFE#MS) que como Anexo I forma parte
integrante de la presente.
ARTICULO 4°.- Infórmese a la DIRECCIÓN DE ESTANDARIZACIÓN TECNOLÓGICA
de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN, dependiente de la
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES de
la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, en un plazo máximo de QUINCE (15) días, el Contrato
perfeccionado, el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus
correspondientes especificaciones técnicas.
ARTICULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Victor Alberto Urbani
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 23/04/2021 N° 25874/21 v. 23/04/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)