Resolución Sintetizada 551/2021
RESOL-2021-551-APN-ENACOM#JGM FECHA 22/04/2021 ACTA 69
EX-2018-23177173- -APN-SDYME#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto:
1.- Sustituir el ANEXO “BANDAS DE FRECUENCIAS ATRIBUIDAS PARA SER
UTILIZADAS POR LOS DISPOSITIVOS DE BAJA POTENCIA”
(IF-2018-39836741-APN-DNPYC#ENACOM) de la Resolución Nº 507 de fecha 22
de octubre de 2018 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, por el ANEXO
IF-2020-37371618-APN-SRR#ENACOM.
2.- Aprobar la Norma Técnica ENACOM-Q2-60.14 V20.1 “Dispositivos de
Baja Potencia” que obra en el ANEXO IF-2020-79216519-APN-SNYE#ENACOM.
3.- Determinar que para la homologación de aquellos
transmisores/transceptores que realicen comunicaciones
unidireccionales/bidireccionales, cuyos niveles de emisiones generen
baja capacidad de interferencia a otros sistemas, y que operen en las
bandas de 915 a 928 MHz, 2.400 a 2.483,5 MHz y 5.725 a 5.850 MHz y
están incluidos en el alcance de la Resolución ENACOM N° 4.653/2019,
será necesario el cumplimiento de las especificaciones dispuestas en la
Norma Técnica ENACOM-Q2-60.14.
4.- Derogar el Artículo 4º de la Resolución ENACOM N° 507 de fecha 22 de octubre de 2018.
5.- Establecer un plazo de 90 días corridos contados a partir de la
publicación de la presente resolución, dentro del cual todas aquellas
solicitudes de inscripción de dispositivos de baja potencia en el
RAMATEL nuevas y en trámite ante este Organismo podrán ser evaluadas de
conformidad con las condiciones mínimas y métodos de ensayos
establecidos en la norma técnica ENACOM-Q2-60.14 V18.1.
6.- Disponer que, para el caso de las renovaciones, se podrá aceptar el
informe de ensayos presentado para la inscripción original, siempre y
cuando se demuestre el cumplimiento de los límites establecidos en la
nueva normativa.
7. - Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente,
Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom. gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 27/04/2021 N° 26965/21 v. 27/04/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)