INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General 7/2021
RESOG-2021-7-APN-IGJ#MJ
Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2021
VISTO: La ley 22.315 y la Resolución General 37/2020 de esta INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA; y
CONSIDERANDO:
Que, la Resolución General Nº 37/2020 de esta INSPECCIÓN GENERAL DE
JUSTICIA aprobó el PLAN DE REGULARIZACIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES con
el objeto de facilitar el cumplimiento de presentación de estados
contables, inscripción de autoridades y, en su caso, rubricar libros de
aquellas asociaciones civiles de primer grado cuyo objeto principal sea
la promoción y atención de derechos económicos, sociales y culturales
de grupos vulnerables y/o comunidades étnicas que presenten condiciones
de pobreza y vulnerabilidad, o la promoción y atención de cuestiones de
género, o la actuación como cooperadoras de establecimientos
educativos, hospitalarios u otros que provean servicios a la comunidad,
clubes sociales y deportivos, centros de jubilados, bibliotecas
populares, espacios culturales independientes y organismos de derechos
humanos.
Que, las asociaciones civiles constituyen organizaciones
imprescindibles para la implementación de políticas sociales y la
defensa del bien común. Sin embargo, no son ajenas a la situación
económica asfixiante agravada por el contexto de la pandemia provocada
por el COVID-19, tal como lo señala la Resolución General 37/2020.
Que, en el contexto señalado, la mentada norma fue pensada como una
herramienta por medio de la cual las asociaciones civiles comprendidas
puedan regularizarse, sin costo, en lo que respecta a sus obligaciones
con este organismo público y a partir de ello poder solicitar
subsidios, recuperar su CUIT y poder desarrollar así su objeto social.
Que, de acuerdo al artículo 2 de la Resolución General Nº 37/2020 el
PLAN DE REGULARIZACIÓN DE ASOCIACIONES CIVILES tiene vigencia hasta el
30 de abril 2021.
Que, si bien el PLAN DE REGULARIZACION DE ASOCIACIONES CIVILES tuvo
vigencia a partir del 26 de agosto de 2020, fue a partir del mes de
diciembre cuando se iniciaron los primeros trámites de regularización y
fue cobrando mayor volumen durante los primeros meses del corriente año.
Que, por lo señalado en el párrafo anterior, resulta necesario extender
el PLAN DE REGULARIZACIÓN aprobado por la Resolución General 37/2020
máxime teniendo en cuenta que el Decreto 167/2021 prorrogó la
emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541,
en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA
SALUD (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19 hasta el 31 de
diciembre 2021.
Que, por otra parte, a partir de la experiencia recogida en las
primeras presentaciones del PLAN DE REGULARIZACIÓN, es oportuno
realizar algunas aclaraciones sobre los alcances del mismo.
POR TODO ELLO y lo dispuesto en los artículos 11° inciso c) y 21°
incisos a) y b), de la Ley N° 22.315; y en el artículo 1° y
concordantes del Decreto N° 1493/1982,
EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1: PRORRÓGASE el plazo del PLAN DE REGULARIZACIÓN DE
ASOCIACIONES CIVILES establecido por la Resolución General Nº 37/2020
hasta el 30 de abril de 2022.
ARTÍCULO 2: Podrán adherirse al PLAN DE REGULARIZACIÓN aquellas
entidades enumeradas en el artículo 3 de la Resolución General Nº
37/2020 que adeuden dos o más estados contables o bien que adeuden uno
o más estados contables y que, además, deban inscribir autoridades y/o
actualizar su sede social.
ARTÍCULO 3: SEDE SOCIAL. Las entidades también podrán actualizar la
sede social cumpliendo con los recaudos previstos en el artículo 396
inciso 2 de la Resolución General Nº 07/2015 de esta INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA.
ARTÍCULO 4: La presente entrará en vigencia a partir de su publicación.
ARTÍCULO 5: Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la
DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a la Dirección de
Entidades Civiles y Jefaturas de los Departamentos correspondientes y
al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, solicitando a éste ponga
la presente resolución en conocimiento de los Colegios Profesionales
que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase a la
Delegación Administrativa. Oportunamente, archívese.
Ricardo Augusto Nissen
(Nota Infoleg: por art. 1º de la Resolución General Nº 5/2022 de la Inspección General de Justicia B.O. 19/4/2022 se prorroga la vigencia del PLAN DE REGULARIZACIÓN DE
ASOCIACIONES CIVILES establecido por las Resoluciones Generales Nº
37/2020, 04/2021 y 07/2021 hasta el 31 de diciembre de 2022. Vigencia: a partir de su publicación.)
e. 30/04/2021 N° 28479/21 v. 30/04/2021