ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN DE COMPRAS
Disposición 219/2021
DI-2021-219-E-AFIP-DICOMP#SDGADF
Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2021
VISTO el Expediente principal Nº EX-2020-00781987- -AFIP-DVADGE#SDGADF
del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente principal citado en el visto tramitó en forma
electrónica el Proceso de Compra Nº A0KG000000-0030-CDI20 para la
adquisición de termómetros digitales a distancia para esta
Administración Federal de Ingresos Públicos.
Que mediante Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF agregada en
el Orden Nº 190 del Expediente principal, se adjudicó la presente
contratación a favor de la firma RAYOS PIMAX S.R.L. por un importe
total de PESOS NOVENTA Y UN MIL ($ 91.000,00) de acuerdo a los Pliegos
de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y
presupuesto presentado.
Que la referida contratación fue celebrada en el marco del artículo 21,
inciso 4), apartado 9) y artículo 22 (Trámite Simplificado) del Régimen
General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la
AFIP, aprobado por la Disposición Nº 297/03 (AFIP).
Que toda vez que el objeto del proceso de selección tuvo por fin
obtener insumos para esta Administración Federal de Ingresos Públicos
en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/20 y sus
modificatorios, ha de estarse a las medidas implementadas a tal efecto.
Que, en tal sentido, la Disposición N° 48/2020 de la Oficina Nacional
de Contrataciones (ONC), complementaria de la Decisión Administrativa
N° 409/2020, estipuló en su Anexo, apartado 8) “Publicidad Posterior”,
la obligación de proceder a la publicación del acto administrativo de
conclusión del procedimiento en la página web de la OFICINA NACIONAL DE
CONTRATACIONES y en el Boletín oficial por el término de UN (1) día.
Que la Administración Federal de Ingresos Públicos dictó la Instrucción
General N° IG-2021-1-E-AFIP-SDGADF, por la que dispuso en su apartado
IV. PAUTAS PROCEDIMENTALES, inciso 1, que: “Las contrataciones de
bienes y servicios requeridos en el marco de la emergencia dispuesta
por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y sus
modificatorios, se encuentran sujetas a las previsiones del artículo 15
TER del mismo y los principios establecidos en la Decisión
Administrativa N° 409/20”.
Que por consiguiente corresponde la publicación de la Disposición N°
DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF en el Boletín Oficial de la República
Argentina por el término de UN (1) día.
Que el presente acto administrativo se suscribe de acuerdo a lo
establecido por el artículo 3º de la Ley de Procedimiento
Administrativo Nº 19.549, el cual prevé: “La competencia de los órganos
administrativos será la que resulte, según los casos, de la
Constitución Nacional, de las leyes y de los reglamentos dictados en su
consecuencia. Su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o
del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la
delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas; la
avocación será procedente a menos que una norma expresa disponga lo
contrario”.
Que, además, cabe tener presente que: “La avocación es un instituto que
tiene lugar cuando un órgano determinado, por un acto administrativo
propio, y fundándose en razones de orden jerárquico y de oportunidad,
adquiere una competencia que materialmente coincide con la que un
órgano inferior y sobre la base de que tal competencia del inferior
está contenida, en sí, en la del órgano superior” (conf. Dictámenes PTN
159:581; 168:292; 226:161).
Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición N°
DI-2020-71-E-AFIP-AFIP, modificada por su similar N°
DI-2020-115-E-AFIP-AFIP, por el artículo 3º de la Ley de Procedimiento
Administrativo Nº 19.549, y de acuerdo a lo previsto en la Disposición
N° DI-2020-28-E-AFIP-SDGADF, procede disponer en consecuencia.
Por ello,
EL ADJUNTO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE COMPRAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Confírmese la Disposición N°
DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF en los términos del artículo 19 inciso
b) de la Ley N° 19.549.
ARTÍCULO 2°.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la
Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP- DEAJEC#SDGADF, en los términos de la
Disposición N° 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC).
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente medida, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Jose Fernando Piluso
e. 30/04/2021 N° 28092/21 v. 30/04/2021