ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DIRECCIÓN DE COMPRAS

Disposición 219/2021

DI-2021-219-E-AFIP-DICOMP#SDGADF

Ciudad de Buenos Aires, 27/04/2021

VISTO el Expediente principal Nº EX-2020-00781987- -AFIP-DVADGE#SDGADF del Registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente principal citado en el visto tramitó en forma electrónica el Proceso de Compra Nº A0KG000000-0030-CDI20 para la adquisición de termómetros digitales a distancia para esta Administración Federal de Ingresos Públicos.

Que mediante Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF agregada en el Orden Nº 190 del Expediente principal, se adjudicó la presente contratación a favor de la firma RAYOS PIMAX S.R.L. por un importe total de PESOS NOVENTA Y UN MIL ($ 91.000,00) de acuerdo a los Pliegos de Condiciones Particulares y de Especificaciones Técnicas, y presupuesto presentado.

Que la referida contratación fue celebrada en el marco del artículo 21, inciso 4), apartado 9) y artículo 22 (Trámite Simplificado) del Régimen General para Contrataciones de Bienes, Servicios y Obras Públicas de la AFIP, aprobado por la Disposición Nº 297/03 (AFIP).

Que toda vez que el objeto del proceso de selección tuvo por fin obtener insumos para esta Administración Federal de Ingresos Públicos en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto N° 260/20 y sus modificatorios, ha de estarse a las medidas implementadas a tal efecto.

Que, en tal sentido, la Disposición N° 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC), complementaria de la Decisión Administrativa N° 409/2020, estipuló en su Anexo, apartado 8) “Publicidad Posterior”, la obligación de proceder a la publicación del acto administrativo de conclusión del procedimiento en la página web de la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES y en el Boletín oficial por el término de UN (1) día.

Que la Administración Federal de Ingresos Públicos dictó la Instrucción General N° IG-2021-1-E-AFIP-SDGADF, por la que dispuso en su apartado IV. PAUTAS PROCEDIMENTALES, inciso 1, que: “Las contrataciones de bienes y servicios requeridos en el marco de la emergencia dispuesta por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260/2020 y sus modificatorios, se encuentran sujetas a las previsiones del artículo 15 TER del mismo y los principios establecidos en la Decisión Administrativa N° 409/20”.

Que por consiguiente corresponde la publicación de la Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF en el Boletín Oficial de la República Argentina por el término de UN (1) día.

Que el presente acto administrativo se suscribe de acuerdo a lo establecido por el artículo 3º de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549, el cual prevé: “La competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la Constitución Nacional, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas; la avocación será procedente a menos que una norma expresa disponga lo contrario”.

Que, además, cabe tener presente que: “La avocación es un instituto que tiene lugar cuando un órgano determinado, por un acto administrativo propio, y fundándose en razones de orden jerárquico y de oportunidad, adquiere una competencia que materialmente coincide con la que un órgano inferior y sobre la base de que tal competencia del inferior está contenida, en sí, en la del órgano superior” (conf. Dictámenes PTN 159:581; 168:292; 226:161).

Que en uso de las facultades otorgadas por la Disposición N° DI-2020-71-E-AFIP-AFIP, modificada por su similar N° DI-2020-115-E-AFIP-AFIP, por el artículo 3º de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549, y de acuerdo a lo previsto en la Disposición N° DI-2020-28-E-AFIP-SDGADF, procede disponer en consecuencia.

Por ello,

EL ADJUNTO DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA A CARGO DE LA DIRECCIÓN DE COMPRAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Confírmese la Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP-DEAJEC#SDGADF en los términos del artículo 19 inciso b) de la Ley N° 19.549.

ARTÍCULO 2°.- Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL la Disposición N° DI-2021-12-E-AFIP- DEAJEC#SDGADF, en los términos de la Disposición N° 48/2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese la presente medida, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Jose Fernando Piluso

e. 30/04/2021 N° 28092/21 v. 30/04/2021