AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 129/2021

RESOL-2021-129-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2021

VISTO lo establecido en la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, los Decretos DNU N° 260/20 y N° 297/20, sus modificatorios y Normas complementarias, la Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 107/10 , lo actuado en el Expediente Electrónico N° 16925442/21 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 260/20 y sus reglamentaciones se amplió la emergencia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, con fecha 11 de marzo de 2020, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19 (CORONAVIRUS).

Que con el dictado del Decreto N° 297/20 se dispuso la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la citada Emergencia, a través del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) durante el plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo de 2020.

Que dicho plazo fue prorrogado sucesivamente mediante los Decretos DNU N° 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20.

Que, posteriormente, se dispusieron, según el territorio, distintas medidas que dieron origen al “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio” (DISPO).

Que en el marco de la normativa citada precedentemente la ASOCIACIÓN MÉDICA ARGENTINA (AMA) - SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA RADIANTE ONCOLÓGICA (SATRO), con fecha 26 de febrero de 2021, solicitó autorización para realizar el dictado y evaluación del “Octavo Curso de Actualización en Protección Radiológica para Médicos Radioterapeutas” en modalidad virtual, en el marco de la emergencia sanitaria.

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución del Directorio de la ARN N° 107/10 se reconoció que el “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Médicos Radioterapeutas” posee los contenidos de seguridad radiológica suficientes para la actualización de médicos radioterapeutas.

Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha evaluado lo solicitado por la AMA - SATRO de conformidad con lo establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° 107/10 y recomienda la implementación del dictado y evaluación del curso conforme a la modalidad virtual propuesta, en los términos y condiciones establecidos en la citada Resolución.

Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, conforme a las circunstancias de notorio y público conocimiento y a las medidas implementadas en las disposiciones gubernamentales citadas en el VISTO de la presente Resolución, ha considerado oportuno y conveniente aceptar que el dictado y evaluación del curso, reconocido a través de la Resolución N° 107/10, se realice de manera virtual, conforme a la propuesta de la AMA - SATRO.

Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el Artículo 22, Inciso e) de la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98.

Por ello, en su reunión de fecha 28 de abril de 2021 (Acta N° 17),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la ASOCIACIÓN MÉDICA ARGENTINA (AMA) - SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA RADIANTE ONCOLÓGICA (SATRO) a implementar la modalidad virtual para el dictado y evaluación del “Curso de Actualización en Protección Radiológica para Médicos Radioterapeutas”, manteniendo el temario, carga horaria y condiciones establecidas mediante la Resolución del Directorio de la ARN N° 107/10.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA SEGURIDAD RADIÓLOGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la ASOCIACIÓN MÉDICA ARGENTINA (AMA) - SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA RADIANTE ONCOLÓGICA (SATRO). Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Agustin Arbor Gonzalez

e. 04/05/2021 N° 28899/21 v. 04/05/2021