Resolución 129/2021
RESOL-2021-129-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2021
VISTO lo establecido en la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N°
24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, los Decretos DNU N°
260/20 y N° 297/20, sus modificatorios y Normas complementarias, la
Resolución del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 107/10
, lo actuado en el Expediente Electrónico N° 16925442/21 de la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 260/20 y sus reglamentaciones se amplió la
emergencia sanitaria, establecida por la Ley N° 27.541, con fecha 11 de
marzo de 2020, en virtud de la pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) en relación con el COVID-19 (CORONAVIRUS).
Que con el dictado del Decreto N° 297/20 se dispuso la adopción de
medidas inmediatas para hacer frente a la citada Emergencia, a través
del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) durante el
plazo comprendido entre el 20 y el 31 de marzo de 2020.
Que dicho plazo fue prorrogado sucesivamente mediante los Decretos DNU N° 325/20, 355/20, 408/20, 459/20, 493/20.
Que, posteriormente, se dispusieron, según el territorio, distintas
medidas que dieron origen al “Distanciamiento Social, Preventivo y
Obligatorio” (DISPO).
Que en el marco de la normativa citada precedentemente la ASOCIACIÓN
MÉDICA ARGENTINA (AMA) - SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA RADIANTE
ONCOLÓGICA (SATRO), con fecha 26 de febrero de 2021, solicitó
autorización para realizar el dictado y evaluación del “Octavo Curso de
Actualización en Protección Radiológica para Médicos Radioterapeutas”
en modalidad virtual, en el marco de la emergencia sanitaria.
Que mediante el Artículo 1° de la Resolución del Directorio de la ARN
N° 107/10 se reconoció que el “Curso de Actualización en Protección
Radiológica para Médicos Radioterapeutas” posee los contenidos de
seguridad radiológica suficientes para la actualización de médicos
radioterapeutas.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS ha
evaluado lo solicitado por la AMA - SATRO de conformidad con lo
establecido en el Artículo 2° de la Resolución N° 107/10 y recomienda
la implementación del dictado y evaluación del curso conforme a la
modalidad virtual propuesta, en los términos y condiciones establecidos
en la citada Resolución.
Que el Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR, conforme a las
circunstancias de notorio y público conocimiento y a las medidas
implementadas en las disposiciones gubernamentales citadas en el VISTO
de la presente Resolución, ha considerado oportuno y conveniente
aceptar que el dictado y evaluación del curso, reconocido a través de
la Resolución N° 107/10, se realice de manera virtual, conforme a la
propuesta de la AMA - SATRO.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso e) de la Ley N° 24.804 y su Decreto Reglamentario
N° 1390/98.
Por ello, en su reunión de fecha 28 de abril de 2021 (Acta N° 17),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la ASOCIACIÓN MÉDICA ARGENTINA (AMA) -
SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA RADIANTE ONCOLÓGICA (SATRO) a implementar
la modalidad virtual para el dictado y evaluación del “Curso de
Actualización en Protección Radiológica para Médicos Radioterapeutas”,
manteniendo el temario, carga horaria y condiciones establecidas
mediante la Resolución del Directorio de la ARN N° 107/10.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL y a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIÓLOGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la
ASOCIACIÓN MÉDICA ARGENTINA (AMA) - SOCIEDAD ARGENTINA DE TERAPIA
RADIANTE ONCOLÓGICA (SATRO). Dese a la Dirección Nacional del Registro
Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA
ARGENTINA y archívese.
Agustin Arbor Gonzalez
e. 04/05/2021 N° 28899/21 v. 04/05/2021