MINISTERIO DE SALUD
Decisión Administrativa 459/2021
DECAD-2021-459-APN-JGM - Contratación Directa por razones de urgencia N° 80-0039-CDI20.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2020-59401064-APN-DCYC#MS, los Decretos Nros.
1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016,
ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Contratación
Directa por razones de urgencia N° 80-0039-CDI20 del MINISTERIO DE
SALUD para la adquisición de reactivos de diagnóstico y seguimiento del
VIH e ITS, solicitada por la DIRECCIÓN DE RESPUESTA AL VIH, ITS,
HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del citado organismo.
Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de
Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.
Que del Acta de Apertura de fecha 11 de noviembre de 2020 surge la
presentación de las ofertas pertenecientes a las firmas TECNOLAB S.A.,
ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A., LABORATORIOS BRITANIA S.A.,
CROMOION S.R.L., BIOARS S.A., BIODIAGNOSTICO S.A. y WM ARGENTINA S.A.
Que la GERENCIA DE ACTIVIDADES EXTRAPROGRAMÁTICAS de la SINDICATURA
GENERAL DE LA NACIÓN (SIGEN) informa que “en virtud de lo establecido
en el Art. 3º, Inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº
36-E/2017, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no
respondan a las condiciones de ‘… uso común’, se encuentran excluidas
del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de
selección empleado por el contratante”.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES TRANSMISIBLES del
MINISTERIO DE SALUD elaboró el correspondiente Informe Técnico en el
que determinó el cumplimiento de las especificaciones técnicas por
parte de la totalidad de las ofertas recibidas, a excepción del
producto marca DIA.PRO DIAGNOSTICS BIO PROBES, Certificado ANMAT N°
6527, cotizado en el renglón 1 por la firma CROMOION S.R.L.
Que atento la diferencia existente entre los precios estimados y las
ofertas recibidas para los renglones 1, 2, 4, 5, 7 y 8 -luego de
propulsado el mecanismo de mejora de precios-, la DIRECCIÓN DE
RESPUESTA AL VIH, ITS, HEPATITIS VIRALES Y TUBERCULOSIS del MINISTERIO
DE SALUD expuso las razones de oportunidad que ameritan continuar con
la adquisición de los renglones 1, 2, 4 y 5 y, asimismo, solicitó no
continuar con la adquisición de los renglones 7 y 8 por resultar
económicamente inconvenientes.
Que la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE SALUD,
en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos
preliminares y la documentación obrante en el Expediente respectivo,
recomienda la adjudicación de las ofertas válidas correspondientes a
las firmas CROMOION S.R.L. renglones 1 (marcas: BIO RAD certificado
ANMAT N° 006004 / DIASORIN certificado ANMAT N° 4570) y 3; ABBOTT RAPID
DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A. renglones 2 y 5; BIODIAGNOSTICO S.A. renglón
4 y BIOARS S.A. renglón 6.
Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 797 de fecha 10
de marzo de 2021, entre otras cuestiones, se aprobó la presente
Contratación Directa por razones de urgencia N° 80-0039-CDI20, así como
el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.
Que corresponde proceder a la adjudicación de acuerdo a la mencionada recomendación y declarar fracasados los renglones 7 y 8.
Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el
Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, sus modificatorios y
complementarios y el artículo 9°, incisos e) y g) del Anexo del
Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional,
aprobado por el Decreto N° 1030 del 15 de septiembre de 2016.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Adjudícase la Contratación Directa por razones de
urgencia N° 80-0039-CDI20 para la adquisición de reactivos de
diagnóstico y seguimiento del VIH e ITS a las firmas, por las
cantidades y sumas que a continuación se detallan:
CROMOION S.R.L.
Renglón 1 (para las marcas BIO RAD certificado ANMAT N° 006004 /
DIASORIN certificado ANMAT N° 4570) por un total de 646.080 unidades y
renglón 3 por un total de 1.207.500 unidades: $180.219.952,80.-
ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS ARGENTINA S.A
Renglón 2 por un total de 508.800 unidades y renglón 5 por un total de 120.000 unidades: $81.597.360,00.-
BIODIAGNOSTICO S.A.
Renglón 4 por un total de 108.000 unidades: $32.531.760,00.-
BIOARS S.A.
Renglón 6 por un total de 4800 unidades: $9.869.232,00.-
Total adjudicación: $304.218.304,80.-
ARTÍCULO 2°.- Exclúyense del orden de mérito las ofertas de las firmas
LABORATORIOS BRITANIA S.A. para el renglón 7 y ABBOTT RAPID DIAGNOSTICS
ARGENTINA S.A. para el renglón 8, por resultar económicamente
inconvenientes.
ARTÍCULO 3°.- Decláranse fracasados los renglones 7 y 8.
ARTÍCULO 4º.- La suma total de PESOS TRESCIENTOS CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS CUATRO CON 80/00 ($304.218.304,80)
será imputada con cargo a las partidas específicas del presupuesto
correspondiente al MINISTERIO DE SALUD del presente ejercicio.
ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del
MINISTERIO DE SALUD a suscribir las pertinentes Órdenes de Compra.
ARTÍCULO 6°.- Autorízase a la Ministra de Salud a aprobar la
ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión, declaración
de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios y/o
cocontratantes respecto de la contratación directa que por este acto se
adjudica.
ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá
interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de
DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico
directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su
notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto
impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90
del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 -
T.O. 2017.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Carla Vizzotti
e. 08/05/2021 N° 31176/21 v. 08/05/2021