Decisión Administrativa 449/2021
DECAD-2021-449-APN-JGM - Incorporación y asignación de cargos vacantes.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-29891453-APN-SGYEP#JGM, las Leyes Nros.
25.164, 27.467 y 27.591, los Decretos N° 36 del 14 de diciembre de 2019
y sus modificatorios, 4 del 2 de enero de 2020, 1421 del 8 de agosto de
2002 y su modificatorio y las Decisiones Administrativas Nros. 1875 del
16 de octubre de 2020 y 4 del 15 de enero de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto N° 36/19 se instruyó a los/las titulares de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional a
revisar los procesos concursales y de selección de personal con el fin
de analizar su legalidad y en particular el cumplimiento y pertinencia
de los requisitos previstos para el cargo concursado, merituando los
antecedentes presentados por los/las postulantes.
Que mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 1/20 se estableció el
procedimiento para cumplimentar la revisión dispuesta por el Decreto N°
36/19.
Que por la Decisión Administrativa Nº 1875/20 se autorizó, como
excepción a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley N° 27.467 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2019, prorrogada por el Decreto N° 4/20, la cobertura mediante los
respectivos procesos de selección de personal de los cargos
pertenecientes a la reserva establecida por el artículo 6° de dicha ley.
Que por la Ley N° 27.591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.
Que por el artículo 6° de la citada ley se facultó al Jefe de Gabinete
de Ministros mediante decisión fundada a incrementar la cantidad de
cargos aprobados, previa intervención de la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA, en el marco de las necesidades de dotaciones
que surjan de la aprobación de las estructuras organizativas de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional, como también
de aquellas necesarias para responder a los procesos de selección
resultantes de los concursos regulados por la Ley Marco de Regulación
de Empleo Público Nacional N° 25.164 y los respectivos Convenios
Colectivos de Trabajo con el objeto de permitir un cambio en la
modalidad en la relación de empleo de contratos instrumentados en el
marco del artículo 9º del Anexo I del Decreto N° 1421/02.
Que, por su parte, por medio del artículo 1° de la Decisión
Administrativa N° 4/21 se distribuyó el presupuesto aprobado por la Ley
N° 27.591 para el Ejercicio 2021, en el que se encuentran contemplados
los cargos de la planta de personal permanente de cada una de las
Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública
Nacional, de acuerdo con el detalle obrante en las PLANILLAS ANEXAS
(IF-2021-03672065-APN-SSP#MEC), que forman parte integrante del
mencionado artículo.
Que con el fin de revalorizar el trabajo y saberes de los empleados
públicos y las empleadas públicas para satisfacer las necesidades de
los ciudadanos y las ciudadanas, se aprobó la Resolución de la
SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 48 de fecha 16 de julio de
2020 con la finalidad de efectuar un análisis sobre el estado de
situación de la planta no permanente de la Administración Pública
Nacional y de la antigüedad del personal en las mismas, contribuyendo a
la planificación estratégica en materia de regularización del empleo
público.
Que del relevamiento mencionado se han detectado necesidades
prioritarias de ordenamiento y regularización en la distribución de los
cargos de planta del personal en diversas jurisdicciones y entidades de
la Administración Pública Nacional para la implementación de los
procesos de selección, en el marco del plan de gestión integral de
regularización del empleo público.
Que habiéndose sustanciado en los distintos organismos que conforman la
citada Administración Pública Nacional procesos de selección de
personal para la cobertura de cargos de planta permanente es que
resulta necesario incorporar y asignar cargos.
Que, asimismo, resulta necesario instrumentar mecanismos con el fin de
que no se contrate nuevo personal que sustituya al contrato que se
rescinda, en virtud de la designación de personal en los cargos
concursados, dado que dichas posiciones pasarían a estar cubiertas por
cargos de planta permanente.
Que sobre la base de la información suministrada por las
Jurisdicciones, el análisis efectuado respecto de las necesidades de
cobertura de vacantes y lo establecido en la normativa correspondiente,
resulta necesario asignar las vacantes para los cargos autorizados para
su cobertura mediante el Régimen de Selección establecido por el Título
IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N°
2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y CCT
concordantes.
Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE
ECONOMÍA han tomado la intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha
tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas por los artículos 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL, 6° y 7° de la Ley N° 27.591.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Incorpóranse y asígnanse los cargos vacantes detallados
en el ANEXO I (IF-2021-32327012-APN-DNGIYPS#JGM) que forma parte
integrante de la presente decisión administrativa, con el fin de
proceder a la designación de personal en la planta permanente en las
distintas Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública
Nacional, atento los procesos de selección de personal oportunamente
sustanciados y a realizarse, con carácter de excepción al artículo 7°
de la Ley N° 27.591.
ARTÍCULO 2°.- Establécese que en los casos en que la cobertura de los
cargos objeto de los concursos de posición recaiga en personas
vinculadas a la Administración Pública Nacional mediante cualquier
modalidad de contratación, esta vacante no podrá ser utilizada para una
nueva contratación de personal a partir de la toma de posesión del
cargo de planta permanente por parte del o de la postulante designado o
designada.
ARTÍCULO 3°.- Las distintas Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional no podrán incorporar personal con el
objeto de reemplazar al o a la agente seleccionado o seleccionada bajo
ninguna modalidad contractual, a pesar de seguir contando con los
créditos presupuestarios oportunamente aprobados.
ARTÍCULO 4°.- Los funcionarios y las funcionarias de quienes dependan
las áreas de Recursos Humanos, con nivel no inferior a Subsecretario o
Subsecretaria, serán los y las responsables de la implementación y
cumplimiento de lo dispuesto en los artículos precedentes.
ARTÍCULO 5°.- La presente decisión administrativa entrará en vigencia en el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se
publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
(Nota Infoleg: por art. 5° de la Decisión Administrativa N° 1086/2022
de la Jefatura de Gabinete de Ministros B.O. 02/11/2022, se prorroga
hasta el 31 de diciembre de 2023 lo dispuesto en la presente norma.
Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL)
e. 10/05/2021 N° 31166/21 v. 10/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)