Decisión Administrativa 458/2021
DECAD-2021-458-APN-JGM - Unidad retributiva de servicios.
Ciudad de Buenos Aires, 07/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-34898221-APN-SGYEP#JGM, la Ley N°
11.672, el Decreto N° 1109 del 28 de diciembre de 2017, la Decisión
Administrativa N° 1948 del 28 de octubre 2020 y la Resolución del
ex-MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN N° 729 del 28 de diciembre de 2017 y sus
modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 81 de la Ley Nº 11.672 (T.O. 2014) se facultó al
Jefe de Gabinete de Ministros a disponer un régimen de contrataciones
de servicios personales destinados a desarrollar estudios, proyectos
y/o programas especiales en los términos que determine la
reglamentación.
Que por el Decreto N° 1109/17 se aprobó el régimen de contrataciones previsto por la citada ley.
Que dicho régimen es aplicable a las contrataciones de Consultores o
Consultoras, Asesores o Asesoras o Asistentes y fija los requisitos
para acceder a las referidas funciones.
Que por el citado decreto se estableció que la Autoridad de Aplicación
del referido régimen de contrataciones sería el entonces MINISTERIO DE
MODERNIZACIÓN, quien en ejercicio de dicha competencia dictó la
Resolución N° 729/17, la que estableció, entre otras cuestiones, los
rangos de retribución, conformado por las mencionadas funciones.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 1948/20 se dispuso el actual
valor de la unidad retributiva de servicios (URS) aplicable a los
contratos regidos por el Decreto N° 1109/17.
Que en esta instancia corresponde actualizar el valor de dicha unidad retributiva de servicios (URS).
Que han tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN NACIONAL
DE GESTIÓN DE INFORMACIÓN Y POLÍTICA SALARIAL, la SUBSECRETARÍA DE
EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO
del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que han tomado la debida intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes
del artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y del
Título V de la Ley de Ministerios N° 22.520, conforme texto sustituido
por el Decreto N° 7/19 y su modificatorio y de acuerdo con lo previsto
en el artículo 12 del Decreto N° 1109/17.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1°.- Establécese el valor de la unidad retributiva de
servicios (URS), aplicable a los contratos regidos por el Decreto N°
1109/17, a partir del 1° de mayo de 2021 en la suma de PESOS CINCUENTA
Y CINCO CON 08/100 ($55,08).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Santiago Andrés Cafiero - Martín Guzmán
e. 10/05/2021 N° 31175/21 v. 10/05/2021