MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO
SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
Resolución 33/2021
RESOL-2021-33-APN-SPYMEYE#MDP
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2021
VISTO el Expediente N° EX-2021-37909171- -APN-DGD#MDP, las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, los Decretos
Nros. 11 de fecha 7 de enero de 2014 y 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, y la Resolución N° 1.212 de fecha 1 de
octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y
DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Contrato de
Préstamo BID Nº 2923/OC-AR suscripto por el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO (BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto N° 11 de fecha 7 de enero de 2014, se aprobó
el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L1145, con destino al PROGRAMA
DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS
(MiPyME), el que fuera suscripto bajo la denominación Contrato de
Préstamo BID N° 2923/OC-AR por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO
(BID) y la REPÚBLICA ARGENTINA con fecha 26 de marzo de 2014.
Que, por el Artículo 4º del citado decreto, la ex SECRETARÍA DE LA
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE
INDUSTRIA fue designada como Organismo Ejecutor del PROGRAMA DE APOYO A
LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
Que, por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría,
estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO
PRODUCTIVO, el carácter de Autoridad de Aplicación en la aplicación de
las normas correspondientes a los Títulos I y II de las Leyes Nros.
24.467 y sus modificaciones y 25.300 y sus modificatorias, como así
también las competencias de la SUBSECRETARÍA DE EMPRENDEDORES,
dependiente de la citada Secretaría.
Que, mediante la Resolución N° 1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de
la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL
del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y a fin de implementar la ejecución del
PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS
EMPRESAS (MiPyME), se aprobó el Reglamento Operativo de conformidad con
lo establecido en el “Apartado a) de la Cláusula 3.02 Condiciones
previas al primer desembolso del Capítulo III - Desembolsos” del
Contrato de Préstamo BID N° 2923/OC-AR.
Que, el citado Reglamento Operativo del Programa en cuestión establece
los términos, condiciones y procedimientos a ser observados por las
Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y los Emprendedores interesados en
participar del mismo.
Que, en este orden de ideas, y de conformidad a los fundamentos
expuestos, la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS
EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, con la finalidad
de acompañar los esfuerzos que la REPÚBLICA ARGENTINA está realizando
en el marco de la reactivación productiva, realiza un llamado
específico, en el marco del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA
MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC” (BID 2923/OC-AR) a
la presentación de Proyectos (Py), con la finalidad de asistir
económicamente a Emprendedores y empresas jóvenes en la ejecución de
proyectos que introduzcan cambios innovadores en sus productos,
servicios o procesos y/o ofrezcan soluciones basadas en las nuevas
tecnologías de la industria 4.0, a través de la aplicación de nuevos
conocimientos y/o tecnologías que fortalezcan cadenas de valor y
contribuyan al desarrollo productivo; y a Emprendedores y empresas
jóvenes en la ejecución de proyectos de Impacto, que contribuyan a la
consecución de los Objetivos de Desarrollo Sostenible 2030 (ODS 2030),
al desarrollo productivo del país, a la generación de empleo y/o al
agregado de valor.
Que, el día 14 de abril de 2021, mediante la Nota
NO-2021-32410191-APN-DGPYPSYE#MDP, obrante en el expediente citado en
el Visto, la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y
Especiales, dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del
MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, solicitó al BANCO INTERAMERICANO
DE DESARROLLO (BID), la “No Objeción” necesaria en relación a las Bases
y Condiciones y los Anexos que regirán las presentes Convocatorias.
Que, conforme a lo indicado en considerando inmediato anterior, el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) ha manifestado su “No
Objeción” mediante la Nota CSC/CAR 1351/2021, obrante en el expediente
de referencia como IF-2021-38338714-APN-SSE#MDP.
Que, las presentes Convocatorias se dan en los términos del Anexo de la
Resolución N° 1.212/14 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA
EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL.
Que, la Dirección de Presupuesto, dependiente de la Dirección General
de Administración de Industria, Pyme, Comercio y Minería de la
SUBSECRETARÍA ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que
le compete.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se adopta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 4º del Decreto N° 11/14.
Por ello,
EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Convócase a la presentación de Proyectos APOYO A LA
COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME) “PAC”
(BID 2923/OC-AR) en el marco del Documento Ejecutivo del Préstamo BID
2923 OC/AR, cuyo Reglamento Operativo fue aprobado por la Resolución N°
1.212 de fecha 1 de octubre de 2014 de la ex SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y
MEDIANA EMPRESA Y DESARROLLO REGIONAL del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.
ARTÍCULO 2°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO - Bases y Condiciones de
la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) – Emprendedores/as
para la Innovación, que como Anexo I IF-2021-41395298-APN-SSE#MDP,
forma parte integrante de la presente resolución, el cual regirá
juntamente con el citado Reglamento Operativo, la Convocatoria,
Presentación y Ejecución de los Proyectos Prioritarios en el marco de
la Convocatoria Específica del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD
PARA MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 109/2021 de la
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores B.O.
21/10/2021 se amplia el monto de la Convocatoria para la presentación
de Proyectos de APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME), previsto en el presente artículo, en la
suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000), destinando
PESOS CIENTO SETENTA MILLONES ($ 170.000.000) a la convocatoria
Emprendedores/as para la Innovación y PESOS OCHENTA MILLONES ($
80.000.000) a la convocatoria Emprendedores/as de Impacto. Vigencia:a partir de su firma)
ARTÍCULO 3°.- La convocatoria realizada por el Artículo 2º de la
presente medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo I de la
presente resolución y será por un monto máximo de PESOS CIENTO TREINTA
MILLONES ($ 130.000.000).
ARTÍCULO 4°.- Apruébase el DOCUMENTO EJECUTIVO - Bases y Condiciones de
la Convocatoria a la Presentación de Proyectos (Py) – Emprendedores/as
de Impacto, que como Anexo II IF-2021-41401253-APN-SSE#MDP, forma parte
integrante de la presente resolución, el cual regirá juntamente con el
citado Reglamento Operativo, la Convocatoria, Presentación y Ejecución
de los Proyectos Prioritarios en el marco de la Convocatoria Específica
del PROGRAMA DE APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS (MiPyME).
(Nota Infoleg: por art. 1° de la Resolución N° 109/2021 de la
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores B.O.
21/10/2021 se amplia el monto de la Convocatoria para la presentación
de Proyectos de APOYO A LA COMPETITIVIDAD PARA MICRO, PEQUEÑAS Y
MEDIANAS EMPRESAS (MIPyME), previsto en el presente artículo, en la
suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000), destinando
PESOS CIENTO SETENTA MILLONES ($ 170.000.000) a la convocatoria
Emprendedores/as para la Innovación y PESOS OCHENTA MILLONES ($
80.000.000) a la convocatoria Emprendedores/as de Impacto. Vigencia:a partir de su firma)
ARTÍCULO 5°.- La convocatoria realizada por el Artículo 4º de la
presente medida tendrá la vigencia establecida en el Anexo II de la
presente resolución y será por un monto máximo de PESOS CINCUENTA
MILLONES ($ 50.000.000).
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Fuente
de Financiamiento 2.2, del Programa 45, Actividad 43, de la
Jurisdicción 51 – MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Servicio
Administrativo Financiero 362, para el Ejercicio 2021.
ARTÍCULO 7°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Merediz
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 12/05/2021 N° 31822/21 v. 12/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)