MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 223/2021

RESOL-2021-223-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2021

VISTO el Expediente EX-2020-41465855-APN-CGD#MMGYD, el Decreto Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), la Resolución N° 108 de fecha 25 de julio de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, el Decreto N° 680 de fecha 17 de agosto de 2020 y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 108 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD del 25 de julio de 2020 (RESOL-2020-108-APN-MMGYD) se creó el Programa Nacional “GENERAR” para el fortalecimiento de la institucionalidad en materia de género y diversidad en nuestro país, tanto en el sector público nacional como subnacional.

Que a través de la mencionada Resolución se aprobaron los Lineamientos generales y Componentes (Anexo I: IF2020-48061812-APN#MMGYD y Anexo II: IF-2020-48061834-APN#MMGYD) creando las siguientes líneas de financiamiento, a saber: Línea A: “Fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad en los organismos del sector público nacional”, la Línea B.1: “Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales”, la Línea B2.1: “Asistencia para la creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y la Línea B2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes” del Programa Nacional “GENERAR”.

Que los mencionados Anexos contienen la información referida a los fundamentos del Programa, descripción de las Líneas de trabajo, criterios de elegibilidad, instancias del proyecto, formulario del proyecto y el modelo de instrumento para ser suscripto entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD y los organismos municipales y provinciales de acuerdo a las Líneas B.1: “Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales”, B2.1: “Asistencia para la creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y B2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes” del Programa Nacional “GENERAR”.

Que mediante Decreto N° 680 de fecha 17 de agosto de 2020 el Sr. Presidente de la Nación creó el GABINETE NACIONAL PARA LA TRANSVERSALIZACIÓN DE LAS POLÍTICAS DE GÉNERO con el objetivo de garantizar la incorporación de la perspectiva de género en el diseño e implementación de las políticas públicas nacionales. Asimismo, la Mesa de Coordinación del mencionado GABINETE NACIONAL está a cargo del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD que deberá designar un/a Secretario/a Adminsitrativa/o.

Que la creación del GABINETE NACIONAL responde al compromiso asumido de que toda política pública sea diseñada teniendo en cuenta el impacto que tendrá en las mujeres y LGBTI+.

Que este desafío exige un trabajo sistemático de integración y coordinación, para el tratamiento transversal de la temática. En este sentido, las acciones descriptas en los Anexos I y II de la Resolución de creación (IF-202048061812-APN#MMGYD y IF-2020-48061834-APN#MMGYD) actualmente se llevan a cabo a través del trabajo que se realiza en el GABINETE NACIONAL mencionado.

Que, en virtud de ello, corresponde suprimir la Línea A: “Fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad en los organismos del sector público nacional” creada por la Resolución N° 108 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD del 25 de julio de 2020 del Programa Nacional “GENERAR”.

Que, asimismo, de la experiencia adquirida resulta necesario garantizar la incorporación de líneas de trabajo específicas que tengan como propósito la implementación de acciones dirigidas a incorporar la perspectiva de género y diversidad en el mundo del trabajo, la producción y el empleo; el fortalecimiento de las políticas vinculadas a la organización social del cuidado; y de aquellas relacionadas con la promoción de la diversidad.

Que, para ello, es menester incorporar al Programa Nacional “GENERAR” la Línea B2.3: “Fortalecimiento de Políticas Locales tendientes a la igualdad de géneros y la promoción de la diversidad”.

Que, en razón de lo expuesto, resulta necesario dejar sin efecto los Anexos I (IF-2020-48061812-APN#MMGYD) y II (IF-2020-48061834-APN#MMGYD).

Que, asimismo, de la experiencia adquirida durante la vigencia del Programa, se advierte la necesidad de modificar los modelos de Acta Complementaria y Convenio de Ejecución con el propósito de simplificar y facilitar el trámite previo a la firma del instrumento que vincula a ambas partes en el marco de las Líneas mencionadas, así como también, para agilizar la ejecución del proyecto, readecuando los requisitos de elegibilidad y el formulario del proyecto. En este sentido, surge la necesidad de poner a disposición de las contrapartes formularios de proyectos por cada línea de trabajo y de financiamiento a fin de garantizar el cumplimiento de los requisitos exigidos por el MINISTERIO.

Que, además, es necesario establecer un procedimiento administrativo que indique cada uno los pasos a seguir, los requerimientos para el desarrollo de los objetivos propuestos, seguimiento, monitoreo, rendición y cierre de cada proyecto.

Que, por todo lo expuesto, corresponde aprobar los siguientes documentos: ANEXO I “Lineamientos generales del Programa Nacional GENERAR” (IF-2021-41420544-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO II “Requisitos de elegibilidad del Programa Nacional GENERAR” (IF-2021-42989184-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO III “Procedimiento administrativo del Programa Nacional GENERAR” ( IF-2021-41426278-APNDAFYRI#MMGYD); ANEXO IV “Formulario del Proyecto - Línea B.1” (IF-2021-41422038-APNDAFYRI#MMGYD), el ANEXO V “Formulario del Proyecto - Línea B.2-1” (IF-2021-41422214-APNDAFYRI#MMGYD); el ANEXO VI “Formulario del Proyecto - Línea B.2-2” (IF-2021-41422403-APNDAFYRI#MMGYD) el ANEXO VII “Formulario del Proyecto - Línea B.2-3” (IF-2021-41422657-APNDAFYRI#MMGYD); ANEXO VIII “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.1” (IF-2021-42990090-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO IX “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-1” (IF-2021-42990834-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO X “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-2” (

IF-2021-42991701-APN-DAFYRI#MMGYD) y el ANEXO XI “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-3” (IF-2021-42992566-APN-DAFYRI#MMGYD).

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado las intervenciones de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 4°, inciso b), puntos 6 y 9 de la Ley 22.520, el artículo 4° de la Resolución N° 108 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD del 25 de julio de 2020.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjanse sin efecto el Anexo I (IF-2020-48061812-APN#MMGYD) y el Anexo II (IF-202048061834-APN#MMGYD) aprobados por el artículo 3° de la Resolución N° 108 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD del 25 de julio de 2020 (RESOL-2020-108-APN-MMGYD).

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse el ANEXO I “Lineamientos generales del Programa Nacional “GENERAR”, el ANEXO II “Requisitos de elegibilidad del Programa Nacional “GENERAR” (IF-2021-42989184-APN-DAFYRI#MMGYD) y el ANEXO III “Procedimiento administrativo del Programa Nacional “GENERAR” (IF-2021-41426278-APN-DAFYRI#MMGYD), que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse el ANEXO IV “Formulario del Proyecto - Línea B.1” (IF-2021-41422038-APNDAFYRI#MMGYD), el ANEXO V “Formulario del Proyecto - Línea B.2-1” (IF-2021-41422214-APNDAFYRI#MMGYD), el ANEXO VI “Formulario del Proyecto - Línea B.2-2” (IF-2021-41422403-APNDAFYRI#MMGYD) y el ANEXO VII “Formulario del Proyecto - Línea B.2-3” (IF-2021-41422657-APNDAFYRI#MMGYD) que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Apruébanse el ANEXO VIII “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.1” (IF-2021-42990090-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO IX “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-1” (IF-2021-42990834-APN-DAFYRI#MMGYD), el ANEXO X “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-2” (IF-2021-42991701-APN-DAFYRI#MMGYD) y el ANEXO XI “Modelo de Acta Complementaria - Línea B.2-3” (IF-2021-42992566-APN-DAFYRI#MMGYD) que forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido por el Programa 21 - Apoyo a la Implementación de Políticas de Género (PPG) - Actividad 1- Acciones vinculadas al Programa Generar (PPG) en las Partidas Presupuestarias 5.7.6 - Gobiernos Municipales, gastos corrientes, 5.8.6 - Gobiernos Municipales, gastos de capital, 5.7.1 - Gobiernos Provinciales, gastos corrientes, 5.8.1 - Gobiernos Provinciales, gastos de capital de la Jurisdicción 86 - Servicio Administrativo Financiero 386 - MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

ARTÍCULO 6°. - La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Elizabeth Gómez Alcorta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/05/2021 N° 33455/21 v. 18/05/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial.)




Anexo I

(Anexo sustituido por art. 2º de la Resolución Nº 303/2022 del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad B.O.  16/6/2022. Vigencia: a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.)

Lineamientos Generales del Programa Nacional Generar

1. FUNDAMENTOS

En las últimas décadas la Argentina ha sancionado leyes que la consolidan como un país con un marco normativo ampliamente protectorio de los derechos de las mujeres y LGTBI+. El mayor hito normativo en materia de violencias por motivos de género fue, en marzo de 2009, la Ley N° 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar las Violencias contra las Mujeres en los ámbitos en que Desarrollen sus Relaciones Interpersonales. En materia de reconocimiento de derechos de LGTBI+, ha sido pionera al sancionar la Ley N° 26.618, de Matrimonio Igualitario y la Ley N° 26.743 de Identidad de Género, que reconoce la identidad autopercibida de cada persona y su derecho a un trato digno, independientemente del sexo asignado al nacer y de sus registros identificatorios. Otros avances destacados fueron la incorporación del femicidio al Código Penal a través de la Ley N° 26.791, la Ley N° 27.452 (Ley Brisa) que instauró un régimen de reparación económica para las y los hijos de víctimas de femicidios y la Ley N° 27.499 (Ley Micaela), que establece la capacitación obligatoria en las temáticas de género y violencias por motivos de género para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación.

Sin embargo, este encomiable reconocimiento normativo no basta si no es acompañado de políticas públicas que transformen efectivamente la vida cotidiana de las mujeres y LGTBI+. Para poder avanzar en el diseño e implementación de estas políticas públicas, el Estado, en sus distintos niveles, requiere de una institucionalidad robusta, consolidada y dotada de recursos y capacidades. La Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, que aprobó en 1995 la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing, de la que Argentina es parte, fijó entre los mecanismos claves para alcanzar la igualdad de género al establecimiento de mecanismos institucionales para el adelanto de las mujeres, los que “deben fomentar la formulación de políticas activas y visibles para la incorporación de una perspectiva de género en todas las políticas y programas de modo que, antes de que se adopten las decisiones, se realice un análisis de sus posibles efectos para uno y otro sexo” (párr. 202). También estableció que “el éxito de las políticas y de las medidas destinadas a respaldar o reforzar la promoción de la igualdad de género y la mejora de la condición de la mujer debe basarse en la integración de una perspectiva de género en las políticas generales relacionadas con todas las esferas de la sociedad” (párr. 57).

Tanto el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Comité DESC) como el Comité de Derechos Humanos de Naciones Unidas se han pronunciado al respecto. El primero exhortó a los Estados, en la Observación General N° 18 (“La igualdad de derechos del hombre y la mujer al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales”), a que tengan en cuenta las desigualdades económicas, sociales y culturales existentes, en especial las que sufren las mujeres, a la hora de diseñar e implementar políticas (punto 8). El segundo, en la Observación General N° 28 (“La igualdad de derechos entre hombres y mujeres”) señaló que los Estados deben adoptar medidas eficaces y positivas, incluida las medidas necesarias de discriminación inversa, para promover y asegurar la participación de la mujer en los asuntos públicos y en el ejercicio de cargos públicos.

En diciembre de 2019 se crea el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (en adelante, MMGyD), a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 7/2019 que modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, como respuesta al compromiso asumido para la construcción de una sociedad más igualitaria que promueva la autonomía integral de todas las personas, sin establecer jerarquías entre las diversas orientaciones sexuales, identidades o expresiones de género.

Como señala la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), “la gestión pública con enfoque de género es un componente crucial para avanzar en la igualdad de género”1. Entre las medidas necesarias para garantizar la transversalización de esta perspectiva, es central que todos los estamentos del Estado cuenten con áreas especializadas, dotadas de recursos materiales, recursos humanos y con apoyo institucional suficiente para garantizar que cada uno de los organismos puedan diseñar, planificar, implementar y monitorear las políticas públicas en consonancia con esta perspectiva.

En relación a ello, uno de los objetivos estratégicos del MMGyD es fortalecer y promover a nivel federal la jerarquización de las áreas de género y diversidad de las provincias de modo de robustecer la institucionalidad en esta materia. Un Estado federal requiere indispensablemente del trabajo articulado con y entre las provincias y, para ello, el presente Programa tiene como finalidad apoyar y reforzar los mecanismos institucionales que en materia de género y diversidad tienen las provincias, dotándolas de mayores recursos materiales para garantizar su funcionamiento, asistiéndolas técnicamente en todas aquellas instancias que lo requieran e impulsando su jerarquización, entre otras medidas. El trabajo consensuado y conjunto permitirá consolidar líneas de trabajo federales para alcanzar el objetivo de poner fin a las violencias por motivos de género y a la desigualdad estructural que enfrentan mujeres y LGTBI+ en los distintos territorios del país.

Por último, y en el mismo sentido, el presente Programa tiene como objetivo central fortalecer las capacidades estatales de los municipios en materia de políticas de género y diversidad a nivel local. El modelo de gestión que el MMGyD se propone en el abordaje integral de las violencias y desigualdades por motivos de género, tiene en el centro de sus condiciones de posibilidad la existencia de municipios fuertes, capacitados y dotados de recursos institucionales sólidos en la materia. Los gobiernos locales son quienes articulan las políticas públicas en el territorio y quienes reciben las demandas de la ciudadanía de manera directa. Son los dispositivos estatales municipales quienes resuelven cotidianamente los conflictos y atienden las problemáticas desde el conocimiento de las dinámicas territoriales. Es desde el nivel local que se articula con las organizaciones de la sociedad civil que también son fundamentales el trabajo en red y una efectiva implementación de las políticas públicas. Son estos dispositivos de gestión municipal los que el MMGyD se propone fortalecer y acompañar apoyando la institucionalidad en materia de género y diversidad a nivel local. La sinergia virtuosa que pueda generarse entre el Estado nacional, las provincias y los municipios está en el centro del objetivo del MMGyD para dotar a nuestro país de mejores recursos, capacidades y herramientas institucionales que garanticen los derechos de las mujeres y LGTBI+ que tiendan a construir, así, un país más justo e igualitario.

La incorporación de la perspectiva de género y diversidad como asunto de agenda en todos los niveles de gobierno se inserta, así, como una cuestión cuya atención necesariamente debe transformar las prioridades, la planificación, las estrategias, los objetivos y las metas de cada una de las instituciones, y sus interrelaciones internas y externas. Requiere de un proceso que implica cambios culturales y cuya concreción se verá efectivamente en el largo plazo. Por ello, es necesaria la acción del Estado nacional trabajando juntamente con los Estados provinciales y municipales para lograr las mejores herramientas institucionales que garanticen poder avanzar hacia sociedades más igualitarias, democráticas e inclusivas. Para lograrlo, promovemos no sólo la creación y consolidación institucional de áreas especializadas en género y diversidad en el sector público provincial y municipal, sino que proponemos el desarrollo de herramientas que garanticen la transversalización del enfoque de género y diversidad en todas las políticas públicas a través del trabajo articulado entre dichas áreas especializadas y el resto de las áreas de gobierno.

En síntesis, ninguna política pública es neutral en términos de género y cada una de ellas, proyecta o reproduce las desigualdades de género ya existentes en la sociedad. Para modificar esas estructuras estatales debemos trabajar desde el Estado nacional en la construcción y promoción de nuevas institucionalidades en materia de género y diversidad con perspectiva federal y fuertemente ancladas en las necesidades particulares de cada territorio.

2. OBJETIVOS:

A. OBJETIVO GENERAL

Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en nuestro país en la administración pública provincial y municipal.

B. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

a. Promover la transversalización del enfoque de género y diversidad en las políticas públicas.

b. Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en las provincias y la CABA.

c. Fortalecer la institucionalidad en materia de género y diversidad en los municipios, tanto para la creación de áreas de género y diversidad nuevas como para el apoyo de áreas de género y diversidad ya existentes.

d. Fortalecer la capacidad de los municipios en materia de políticas de género, propiciando la promoción de la igualdad y la diversidad.

e. Asistir técnicamente a las áreas especializadas en género y diversidad de los organismos públicos provinciales y municipales que lo soliciten.

f. Promover la formación y capacitación especializada en género y diversidad en los organismos públicos provinciales y municipales.

g. Elaborar guías, recomendaciones y herramientas para la gestión pública en materia de género y diversidad a nivel provincial y municipal.

h. Promover la articulación y el trabajo en red entre las áreas especializadas en género y diversidad de los organismos públicos provinciales y municipales.

3. SECTOR DESTINATARIO

Serán destinatarios/as del Programa:

- Las áreas responsables en materia de género y diversidad de las provincias y la CABA;

- Las áreas responsables en materia de género y diversidad de los municipios;

- Los organismos y las áreas de la administración pública municipal que persigan, de forma articulada con las áreas especializadas, la incorporación y transversalización del enfoque de género y diversidad.

4. IMPACTO ESPERADO

El impacto esperado del presente Programa es:

- Mejora en los estándares de institucionalidad en materia de género y diversidad en el país;

- Políticas públicas con perspectiva de género y diversidad;

- Jerarquización de las áreas de género y diversidad a nivel provincial y municipal;

- Mejora en las capacidades institucionales de gestión de las áreas de género y diversidad de las provincias y los municipios;

- Transversalización de las políticas de género y diversidad a partir del trabajo articulado entre áreas gubernamentales;

- Desarrollo de las capacidades de gestión de los municipios en materia de políticas de género, a favor de la promoción de la igualdad y la diversidad;

- Articulación virtuosa entre organismos nacionales, provinciales y municipales en materia de políticas de género y diversidad.

5. LÍNEAS DE TRABAJO

El Programa Nacional Generar se organiza en torno a las siguientes líneas de trabajo.

SECTOR PÚBLICO DE LOS ESTADOS SUBNACIONALES. Fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad en las provincias y municipios.

Se contempla la asistencia técnica del MMGyD para la creación y fortalecimiento de áreas especializadas en materia de género y diversidad en las provincias y municipios y otros mecanismos posibles que aseguren la transversalización de la perspectiva de género y diversidad en el conjunto de políticas públicas subnacionales. Esta línea de trabajo incluye también la transferencia de recursos nacionales tanto para provincias como para municipios, en el marco de un trabajo articulado e integral para el fortalecimiento institucional, incluyendo componentes de capacitación, evaluación de indicadores y articulación de políticas, entre otros.

LÍNEA B1: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales. Para el caso de las 23 provincias y la CABA, el Programa prevé acciones y transferencia de recursos para el fortalecimiento y jerarquización de las áreas de género y diversidad de esas jurisdicciones.

LÍNEA B2: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Municipales. Para el caso de los municipios de todo el país, el Programa prevé acciones y transferencia de recursos para el fortalecimiento institucional de las áreas de género y diversidad a nivel local, distinguiendo tres posibilidades:

Línea B2-1. Asistencia para la creación de nuevas áreas de género y diversidad

Implica la asistencia para la creación de nuevas áreas de género y/o diversidad en aquellos gobiernos locales que aún no cuentan con las mismas en sus estructuras formales, contemplando las necesidades, problemáticas y particularidades de cada territorio.

•  Línea B2-2. Fortalecimiento de áreas de género y diversidad ya existentes.

Implica la asistencia para el mejoramiento de los estándares locales de institucionalidad en materia de género y/o diversidad a partir de la jerarquización, consolidación, profundización y crecimiento de las áreas de género y/o diversidad ya existentes, promoviendo el fortalecimiento de sus políticas, capacitaciones de sus equipos de trabajo, desarrollo de sus capacidades de gestión, mejoramiento de capacidades instaladas y mayores articulaciones interinstitucionales.

Línea B2-3. Fortalecimiento de las políticas locales tendientes a la igualdad de género y la promoción de la diversidad.

Implica la asistencia para la inclusión de la transversalización de la perspectiva de género y diversidad al conjunto de las políticas públicas locales, promoviendo la articulación de las áreas de género y/o diversidad con otras áreas municipales a través del desarrollo de redes de trabajo en pos del fortalecimiento de las políticas específicas de igualdad y diversidad en todas las acciones municipales, tanto en contextos urbanos como rurales, valorando especialmente la inclusión de la interseccionalidad, en particular en aquellas acciones dirigidas a:

- La incorporación de la perspectiva de género y diversidad en el mundo del trabajo, la producción y el empleo;

- El fortalecimiento de las políticas vinculadas a la organización social del cuidado;

- El fortalecimiento de las políticas vinculadas a la promoción de la diversidad.

6. APORTE ECONÓMICO:

El aporte económico que otorgará el MMGyD a través del Programa Nacional Generar consistirá en un subsidio no mayor al SETENTA Y CINCO POR CIENTO (75%) del monto total presupuestado para el proyecto, debiendo cada contraparte efectuar una contribución equivalente, como mínimo, al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del total del proyecto.

El monto máximo a financiar por el MMGyD será de:

-  Línea B1 una suma no mayor al equivalente de SETENTA (70) Salarios Mínimo, Vital y Móvil (SMVM)

-  Líneas B2.1, B2.2 y B2.3 una suma no mayor al equivalente de TREINTA (30) SMVM para municipios cuya población sea inferior o igual a los DIEZ MIL (10.000.-) habitantes según el último Censo Nacional de Población, Hogares y Vivienda publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y una suma no mayor al equivalente de CINCUENTA (50) SMVM para municipios cuya población sea superior a los DIEZ MIL (10.000.-) habitantes según el mencionado Censo.

Los montos financiados estarán sujetos a la evaluación y aprobación técnica del MMGyD, en función del cronograma de actividades y coherencia interna de la propuesta presentada por el gobierno subnacional.

En todos los casos el subsidio otorgado deberá destinarse de la siguiente manera:

-  Gastos de capital: Se podrá disponer de hasta el 50% del financiamiento.

-  Gastos corrientes: Este monto surgirá del resultado de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.

El desembolso del financiamiento por parte del Ministerio quedará sujeto a la disponibilidad presupuestaria, al informe técnico de viabilidad del área correspondiente y al cumplimiento de los requisitos de elegibilidad.

7. COMPONENTES

A los fines de este Programa, los componentes de lo que se entiende por fortalecimiento institucional son:

- Transferencia de recursos.

- Asistencia técnica con equipos especializados.

- Formación y capacitación de equipos técnicos especializados.

- Elaboración de guías, recomendaciones y sugerencias en materia de herramientas institucionales y buenas prácticas en el campo de las políticas de género y diversidad: tanto para las áreas especializadas como para los procesos de transversalización del enfoque de género en el conjunto de las políticas públicas.

- Evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género y diversidad con indicadores específicos para tal fin.

- Articulación del trabajo en red entre organismos estatales nacionales, provinciales y municipales y organizaciones de la sociedad civil especializadas en la materia.

8. ACCIONES

Línea B) SECTOR PÚBLICO DE LOS ESTADOS SUBNACIONALES

LÍNEA B1: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales

Acciones a desarrollar:

a) Realizar un relevamiento constante de las áreas especializadas en género y diversidad en todas las jurisdicciones provinciales y sus demandas en materia de capacidades institucionales y recursos para la jerarquización del área y efectivización de las políticas de género y diversidad a nivel provincial.

b) Transferir recursos para el fortalecimiento de las competencias estatales provinciales en materia de institucionalidad de género y diversidad.

c) Promover, acompañar y asistir técnicamente en la creación, jerarquización y fortalecimiento de las áreas especializadas en género y diversidad en las estructuras de los gobiernos provinciales que no cuenten con áreas específicas y/o que requieran fortalecer sus recursos institucionales.

d) Instrumentar capacitaciones y espacios de formación específicos para dotar de recursos humanos especializados a las áreas de género y diversidad a nivel provincial.

e) Desarrollar guías, recomendaciones y sugerencias en materia de gestión de políticas de género y diversidad para las áreas de género y diversidad provinciales.

f) Desarrollar indicadores y sistemas de evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género a nivel provincial.

g) Fomentar el trabajo interinstitucional de las áreas especializadas en género y diversidad a nivel provincial con organismos públicos nacionales y municipales especializados en la materia, organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector privado, a fin de lograr un abordaje integral de las políticas de género y diversidad.

LÍNEA B2: Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Municipales.

Acciones a desarrollar:

a) Realizar un relevamiento constante de las áreas especializadas en género y diversidad en todas las jurisdicciones municipales y sus demandas en materia de capacidades institucionales y recursos para la jerarquización del área y efectivización de las políticas de género y diversidad a nivel local.

b) Transferir recursos para el fortalecimiento de las competencias estatales municipales en materia de institucionalidad de género y diversidad.

c) Promover, acompañar y asistir técnicamente en la creación, jerarquización y fortalecimiento de las áreas especializadas en género y diversidad en las estructuras de los gobiernos locales que no cuenten con áreas específicas y/o que requieran fortalecer sus recursos institucionales.

d) Promover, acompañar, asistir técnicamente y transferir recursos para el fortalecimiento de las competencias estatales municipales en materia de promoción de la igualdad y la diversidad, en particular en relación a las políticas de cuidados y la igualdad en el mundo del trabajo.

e) Promover el trabajo asociado y articulado de las áreas de género y diversidad locales con otras áreas de la administración pública municipal, a fin de lograr una transversalización de este enfoque en todas las políticas públicas locales.

f) Instrumentar capacitaciones y espacios de formación específicos para dotar de recursos humanos especializados a las áreas de género y diversidad a nivel municipal.

g) Desarrollar guías, recomendaciones y sugerencias en materia de gestión de políticas de género y diversidad para las áreas de género y diversidad municipales.

h) Desarrollar indicadores y sistemas de evaluación y monitoreo de la institucionalidad de género a nivel municipal.

i) Fomentar el trabajo interinstitucional de las áreas especializadas en género y diversidad a nivel municipal con organismos públicos nacionales y provinciales especializados en la materia, organismos internacionales, organizaciones de la sociedad civil y sector privado, a fin de lograr un abordaje integral de las políticas de género y diversidad.

                                       
1
CEPAL, “Planes de igualdad de género en América Latina y el Caribe. Mapas de ruta para el desarrollo”, 2017, disponible en: https://www.cepal.org/sites/default/files/events/files/planes de igualdad de genero en america latina y elc aribe. mapas de ruta para el desarrollo.pdf

IF-2022-57237223-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo II

Requisitos de Elegibilidad del Programa Nacional Generar

1. CRITERIOS GENERALES.

Los organismos que deseen ingresar al Programa Nacional Generar deberán enviar la documentación detallada en este Anexo junto al Formulario del Proyecto correspondiente a la Línea que deseen suscribir, a la casilla del correo electrónico de la Mesa de Entradas del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MMGyD): meys@mingeneros.gob.ar en copia al mail institucional del Programa: Estados provinciales: generarprovincias@mingeneros.gob.ar o Estados municipales: generarmunicipios@mingeneros.gob.ar

Toda la información referida al Programa Nacional Generar (Formulario del Proyecto, Requisitos de elegibilidad, Modelos de Actas Complementarias, etc) se encuentra disponible en la página web del MMGyD: www.argentina.gob.ar/generos

Ante cualquier consulta el organismo interesado podrá comunicarse mediante correo electrónico dirigido al mail institucional del Programa mencionado anteriormente, a los efectos de ser asistido, tanto administrativa como técnicamente, por la Dirección de Articulación Federal y Relaciones Intersectoriales (DAFyRI) del MMGyD.

El ingreso al Programa Nacional “Generar” resulta incompatible y excluyente para aquellos organismos que cuenten con rendiciones de cuentas pendientes de subsidios otorgados en el ámbito del MMGyD.

Asimismo, se aclara que a los fines de la suscripción del Acta Complementaria correspondiente al Programa Nacional Generar, las partes deberán celebrar previamente un Convenio Marco de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N° 255 de fecha 30 de septiembre de 2020 del MMGyD.

Por último, cabe destacar que este documento debe ser leído en conjunto con los siguientes Anexos:

-     Anexo I: Lineamientos generales del Programa Nacional Generar.

-     Anexo III: Procedimiento administrativo del Programa Nacional Generar.

-     Anexo IV, V, VI y VII: Formularios de proyectos.

-     Anexo VIII, IX, X y XI: Modelos de Actas Complementarias.

2. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA:

A continuación, se detalla la documentación que deberán presentar aquellos organismos interesados en suscribir al Programa Nacional Generar.

La documentación presentada será evaluada por el área sustantiva del MMGyD a cargo del Programa. Asimismo, el MMGyD se reserva la facultad de solicitar cualquier otra documentación que considere pertinente a los efectos de la implementación del Programa Nacional Generar.

El organismo deberá enviar la documentación detallada en este Anexo a los correos electrónicos mencionados en el punto precedente, escaneada y en formato PDF.

LÍNEA B.1: FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD PROVINCIALES.

1. Nota de solicitud de subsidio: Dirigida a la titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad suscripta por el/la responsable legal facultado/a para la firma del Convenio.

2. Nota de compromiso de intangibilidad de los fondos: Suscripta por el/la responsable legal que firmará el convenio con el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.

3. Formulario del Programa Nacional Generar Línea B1: Firmado por el/la responsable legal y el/la coordinador/a técnica/o.

4. Instrumento de designación del/la responsable legal: Designación de la autoridad provincial facultada expresamente en sus funciones para suscribir convenios y el instrumento que lo faculta para hacerlo (en caso de corresponder).

5. DNI del/la responsable legal (Anverso y reverso).

6. Instrumento de creación del Área de Géneros y Diversidad Provincial (AGDYP) que ejecutará el proyecto.

7. Instrumento de designación de la/el responsable del AGYDP.

8. Designación de la/el coordinador/a técnico/a del proyecto, suscripta por el/la responsable del AGYDP (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 7).

9. DNI de la persona responsable del AGYDP. (Anverso y reverso)

10. DNI del/la coordinador/a técnico/a. (Anverso y reverso) (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 7).

11. Constancia de inscripción en AFIP. (Del organismo provincial que recibirá el subsidio)

12. Formulario de alta de entes. Firmado por el responsable legal.

13. Formulario de autorización de acreditación de pagos del Tesoro Nacional. Firmado por los/as titulares de cuenta del organismo que recibirá el subsidio, con las firmas certificadas por el banco.

14. Constancia de CBU o certificación de cuenta emitida por el Banco Nación. Original con firma y sello.

LÍNEA B2-1: ASISTENCIA PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD.1

1. Nota de solicitud de subsidio dirigida a la titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, firmada por el/la responsable legal facultado/a para la firma del Convenio. (Intendente/a)

2. Formulario Programa Nacional Generar Línea B2-1. Firmado por el/la responsable legal y el/la coordinador/a técnica/o.

3. Instrumento de designación del/la responsable legal: (Intendente/a/Delegado/ Presidente Comunal, etc).

4. DNI del/la responsable legal. (Intendente/a) (Anverso y reverso)

5. Instrumento legal de creación del Área de Géneros y Diversidad Municipal (AGYDM). (Únicamente en los casos en que hubiera sido creada dentro de los 180 días corridos, previos a la presentación de la solicitud)

6. Instrumento de designación de la/el responsable del AGYDP. (Únicamente en los casos en que el AGYDP haya sido creada dentro de los 180 días corridos, previos a la presentación de la solicitud)

7. Nota de designación de la/el coordinador/a técnico/a del proyecto, suscripta por el/la responsable del AGYDM o responsable legal (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 6.

8. DNI de la persona responsable del AGYDM. (Anverso y reverso)

9. DNI del/la coordinador/a técnico/a. (Anverso y reverso) (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 6).

10. Constancia de inscripción en AFIP.

11.   Formulario de alta de entes: Firmado por el/la responsable legal.

12. Formulario de autorización de acreditación de pagos del tesoro nacional: Firmado por los/as titulares de cuenta certificadas como tales en el Banco Nación.

13. Certificación de cuenta emitida por el Banco Nación2 con todos los datos de la cuenta, firma y sello del banco.

LINEA B.2-2: FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES EXISTENTES.3

1. Nota de solicitud de un subsidio dirigida a la titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, firmada por el/la responsable legal (Intendente/a).

2. Formulario Programa Nacional Generar B2-2. Firmado por el/la responsable legal y por el/la coordinador/a técnico/a del proyecto.

3. Instrumento de designación del/la responsable legal: (Intendente/a/Delegado/ Presidente Comunal, etc).

4. DNI del/la responsable legal. (Intendete/a) (Anverso y reverso)

5. Instrumento legal de creación del Área de Géneros y Diversidad Municipal (AGYDM).

6. Instrumento de designación de la/el responsable del AGYDP.

7. Nota de designación de la/el coordinador/a técnico/a del proyecto, suscripta por el/la responsable del AGYDM. (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 7).

8. DNI de la persona responsable del AGYDM. (Anverso y reverso)

9. DNI del/la coordinador/a técnico/a. (Anverso y reverso) (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 7).

10. Constancia de inscripción en AFIP.

11. Formulario de alta de entes: firmado por el/la responsable legal.

12. Formulario de autorización de acreditación de pagos del Tesoro Nacional: firmado por los/as titulares de cuenta, con las firmas certificadas como tales en el Banco Nación.

13. Certificación de cuenta emitida por el Banco Nación4 con todos los datos de la cuenta.

LINEA B.2 -3: FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS LOCALES TENDIENTES A LA IGUALDAD DE GÉNEROS Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD.5

1. Nota de solicitud de un subsidio dirigida a la titular del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación, firmada por el/la responsable legal (Intendente/a).

2. Formulario del Programa Nacional Generar B.2-3. Firmado por el/la responsable legal y por el/la coordinador/a técnico/a del proyecto.

3. Instrumento de designación del/la responsable legal: (Intendente/a/Delegado/ Presidente Comunal, etc).

4. DNI del/la responsable legal. (Intendente/a) (Anverso y reverso)

5. Constancia de inscripción en AFIP.

6. Instrumento de designación de la/el responsable del área que ejecutará el proyecto.

7. Nota de designación de la/el coordinador/a técnico/a del proyecto, suscripta por el/la responsable del área que ejecutará el proyecto (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 6) .

8. DNI de la persona responsable del área que ejecutará el proyecto. (Anverso y reverso)

9. DNI del/la coordinador/a técnico/a. (Anverso y reverso) (En el caso de que la coordinación técnica no sea ejercida por la persona mencionada en el punto 6).

10. Formulario de alta de entes: firmado por el/la responsable legal.

11. Formulario de autorización de acreditación de pagos del Tesoro Nacional: firmado por los/as titulares de cuenta, con las firmas certificadas como tales en el Banco Nación.

12. Certificación de cuenta emitida por el Banco Nación6 con todos los datos de la cuenta.


                                       
1 En caso de ser necesario, según la normativa vigente de cada jurisdicción, la documentación deberá ser refrendada por quien corresponda.

2 En cumplimiento con el Decreto N° 892/95 del 11 de diciembre de 1995 todos los gobiernos provinciales y municipales deberán presentar cuentas del Banco Nación Argentina, sin excepción.

3 En caso de ser necesario, según la normativa vigente de cada jurisdicción, la documentación deberá ser refrendada por quien corresponda.

4 En cumplimiento con el Decreto N° 892/95 del 11 de diciembre de 1995 todos los gobiernos provinciales y municipales deberán presentar cuentas del Banco Nación Argentina, sin excepción.

5 En caso de ser necesario, según la normativa vigente de cada jurisdicción, la documentación deberá ser refrendada por quien corresponda.

6 En cumplimiento con el Decreto N° 892/95 del 11 de diciembre de 1995 todos los gobiernos provinciales y municipales deberán presentar cuentas del Banco Nación Argentina, sin excepción.


IF-2021-42989184-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo III

Procedimiento administrativo del Programa Nacional Generar

ÍNDICE

1. Presentación

2. Líneas del Programa Nacional Generar.

A- Líneas B.1. “Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales”, B2.1: “Asistencia para la creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y B2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes”

I.     Responsabilidades

II.     Previo al circuito administrativo

III.    Circuito administrativo

B- Línea B2.3 “Fortalecimiento de Políticas Locales tendientes a la igualdad de géneros y la promoción de la diversidad”.

I.    Responsabilidades

II.   Previo al circuito administrativo

III.   Circuito administrativo

3. Glosario

1. Presentación

El presente documento tiene como fin describir el procedimiento administrativo que se llevará a cabo para la implementación del Programa Nacional Generar creado por la Resolución N° 108 del 28 de julio de 2020 (RESOL-2020-108-APN-MMGYD) y establecer las áreas que intervendrán en el mismo.

Cabe destacar que este documento debe ser leído en conjunto con los siguientes Anexos:

-  Anexo I: Lineamientos generales del Programa Nacional Generar.

-  Anexo II: Requisitos de Elegibilidad del Programa Nacional Generar.

-  Anexo IV, V, VI y VII: Formularios de proyectos.

-  Anexo VIII, IX, X y XI: Modelos de Actas Complementarias.

2. Líneas del Programa Nacional Generar:

A. B.1: “Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales”, B.2.1: “Asistencia para la creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y B.2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes”

I. Responsabilidades

La DIRECCIÓN DE ARTICULACIÓN FEDERAL Y RELACIONES INTERSECTORIALES (DAFyRI) de la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD (MMGYD) tendrá a su cargo las Líneas B.1: “Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales”, B2.1: “Asistencia para la creación de nuevas Áreas de Género y Diversidad Municipales” y B2.2: “Fortalecimiento de Áreas de Géneros y Diversidad ya existentes”.

Esta DIRECCIÓN estará conformada por dos equipos: uno, técnico -idóneo en la materia- y otro, administrativo. Entre ambos llevarán a cabo las tareas que a continuación se detallan:

- Corroborar el cumplimiento de la documentación detallada en el Anexo II “Requisitos de Elegibilidad”, y la correcta formulación del proyecto conforme los Formularios detallados en los Anexos IV, V y VI según corresponda.

- Brindar la asistencia técnica y administrativa que el organismo requiera a los efectos de cumplimentar los requisitos de elegibilidad.

- Asignarle a cada organismo dos personas, una del equipo administrativo y otra del equipo técnico quienes serán las encargadas de asistirlos durante la ejecución del proyecto hasta el efectivo cierre de las actuaciones.

- Brindar acompañamiento técnico y administrativo a las contrapartes durante la ejecución del proyecto.

- Dictar talleres específicos para la ejecución de proyectos (por parte del equipo técnico) y cuestiones administrativas referidas al proyecto (por parte del equipo administrativo).

- Monitorear y evaluar el cumplimiento de las actividades programadas por el organismo en el proyecto.

- Realizar los Informes Técnicos de Viabilidad, de Medio Término y Final respecto de los proyectos y solicitudes presentadas por las contrapartes.

- Administrar las casillas de los correos electrónicos institucionales del Programa Nacional Generar:

- Estados provinciales: generarprovincias@mingeneros.gob.ar y

- Estados municipales: generarmunicipios@mingeneros.gob.ar

II. Pasos previos al inicio del circuito administrativo

Los organismos que deseen ingresar al Programa Nacional Generar deberán enviar la documentación detallada en el Anexo II “Requisitos de elegibilidad” y el Formulario del Proyecto correspondiente a la Línea que deseen suscribir, a la casilla del correo electrónico de la Mesa de Entradas del MMGyD: meys@mingeneros.gob.ar_en copia al mail institucional del Programa:  Estados provinciales: generarprovincias@mingeneros.gob.ar o Estados municipales: generarmunicipios@mingeneros.gob.ar

Toda la información referida al Programa Nacional Generar (Formulario del Proyecto, Requisitos de elegibilidad, Modelos de Actas Complementarias, etc) se encuentra disponible en la página web del MMGyD: www.argentina.gob.ar/generos

Ante cualquier consulta el organismo interesado podrá comunicarse mediante correo electrónico dirigido al mail institucional del Programa mencionado anteriormente, a los efectos de ser asistido por la DAFyRI tanto administrativa como técnicamente.

La transferencia de subsidios en el marco del Programa Nacional Generar se realizará por etapas, estando sujeto a:

- Disponibilidad presupuestaria.

- Capacidad operativa del equipo técnico y administrativo de la DAFyRI, tanto para la realización de los Informes Técnicos de Viabilidad (ITV) como para los monitoreos y cierres de los proyectos en ejecución.

- Cumplimiento de los "Requisitos de Elegibilidad" detallados en el Anexo II.

- Confección del Informe Técnico de Viabilidad por parte de la DAFyRI, mediante el cual se evaluará la propuesta presentada y se expedirá sobre la viabilidad y razonabilidad de la misma respecto a los objetivos estratégicos y fundamentos del Programa Nacional Generar, evaluando sus objetivos, destinatarios/as, acciones, impacto esperado, entre otros.

Asimismo, en las mencionadas etapas y a los efectos de efectivizar la implementación del Programa Nacional Generar, se tendrán en cuenta especialmente:

- Propuestas presentadas por los gobiernos provinciales.

- Representación de todas las regiones que integran la República Argentina en las propuestas presentadas por los gobiernos provinciales y municipales.

- Representación equitativa de todas las líneas y sublíneas del Programa Nacional Generar.

- Representación equitativa de los distintos tamaños poblacionales de localidades en las propuestas presentadas por los gobiernos municipales, buscando llegar tanto a contextos rurales como urbanos.

III. Circuito administrativo

1. Iniciación del expediente:

Una vez constatado el cumplimiento de la presentación de los documentos mencionados en el Anexo II “Requisitos de elegibilidad”, la DAFyRI solicitará la carátula a través del sistema de Gestión de Documentación Electrónica (GDE) al buzón grupal de la Coordinación de Gestión Documental (CGD) dependiente de la Dirección General de Administración (CGD#MMGYD-PPT), bajo el código GENE00012-Convenios.

Posteriormente la DAFyRI incorporará al Expediente Electrónico el proyecto y la documentación enviada por la contraparte mediante correo electrónico.

2. Solicitud de Libre de deuda/ Informe de cuenta:

La DAFyRI enviará un MEMO mediante el sistema GDE a la Dirección de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF) de la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) del MMGyD a fin de que:

a. Informe sobre la existencia o no de rendiciones de cuentas pendientes por parte del organismo al cual se pretende otorgar un nuevo subsidio.

b. Envíe a la DAFyRI junto con el informe previamente mencionado el Printer / Alta de Cuenta: comprobación de vigencia y estado del Ente y de cuenta bancaria.

Si de acuerdo a este informe se deduce que el organismo cuenta con una rendición de cuentas pendiente, la DAFyRI le informará que deberá regularizar la situación antes de poder solicitar el financiamiento.

Si de acuerdo al Printer/Alta de Cuenta surge que la cuenta o el ente no disponen de alta o si la entidad hubiera modificado la cuenta bancaria la DAFyRI:

- Le requerirá a la contraparte la presentación de una nota de solicitud de alta o modificación la cual deberá ser escaneada y enviada en formato PDF mediante correo electrónico de la Mesa de Entradas del MMGyD: meys@mingeneros.gob.ar en copia al mail institucional del Programa: Estados provinciales: generarprovincias@mingeneros.gob.ar o Estados municipales: generarmunicipios@mingeneros.gob.ar. La DAFyRI será la encargada de vincular ésta nota al expediente electrónico.

- Requerirá a la DPyAF el alta o la modificación, según corresponda, mediante una PV firmada por la directora de la DAFyRI, quien posteriormente la vinculará al expediente electrónico.

3. Informe Técnico de Viabilidad:

El personal técnico de la DAFyRI, elaborará un Informe Técnico de Viabilidad (ITV) de la propuesta presentada por la entidad solicitante. El informe deberá ser claro, autosuficiente y debidamente fundado.

Este informe deberá ser firmado mediante GDE por el/la técnico/a interviniente, para su posterior vinculación al expediente. El mismo será ratificado por la directora de Articulación Federal y Relaciones Intersectoriales.

4. Confección del Proyecto de Resolución y Acta Complementaria:

Una vez vinculada al expediente la documentación mencionada en los puntos precedentes, la DAFyRI confeccionará y vinculará al expediente bajo el acrónimo PRESO el proyecto de resolución que: a. aprueba el proyecto de Acta Complementaria a suscribirse entre la entidad solicitante y el MMGyD; b. otorga y ordena el pago del subsidio en el marco del Programa Nacional Generar.

Además, confeccionará y vinculará el proyecto de Acta Complementaria que celebrarán oportunamente el organismo requirente y el MMGYD de acuerdo al modelo aprobado en los Anexos VIII, IX, X y/o XI, según corresponda.

5. Certificación de crédito y dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ):

La DAFyRI vinculará al expediente la correspondiente nota de solicitud de afectación presupuestaria preventiva, en virtud de ello realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores (UGA) quien a su vez lo remitirá al buzón grupal de la Subsecretaría de Gestión Administrativa, (SSGA#MMGYD-PPT), para que se proceda a remitir el expediente a la Dirección de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF) dependiente de la Dirección General Administrativa (DGA) quien realizará la afectación presupuestaria preventiva.

Posteriormente remitirá el expediente a la SSGA para intervención de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) a los fines de que ésta se expida respecto de los proyectos de Resolución y Convenios mencionados en el punto 4.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente, la SSGA realizará el pase del expediente a la UGA y ésta lo remitirá a la DAFyRI.

6. Firma de la Resolución:

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la DAFyRI adecuará, en caso de corresponder, los proyectos de Resolución y Acta Complementaria y remitirá el expediente a la UGA para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución, se remitirá el expediente a la UGA y posteriormente, a la DAFyRI.

7. Suscripción del Acta Complementaria:

A los fines de la suscripción del Acta Complementaria las partes deberán celebrar previamente un Convenio Marco de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N° 255 de fecha 30 de septiembre de 2020 del MMGyD.

En virtud de ello, en el caso en que aún no se encuentre celebrado un Convenio Marco entre las partes, la DAFyRI será el área encargada de confeccionarlo y remitirlo para su firma.

La DAFyRI enviará al organismo el Acta Complementaria, y si correspondiese el Convenio Marco, mediante correo electrónico y en formato PDF, para su firma, asimismo, adjuntará el "Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas" (Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020).

Posteriormente, la DAFyRI enviará el expediente al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT).

La contraparte deberá firmar dos copias del Acta Complementaria y del Convenio Marco (en el caso de corresponder), para ello podrá optar por firma digital en consonancia con la Ley N° 25.506 o mediante firma ológrafa. Posteriormente:

- Firma digital: El organismo que posea firma digital deberá enviarlo en formato PDF a la dirección de correo electrónico del personal de la DAFyRI que le envió el ejemplar mencionado anteriormente.

Luego, la DAFyRI remitirá dicho instrumento, mediante correo electrónico dirigido a privada@mingeneros.gob.ar, para la firma de la Ministra.

Una vez suscripto el Acta Complementaria y el Convenio Marco (en el caso de corresponder) serán remitidos mediante correo electrónico a meys@mingeneros.gob.ar, indicando: nombre de la contraparte, programa y expediente al cual deben vincularse los instrumentos. Recibidos, la CGD procederá a protocolizarlos y vincularlos al expediente mediante el acrónimo CVFEX. Finalizado, se remitirá a la DAFyRI.

- Firma ológrafa: El organismo que opte por la firma ológrafa deberá enviar ambas copias a la mesa de entrada del MMGyD cuya dirección figura en la página web del Ministerio: https://www.argentina.gob.ar/generos

El sobre deberá contener como destinatario la siguiente leyenda: “Programa Nacional Generar - Línea xxx (Especificar la Línea correspondiente)- Unidad Gabinete de Asesores - Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad”.

Recibido el Acta Complementaria y el Convenio Marco (en el caso de corresponder) en la Mesa de Entradas, la CGD enviará el sobre a la DAFyRI, quien lo/s hará firmar por la Ministra y posteriormente devolverá ambos ejemplares a la CGD.

La CGD se encargará de digitalizar, protocolizar y vincular al expediente uno de los ejemplares el que posteriormente será archivado, mientras que el otro será enviado a la contraparte mediante correo postal. Luego, deberá remitir el expediente a la DAFyRI para continuidad del trámite.

8. Transferencia de Fondos:

La DAFyRI confeccionará una nota de solicitud de transferencia de fondos dirigida a la SSGA y la elevará junto al expediente a la UGA, para su firma y vinculación al expediente.

La UGA girará el EX al buzón grupal de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que, mediante la Dirección de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF), se gestione la transferencia de los fondos correspondiente en los términos de la autorización conferida y se vincule al expediente el comprobante de pago.

Posteriormente, la SSGA girará el expediente a la UGA para su conocimiento y posterior pase a la DAFyRI.

La DAFyRI vinculará al expediente electrónico una NOTA (NO) firmada por la directora, mediante la cual se informarán los vencimientos de los plazos de ejecución y rendición de cuentas, la cual será enviada, mediante correo electrónico, a la contraparte.

9.    Monitoreo y asistencia técnica y administrativa:

La DAFyRI le brindará al organismo la asistencia técnica y administrativa que requiera a los fines de la ejecución del proyecto. Asimismo, será la encargada de monitorear y evaluar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por el organismo y el MMGyD.

Los monitoreos podrán ser de forma presencial y/o a distancia, mediante correo electrónico, reuniones virtuales, solicitudes de informes, etc. y se realizarán a requerimiento del MMGyD. En ellos se informará los detalles relacionados con el proyecto en particular: Presupuesto ejecutado, actividades realizadas, modalidad de las actividades, cumplimiento de los objetivos propuestos, y otras cuestiones vinculadas al cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en el Acta Complementaria.

Los informes presentados y firmados por el organismo y las evaluaciones realizadas y suscriptas por el responsable técnico de la DAFyRI serán vinculados al expediente por el equipo técnico de ésta Dirección, mediante informes técnicos de medio término e informes finales.

10.   Modificaciones durante la ejecución:

Si el organismo requiriese modificaciones referidas a cronogramas de actividades, modalidad de las mismas, reasignaciones presupuestarias, cambios de los profesionales intervinientes u otros relacionados a lo expresado en el formulario original del proyecto, deberá solicitar su aprobación mediante nota debidamente fundada, suscripta por el/la responsable legal del organismo, escaneada, en formato PDF y enviada por correo electrónico a los mails de la mesa de entrada del MMGyD y del Programa Nacional Generar mencionados anteriormente. La DAFyRI será la encargada de vincularla al expediente.

El equipo técnico de la DAFyRI deberá realizar, suscribir y vincular al expediente, un Informe Técnico de Viabilidad por medio del cual analizará la solicitud del organismo y se expedirá respecto a su pertinencia.

Posteriormente, deberá remitir el expediente electrónico a la directora de la DAFyRI para que la misma tome conocimiento de las actuaciones.

En caso de que el cambio propuesto por el organismo implique un cambio sustancial en el Acta Complementaria celebrada entre las partes, el mismo requerirá la celebración de una Adenda al Acta Complementaria, previo análisis y aprobación del equipo técnico, la DAFyRI deberá confeccionar y vincular el proyecto de Resolución y Adenda y posteriormente remitir el expediente a la UGA.

La UGA realizará el pase del expediente electrónico al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) dictamine en relación a los proyectos mencionados en el párrafo precedente.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente la Subsecretaría de Gestión Administrativa realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y ésta lo remitirá a la DAFyRI.

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la DAFyRI adecuará los proyectos de Resolución y Adenda y remitirá el expediente a la UGA para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución se remitirá el expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y posteriormente a la DAFyRI.

Por último, se realizará la suscripción de la Adenda de acuerdo al punto 7 de este documento.

11. Informe Técnico Final y Rendición de Cuentas: Rendición técnica y administrativa:

Transcurrido el plazo de ejecución dispuesto en el Acta Complementaria, la contraparte deberá confeccionar el Informe Técnico Final y la Rendición de Cuentas correspondiente.

La Rendición de Cuentas deberá ser realizada de acuerdo a lo establecido en el "Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas" (Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020).

El Informe Técnico Final contendrá el análisis de la ejecución del proyecto en relación a los objetivos propuestos oportunamente en el formulario.

Los informes mencionados en los párrafos precedentes, deberán ser suscriptos por el responsable legal del organismo, escaneados y enviados en formato PDF, por correo electrónico a los mails de la mesa de entrada del MMGyD y del Programa Nacional Generar mencionados anteriormente. La DAFyRI será la encargada de vincularlos al expediente.

Posteriormente, la DAFyRI remitirá el expediente a la UGA y ésta al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la DPyAF se expida en razón de sus competencias, respecto de la rendición de cuentas presentada por el organismo. Una vez dictaminada la rendición de cuentas, el expediente será remitido nuevamente a la UGA quien le hará el pase correspondiente a la DAFyRI.

En el supuesto de que el informe de la DPyAF contenga observaciones, el equipo técnico y/o el equipo administrativo de la DAFyRI realizará los trámites necesarios para su subsanación y de esta manera cumplimentar con lo requerido por el Reglamento de Rendición de Cuentas aprobado por Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020.

Posteriormente, el equipo técnico de la DAFyRI confeccionará y vinculará al expediente el Informe Final de Viabilidad mediante el cual analizará el cumplimiento de los objetivos propuesto en consonancia con los lineamientos del Programa Nacional Generar. Dicho Informe deberá realizarse utilizando como insumo los informes y materiales entregados por la contraparte en la rendición técnica, así como también el/los monitoreo/s presenciales y/o virtuales realizados por el equipo de la DAFyRI y toda la información que considere relevante.

En el caso de incumplimientos a los objetivos propuestos en el proyecto se procederá de acuerdo a lo establecido en el punto 13 sobre Incumplimientos.

12. Cierre del expediente:

Una vez cumplido los pasos expresados en los puntos precedentes, se dará inicio al proceso de cierre del expediente.

Para ello, la DAFyRI confeccionará y vinculará al expediente el Proyecto de Resolución de Cierre y posteriormente realizará el pase a la UGA.

La UGA realizará el pase del expediente al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) dictamine en relación al proyecto mencionado.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente la Subsecretaría de Gestión Administrativa realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y ésta lo remitirá a la DAFyRI.

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la DAFyRI adecuará, en caso de corresponder, el proyecto de Resolución y remitirá el expediente a la Unidad Gabinete de Asesores para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución se remitirá el expediente a la UGA y luego a la DAFyRI.

La DAFyRI enviará el expediente a la DPyAF para que ésta tome conocimiento de la Resolución, posteriormente el expediente será devuelto a la DAFyRI, quien comunicará, mediante correo electrónico dirigido a la contraparte, el cierre del proyecto.

13. Incumplimientos:

Vencido el plazo otorgado para la rendición y no habiendo sido cumplimentada, la DAFyRI comunicará por nota firmada al organismo que debe regularizar la situación indicando un plazo a tal efecto. En caso de que se persista en el incumplimiento de la rendición, el Ministerio -a través de la DGAJ- intimará por medio fehaciente, por única vez y por el plazo de treinta (30) días hábiles, a fin de que cumplimente la rendición pendiente.

Cumplido ese plazo, se habilitará el inicio de las acciones administrativas y/o judiciales pertinentes. Lo mismo regirá en el caso de realizarse observaciones en la rendición. Cuando se trate de un incumplimiento de las pautas aprobadas, quedará habilitada la vía judicial y/o administrativa para declarar la caducidad y exigir el reembolso de los fondos otorgados

B. Línea B2.3: "Fortalecimiento de Políticas Locales tendientes a la igualdad de géneros y la promoción de la diversidad".

I- Responsabilidades

La SECRETARÍA DE POLÍTICAS DE IGUALDAD Y DIVERSIDAD (SPIyD) del MMGYD tendrá a su cargo la Línea B2.3: “Fortalecimiento de Políticas Locales tendientes a la igualdad de géneros y la promoción de la diversidad”.

Esta SECRETARÍA estará conformada por un equipo técnico idóneo en la materia y otro administrativo, entre ambos llevarán a cabo las tareas que a continuación se detallan:

- Corroborar el cumplimiento de la documentación detallada en el Anexo II “Requisitos de Elegibilidad”, y la correcta formulación del proyecto conforme el Formulario detallado en el Anexo VII.

- Brindar la asistencia técnica y administrativa que el organismo requiera a los efectos de cumplimentar los requisitos de elegibilidad. Asignarle a cada organismo dos personas, una del equipo administrativo y otra del equipo técnico quienes serán las encargadas de asistirlos durante la ejecución del proyecto hasta el efectivo cierre de las actuaciones.

- Brindar acompañamiento técnico y administrativo a las contrapartes durante la ejecución del proyecto.

- Dictar talleres específicos para la ejecución de proyectos (por parte del equipo técnico) y cuestiones administrativas referidas al proyecto (por parte del equipo administrativo).

- Monitorear y evaluar el cumplimiento de las actividades programadas por el organismo en el proyecto.

- Realizar los Informes Técnicos de Viabilidad, de Medio Término y Final respecto de los proyectos y solicitudes presentadas por las contrapartes.

Asimismo, la DAFyRI de la DIRECCIÓN GENERAL DE RELACIONES INSTITUCIONALES de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD derivará a la SPIyD los mails recibidos a la casilla generarmunicipios@mingeneros.gob.ar relacionados con la Línea B2.3 del Programa Nacional Generar.

II. Previo al inicio del procedimiento administrativo

Los organismos que deseen ingresar al Programa Nacional Generar deberán enviar la documentación detallada en el Anexo II “Requisitos de elegibilidad” y el Formulario del Proyecto correspondiente a la Línea que deseen suscribir, a la casilla del correo electrónico de la Mesa de Entradas del MMGyD: meys@mingeneros.gob.ar_en copia al mail institucional del Programa: Estados provinciales: generarprovincias@mingeneros.gob.ar o Estados municipales: generarmunicipios@mingeneros.gob.ar

Toda la información referida al Programa Nacional Generar (Formulario del Proyecto, Requisitos de elegibilidad, Modelos de Actas Complementarias, etc) se encuentra disponible en la página web del MMGyD: www.argentina.gob.ar/generos

Ante cualquier consulta el organismo interesado podrá comunicarse mediante correo electrónico dirigido al mail institucional del Programa mencionado anteriormente, a los efectos de ser asistido por la SPIyD tanto administrativa como técnicamente.

La transferencia de subsidios en el marco del Programa Nacional Generar se realizará por etapas y se encontrará sujeta a:

- Disponibilidad presupuestaria,

- Capacidad operativa del equipo técnico y administrativo de la SPIyD, tanto para la realización de los Informes Técnicos de Viabilidad (ITV) como para los monitoreos y cierres de los proyectos en ejecución.

- Cumplimiento de los "Requisitos de Elegibilidad" detallados en el Anexo II.

- Confección del Informe Técnico de Viabilidad por parte de la SPIyD, mediante el cual se evaluará la propuesta presentada y se expedirá sobre la viabilidad y razonabilidad de la mismo respecto a los objetivos estratégicos y fundamentos del Programa Nacional Generar, evaluando sus objetivos, destinatarios/as, acciones, impacto esperado, entre otros.

Asimismo, en las mencionadas etapas y a los efectos de efectivizar la implementación del Programa Nacional Generar, se tendrán en cuenta especialmente:

- Propuestas presentadas por los gobiernos provinciales.

- Representación de todas las regiones que integran la República Argentina en las propuestas presentadas por los gobiernos provinciales y municipales.

- Representación equitativa de todas las líneas y sublíneas del Programa Nacional Generar.

- Representación equitativa de los distintos tamaños poblacionales de localidades en las propuestas presentadas por los gobiernos municipales, buscando llegar tanto a contextos rurales como urbanos.

III. Circuito administrativo

1. Iniciación del expediente:

Una vez constatado el cumplimiento de la presentación de los documentos mencionados en el Anexo II “Requisitos de elegibilidad”, la SPIyD solicitará la carátula a través del sistema de Gestión de Documentación Electrónica (GDE) al buzón grupal de la Coordinación de Gestión Documental (CGD) dependiente de la Dirección General de Administración (CGD#MMGYD-PPT), bajo el código GENE00012- Convenios.

Posteriormente la SPIyD incorporará al Expediente Electrónico el proyecto y la documentación enviada por la contraparte mediante correo electrónico.

2. Solicitud de Libre de deuda/ Informe de cuenta:

La SPIyD enviará un MEMO mediante el sistema GDE a la Dirección de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF) de la Subsecretaría de Gestión Administrativa (SSGA) del MMGyD a fin de que:

a. Informe sobre la existencia o no de rendiciones de cuentas pendientes por parte del organismo al cual se pretende otorgar un nuevo subsidio.

b. Envíe a la SPIyD junto con el informe previamente mencionado el Printer / Alta de Cuenta: comprobación de vigencia y estado del Ente y de cuenta bancaria.

Si de acuerdo a este informe se deduce que el organismo cuenta con una rendición de cuentas pendiente, la SPIyD le informará que deberá regularizar la situación antes de poder solicitar el financiamiento.

Si de acuerdo al Printer/Alta de Cuenta surge que la cuenta o el ente no disponen de alta o si la entidad hubiera modificado la cuenta bancaria la SPIyD:

- Le requerirá a la contraparte la presentación de una nota de solicitud de alta o modificación la cual deberá ser escaneada y enviada en formato PDF mediante correo electrónico a la mesa de entrada del MMGyD en copia al Programa Nacional Generar. La SPIyD será la encargada de vincularlos al expediente.

- Requerirá a la SPIyD el alta o la modificación, según corresponda, mediante una PV firmada por la Secretaria de la SPIyD, quien posteriormente la vinculará al expediente electrónico.

3. Informe Técnico de Viabilidad:

El personal técnico de la SPIyD a cargo del proyecto, elaborará un Informe Técnico de Viabilidad (ITV) de la propuesta presentada por la entidad solicitante. El informe deberá ser claro, autosuficiente y debidamente fundado.

Este informe deberá ser firmado mediante GDE por el/la técnico/a interviniente, para su posterior vinculación al expediente. El mismo será ratificado por la Secretaria de Políticas de Igualdad y Diversidad.

4. Confección del Proyecto de Resolución y Acta Complementaria:

Una vez vinculada al expediente la documentación mencionada en los puntos precedentes, la SPIyD confeccionará y vinculará al expediente bajo el acrónimo PRESO el proyecto de resolución que: a. aprueba el proyecto de Acta Complementaria a suscribirse entre la entidad solicitante y el MMGyD; b. otorga y ordena el pago del subsidio en el marco del Programa Nacional Generar.

Además, confeccionará y vinculará el proyecto de Acta Complementaria que celebrarán oportunamente el organismo requirente y el MMGYD de acuerdo al modelo aprobado en los Anexos VIII, IX, X y/o XI, según corresponda.

5. Certificación de crédito, dictamen de la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) y evaluación de la documentación por la Dirección de Articulación Federal y Relaciones Intersectoriales dependiente de la Unidad de Gabinete de Asesores.

La SPIyD vinculará al expediente la correspondiente solicitud de afectación presupuestaria preventiva, en virtud de ello realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores (UGA) quien a su vez lo remitirá a la DAFyRI a fin de que realice una constatación de la documentación administrativa agregada al expediente en razón de constatar la inclusión de la misma acorde a los parámetros establecidos en el Anexo II “Requisitos de Elegibilidad”.

Luego del análisis mencionado y en virtud de ello, la DAFyRI realizará nuevamente el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores quien a su vez lo remitirá al buzón grupal de la Subsecretaría de Gestión Administrativa, (SSGA#MMGYD-PPT), para que mediante la Dirección General Administrativa (DGA) realice la afectación correspondiente y posteriormente remita el expediente a la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) a los fines de que ésta se expida respecto de los proyectos de Resolución y Convenios mencionados en el punto 4.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente la Subsecretaría de Gestión Administrativa realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y ésta lo remitirá a la SPIyD.

6. Firma de la Resolución:

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la SPIyD adecuará, en caso de corresponder, los proyectos de Resolución y Acta Complementaria y remitirá el expediente a la UGA para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución, se remitirá el expediente a la UGA y posteriormente, a la SPIyD.

7. Suscripción del Acta Complementaria:

A los fines de la suscripción del Acta Complementaria las partes deberán celebrar previamente un Convenio Marco de acuerdo al modelo aprobado por la Resolución N° 255 de fecha 30 de septiembre de 2020 del MMGyD.

En virtud de ello, en el caso en que aún no se encuentre celebrado un Convenio Marco entre las partes, la SPIyD será el área encargada de confeccionarlo y remitirlo para su firma.

La SPIyD enviará al organismo el Acta Complementaria, y si correspondiese el Convenio Marco, mediante correo electrónico y en formato PDF, para su firma, asimismo, adjuntará el "Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas" (Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020).

Posteriormente, la SPIyD enviará el expediente al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT).

La contraparte deberá firmar dos copias del Acta Complementaria y del Convenio Marco (en el caso de corresponder), para ello podrá optar por firma digital en consonancia con la Ley N° 25.506 o mediante firma ológrafa. Posteriormente:

- Firma digital: El organismo que posea firma digital deberá enviarlo en formato PDF a la dirección de correo electrónico del personal de la SPIyD que le envió el ejemplar mencionado anteriormente.

Luego, la SPIyD remitirá dicho instrumento, mediante correo electrónico dirigido a privada@mingeneros.gob.ar, para la firma de la Ministra.

Una vez suscripto el Acta Complementaria y el Convenio Marco (en el caso de corresponder) serán remitidos mediante correo electrónico a meys@mingeneros.gob.ar, indicando: nombre de la contraparte, programa y expediente al cual deben vincularse los instrumentos. Recibidos, la CGD procederá a protocolizarlos y vincularlos al expediente mediante el acrónimo CVFEX. Finalizado, se remitirá a la SPIyD.

- Firma ológrafa: El organismo que opte por la firma ológrafa deberá enviar ambas copias a la mesa de entrada del MMGyD cuya dirección figura en la página web del Ministerio: https://www.argentina.gob.ar/generos

El sobre deberá contener como destinatario la siguiente leyenda: “Programa Nacional Generar - Línea xxx (Especificar la Línea correspondiente)- Unidad Gabinete de Asesores - Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad”.

Recibido el Acta Complementaria y el Convenio Marco (en el caso de corresponder) en la Mesa de Entradas, la CGD enviará el sobre a la SPIyD, quien lo/s hará firmar por la Ministra y posteriormente devolverá ambos ejemplares a la CGD.

La CGD se encargará de digitalizar, protocolizar y vincular al expediente uno de los ejemplares el que posteriormente será archivado, mientras que el otro será enviado a la contraparte mediante correo postal. Luego, deberá remitir el expediente a la SPIyD para continuidad del trámite.

9. Transferencia de Fondos:

La SPIyD confeccionará una nota de solicitud de transferencia de fondos dirigida a la SSGA y la elevará junto al expediente a la UGA, para su firma y vinculación al expediente.

La UGA girará el EX al buzón grupal de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que, mediante la Dirección de Presupuesto y Administración Financiera (DPyAF), se gestione la transferencia de los fondos correspondiente en los términos de la autorización conferida y se vincule al expediente el comprobante de pago.

Posteriormente, la SSGA girará el expediente a la UGA para su conocimiento y posterior pase a la SPIyD.

La SPIyD vinculará al expediente electrónico una NOTA (NO) firmada por la secretaria, mediante la cual se informarán los vencimientos de los plazos de ejecución y rendición de cuentas, la cual será enviada, mediante correo electrónico, a la contraparte.

10.Monitoreo y asistencia técnica y administrativa:

La SPIyD le brindará al organismo la asistencia técnica y administrativa que requiera a los fines de la ejecución del proyecto. Asimismo, será la encargada de monitorear y evaluar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por el organismo y el MMGyD.

Los monitoreos podrán ser de forma presencial y/o a distancia, mediante correo electrónico, reuniones virtuales, etc. y se realizarán a requerimiento del MMGyD. En ellos se informará los detalles relacionados con el proyecto en particular: Presupuesto ejecutado, actividades realizadas, modalidad de las actividades, cumplimiento de los objetivos propuestos, y otras cuestiones vinculadas al cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en el Acta Complementaria.

Los informes presentados y firmados por el organismo y las evaluaciones realizadas y suscriptas por el responsable técnico de la SPIyD serán vinculados al expediente por el equipo técnico de ésta Dirección, mediante informes técnicos de medio término e informes finales.

11.Modificaciones durante la ejecución:

Si el organismo requiriese modificaciones referidas a cronogramas de actividades, modalidad de las mismas, reasignaciones presupuestarias, cambios de los profesionales intervinientes u otros relacionados a lo expresado en el formulario original del proyecto, deberá solicitar su aprobación mediante nota debidamente fundada, suscripta por el/la responsable legal del organismo, escaneada, en formato PDF y enviada por correo electrónico a la mesa de entradas del MMGyD en copia al correo electrónico del Programa Nacional Generar de la SPIyD quien la vinculará al expediente.

El equipo técnico de la SPIyD deberá realizar, suscribir y vincular al expediente, un Informe Técnico de Viabilidad por medio del cual analizará la solicitud del organismo y se expedirá respecto a su pertinencia.

Posteriormente, deberá remitir el expediente electrónico a la secretaria de la SPIyD para que la misma tome conocimiento de las actuaciones.

En caso de que el cambio propuesto por el organismo implique un cambio sustancial en el Acta Complementaria celebrada entre las partes, el mismo requerirá la celebración de una Adenda al Acta Complementaria, previo análisis y aprobación del equipo técnico, la SPIyD deberá confeccionar y vincular el proyecto de Resolución y Adenda y posteriormente remitir el expediente a la UGA.

La UGA realizará el pase del expediente electrónico al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) dictamine en relación a los proyectos mencionados en el párrafo precedente.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente la Subsecretaría de Gestión Administrativa realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y ésta lo remitirá a la SPIyD.

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la SPIyD adecuará los proyectos de Resolución y Adenda y remitirá el expediente a la UGA para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución se remitirá el expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y posteriormente a la SPIyD.

Por último, se realizará la suscripción de la Adenda de acuerdo al punto 7 de este documento.

12. Informe Técnico Final y Rendición de Cuentas: Rendición técnica y contable:

Transcurrido el plazo de ejecución dispuesto en el Acta Complementaria, la contraparte confeccionará el Informe Técnico Final y la Rendición de Cuentas correspondiente.

La Rendición de Cuentas deberá ser realizada de acuerdo a lo establecido en el "Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas" (Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020).

El Informe Técnico Final contendrá el análisis de la ejecución del proyecto en relación a los objetivos propuestos oportunamente en el formulario.

Los informes mencionados en los párrafos precedentes, deberán ser suscriptos por el responsable legal de la contraparte y enviados por correo electrónico dirigido a la mesa de entradas del MMGyD y al correo electrónico del Programa Nacional Generar. La SPIyD quien se encargará de vincular ambos documentos al expediente.

Posteriormente, la SPIyD remitirá el expediente a la UGA y ésta al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la DPyAF se expida en razón de sus competencias, respecto de la rendición de cuentas presentada por el organismo. Una vez dictaminada la rendición de cuentas, el expediente será remitido nuevamente a la UGA quien le hará el pase correspondiente SPIyD.

El equipo técnico de la SPIyD confeccionará el Informe Final de Viabilidad y lo vinculará al expediente. En el caso de incumplimientos a los objetivos propuestos el proyecto se procederá de acuerdo a lo establecido en el punto 14 sobre Incumplimientos.

En el supuesto de que el informe de la DPyAF contenga observaciones, el equipo técnico y/o el equipo administrativo de la SPIyD realizará los trámites necesarios para su subsanación y de esta manera cumplimentar con lo requerido por el Reglamento de Rendición de Cuentas aprobado por Resolución MMGYD N° 239 de fecha 8 de octubre de 2020.

Posteriormente, el equipo técnico de la SPIyD confeccionará y vinculará al expediente el Informe Final de Viabilidad mediante el cual analizará el cumplimiento de los objetivos propuesto en consonancia con los lineamientos del Programa Nacional Generar. Dicho Informe deberá realizarse utilizando como insumo los informes y materiales entregados por la contraparte en la rendición técnica, así como también el/los monitoreo/s presenciales y/o virtuales realizados por el equipo de la SPIyD y toda la información que considere relevante.

En el caso de incumplimientos a los objetivos propuestos en el proyecto se procederá de acuerdo a lo establecido en el punto 14 sobre Incumplimientos.

13.Cierre del expediente:

Una vez cumplido los pasos expresados en los puntos precedentes, se dará inicio al proceso de cierre del expediente.

Para ello, la SPIyD confeccionará y vinculará al expediente el Proyecto de Resolución de Cierre y posteriormente realizará el pase a la UGA.

La UGA realizará el pase del expediente al buzón de la SSGA (SSGA#MMGYD-PPT) para que la Dirección General de Asuntos Jurídicos (DGAJ) dictamine en relación al proyecto mencionado.

Una vez vinculado el Dictamen Jurídico correspondiente la Subsecretaría de Gestión Administrativa realizará el pase del expediente a la Unidad Gabinete de Asesores y ésta lo remitirá a la SPIyD.

Luego de haber analizado el Dictamen Jurídico, la SPIyD adecuará, en caso de corresponder, el proyecto de Resolución y remitirá el expediente a la Unidad Gabinete de Asesores para revisión y posterior firma de la Ministra del proyecto de Resolución mencionado.

Una vez firmada la Resolución se remitirá el expediente a la UGA y luego a la SPIyD.

La SPIyD enviará el expediente a la DPyAF para que ésta tome conocimiento de la Resolución, posteriormente el expediente será devuelto a la SPIyD, quien comunicará, mediante correo electrónico dirigido a la contraparte, el cierre del proyecto.

14.Incumplimientos:

Vencido el plazo otorgado para la rendición y no habiendo sido cumplimentada, la SPIyD comunicará por nota firmada al organismo que debe regularizar la situación indicando un plazo a tal efecto. En caso de que se persista en el incumplimiento de la rendición, el Ministerio -a través de la DGAJ- intimará por medio fehaciente, por única vez y por el plazo de 30 (treinta) días hábiles, a fin de que cumplimente la rendición pendiente.

Cumplido ese plazo, se habilitará el inicio de las acciones administrativas y/o judiciales pertinentes. Lo mismo regirá en el caso de realizarse observaciones en la rendición. Cuando se trate de un incumplimiento de las pautas aprobadas, quedará habilitada la vía judicial y/o administrativa para declarar la caducidad y exigir el reembolso de los fondos otorgados.

4. Glosario



IF-2021-41426278-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo IV

Programa Generar

Para el fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad

Línea B1. Fortalecimiento de las Áreas de Género y Diversidad Provinciales1


1. Datos institucionales:

1.1 Datos de la Provincia

Nombre:

Cuit:

Dirección de la repartición solicitante:

Ciudad:

Código Postal:

Correo electrónico:

Página web/ redes sociales:

Teléfonos (e internos):

1.2 Datos de responsable Legal (Responsable del Poder Ejecutivo facultado/a a suscribir el Convenio, Gobernador/a, Jefe/a de Gabinete, Ministro/a, responsable del AGYDP o similar)

Nombre:

DNI:

Correo electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.3 Datos de Responsable Contable:

Nombre:

Cargo:

DNI:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.4 Datos de responsable del AGYDP solicitante

Nombre:

DNI:

Cargo:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.5 Datos del AGYDP solicitante

Nombre del AGYD:

Instrumento legal de creación:

Jerarquía institucional:

Ubicación dentro del organigrama provincial / área de dependencia:

Página web/redes sociales:

Posee presupuesto propio:                        SI                      NO

1.6 Personal que trabaja en el AGYDP:



1.7 Antecedentes en la temática. Por favor enumere brevemente las principales políticas ejecutadas desde el AGYDP solicitante (máximo 5 líneas y 1.000 caracteres).

Principales políticas del AGYDP:

1.

2.

3.

4.

5.

1.8. Actualmente el AGYDP ¿Se encuentra ejecutando programas y/o acciones con otros Organismos/Ministerios nacionales o provinciales?

SI       NO


1.9. El AGYDP ¿Tiene vínculos y/o trabajo conjunto con Organizaciones de la Sociedad Civil?

SI                                  NO



1.10. El Área solicitante ¿Tiene vinculación y/o trabajo conjunto con otros/as/es actores relevantes no mencionados/as/es? Por ejemplo hospitales, centros educativos, etc.


SI                                  NO


2. Carátula

Nombre del proyecto:

Población destinataria:

Localización geográfica (provincia, municipio, barrio donde se llevarán a cabo las actividades):

Monto solicitado en números y letras ($ ________ PESOS):

Plazo total en días:

Breve descripción del proyecto: ¿Cuál es la idea principal a realizar? ¿Cómo lo van a realizar? Cuál es el resultado que se espera obtener?, máximo 500 caracteres

3. Formulación del proyecto:

3.1. Diagnóstico y justificación: (máximo 1.500 caracteres)

¿Dónde vamos a llevar a cabo el presente proyecto? ¿Por qué? ¿A qué problemática queremos dar respuesta? ¿Cuáles son las necesidades y demandas de las mujeres y personas LGBTI+? ¿Con qué datos contamos? Describa el contexto o ámbito donde se identifica la problemática a la cual se planea dar respuesta. Puede recurrir a datos estadísticos, documentos o informes ya existentes, que le permitan un análisis con perspectiva de género y diversidad del contexto y un diagnóstico de las necesidades y demandas de las mujeres y personas integrantes del colectivo LGBTI+.

3.2. Destinatarias/os/es del proyecto: (máximo 500 caracteres)

¿A quiénes queremos llegar?

Destinatarias/os/es directas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es directas/os/es referimos a personas o instituciones a las que queremos alcanzar directamente ¿Cuántas son? ( Ej. 100 mujeres y 3 centros educativos provinciales).

Destinatarias/os/es indirectas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es indirectas/os/es referimos a personas o instituciones que serán alcanzadas indirectamente por el proyecto ¿Indirectamente quiénes serán alcanzadas/os/es por el proyecto?

3.3 Objetivos: (máximo 300 caracteres)

Objetivo general: ¿Qué se quiere conseguir? ¿Cuál es el fin último del proyecto? Definir solamente un objetivo general en relación con el nombre del proyecto y en función de los resultados arrojados por el diagnóstico. Utilizar verbos en infinitivo.

Objetivos específicos: ¿Qué metas concretas necesito para alcanzar el objetivo general del proyecto? Los objetivos específicos son medibles y concretan al objetivo general definiendo lo que desea lograrse para las/los/es destinatarias/os/es. Utilizar verbos en infinitivo. (Consigne como máximo 5 objetivos específicos).

3.4 Planificación de actividades:

¿Qué vamos hacer? ¿Cómo? Completar el cuadro a continuación enumerando las actividades del proyecto. El mismo deberá contener la siguiente información:

- Nombre de la actividad.

- Breve descripción: Indicar qué se va a hacer contemplando las dinámicas a emplear, tiempo, frecuencia y lugar donde se ejecutarán las mismas. Incluir etapa de planificación, desarrollo y cierre.

- Resultados esperados: ¿Qué nos proponemos alcanzar? Los resultados esperados deben ser cuantificables, medibles y estar en total concordancia con la actividad propuesta y los objetivos del proyecto. Por ejemplo, 50 mujeres capacitadas en género y diversidad, 4 talleres durante 5 meses y 100 folletos impresos con información de la temática a trabajar.

- Evaluación de la actividad: cómo se realizará el seguimiento de las actividades y la verificación del logro de los resultados esperados.


3.5 Cronograma de actividades2

Marque con un cero (0) el mes en el que se realizarán las actividades .


3.6 Financiamiento3:

Los fondos del presente subsidio serán destinados en forma exclusiva de acuerdo a los siguientes porcentajes: Gastos de Capital: Se destinará hasta el 50% del total a gastos de equipamiento. Gastos Corrientes: Para este rubro se podrá disponer del monto resultante de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.

Estime los gastos que serán necesarios realizar para el desarrollo de las actividades planificadas. Incluir el costo por unidad y el costo total para cada gasto.

Inversión de los fondos:


3.7. Aportes de la provincia:

Describa los recursos que la Provincia pondrá a disposición (equipo técnico, equipamiento, infraestructura, servicios, recursos económicos específicos, entre otros) para la ejecución del proyecto. Deberá aportar, como mínimo, una contribución del 25% del total del proyecto (Máximo media carilla).

4. Firmas:

Responsable legal del proyecto




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración





Responsable Contable del proyecto




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración




Responsable del AGYDP




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración

Lugar y fecha de presentación

                                       
1
Este formulario es parte anexa del Programa GenerAR y no podrá ser alterado en ninguno de sus ítems. Así mismo debe ser completo de forma integral.

2 Al momento del desembolso se solicitará un cronograma de actividades actualizado para realizar un correcto monitoreo de la ejecución del proyecto.

3 El porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos que integra este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y aprobación técnica y administrativa de la DAFyRI del MMGyD, en función de la propuesta presentada.


IF-2021-41422038-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo V

Programa Generar

Para el fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad

LÍNEA B2-11: ASISTENCIA PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES.

1. Datos institucionales:

1.1. Datos del Municipio

Nombre:

Cuit:

Dirección de la Municipalidad:

Ciudad:

Departamento:

Provincia:

Código Postal:

Correo electrónico:

Página web/redes sociales:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.2 Datos de Responsable Legal (Responsable del Poder Ejecutivo facultado/a para suscribir el Convenio, Intendente/a, Presidente/a Municipal, Delegado/a Comunal, Comisionado/a):

Nombre:

DNI:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.3 Datos de Responsable del área a crear:

Nombre:

DNI:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

2. Carátula


3. Datos del AMGYD a crearse:

3.1. Dependencia, lugar y modalidad organizativa donde se ubicaría el AMGYD: ¿Cómo se llamará el área a crear? ¿Qué jerarquía institucional va a tener? Completar nombre, posicionamiento jerárquico dentro de la estructura orgánica municipal y espacio físico (dirección postal) en el cual se instalará la nueva dependencia.

3.2. Contexto: (Completar con un máximo de 2.000 caracteres)

a) Se debe describir brevemente las características del gobierno local, su estructura, composición desagregada por género, áreas que posee y toda información relevante.

b) Se debe identificar la experiencia Municipal y de otras instituciones gubernamentales o de la sociedad civil que trabajen temáticas de mujeres, géneros y diversidad. Describa si existe articulación entre las mismas.

c) Se debe describir la población local desagregada por sexo/género, características socioeconómicas, educativas y si es posible, las necesidades y demandas de las mujeres y personas integrantes del colectivo LGBTI+.

3.3 Objetivos del AMGYD a crearse:

Enumera los principales objetivos del AMGYD a crearse ¿Qué se quiere lograr con su creación? (máximo de 5 objetivos principales y 500 caracteres)


3.4 Actividades en el marco del proyecto

Se debe describir cuáles serán las principales líneas de acción/actividades a desarrollar en el marco del proyecto vinculadas a las políticas de géneros, igualdad y diversidad a nivel local.

(Se recomienda incluir actividades de capacitación interna y transversalización del enfoque de género y diversidad al resto de las áreas locales).

- Nombre de la actividad.

- Breve descripción: Indicar qué se va a hacer, contemplando las dinámicas a emplear, tiempo, frecuencia y lugar donde se ejecutarán las mismas.

- Resultados esperados: ¿Qué nos proponemos alcanzar? Los resultados esperados deben ser cuantificables, medibles y estar en total concordancia con la actividad propuesta y los objetivos del proyecto. Por ejemplo, 100 agentes.


(Agregar filas de ser necesario, se recomienda no más de 10).

4. Financiamiento

4.1 Aplicación de los fondos del subsidio2:

Los fondos del presente subsidio serán destinados en forma exclusiva de acuerdo a los siguientes porcentajes: Gastos de Capital: Se destinará hasta el 50% del total a gastos de equipamiento. Gastos Corrientes: Para este rubro se podrá disponer del monto resultante de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.

Estime los gastos que serán necesarios realizar para el desarrollo de las actividades planificadas. Incluir el costo por unidad y el costo total para cada gasto.





4.2. Aportes del municipio:

Describa los recursos que el Municipio pondrá a disposición (equipo técnico, equipamiento, infraestructura, servicios, recursos económicos específicos, entre otros) para la ejecución del presente proyecto. Deberá aportar, como mínimo, una contribución del 25% del total del proyecto.

(Máximo media carilla)

5. Firmas:

Responsable legal del proyecto





------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración







Responsable del AGYDM




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración
                                       
1 Este formulario es parte anexa del Programa GenerAR y no podrá ser alterado en ninguno de sus ítems. Así mismo debe ser completo de forma integral

2 El porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos que integra este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y aprobación técnica y administrativa de la DAFyRI del MMGyD, en función de la propuesta presentada.

IF-2021-41422214-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo VI

Programa Generar

Para el fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad

FORMULARIO LÍNEA B2-2: FORTALECIMIENTO DE ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES YA EXISTENTES.

1. Datos institucionales:

1.1 Datos del Municipio:

Cuit:

Dirección de la Municipalidad, Comuna o Comisión Municipal:

Ciudad:

Departamento:

Provincia:

Código Postal:

Correo electrónico:

Página web/Redes sociales:

Teléfonos (e internos):

1.2 Datos de Responsable Legal (Responsable del Poder Ejecutivo facultado/a a suscribir el Convenio, Intendente/a, Presidente/a Municipal, Delegado/a Comunal, Comisionado/a):

Nombre:

DNI:

Cargo:

Correo electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.4 Datos de Responsable del AMGYD:

Nombre:

Cargo:

DNI:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.5 Datos del AMGYD:

Nombre:

Instrumento Legal de Creación:

Jerarquía institucional:

Ubicación dentro del organigrama municipal / área de dependencia:

Estructura organizativa (áreas que la conforman):

Posee presupuesto propio:

SI                                NO

1.6. Personal que trabaja en el AGYDM:


1.7 Antecedentes en la temática. Por favor enumere brevemente las principales políticas ejecutadas desde el AMGYD solicitante (máximo 5 líneas y 1.000 caracteres).

Principales políticas del AMGYD:

1.

2.

3.

4.

5.

1.8. Actualmente el AMGYD ¿Se encuentra ejecutando programas/acciones en articulación con otras dependencias nacionales, provinciales o municipales?

SI                            NO


1.9 El AMGYD ¿Tiene vínculos y/o trabajo conjunto con Organizaciones de la Sociedad Civil en temas de género y diversidad?

SI                            NO


1.10. El Área solicitante ¿Tiene vinculación y/o trabajo conjunto con otros/as/es actores relevantes no mencionados/as/es? Por ejemplo hospitales, centros educativos, etc.

SI                            NO


2. Carátula

Nombre del proyecto:

Población destinataria:

Localización geográfica (provincia, municipio, barrio donde se llevarán a cabo las actividades):

Monto solicitado en números y letras ($ ________ PESOS):

Plazo total en días:

Breve descripción del proyecto: ¿Cuál es la idea principal a realizar? ¿Cómo lo van a realizar? Cuál es el resultado que se espera obtener?, máximo 500 caracteres

3. Formulación del proyecto:

3.1. Diagnóstico y justificación: (máximo 1.500 caracteres)

¿Dónde vamos a llevar a cabo el presente proyecto? ¿Por qué? ¿A qué problemática queremos dar respuesta? ¿Cuáles son las necesidades y demandas de las mujeres y personas LGBTI+? ¿Con qué datos contamos?. Describa el contexto o ámbito donde se identifica la problemática a la cual se planea dar respuesta. Puede recurrir a datos estadísticos, documentos o informes ya existentes, que le permitan un análisis con perspectiva de género y diversidad del contexto y un diagnóstico de las necesidades y demandas de las mujeres y personas integrantes del colectivo LGBTI+.

3.2. Destinatarias/os/es del proyecto: (máximo 500 caracteres)

¿A quiénes queremos llegar?

Destinatarias/os/es directas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es directas/os/es referimos a personas o instituciones a las que queremos alcanzar directamente ¿Cuántas son? ( Ej. 100 mujeres y 3 centros educativos provinciales).

Destinatarias/os/es indirectas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es indirectas/os/es referimos a personas o instituciones que serán alcanzadas indirectamente por el proyecto ¿Indirectamente quiénes serán alcanzadas/os/es por el proyecto?

3.3 Objetivos: (máximo 300 caracteres)

Objetivo general: ¿Qué se quiere conseguir? ¿Cuál es el fin último del proyecto? Definir solamente un objetivo general en relación con el nombre del proyecto y en función de los resultados arrojados por el diagnóstico. Utilizar verbos en infinitivo.

Objetivos específicos: ¿Qué metas concretas necesito para alcanzar el objetivo general del proyecto? Los objetivos específicos son medibles y concretan al objetivo general definiendo lo que desea lograrse para las/los/es destinatarias/os/es. Utilizar verbos en infinitivo. (Consigne como máximo 5 objetivos específicos).

3.4 Planificación de actividades:
 
¿Qué vamos hacer? ¿Cómo? Completar el cuadro a continuación enumerando las actividades del proyecto. El mismo deberá contener la siguiente información:

- Nombre de la actividad.

- Breve descripción: Indicar qué se va a hacer contemplando las dinámicas a emplear, tiempo, frecuencia y lugar donde se ejecutarán las mismas. Incluir etapa de planificación, desarrollo y cierre.

- Resultados esperados: ¿Qué nos proponemos alcanzar? Los resultados esperados deben ser cuantificables, medibles y estar en total concordancia con la actividad propuesta y los objetivos del proyecto. Por ejemplo, 50 mujeres capacitadas en género y diversidad, 4 talleres durante 5 meses y 100 folletos impresos con información de la temática a trabajar.

- Evaluación de la actividad: cómo se realizará el seguimiento de las actividades y la verificación del logro de los resultados esperados.


3.5 Cronograma de actividades1

Marque con un cero (0) el mes en el que se realizarán las actividades.





3.6. Financiamiento2:

Los fondos del presente subsidio serán destinados en forma exclusiva de acuerdo a los siguientes porcentajes: Gastos de Capital: Se destinará hasta el 50% del total a gastos de equipamiento. Gastos Corrientes: Para este rubro se podrá disponer del monto resultante de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.

Estime los gastos que serán necesarios realizar para el desarrollo de las actividades planificadas. Incluir el costo por unidad y el costo total para cada gasto.

Inversión de los fondos:






3.8. Aportes del municipio:

Describa los recursos que el Municipio pondrá a disposición (equipo técnico, equipamiento, infraestructura, servicios, recursos económicos específicos, entre otros) para la ejecución del proyecto. Deberá aportar, como mínimo, una contribución del 25% del total del proyecto (Máximo media carilla).

4. Firmas:

Responsable legal del proyecto




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración






Responsable Área ejecutora/Responsable Coordinación técnica designada/o/e





------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración
                                       
1 Al momento del desembolso se solicitará un cronograma de actividades actualizado para realizar un correcto monitoreo de la ejecución del proyecto.

2 El porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos que integra este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y aprobación técnica y administrativa de la DAFyRI del MMGyD, en función de la propuesta presentada.


IF-2021-41422403-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo VII

Programa Generar

Para el fortalecimiento de la institucionalidad de género y diversidad

LÍNEA B2-3: FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS LOCALES TENDIENTES A LA IGUALDAD DE GÉNEROS Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD1

1. Datos institucionales:

1.1 Datos del Municipio:

Cuit:

Dirección de la Municipalidad, Comuna o Comisión Municipal:

Ciudad:

Departamento:

Código Postal:

Provincia:

Correo electrónico:

Teléfonos (e internos):

1.2 Datos de Responsable Legal (Responsable del Poder Ejecutivo facultado/a a suscribir el Convenio, Intendente/a, Presidente/a Municipal, Delegado/a Comunal, Comisionado/a):

Nombre:

DNI:

Cargo:

Correo electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.4 Datos de Responsable del Área que ejecutará el proyecto:

Nombre:

Cargo:

DNI:

Correo Electrónico:

Teléfono (fijo y/o celular):

1.5 Datos del Área responsable de ejecutar el proyecto:

Nombre:

Jerarquía institucional:

Ubicación dentro del organigrama municipal / área de dependencia:

Estructura organizativa (áreas que la conforman):

Posee presupuesto propio:
SI                           NO

1.6 Antecedentes en la temática de políticas tendientes a la igualdad de géneros y diversidad. Por favor enumere brevemente las principales políticas ejecutadas desde el Municipio solicitante (máximo 5).

1.

2.

3.

4.

5.

1.7. Actualmente el Área Solicitante ¿Se encuentra ejecutando programas/acciones en articulación con otras dependencias nacionales, provinciales o municipales?
SI                                                      NO


1.9 El Área solicitante ¿Tiene vínculos y/o trabajo conjunto con Organizaciones de la Sociedad Civil en temas de género y diversidad?
SI                                                      NO



1.10. El Área solicitante ¿Tiene vinculación y/o trabajo conjunto con otros/as/es actores relevantes no mencionados/as/es?
Por ejemplo hospitales, centros educativos, etc.
SI                                                      NO


2. Carátula.

Nombre del proyecto:

Población destinataria:

Localización geográfica (provincia, municipio, barrio donde se llevarán a cabo las actividades):

Monto solicitado en números y letras ($ ________ PESOS):

Plazo total en días:

Breve descripción del proyecto: ¿Cuál es la idea principal a realizar? ¿Cómo lo van a realizar? Cuál es el resultado que se espera obtener?, máximo 500 caracteres

3. Formulación del proyecto:

3.1. Diagnóstico y justificación: (máximo 1.500 caracteres)

¿Dónde vamos a llevar a cabo el presente proyecto? ¿Se articularán acciones con organizaciones territoriales, otras áreas municipales u otras instituciones? ¿Con cuáles? ¿Por qué? ¿Conoce las necesidades que afrontan las mujeres y personas LGBT+ en el territorio a la que obedece el fortalecimiento de dicha relación? ¿Existe o existió una relación previa entre la organización social/institución pretendida y el municipio? ¿Existe una evaluación previa que justifique el proyecto?

Describa el contexto o ámbito donde se identifica la problemática a la cual se planea dar respuesta. Pueden, de manera conjunta con la organización social/institución o de manera individual, recurrir a datos estadísticos, documentos o informes ya existentes, que le permitan un análisis con perspectiva de género y diversidad del contexto y un diagnóstico de las necesidades y demandas de las mujeres y personas integrantes del colectivo LGBTI+.

3.2. Destinatarias/os/es del proyecto: (máximo 500 caracteres)

¿A quiénes queremos llegar?

Destinatarias/os/es directas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es directas/os/es referimos a personas o instituciones a las que queremos alcanzar directamente ¿Cuántas son? ( Ej. 100 mujeres y 3 centros educativos provinciales).

Destinatarias/os/es indirectas/os/es: al hablar de destinatarias/os/es indirectas/os/es referimos a personas o instituciones que serán alcanzadas indirectamente por el proyecto ¿Indirectamente quiénes serán alcanzadas/os/es por el proyecto?

3.3 Objetivos: (máximo 200 caracteres)

Objetivo general: ¿Qué se quiere conseguir? ¿Cuál es el fin último del proyecto? Definir solamente un objetivo general en relación con el trabajo territorial que se pretende llevar a cabo con el proyecto y en función de los resultados arrojados por el diagnóstico. Utilizar verbos en infinitivo.

Objetivos específicos: ¿Qué metas concretas necesito para alcanzar el objetivo general del proyecto? Los objetivos específicos son medibles y concretan al objetivo general definiendo lo que desea lograrse para las/los/es destinatarias/os/es. Utilizar verbos en infinitivo. (Consigne como máximo 5 objetivos específicos).

3.4 Planificación de actividades:

¿Qué vamos hacer? ¿Cómo? Completar el cuadro a continuación enumerando las actividades del proyecto. El mismo deberá contener la siguiente información:

- Nombre de la actividad.

- Nombre de la organización territorial con la que se llevará adelante la actividad.

- Breve descripción: Indicar qué se va a hacer contemplando las dinámicas a emplear, tiempo, frecuencia y lugar donde se ejecutarán las mismas. Incluir etapa de planificación, desarrollo y cierre.

- Resultados esperados: ¿Qué nos proponemos alcanzar? Los resultados esperados deben ser cuantificables, medibles y estar en total concordancia con la actividad propuesta y los objetivos del proyecto. Por ejemplo, 50 mujeres capacitadas en la temática de producción igualitaria en el ámbito rural, 4 talleres durante 5 meses y 100 folletos impresos con información de la temática a trabajar.

- Evaluación de la actividad: cómo se realizará el seguimiento de las actividades y la verificación del logro de los resultados esperados.


3.5 Cronograma de actividades2

Marque con una cruz (x) el mes en el que se realizarán las actividades .


3.6 Financiamiento3:

Los fondos del presente subsidio serán destinados en forma exclusiva de acuerdo a los siguientes porcentajes: Gastos de Capital: Se destinará hasta el 50% del total a gastos de equipamiento. Gastos Corrientes: Para este rubro se podrá disponer del monto resultante de la diferencia del total financiado menos los gastos de capital.

Estime los gastos que serán necesarios realizar para el desarrollo de las actividades planificadas. Incluir el costo por unidad y el costo total para cada gasto.

Inversión de los fondos:






3.7. Aportes del municipio:


Describa los recursos que el Municipio pondrá a disposición (equipo técnico, equipamiento, infraestructura, servicios, recursos económicos específicos, entre otros) para la ejecución del proyecto. Deberá aportar, como mínimo, una contribución del 25% del total del proyecto (Máximo media carilla).


4. Firmas:

Responsable legal del proyecto




------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración






Responsable Área ejecutora/Responsable Coordinación técnica designada/o/e





------------------------------------------------
Cargo Firma Aclaración
                                      
1 Este formulario es parte anexa del Programa GenerAR y no podrá ser alterado en ninguno de sus ítems. Así mismo debe ser completo de forma integral.

2 Al momento del desembolso se solicitará un cronograma de actividades actualizado para realizar un correcto monitoreo de la ejecución del proyecto.

3 El porcentaje destinado a cada rubro y categoría de gastos que integra este presupuesto, estará sujeto a la evaluación y aprobación técnica y administrativa de la SPIyD del MMGyD, en función de la propuesta presentada.


IF-2021-41422657-APN-DAFYRI#MMGYD




Anexo VIII

Modelo de Acta Complementaria: LÍNEA B.1 FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD PROVINCIALES del Programa Nacional Generar

ACTA COMPLEMENTARIA EN EL MARCO DEL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y LA PROVINCIA _____________________.

Entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, representado en este acto por su titular, abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA, con domicilio en la Av. Paseo Colón 275, piso 5, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante el “MMGyD”, por una parte; y por la otra la PROVINCIA DE __________, representada en este acto por _________ en su carácter de _________, con domicilio en ___________ de la CIUDAD DE ______________, provincia de ________, en adelante el “LA PROVINCIA” acuerdan celebrar la presente Acta Complementaria y considerando

Que LAS PARTES suscribieron un CONVENIO MARCO mediante el cual se comprometieron a implementar acciones en conjunto en virtud de sus misiones y funciones.

Que a los fines de concretar la ejecución del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR”, LÍNEA B.1: “FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD PROVINCIALES” creado por la Resolución N° 108 de fecha 25 de julio de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES GÉNEROS Y DIVERSIDAD, cuyo objetivo general es el fortalecimiento de la institucionalidad en materia de género y diversidad en el sector público de nuestro país.

En tales antecedentes, LAS PARTES acuerdan en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto. El objeto de la presente ACTA COMPLEMENTARIA es establecer las pautas y condiciones entre LAS PARTES para la implementación del proyecto en el marco del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR”, LÍNEA B.1“FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD PROVINCIALES”. A través de la ejecución del proyecto se proponen los siguientes objetivos: a) ________; b) ___________; c) _____________; d) ____________; sin perjuicio de otros objetivos que LAS PARTES deseen alcanzar con idéntico propósito al que motiva la presente ACTA COMPLEMENTARIA.-

SEGUNDA: Implementación. LA PROVINCIA se obliga a implementar el proyecto mencionado en la cláusula que antecede, el que consistirá en ______________________. El subsidio otorgado a LA PROVINCIA será ejecutado por _______________-

TERCERA: Financiamiento. A los fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA, el MMGyD se compromete a abonar a LA PROVINCIA un monto total de PESOS ______________ ($______) para atender a la implementación del proyecto. El mencionado pago se realizará a través de depósito y/o transferencia bancaria y se efectuará a partir de la fecha de la firma de la presente; quedando sujeto a los tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación.-

CUARTA: Inversión de los Fondos. La suma mencionada en la CLÁUSULA TERCERA será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma:

a) Hasta el 50% del monto total financiado será destinado a financiar Gastos de Capital;

b) El resultante de la diferencia entre el monto total financiado y los Gastos de Capital se destinarán a Gastos Corrientes.-

QUINTA: Obligaciones de LAS PARTES.

1. EL MMGyD.

1.1. Prestar asesoramiento técnico y administrativo a LA PROVINCIA en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación y/o concurrencia de personal de su equipo técnico.-

1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidad de las acciones en las tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durante la implementación de la presente.-

1.3. Monitorear, evaluar y auditar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por LAS PARTES.-

1.4. Capacitar a los/as técnicos/as de LA PROVINCIA que se desempeñan como responsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas que impulsa LA PROVINCIA, en concordancia con los objetivos fijados en la presente.-

1.5. Asistir en la confección de los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de las acciones establecidas entre LAS PARTES.-

1.6. Contribuir con el financiamiento a que refiere la CLÁUSULA TERCERA a fines de su inversión por parte de LA PROVINCIA en los términos y condiciones establecidos en la presente.-

2. LA PROVINCIA.

2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento de las acciones de cooperación previstas en la presente.-

2.2. Comunicar al MMGyD, el nombre y apellido y DNI del personal que participará de las tareas de cooperación correspondientes a la presente.-

2.3. Realizar las adquisiciones y/o todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las prestaciones asumidas en la presente.-

2.4. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en la presente.-

2.5. Ejecutar las actividades que se acuerden.-

2.6. Solicitar previamente la conformidad del MMGyD para la aplicación del desarrollo de tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de la presente.-

2.7. Utilizar los fondos depositados por el MMGyD conforme lo previsto en la presente, con destino exclusivo para los fines establecidos entre LAS PARTES.-

2.8. Realizar las rendiciones de cuentas documentadas de los gastos incurridos, conforme la utilización de los fondos en la ejecución de las actividades del Formulario del Proyecto.-

2.9. Elaborar y presentar ante el MMGyD los informes técnicos de las actividades ejecutadas, conforme el Plan de Actividades del Formulario del Proyecto.-

2.10. Presentar copia autenticada de la incorporación de los bienes muebles registrables a su patrimonio a partir de la presente.-

SEXTA: Modificaciones. Cualquier cambio o modificación que se produzca en las obligaciones asumidas por cada una de LAS PARTES, en orden al cumplimiento de la presente Acta Complementaria, deberá ser expresamente aprobada por LAS PARTES signatarias. Si LA PROVINCIA realizara algún cambio referido a la ejecución del proyecto y/o al destino de los fondos, el mismo se considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterior aprobación por parte del área técnica correspondiente del MMGyD, mediante informe técnico debidamente fundado.-

SÉPTIMA: Plazo de Ejecución. El plazo de ejecución del proyecto es de ________ días corridos contados a partir de la transferencia de los fondos a la cuenta que LA PROVINCIA destinó a tales fines.-

OCTAVA: Rendición de Cuentas. LA PROVINCIA deberá presentar la rendición de cuentas documentada del subsidio otorgado y los respectivos informes técnicos finales de tareas cumplidas, en un plazo máximo de _____ días corridos de finalizado el proyecto, mediante la metodología prevista en la presente, bajo apercibimiento de lo establecido en la CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.-

NOVENA: Informe Financiero. LA PROVINCIA deberá presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales, N° IF-2020-67755036-APN-MMGYD que se enviará junto con el ACTA COMPLEMENTARIA y que LA PROVINCIA declara conocer y aceptar en este mismo acto. Las modificaciones al Reglamento en cuestión serán de aplicación, previa notificación fehaciente por parte del MMGyD.-

DÉCIMA: Archivo de Documentación. LA PROVINCIA se compromete a conservar debidamente archivada, por el término de DIEZ (10) años, la documentación original de la inversión realizada de los fondos otorgados, para su análisis y verificación por parte del MMGyD en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias.-

DÉCIMO PRIMERA: Auditoría. LA PROVINCIA, previa comunicación del MMGyD, permitirá que agentes de éste último, debidamente autorizados, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas en la presente, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientos establecidos en el mismo.-

DÉCIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas. LA PROVINCIA, deberá elaborar y presentar, a requerimiento del MMGyG, informes periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareas oportunamente presentado y un Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. El MMGyD, durante la ejecución de la presente, realizará el monitoreo de las actividades en terreno y la evaluación de sus resultados.-

DÉCIMO TERCERA: Responsabilidad. LA PROVINCIA se compromete a garantizar y facilitar la sustentabilidad del Proyecto en el tiempo, como asimismo, a afrontar los gastos derivados de todas las cargas fiscales, impositivas, laborales y obligaciones civiles derivadas de las actividades desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Se conviene que el MMGyD no asume ningún tipo de responsabilidad frente a LA PROVINCIA, sus dependientes, sus asociados o terceros por cualquier daño o perjuicio que pueda generarse por la actividad que ésta desarrolle con motivo de la implementación, puesta en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que se financia. A todo evento, LA PROVINCIA se obliga a mantener indemne a el MMGYD frente a cualquier reclamo que al respecto se pudiera dirigir contra éste.-

DÉCIMO CUARTA: Sanciones por Incumplimiento. En caso de incumplimiento por parte de LA PROVINCIA de algunas de las obligaciones emergentes de la presente ACTA COMPLEMENTARIA, y/o la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los objetivos programados, se faculta al MMGyD a adoptar cualquiera de las siguientes acciones:

a) Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir la presente ACTA COMPLEMENTARIA.

b) Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y solicitar la devolución total o parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previo requerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales pertinentes.-

c) Fijar plazos para corregir alteraciones.

d) Designar otra institución para la concreción del objeto de la presente.

Ante cualquiera de estas acciones LA PROVINCIA queda obligada a entregar, a requerimiento del MMGyD, la totalidad de la documentación correspondiente a la gestión del Proyecto.-

DÉCIMO QUINTA: Supletoriedad. Todos aquellos aspectos que pudieren no estar específicamente contemplados en la presente ACTA COMPLEMENTARIA, se regirán supletoriamente con arreglo a los términos consignados en las actuaciones obrantes en el Expediente N° EX- ____, y en el/los Informe/s Técnico/s allí adjunto/s que LA PROVINCIA declara conocer y aceptar; sin perjuicio de indicaciones y sugerencias eventuales que el MMGyD formule a dicho efecto.-

DÉCIMO SEXTA: Competencia. LAS PARTES declaran tener plena competencia legal y la pertinente facultad para celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.-

DÉCIMO SÉPTIMA: Solución de Controversias. En caso de suscitarse controversias con relación a cualquiera de los efectos de esta ACTA COMPLEMENTARIA, LAS PARTES procurarán resolverlas amigablemente. En el caso de resultar ello imposible, LAS PARTES convienen someterse a la jurisdicción de los Juzgados Federales con competencia en lo Contencioso Administrativo.

A todos los efectos legales, LAS PARTES constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos que se efectúen en el marco de la presente.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ____ días del mes de ___________ de ______.-

IF-2021-42990090-APN-DAFYRI#MMGYD




ANEXO IX

Modelo de Acta Complementaria: LÍNEA B.2-1: ASISTENCIA PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD del Programa Nacional Generar

ACTA COMPLEMENTARIA EN EL MARCO DEL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y LA MUNICIPALIDAD DE_____________________.

Entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, representado en este acto por su titular, abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA, con domicilio en la Av. Paseo Colón 275, piso 5, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante el “MMGyD”, por una parte; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE _____________, representada en este acto por ___________ en su carácter de ___________, con domicilio en ___________ de la CIUDAD DE ____________, provincia de _____________, en adelante el “LA MUNICIPALIDAD” acuerdan celebrar la presente Acta Complementaria y considerando:

Que LAS PARTES suscribieron un CONVENIO MARCO mediante el cual se comprometieron a implementar acciones en conjunto en virtud de sus respectivas misiones y funciones.

Que a los fines de concretar la ejecución del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR”, LÍNEA B.2- 1 ASISTENCIA PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD creado por la Resolución N° 108 de fecha 25 de julio de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, cuyo objetivo general es el fortalecimiento de la institucionalidad en materia de género y diversidad en el sector público de nuestro país.

En tales antecedentes, LAS PARTES acuerdan en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto. El objeto de la presente ACTA COMPLEMENTARIA es establecer las pautas y condiciones entre LAS PARTES para concretar la implementación del proyecto en el marco del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR” LÍNEA B2-1: ASISTENCIA PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS ÁREAS DE GÉNERO Y DIVERSIDAD. A través de la ejecución del proyecto se proponen los siguientes objetivos: a) ________; b) ___________; c) _____________; d) ____________; sin perjuicio de otros objetivos que LAS PARTES deseen alcanzar con idéntico propósito al que motiva la presente Acta Complementaria.-

SEGUNDA: Implementación. LA MUNICIPALIDAD se obliga a implementar el proyecto mencionado en la cláusula que antecede, el que consistirá en ______________________. El subsidio otorgado a LA MUNICIPALIDAD será ejecutado por la _______________-

TERCERA: Financiamiento. A los fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA, El MMGyD se compromete a abonar a LA MUNICIPALIDAD un monto total y único de PESOS ______________ ($_______) para atender a la implementación del proyecto. Dicho pago se realizará a través de depósito y/o transferencia bancaria y se efectuará a partir de la fecha de la firma de la presente; quedando sujeto a los tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación. -

CUARTA: Inversión de los Fondos. La suma mencionada en la CLÁUSULA TERCERA será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma:

a) Hasta el 50% del monto total financiado será destinado a financiar Gastos de Capital;

b) El resultante de la diferencia entre el monto total financiado y los Gastos de Capital se destinarán a Gastos Corrientes.-

QUINTA: Obligaciones de LAS PARTES.

1. EL MMGyD.

1.1. Prestar asesoramiento técnico a LA MUNICIPALIDAD en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación y/o concurrencia de personal de su equipo técnico.-

1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidad de las acciones en las tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durante la implementación de la presente.-

1.3. Monitorear, evaluar y auditar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por LAS PARTES.-

1.4. Capacitar a los/as técnicos/as de LA MUNICIPALIDAD que se desempeñan como responsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas que impulsa LA MUNICIPALIDAD, en concordancia con los objetivos fijados en la presente.-

1.5. Asistir en la confección de los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de las acciones establecidas entre LAS PARTES.-

1.6. Contribuir con el financiamiento a que refiere la CLÁUSULA TERCERA a fines de su inversión por parte de LA MUNICIPALIDAD en los términos y condiciones establecidos en la presente.-

2. LA MUNICIPALIDAD.

2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento de las acciones de cooperación previstas en la presente.-

2.2. Comunicar al MMGyD, el nombre y apellido y DNI del personal que participará de las tareas de cooperación correspondientes a la presente.-

2.3. Realizar las adquisiciones y/o todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las prestaciones asumidas en la presente.-

2.4. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en la presente.-

2.5. Ejecutar las actividades que se acuerden.-

2.6. Solicitar previamente la conformidad del MMGyD para la aplicación del desarrollo de tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de la presente.-

2.7. Utilizar los fondos depositados por el MMGyD conforme lo previsto en la presente, con destino exclusivo para los fines establecidos en el mismo.-

2.8. Realizar las rendiciones de cuentas documentadas de los gastos incurridos, conforme la utilización de los fondos en la ejecución de las actividades del Formulario del Proyecto.-

2.9. Elaborar y presentar ante el MMGyD los informes técnicos de las actividades ejecutadas, conforme el Plan de Actividades del Formulario del Proyecto.-

2.10. Presentar copia autenticada de la incorporación de los bienes muebles registrables a su patrimonio a partir de la presente.-

SEXTA: Modificaciones. Cualquier cambio o modificación que se produzca en las obligaciones asumidas por cada una de LAS PARTES, en orden al cumplimiento de la presente, deberá ser expresamente aprobada por LAS PARTES signatarias. Si LA MUNICIPALIDAD realizará algún cambio referido a la ejecución del proyecto y/o al destino de los fondos, el mismo se considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterior aprobación por parte del área técnica correspondiente del MMGyD, mediante informe técnico debidamente fundado.-

SÉPTIMA: Plazo de Ejecución. El plazo de ejecución del proyecto será de __________ días corridos, contados a partir de la transferencia de los fondos a la cuenta que LA MUNICIPALIDAD ha abierto a tales fines.-

OCTAVA: Rendición de Cuentas. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada del subsidio otorgado y los respectivos informes técnicos finales de tareas cumplidas, en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos de finalizado el proyecto, mediante la metodología prevista en la presente, bajo apercibimiento de lo establecido en la CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.-

NOVENA: Informe Financiero. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales, N° IF-2020-67755036-APN-MMGYD, que se enviará junto con la presente y que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar en este mismo acto. Las modificaciones al Reglamento en cuestión serán de aplicación, previa notificación fehaciente por parte del MMGyD.

DÉCIMA: Archivo de Documentación. LA MUNICIPALIDAD se compromete a conservar debidamente archivada, por el término de DIEZ (10) años, la documentación original de la inversión realizada de los fondos otorgados, para su análisis y verificación por parte del MMGyD en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias.-

DÉCIMO PRIMERA: Auditoría. LA MUNICIPALIDAD, previa comunicación del MMGyD, permitirá que agentes de éste último, debidamente autorizados, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas en la presente, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientos establecidos en el mismo.-

DÉCIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas. LA MUNICIPALIDAD, deberá elaborar y presentar, a requerimiento del MMGyG, informes periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareas oportunamente presentado, y un Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. El MMGyD, durante la ejecución de la presente, realizará el monitoreo de las actividades en terreno y la evaluación de sus resultados.-

DÉCIMO TERCERA: Responsabilidad. LA MUNICIPALIDAD se compromete a garantizar y facilitar la sustentabilidad del Proyecto en el tiempo, como asimismo, a afrontar los gastos derivados de todas las cargas fiscales, impositivas, laborales y obligaciones civiles derivadas de las actividades desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Se conviene que el MMGyD no asume ningún tipo de responsabilidad frente a LA MUNICIPALIDAD, sus dependientes, sus asociados o terceros por cualquier daño o perjuicio que pueda generarse por la actividad que ésta desarrolle con motivo de la implementación, puesta en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que se financia. A todo evento, LA MUNICIPALIDAD se obliga a mantener indemne al MMGYD frente a cualquier reclamo que al respecto se pudiera dirigir contra éste.-

DÉCIMO CUARTA: Sanciones por Incumplimiento. En caso de incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de algunas de las obligaciones emergentes de la presente, y/o la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los objetivos programados, se faculta al MMGyD a adoptar cualquiera de las siguientes acciones:

a) Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir la presente.

b) Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y solicitar la devolución total o parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previo requerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales pertinentes.-

c) Fijar plazos para corregir alteraciones.

d) Designar otra institución para la concreción del objeto de la presente.

Ante cualquiera de estas acciones LA MUNICIPALIDAD queda obligada a entregar, a requerimiento del MMGyD, la totalidad de la documentación correspondiente a la gestión del Proyecto.-

DÉCIMO QUINTA: Supletoriedad. Todos aquellos aspectos que pudieren no estar específicamente contemplados en la presente, se regirán supletoriamente con arreglo a los términos consignados en las actuaciones obrantes en el Expediente N° EX-__, y en el/los Informe/s Técnico/s allí adjunto/s que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar; sin perjuicio de indicaciones y sugerencias eventuales que el MMGyD formule a dicho efecto.-

DÉCIMO SEXTA: Competencia. LAS PARTES declaran tener plena competencia legal y la pertinente facultad para celebrar la presente, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.-

DÉCIMO SÉPTIMA: Solución de Controversias. En caso de suscitarse controversias con relación a cualquiera de los efectos de la presente ACTA COMPLEMENTARIA, LAS PARTES procurarán resolverlas amigablemente. En el caso de resultar ello imposible, LAS PARTES convienen someterse a la jurisdicción de los Juzgados Federales con competencia en lo Contencioso Administrativo.

A todos los efectos legales, LAS PARTES constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos que se efectúen en el marco de la presente.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los días del mes de ___________ de ______.-

IF-2021-42990834-APN-DAFYRI#MMGYD




ANEXO X

Modelo de Acta Complementaria: LÍNEA B.2-2: FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES EXISTENTES del Programa Nacional Generar

ACTA COMPLEMENTARIA EN EL MARCO DEL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y LA MUNICIPALIDAD DE_____________________.

Entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, representado en este acto por su titular, abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA, con domicilio en la Av. Paseo Colón 275, piso 5, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante el “MMGyD”, por una parte; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE _____________, representada en este acto por ___________ en su carácter de ___________, con domicilio en ___________ de la CIUDAD DE ____________, provincia de _____________, en adelante el “LA MUNICIPALIDAD” acuerdan celebrar la presente Acta Complementaria y considerando:

Que LAS PARTES suscribieron un CONVENIO MARCO mediante el cual se comprometieron a implementar acciones en conjunto en virtud de sus respectivas misiones y funciones.

Que, a los fines de concretar la ejecución del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR”, LÍNEA B.2-2, “FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES EXISTENTES”, creado por la Resolución N° 108 de fecha 25 de julio de 2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES GÉNEROS Y DIVERSIDAD, cuyo objetivo general es el fortalecimiento de la institucionalidad en materia de género y diversidad en el sector público de nuestro país.

En tales antecedentes, LAS PARTES acuerdan en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto. El objeto de la presente ACTA COMPLEMENTARIA es establecer las pautas y condiciones entre LAS PARTES para concretar la implementación del Proyecto en el marco del PROGRAMA “GENERAR” B.2-2, “FORTALECIMIENTO DE LAS ÁREAS GÉNERO Y DIVERSIDAD MUNICIPALES EXISTENTES”. A través de la ejecución del proyecto se proponen los siguientes objetivos: a) ________; b) ___________; c) _____________; d) ____________; sin perjuicio de otros objetivos que LAS PARTES deseen alcanzar con idéntico propósito al que motiva la presente Acta Complementaria.-

SEGUNDA: Implementación. LA MUNICIPALIDAD se obliga a implementar el proyecto mencionado en la cláusula que antecede, el que consistirá en ______________________. El subsidio otorgado a LA MUNICIPALIDAD será ejecutado por la _______________-

TERCERA: Financiamiento. A los fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA, El MMGyD se compromete a abonar a LA MUNICIPALIDAD un monto total y único de PESOS ______________ ($_______) para atender a la implementación del proyecto. Dicho pago se realizará a través de depósito y/o transferencia bancaria y se efectuará a partir de la fecha de la firma de la presente; quedando sujeto a los tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación. -

CUARTA: Inversión de los Fondos. La suma mencionada en la CLÁUSULA TERCERA será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma:

a) Hasta el 50% del monto total financiado será destinado a financiar Gastos de Capital;

b) El resultante de la diferencia entre el monto total financiado y los Gastos de Capital se destinarán a Gastos Corrientes.-

QUINTA: Obligaciones de LAS PARTES.

4. EL MMGyD.

1.1. Prestar asesoramiento técnico a LA MUNICIPALIDAD en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación y/o concurrencia de personal de su equipo técnico.-

1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidad de las acciones en las tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durante la implementación de la presente.-

1.3. Monitorear, evaluar y auditar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por LAS PARTES.-

1.4. Capacitar a los/as técnicos/as de LA MUNICIPALIDAD que se desempeñan como responsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas que impulsa LA MUNICIPALIDAD, en concordancia con los objetivos fijados en la presente.-

1.5. Asistir en la confección de los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de las acciones establecidas entre LAS PARTES.-

1.6. Contribuir con el financiamiento a que refiere la CLÁUSULA TERCERA a fines de su inversión por parte de LA MUNICIPALIDAD en los términos y condiciones establecidos en la presente.-

2. LA MUNICIPALIDAD.

2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento de las acciones de cooperación previstas en la presente.-

2.2. Comunicar al MMGyD, el nombre y apellido y DNI del personal que participará de las tareas de cooperación correspondientes a la presente.-

2.3. Realizar las adquisiciones y/o todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las prestaciones asumidas en la presente.-

2.4. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en la presente.-

2.5. Ejecutar las actividades que se acuerden.-

2.6. Solicitar previamente la conformidad del MMGyD para la aplicación del desarrollo de tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de la presente.-

2.7. Utilizar los fondos depositados por el MMGyD conforme lo previsto en la presente, con destino exclusivo para los fines establecidos entre LAS PARTES.-

2.8. Realizar las rendiciones de cuentas documentadas de los gastos incurridos, conforme la utilización de los fondos en la ejecución de las actividades del Formulario del Proyecto.-

2.9. Elaborar y presentar ante el MMGyD los informes técnicos de las actividades ejecutadas, conforme el Plan de Actividades del Formulario del Proyecto.

2.10. Presentar copia autenticada de la incorporación de los bienes muebles registrables a su patrimonio a partir de la presente.-

SEXTA: Modificaciones. Cualquier cambio o modificación que se produzca en las obligaciones asumidas por cada una de LAS PARTES, en orden al cumplimiento de la presente, deberá ser expresamente aprobada por LAS PARTES signatarias. Si LA MUNICIPALIDAD realizará algún cambio referido a la ejecución del proyecto y/o al destino de los fondos, el mismo se considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterior aprobación por parte del área técnica correspondiente del MMGyD, mediante informe técnico debidamente fundado.-

SÉPTIMA: Plazo de Ejecución. El plazo de ejecución del proyecto será de ________ días corridos, contados a partir de la transferencia de los fondos a la cuenta que LA MUNICIPALIDAD ha abierto a tales fines.-

OCTAVA: Rendición de Cuentas. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada del subsidio otorgado y los respectivos informes técnicos finales de tareas cumplidas, en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos de finalizado el proyecto, mediante la metodología prevista en la presente, bajo apercibimiento de lo establecido en la CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.-

NOVENA: Informe Financiero. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales N° IF2020-67755036-APN-MMGYD, que se enviará junto con la presente y que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar en este mismo acto. Las modificaciones al Reglamento en cuestión serán de aplicación, previa notificación fehaciente por parte del MMGyD.

DÉCIMA: Archivo de Documentación. LA MUNICIPALIDAD se compromete a conservar debidamente archivada, por el término de DIEZ (10) años, la documentación original de la inversión realizada de los fondos otorgados, para su análisis y verificación por parte de el MMGyD en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias.-

DÉCIMO PRIMERA: Auditoría. LA MUNICIPALIDAD, previa comunicación del MMGyD, permitirá que agentes de éste último, debidamente autorizados, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas en la presente, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientos establecidos en el mismo.-

DÉCIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas. LA MUNICIPALIDAD, deberá elaborar y presentar informes, a requerimiento del MMGyG, periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareas oportunamente presentado, y un Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. El MMGyD, durante la ejecución de la presente, realizará el monitoreo de las actividades en terreno y la evaluación de sus resultados.-

DÉCIMO TERCERA: Responsabilidad. LA MUNICIPALIDAD se compromete a garantizar y facilitar la sustentabilidad del Proyecto en el tiempo como, asimismo, a afrontar los gastos derivados de todas las cargas fiscales, impositivas, laborales y obligaciones civiles derivadas de las actividades desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Se conviene que el MMGyD no asume ningún tipo de responsabilidad frente a LA MUNICIPALIDAD, sus dependientes, sus asociados o terceros por cualquier daño o perjuicio que pueda generarse por la actividad que ésta desarrolle con motivo de la implementación, puesta en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que se financia. A todo evento, LA MUNICIPALIDAD se obliga a mantener indemne al MMGYD frente a cualquier reclamo que al respecto se pudiera dirigir contra éste.-

DÉCIMO CUARTA: Sanciones por Incumplimiento. En caso de incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de algunas de las obligaciones emergentes de la presente, y/o la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los objetivos programados, se faculta al MMGyD a adoptar cualquiera de las siguientes acciones:

a) Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir la presente.

b) Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y solicitar la devolución total o parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previo requerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales pertinentes.-

c) Fijar plazos para corregir alteraciones.

d) Designar otra institución para la concreción del objeto de la presente.

Ante cualquiera de estas acciones LA MUNICIPALIDAD queda obligada a entregar, a requerimiento del MMGyD, la totalidad de la documentación correspondiente a la gestión del Proyecto.-

DÉCIMO QUINTA: Supletoriedad. Todos aquellos aspectos que pudieren no estar específicamente contemplados en la presente, se regirán supletoriamente con arreglo a los términos consignados en las actuaciones obrantes en el Expediente N° EX-__, y en el/los Informe/s Técnico/s allí adjunto/s que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar; sin perjuicio de indicaciones y sugerencias eventuales que el MMGyD formule a dicho efecto.-

DÉCIMO SEXTA: Competencia. LAS PARTES declaran tener plena competencia legal y la pertinente facultad para celebrar la presente, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.-

DÉCIMO SÉPTIMA: Solución de Controversias. En caso de suscitarse controversias con relación a cualquiera de los efectos de la presente ACTA COMPLEMENTARIA, LAS PARTES procurarán resolverlas amigablemente. En el caso de resultar ello imposible, LAS PARTES convienen someterse a la jurisdicción de los Juzgados Federales con competencia en lo Contencioso Administrativo.

A todos los efectos legales, LAS PARTES constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos que se efectúen en el marco de la presente.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los días del mes de ___________ de _______.

IF-2021-42991701-APN-DAFYRI#MMGYD





ANEXO XI

Modelo de Acta Complementaria: LINEA B.2-3: FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS LOCALES TENDIENTES A LA IGUALDAD DE GÉNEROS Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD del Programa Nacional Generar

ACTA COMPLEMENTARIA EN EL MARCO DEL CONVENIO MARCO SUSCRIPTO ENTRE EL MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD Y LA MUNICIPALIDAD DE_____________________.

Entre el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, representado en este acto por su titular, abogada Elizabeth Victoria GÓMEZ ALCORTA, con domicilio en la Av. Paseo Colón 275, piso 5, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en adelante el “MMGyD”, por una parte; y por la otra la MUNICIPALIDAD DE _____________, representada en este acto por ___________ en su carácter de ___________, con domicilio en ___________ de la CIUDAD DE ____________, provincia de _____________, en adelante el “LA MUNICIPALIDAD” acuerdan celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA y considerando:

Que LAS PARTES suscribieron un CONVENIO MARCO mediante el cual se comprometieron a implementar acciones en conjunto en virtud de sus respectivas misiones y funciones.

Que, a los fines de concretar la ejecución del PROGRAMA NACIONAL “GENERAR”, LÍNEA B.2-3, “FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS LOCALES TENDIENTES A LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD” creado por la Resolución N° _________ cuyo objetivo general es el fortalecimiento de la institucionalidad en materia de género y diversidad en el sector público de nuestro país.

En tales antecedentes, LAS PARTES acuerdan en celebrar la presente ACTA COMPLEMENTARIA, a tenor de las siguientes cláusulas:

PRIMERA: Objeto. El objeto de la presente ACTA COMPLEMENTARIA es establecer las pautas y condiciones entre LAS PARTES para concretar la implementación del Proyecto en el marco del PROGRAMA “GENERAR” B.2-3, “FORTALECIMIENTO DE POLÍTICAS LOCALES TENDIENTES A LA IGUALDAD DE GÉNERO Y LA PROMOCIÓN DE LA DIVERSIDAD”. A través de la ejecución del proyecto se proponen los siguientes objetivos: a) ________; b) ___________; c) _____________; d) ____________; sin perjuicio de otros objetivos que LAS PARTES deseen alcanzar con idéntico propósito al que motiva la presente ACTA COMPLEMENTARIA.-

SEGUNDA: Implementación. LA MUNICIPALIDAD se obliga a implementar el proyecto mencionado en la cláusula que antecede, el que consistirá en ______________________. El subsidio otorgado a LA MUNICIPALIDAD será ejecutado por la _______________-

TERCERA: Financiamiento. A los fines indicados en la CLÁUSULA PRIMERA, El MMGyD se compromete a abonar a LA MUNICIPALIDAD un monto total y único de PESOS ______________ ($_______) para atender a la implementación del proyecto. Dicho pago se realizará a través de depósito y/o transferencia bancaria y se efectuará a partir de la fecha de la firma de la presente; quedando sujeto a los tiempos y procesos administrativos que demande dicha erogación. -

CUARTA: Inversión de los Fondos. La suma mencionada en la CLÁUSULA TERCERA será abonada en un solo pago y deberá ser aplicada de la siguiente forma:

a) Hasta el 50% del monto total financiado será destinado a financiar Gastos de Capital;

b) El resultante de la diferencia entre el monto total financiado y los Gastos de Capital se destinarán a Gastos Corrientes.-

QUINTA: Obligaciones de LAS PARTES.

4. EL MMGyD.

1.1. Prestar asesoramiento técnico a LA MUNICIPALIDAD en las distintas etapas del trabajo, facilitando para ello, y cuando fuere necesario, la comunicación y/o concurrencia de personal de su equipo técnico.-

1.2. Establecer las normas metodológicas que preserven la homogeneidad y compatibilidad de las acciones en las tareas de asistencia técnica, capacitación y otras que surjan durante la implementación de la presente.-

1.3. Monitorear, evaluar y auditar el funcionamiento de las actividades programadas y acordadas previamente por LAS PARTES.-

1.4. Capacitar a los/as técnicos/as de LA MUNICIPALIDAD que se desempeñan como responsables de las diferentes temáticas, áreas, servicios y programas que impulsa LA MUNICIPALIDAD, en concordancia con los objetivos fijados en la presente.-

1.5. Asistir en la confección de los manuales operativos, material didáctico y folletería de apoyo a las temáticas abordadas, metodología, cuestionarios y planillas que se utilizarán para el desenvolvimiento de las acciones establecidas entre LAS PARTES.-

1.6. Contribuir con el financiamiento a que refiere la CLÁUSULA TERCERA a fines de su inversión por parte de LA MUNICIPALIDAD en los términos y condiciones establecidos en la presente.-

2. LA MUNICIPALIDAD.

2.1. Asignar el número de agentes con la dedicación necesaria para el eficaz cumplimiento de las acciones de cooperación previstas en la presente.-

2.2. Comunicar al MMGyD, el nombre y apellido y DNI del personal que participará de las tareas de cooperación correspondientes a este la presente.-

2.3. Realizar las adquisiciones y/o todos los actos administrativos necesarios para dar cumplimiento a las prestaciones asumidas en la presente.-

2.4. Abonar, con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes, las erogaciones bajo su responsabilidad, conforme los alcances definidos en la presente.-

2.5. Ejecutar las actividades que se acuerden.-

2.6. Solicitar previamente la conformidad del MMGyD para la aplicación del desarrollo de tareas adicionales o complementarias conforme los alcances de la presente.-

2.7. Utilizar los fondos depositados por el MMGyD conforme lo previsto en la presente, con destino exclusivo para los fines establecidos en la misma.-

2.8. Realizar las rendiciones de cuentas documentadas de los gastos incurridos, conforme la utilización de los fondos en la ejecución de las actividades de la Formulario del Proyecto.-

2.9. Elaborar y presentar ante el MMGyD los informes técnicos de las actividades ejecutadas, conforme el Plan de Actividades de la Formulario del Proyecto.-

2.10. Presentar copia autenticada de la incorporación de los bienes muebles registrables a su patrimonio a partir de la presente.-

SEXTA: Modificaciones. Cualquier cambio o modificación que se produzca en las obligaciones asumidas por cada una de LAS PARTES, en orden al cumplimiento de la presente, deberá ser expresamente aprobada por LAS PARTES signatarias. Si LA MUNICIPALIDAD realizará algún cambio referido a la ejecución del proyecto y/o al destino de los fondos, el mismo se considerará válido, una vez efectuada la evaluación y posterior aprobación por parte del área técnica correspondiente del MMGyD, mediante informe técnico debidamente fundado.-

SÉPTIMA: Plazo de Ejecución. El plazo de ejecución del proyecto será de ________ días corridos, contados a partir de la transferencia de los fondos a la cuenta que LA MUNICIPALIDAD ha abierto a tales fines.-

OCTAVA: Rendición de Cuentas. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada del subsidio otorgado y los respectivos informes técnicos finales de tareas cumplidas, en un plazo máximo de SESENTA (60) días corridos de finalizado el proyecto, mediante la metodología prevista en la presente, bajo apercibimiento de lo establecido en la CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA.-.-

NOVENA: Informe Financiero. LA MUNICIPALIDAD deberá presentar la rendición de cuentas documentada de los gastos incurridos, con arreglo al Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres Géneros y Diversidad que se ejecuten en el marco de convenios bilaterales, N° IF-2020-67755036-APN-MMGYD que se enviará junto con el ACTA COMPLEMENTARIA y que LA MUNICIPIO declara conocer y aceptar en este mismo acto. Las modificaciones al Reglamento en cuestión serán de aplicación, previa notificación fehaciente por parte del MMGyD.

DÉCIMA: Archivo de Documentación. LA MUNICIPALIDAD se compromete a conservar debidamente archivada, por el término de DIEZ (10) años, la documentación original de la inversión realizada de los fondos otorgados, para su análisis y verificación por parte del MMGyD en el momento que se considere oportuno y sometida a las competencias de control previstas en la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias y complementarias.-

DÉCIMO PRIMERA: Auditoría. LA MUNICIPALIDAD, previa comunicación de el MMGyD, permitirá que agentes de éste último, debidamente autorizados, o el personal de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, puedan auditar los registros y documentación administrativa y contable que se generaren durante la ejecución de las acciones previstas en la presente, a fin de verificar el cumplimiento de los objetivos y procedimientos establecidos en el mismo.-

DÉCIMO SEGUNDA: Revisiones Periódicas. LA MUNICIPALIDAD, deberá elaborar y presentar, a requerimiento del MMGyG, informes periódicos de avance técnico conforme al plan de actividades y tareas oportunamente presentado, y un Informe Técnico Final de las tareas cumplidas. El MMGyD, durante la ejecución de la presente, realizará el monitoreo de las actividades en terreno y la evaluación de sus resultados.-

DÉCIMO TERCERA: Responsabilidad. LA MUNICIPALIDAD se compromete a garantizar y facilitar la sustentabilidad del Proyecto en el tiempo como, asimismo, a afrontar los gastos derivados de todas las cargas fiscales, impositivas, laborales y obligaciones civiles derivadas de las actividades desarrolladas en el marco de ejecución del proyecto. Se conviene que el MMGyD no asume ningún tipo de responsabilidad frente a LA MUNICIPALIDAD, sus dependientes, sus asociados o terceros por cualquier daño o perjuicio que pueda generarse por la actividad que ésta desarrolle con motivo de la implementación, puesta en marcha y desarrollo del proyecto o emprendimiento que se financia. A todo evento, LA MUNICIPALIDAD se obliga a mantener indemne al MMGYD frente a cualquier reclamo que al respecto se pudiera dirigir contra éste.-

DÉCIMO CUARTA: Sanciones por Incumplimiento. En caso de incumplimiento por parte de LA MUNICIPALIDAD de algunas de las obligaciones emergentes de la presente, y/o la comprobación de falsedad u ocultamiento en la información proporcionada o que proporcione en lo sucesivo, y/o la falta de cumplimiento de los objetivos programados, se faculta al MMGyD a adoptar cualquiera de las siguientes acciones:

a) Suspender el desembolso de los fondos comprometidos y/o rescindir la presente.

b) Declarar unilateralmente la caducidad del subsidio otorgado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y solicitar la devolución total o parcial de los fondos transferidos, sin necesidad de previo requerimiento y sin perjuicio del inicio de las acciones legales pertinentes.-

c) Fijar plazos para corregir alteraciones.

d) Designar otra institución para la concreción del objeto de la presente.

Ante cualquiera de estas acciones LA MUNICIPALIDAD queda obligada a entregar, a requerimiento del MMGyD, la totalidad de la documentación correspondiente a la gestión del Proyecto.-

DÉCIMO QUINTA: Supletoriedad. Todos aquellos aspectos que pudieren no estar específicamente contemplados en la presente, se regirán supletoriamente con arreglo a los términos consignados en las actuaciones obrantes en el Expediente N° EX-____, y en el/los Informe/s Técnico/s allí adjunto/s que LA MUNICIPALIDAD declara conocer y aceptar; sin perjuicio de indicaciones y sugerencias eventuales que el MMGyD formule a dicho efecto.-

DÉCIMO SEXTA: Competencia. LAS PARTES declaran tener plena competencia legal y la pertinente facultad para celebrar la presente, en virtud de las respectivas disposiciones legales y administrativas que reglan su actividad y funcionamiento.-

DÉCIMO SÉPTIMA: Solución de Controversias. En caso de suscitarse controversias con relación a cualquiera de los efectos de la presente ACTA COMPLEMENTARIA, LAS PARTES procurarán resolverlas amigablemente. En el caso de resultar ello imposible, LAS PARTES convienen someterse a la jurisdicción de los Juzgados Federales con competencia en lo Contencioso Administrativo.

A todos los efectos legales, LAS PARTES constituyen domicilio en los lugares arriba indicados, donde se considerarán válidas todas las notificaciones y emplazamientos que se efectúen en el marco de la presente.

En prueba de conformidad se firman DOS (2) ejemplares de igual tenor y a un solo efecto, en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a los ____ días del mes de ___________ de _______.

IF-2021-42992566-APN-DAFYRI#MMGYD