ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS

Resolución 634/93

Nómina de posiciones arancelarias de la Nomenclatura del Comercio Exterior que corresponde a mercaderías exentas del pago del I.V.A.

Bs. As., 26/3/93

VISTO, el expediente EAAA N8 403.287/93 mediante el cual se procediera al encuadre en la Nomenclatura del Comercio Exterior (N. C. E.) de las exenciones previstas en la Ley de Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), su decreto reglamentario y modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que el análisis e interpretación de las exenciones emergentes de la Ley de Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), su decreto reglamentario y modificatorios, producido por la Célula Arancel Informático del Proyecto MARIA y el Departamento Técnica de Nomenclatura y Clasificación Arancelaria de esta Administración Nacional, ha dado origen a una nómina de posiciones arancelarias de la Nomenclatura del Comercio Exterior (N. C. E.) que corresponden a mercaderías exentas al pago del Impuesto al Valor Agregado:

Que la clasificación producida en el referido listado, tiene por fin asignar una mayor eficiencia y transparencia a la aplicación de las exenciones contenidas en la referida Ley;

Que remitido que fuera el trabajo realizado en el ámbito de este servicio aduanero a la Dirección General Impositiva, no se han recepcionado observaciones al mismo a la fecha del presente acto administrativo;

Que la presente encuadra en el marco de las medidas tendientes a la implementación del Sistema Informático MARIA;

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 23 inc. i) de la Ley 22.415;

EL ADMINISTRADOR NACIONAL

DE ADUANAS

RESUELVE:

Artículo 1° — Las mercaderías identificadas en las exenciones previstas en la Ley de Impuesto al Valor Agregado (I. V. A.), su decreto reglamentario y modificatorios clasifican en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura del Comercio Exterior (N. C. E.), que en cada caso se indican, conforme Anexo I de la presente.

Art. 2° — Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y en el de esta Administración Nacional. Remítase copia a la Secretaria de Ingresos Públicos y a la Dirección General Impositiva. Tome debido conocimiento el Proyecto MARIA. Cumplido, archívese. — Gustavo A. Parino.