PROGRAMA DE DOCUMENTACION INTENSIVO

Decreto 707/96

Ratifícase un Convenio suscripto entre el Registro Nacional de las Personas y la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia de Buenos Aires para llevar a cabo el citado Programa denominado "Eva Perón". Cuadro Tarifario.

Bs. As., 25/6/96

VISTO la Ley Nş 17.761 y sus modificatorias, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y el Convenio suscripto entre la DIRECCION NACIONAL de LAS PERSONAS y la DIRECCION GENERAL del REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y

CONSIDERANDO:

Que el citado Convenio, teniendo en cuenta la actual situación que atraviesan los ciudadanos de la provincia de Buenos Aires respecto a la carencia de sus Documentos Nacionales de Identidad, prevé la implementación de un PLAN INTENSIVO DE DOCUMENTACION en esa jurisdicción.

Que debido a la actual coyuntura socioeconómica resulta procedente establecer un régimen tarifario diferenciado al vigente, que fuere establecido por el Decreto Nş 1002 del 28 de diciembre de 1995, a los fines de llevar a cabo planes de documentación intensivos.

Que es conveniente facultar al Ministerio del Interior a través de sus organismos, para la aplicación del cuadro tarifario que se aprueba en la presente medida, a fin que se haga extensivo a la suscripción de otro convenios que pudiere efectuar con las DIRECCIONES GENERALES PROVINCIALES y de la Ciudad de BUENOS AIRES con objetivos similares, durante el presente año.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 19, inciso a) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos y por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1ş — Ratifícase en todos sus términos el Convenio suscripto entre el REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS y la DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, para llevar a cabo el programa de Documentación Intensivo, denominado "EVA PERON", que como Anexo I se adjunta.

Art. 2ş — Apruébase el cuadro tarifario, que como Anexo II forma parte integrante del presente Decreto, para cumplir el Plan Intensivo de Documentación en la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires.

Art. 3ş — Facúltase a la DIRECCION NACIONAL del REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, previa autorización del MINISTERIO DEL INTERIOR, a utilizar el presente cuadro tarifario, exclusiva y excluyentemente con otras DIRECCIONES GENERALES PROVINCIALES y de la ciudad de BUENOS AIRES, que suscriban convenios que implementen Planes Intensivos de Documentación durante 1996.

Art. 4ş — El presente cuadro tarifario tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 1996.

Art. 5ş — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

(Nota Infoleg: Por art. 1ş del Decreto Nş 41/98 B.O. 26/01/1998 se prorroga el presente Decreto en todos sus términos a partir del 1ş de enero de 1997, hasta el 31 de diciembre de 1997.)

NOTA: Este Decreto se publica sin Anexo I. La documentación no publicada puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767, Capital Federal).

ANEXO II

CUADRO TARIFARIO DE LA DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS PARA EL OTORGAMIENTO DE DOCUMENTOS, RECTIFICACIONES Y ACTUALIZACIONES EN CUMPLIMIENTO DE PLANES INTENSIVOS DE DOCUMENTACION DURANTE 1996.

LEY Nş 17.671

Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional

1.- Por cada Documento Nacional de Identidad original ……………………………………………….

$ 9,00

Por rectificación de datos de D.N.I. ……………………………………………….……………………

$ 5,00

Por cambios de domicilio ……………………………………………….………………………………

$ 5,00

2.- DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD

 

a) Actualización de 8 años ……………………………………………….……………………………..

S/C

b) Actualización de 16 años ……………………………………………….……………………………

$ 9,00

c) Canje de L.E. o L.C. ……………………………………………….………………………………...

$ 9,00

d) Otros ejemplares de D.N.I. ……………………………………………….………………………….

$ 9,00

e) Adopción ……………………………………………….…………………………………………….

$ 9,00

3.- REPOSICION

 

a) Dentro de los 6 meses de recibido ……………………………………………….…………………..

S/C

b) Pasado los 6 meses de recibido ……………………………………………….……………………...

$ 9,00

NOTA: La acumulación de más de un concepto del presente cuadro tarifario, implica la sumatoria de las tasas correspondientes a cada trámite. (Ej. Actualización y cambio de domicilio, rectificación de datos y otros ejemplares, etc.).