JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 998/96

Modifícase el Decreto NΊ 660/96, en lo referente a la citada jurisdicción. Apruébase su estructura organizativa y la del Instituto Nacional de la Administración Pública.

Bs. As., 30/8/96

VISTO el artículo 100 de la Constitución Nacional, los Decretos NΊ 558 del 24 de mayo de 1996 y NΊ 660 del 24 de junio de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que a fin de facilitar el gerenciamiento de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, resulta menester modificar las disposiciones del Decreto NΊ 660/96, incorporando la Subsecretaría de Coordinación con dependencia directa del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS.

Que asimismo, en línea con las pautas establecidas para el resto de la Administración Central corresponde que la Subsecretaría de Administración dependa directamente de la máxima autoridad de la jurisdicción.

Que para mejorar el funcionamiento del área, procede fusionar la Subsecretaría de Relaciones Institucionales dependiente de la SECRETARIA DE CONTROL ESTRATEGICO con la Subsecretaría de Gestión Parlamentaria dependiente de la SECRETARIA DE RELACION PARLAMENTARIA, quedando bajo dependencia de esta último bajo la denominación de Subsecretaría de Gestión Parlamentaria y Relaciones Institucionales.

Que a fin de atender las múltiples acciones desarrolladas por el INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, como así también las correspondientes al mantenimiento, funcionamiento y conservación de los edificios sede del mismo, hasta el presente funciones a cargo de la Dirección General de Administración de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA resulta conveniente fortalecer el Servicio Administrativo Financiero del citado Instituto, transfiriendo a tal efecto recursos humanos provenientes de la misma.

Que resulta necesario el fortalecimiento de la Unidad de Auditoría Interna del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINSITRACION PUBLICA, unidad que hasta el presente no ha podido integrar su estructura organizativa por razones de carencia de asignación presupuestaria, procediendo en consecuencia transferir recursos humanos pertenecientes a su similar de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.

Que en obtención a las modificaciones definidas anteriormente corresponde adecuar el Anexo II - Objetivos - del Decreto NΊ 660/96.

Que la medida programada no implica incremento en las partidas presupuestarias asignadas a la Jurisdicción para el presente ejercicio.

Que por el Decreto NΊ 558/96 se estableció la obligación para cada Jurisdicción de presentar una propuesta de estructura organizativa y distribución de las plantas de personal hasta el nivel de Dirección Nacional, General o equivalentes o primer nivel operativo con dependencia directa del nivel político. Para ello se deberá tomar como base la organización de niveles políticos establecida en el Decreto NΊ 660/96.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1) de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1Ί — Modifícase el Anexo I del Decreto NΊ 660/96, en la parte pertinente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, cuya conformación será la siguiente:

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Subsecretaría de Coordinación

Subsecretaría de Administración

Secretaría de Gabinete

— Subsecretaría de Gabinete

Secretaría de Control estratégico

— Subsecretaría de Control

— Subsecretaría de Proyectos Estratégicos

— Subsecretaría de Asuntos Fiscales

Secretaría de Relación Parlamentaria

— Subsecretaría de Gestión Parlamentaria y Relaciones Institucionales

— Subsecretaría de Información y Enlace Parlamentario

Secretaría de la Función Pública

Art. 2Ί — Modifícase el Anexo II del Decreto NΊ 660/96, en la parte pertinente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de acuerdo con el Anexo al presente artículo, que forma parte del mismo.

Art. 3Ί — Transfiérese al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA y a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el personal cuyo detalle obra como Anexo al presente Artículo, proveniente de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.

El personal transferido mantendrá sus respectivas funciones, niveles y grados de revista vigentes a la fecha de la presente medida. La medida incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.

Art. 4Ί — Apruébase la estructura organizativa de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA organismo descentralizado dependiente de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, de acuerdo con los Organigramas, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones y Cargos - Planta Permanente, los que como Anexos Ia, Ib, IIa, IIb, IIIa y IIIb forman parte integrante del presente decreto.

Art. 5Ί — En el término de CUARENTA Y CINCO (45) das corridos a partir de la fecha del presente decreto, la Secretaría de Hacienda del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS instrumentar las medidas necesarias para la educación de las partidas presupuestarias correspondientes a la transferencia de la SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA a la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. Hasta tanto se concrete lo establecido precedentemente, la administración de los recursos humanos y financieros estar a cargo del Servicio Administrativo Financiero O. D. 104 - INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.

Art. 6Ί — Modifícase la Distribución Administrativa del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos - de la Jurisdicción 20.04 - PRESIDENCIA DE LA NACION - SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA, Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y del Organismo Descentralizado NΊ 104 - INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, conforme con el detalle que como Anexo IVa y IVb forma parte integrante del presente decreto.

Art. 7Ί — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — MENEM. — Jorge A. Rodríguez. — Roque B. Fernández.

Anexo al Artículo 2°

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

— Coordinar los programas especiales considerados de interés para la comunidad, particularmente los referidos a actividades de acción social y de promoción de desarrollo sustentable.

— Mantener actualizado el sistema de información nacional de Programas y Proyectos de Desarrollo Sustentable, para lo cual podrá coordinar sus acciones con las de las distintas áreas intervinientes.

— Intervenir en las medidas a adoptar ante emergencias y promover su concreción según las diferentes características de cada caso, sin perjuicio de las atribuciones propias de los organismos intervinientes.

— Coordinar la evaluación y seguimiento del Proyecto de Desarrollo Económico Integral de la Zona de Paraná Medio.

— Coordinar las tareas que surjan de la aplicación del Protocolo Ejecutivo de Cooperación Relativo al Programa Extraordinario entre Italia y la Argentina para la Realización de un Proyecto Integrado de Edificación Social.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

— Coordinar la administración de los recursos financieros, informáticos, humanos, de servicios generales y patrimoniales de la jurisdicción.

— Ingresar, tramitar y despachar toda la documentación interna de la jurisdicción.

— Coordinar la elaboración, protocolización, registro y archivo de los actos administrativos referidos a la organización interna de la jurisdicción.

— Preparar el proyecto anual de presupuesto de la jurisdicción.

— Supervisar el diseño e implementación de los sistemas informáticos para el procesamiento electrónico de datos y desarrollo de sistemas de información de la jurisdicción.

SECRETARIA DE GABINETE

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las Relaciones con los Ministros Secretarios, coordinando los asuntos a ser tratados en las reuniones del Gabinete Nacional.

— Organizar la convocatoria y preparar las reuniones de Gabinete de Ministros.

— Proveer al Jefe de Gabinete de Ministros de la información de las respectivas jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de decisiones.

— Intervenir en la elaboración de los proyectos de Ley de Ministerios y de Presupuesto Nacional propiciados por el Poder Ejecutivo Nacional y su envío al Honorable Congreso de la Nación.

— Intervenir en el análisis de la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de actos que requieran el refrendo del Jefe de Gabinete de Ministros y de los mensajes que acompañen proyectos de ley a enviar al Honorable Congreso de la Nación.

— Elaborar los actos administrativos a suscribir por el Jefe de Gabinete de Ministros.

— Participar en la elaboración de los instrumentos necesarios para la implementación de la reforma administrativa en coordinación con el Secretario de Control Estratégico.

SUBSECRETARIA DE GABINETE

— Asistir al Secretario de Gabinete en la coordinación, preparación y convocatoria de las reuniones del Gabinete de Ministros.

— Participar en la elaboración de proyectos de actos administrativos, proyectos de mensajes y de leyes al Congreso Nacional.

— Sistematizar la información brindada por las distintas jurisdicciones.

—Asistir al Secretario de Gabinete en la participación para la elaboración de los instrumentos necesarios para la implementación de la reforma administrativa.

SECRETARIA DE CONTROL ESTRATEGICO

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la coordinación de políticas de la Administración vinculada con el cumplimiento de los planes de gobierno.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, en todo lo inherente a las políticas de la Administración, relativas al logro de los objetivos que se ha propuesto el Gobierno Nacional en los aspectos sociales y económicos.

— Producir informes periódicos para su utilización en el sistema de planificación de corto, mediano y largo plazo de Administración.

—Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el planeamiento y control estratégico en materia interjurisdiccional, nacional y sectorial.

— Requerir información a las distintas áreas de la Administración con respecto al cumplimento de sus programas y actividades y producir informes periódicos con la finalidad de recomendar, en su caso, las acciones correctivas que aseguren el cumplimiento de sus objetivos.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en temas inherentes al presupuesto y a la recaudación de las rentas de la Nación.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la relación funcional con la Sindicatura General de la Nación.

— Entender en la gestión de los programas y actividades prioritarios que le asigne el Jefe de Gabinete de Ministros.

— Elaborar los instrumentos necesarios para la implementación de la reforma administrativa en coordinación con el Secretario de Gabinete.

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS FISCALES

— Asistir al Secretario de Control Estratégico en el proceso de análisis, formulación y evaluación de la estrategia presupuestaria y de recaudación de las rentas de la Nación.

— Asistir en las acciones relacionadas con la tramitación previa del proyecto de Ley de Presupuesto Nacional.

— Diseñar, implementar y efectuar el seguimiento de programas vinculados a su competencia.

— Asistir en el desarrollo e instrumentación de mecanismos de coordinación institucional, nacional y sectorial en materia de su competencia.

— Mantener un sistema de información que permita el seguimiento de las recaudaciones y el gasto público.

— Asistir en la coordinación de actividades con organismos internacionales en materia de su competencia.

SUBSECRETARIA DE PROYECTOS ESTRATEGICOS

— Asistir al Secretario de Control Estratégico en el análisis y formulación de políticas de la Administración vinculadas con el cumplimiento de los planes del Gobierno Nacional.

— Asistir al Secretario de Control Estratégico en el análisis y seguimiento de los proyectos estratégicos .para la Administración.

— Asistir al Secretario de Control Estratégico en la coordinación interjuirsdiccional e interinstitucional de proyectos estratégicos encomendados por el Jefe de Gabinete de Ministros.

— Intervenir en la gestión de los programas y actividades asignados como prioritarios por el Jefe de Gabinete de Ministros.

— Producir periódicamente los informes del estado de avance de los programas y acciones en ejecución, recomendando, en su caso, las acciones correctivas que permitan el cumplimento de los objetivos propuestos.

SUBSECRETARIA DE CONTROL

— Implementar un sistema de control estratégico y seguimiento global de las políticas de la Administración vinculadas con el cumplimento de los planes de Gobierno.

— Desarrollar criterios e indicadores que permitan el control estratégico de los programas y acciones nacionales y sectoriales emprendidos.

— Asistir al Secretario de Control Estratégico.en la relación con la Sindicatura General de la Nación.

— Recabar y evaluar la información necesaria para la elaboración de informes sobre el avance de los planes de Gobierno.

— Producir periódicamente informes vinculados con el avance de los planes de Gobierno.

SECRETARIA DE RELACION PARLAMENTARIA

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de ley, de mensaje al Honorable Congreso de la Nación y de decreto que dispongan la prórroga de sesiones ordinarias o la convocatoria a extraordinarias.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en su concurrencia a sesiones en el Congreso Nacional, así como en la elaboración de informes que cualquiera de las Cámaras le solicite y los que deba brindar a la Comisión Bicameral Permanente.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en su concurrencia al Congreso de la Nación en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la Constitución Nacional.

— Participar en la elaboración de la memoria detallada del estado de la Nación.

— Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo referente a las relaciones del Poder Ejecutivo Nacional con ambas Cámaras del Congreso de la Nación, sus Comisiones e integrantes y, en especial, en lo relativo a la tramitación de los actos que deban ser remitidos al Congreso de la Nación en cumplimiento de lo establecido en el artículo 100, inciso 6, de la Constitución Nacional y otras Leyes.

— Asistir en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de los proyectos de decreto referentes al ejercicio de facultades delegadas por el Congreso, de los de necesidad y urgencia y de los que promulguen parcialmente las leyes.

— Entender en la gestión de la Comisión para la elaboración de los Proyectos Legislativos y Reglamentarios Complementarios de la Reforma Constitucional.

— Entender en el desarrollo de las relaciones con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados y diseñar y aplicar instrumentos que favorezcan la coordinación interinstitucional, en los aspectos inherentes a su competencia.

SUBSECRETARIA DE GESTION PARLAMENTARIA Y RELACIONES INSTITUCIONALES

— Asistir al Secretario de Relación Parlamentaria en la elaboración de la memoria descriptiva de los negocios de la Nación a los fines previstos en el artículo 100, inciso 10, de la Constitución Nacional y del informe del artículo 101.

— Asistir, desde el punto de vista de la oportunidad, mérito y conveniencia en los proyectos de ley que le sean requeridos por el Secretario del área para su posterior tramitación.

— Participar desde el punto de vista de la oportunidad, mérito y conveniencia, en el análisis de los proyectos de decretos reglamentarios de las leyes sancionadas por el Honorable Congreso de la Nación.

— Asistir al Secretario de Relación Parlamentaria en la organización de la concurrencia del Jefe de Gabinete de Ministros y de los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional a las sesiones de ambas Cámaras del Congreso Nacional y a las distintas comisiones de trabajo y/o bloques parlamentarios.

— Asistir al Secretario del área en su labor referida a la gestión de la Comisión para la Elaboración de los Proyectos Legislativos y Reglamentarios Complementarios de la Reforma Constitucional.

— Asistir al Secretario del área en el desarrollo de instrumentos de coordinación institucional y sectorial, en materia de su competencia.

— Desarrollar e implementar mecanismos que favorezcan al establecimiento de vínculos institucionales y la participación de organizaciones representativas de la comunidad.

— Elaborar, diseñar y administrar un banco de datos que permita obtener información institucional de los organismos y entidades públicas y privadas, nacionales e internacionales vinculados con el área.

SUBSECRETARIA DE INFORMACION Y ENLACE PARLAMENTARIO

— Recibir, tramitar y despachar los mensajes suscriptos por el Poder Ejecutivo Nacional que promuevan la iniciativa legislativa y los decretos que se envíen al Honorable Congreso de la Nación, en materia de su competencia.

— Recopilar, evaluar y canalizar la información y la documentación de la Administración Pública Nacional que requieran los cuerpos legislativos.

— Efectuar el control y seguimiento de la tramitación en el Congreso Nacional de los proyectos de ley.

— Asistir al Secretario de Relación Parlamentaria en el requerimiento y remisión a las distintas jurisdicciones de la información necesaria para la elaboración de proyectos de ley.

— Entender en la organización y funcionamiento del centro documental y bibliográfico referido a normas nacionales, provinciales y municipales con relación a la gestión del área.

SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

— Proponer las medidas que promuevan al perfeccionamiento de la organización y el adecuado funcionamiento de la Administración Nacional y dictar las normas de su competencia en esa materia.

— Proponer las medidas que establezcan la política de recursos humanos que asegure el desarrollo y el buen funcionamiento de un sistema eficiente de carrera administrativa.

— Proponer los actos administrativos que propicien la simplificación y transparencia de los procedimientos administrativos.

— Intervenir en el análisis de la política salarial del Sector Público y participar en las negociaciones establecidas por la Ley N° 24.185 y normas reglamentarias.

— Ejercer la Secretaria Permanente del Consejo Federal de la Función Pública.

— Administrary coordinar la Red Telemática Nacional de Información..Gubernamental en sus aspectos técnicos, económicos y presupuestarios.

— Aplicar la Ley 24.127 que instituye el Premio Nacional a la Calidad .y ejercer la Presidencia del Comité Permanente.

— Dirigir y supervisar el accionar del Cuerpo de Administradores Gubernamentales, de acuerdo con lo establecido por el Decreto N° 2098 del 30 de diciembre de 1987.

— Establecer la política sobre tecnologías referidas a informática, teleinformática o telemática, telecomunicaciones, "ofimática o "burocrática", tecnologías multimedios, instalaciones y comunicaciones asociadas y otros medios y sistemas electrónicos, y dictar el marco regulatorio en esta materia para los organismos comprendidos en los incisos a) y b) del Artículo 8 de la Ley 24.156. Brindar asistencia técnica a los organismos del Sector Público.

— Supervisar el accionar del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA (I.N.A.P.)

Anexo al Artículo 3Ί

Personal a transferir al INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, proveniente de la Dirección General de Administración y de Unidad de Auditoría Interna de SECRETARIA de la FUNCION PUBLICA.

A la Unidad de Auditoría Interna

B-0 - F.E. IV

SITKOWSKI, Samuel Aaron

17.287.102

B-0 - F.E. III

AGUIRRE, José Antonio

12.600.064

B-4 - F.E. IV

ZAFFARONI, Cecilia Margarita

12.290.033

A-3 - F.E. IV

MOLINARI, Aldo

07.663.695

A la Dirección General de Administración

A-4 - F.E. II

BERNASCONI, Hector Arnoldo

06.151.373

B-6 - F.E. V

CLAVERO MITRE, Liliana Inés

11.176.760

B-2 - F.E. IV

CORBELLA, Teresita Graciela

11.353.491

B-2 - F.E. IV

SCHLATER, Verónica

17.233.302

B-3

BLEUVILLE, Honorio S.

04.813.673

B-2

ASPITARTE, Marcelo

16.018.569

C-5

FERNANDEZ, Jorge

14.301.072

C-4

PETROSINI, Raúl Adrián

20.057.422

C-2

MONTI, Lila

22.823.188

D-4

SANTARELLI, Fernando

21.588.567

Personal a transferir a la SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, proveniente de la SECRETARIA de la FUNCION PUBLICA.

B-5

DOLAREA, Estela

L.C. 6.028.643

ANEXO IIa

JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS

DIRECCION DE CEREMONIAL

Acciones:

1. Asistir en el ceremonial vinculado con el Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Organizar la agenda del Jefe de Gabinete de Ministros, atendiendo las solicitudes de audiencias e invitaciones que se formulen.

3. Participar en la organización de las reuniones en las que intervenga el Jefe de Gabinete de Ministros con otras autoridades y efectuar las invitaciones y citaciones correspondientes.

4. Participar en la coordinación y organización de los actos, ceremonias y viajes oficiales en los que participe o efectúe el Jefe de Gabinete de Ministros.

5. Mantener relación directa con las áreas de Ceremonial de los distintos Ministerios y, fundamentalmente, con la del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, vinculadas con visitas que realicen autoridades extranjeras, en las que tenga intervención el Jefe de Gabinete de Ministros.

6. Programar y organizar la presentación de saludos protocolares de los Embajadores extranjeros acreditados en el país en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

DIRECCION DE ARCHIVO DE PRENSA

Acciones:

1. Procesar la información elaborada por los medios de comunicación social, del país y del exterior.

2. Examinar el material procesado y producir información, amplia o reservada, según su importancia o trascendencia.

3. Asistir en forma permanente, en aspectos no técnicos a los usuarios conectados a la Red Informática de Prensa.

4. Proceder a la actualización permanente de la base de datos, bibliotecas y tesauros.

SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria:

Atender la gestión económico financiera, patrimonial y contable de la Jurisdicción.

Acciones:

1. Efectuar el estudio y preparación del proyecto de presupuesto de gastos e inversiones de la jurisdicción y conducir la ejecución presupuestaria.

2. Realizar la gestión de bienes y servicios que requieran los distintos sectores de la Jurisdicción JEFE DE GABINETE DE MINISTROS y dirigir la contabilidad patrimonial del área.

3. Dirigir el movimiento efectivo de fondos y valores.

4. Conducir la gestión administrativo-contable.

5. Efectuar el procesamiento contable integral de las operaciones y centralizar y evaluar la información resultante.

DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS

Responsabilidad Primaria:

Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan la carrera administrativa del personal, la planificación y diseño organizacional de la jurisdicción y las acciones conducentes a la designación del personal de la Administración Pública Nacional que corresponda al Jefe de Gabinete de Ministros.

Acciones:

1. Realizar todas las acciones inherentes al cumplimiento del artículo 100 inciso 3 de la Constitución Nacional.

2. Atender todo lo relacionado con la administración del personal de la Jurisdicción.

3. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de planeamiento organizacional y de administración de recursos.

4. Participar y asistir técnicamente en los programas de mejoramiento de la calidad de los servicios y unidades a cargo de la jurisdicción.

5. Monitorear el estado de avance del personal de la Jurisdicción en el régimen de carrera y proponer las políticas y medios pertinentes.

DIRECCION DE MESA DE ENTRADAS Y DESPACHO

Acciones:

1. Organizar y supervisar la recepción, registro, trámite, seguimiento y archivo de la correspondencia, expedientes y documentación ingresada, en movimiento y egresada de la Jurisdicción, salvo la referida a los proyectos normativos (decretos, decisiones administrativas, mensajes y proyectos de ley, proyectos de ley sancionados por el Honorable Congreso de la Nación, etc.) y oficios judiciales y administrativos, los que ingresar n por la Dirección de Gestión Administrativa de la Dirección General de Despacho y Decretos de la Subsecretaría Técnica de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

2. Orientar el trámite de la documentación, elaborando los informes, providencias y notas correspondientes.

3. Protocolizar los actos administrativos —individuales o conjuntos— emanados del Jefe de Gabinete de Ministros que no requieran refrendo ministerial y los emanados de los Secretarios, Subsecretarios y funcionarios de la Jurisdicción Jefe de Gabinete de Ministros con facultades para resolver.

4. Reproducir, autenticar, distribuir, archivar y custodiar los ejemplares originales de los actos protocolizados.

5. Atender el servicio de gestora ante los organismos de la administración pública con respecto al trámite de la documentación, expedientes y actos administrativos, según corresponda.

6. Mantener un archivo sistematizado de los Boletines Oficiales como fuente informativa y de consulta.

SECRETARIA DE RELACION PARLAMENTARIA

SUBSECRETARIA DE INFORMACION Y ENLACE PARLAMENTARIO

DIRECCION GENERAL DE ENLACE Y RELACION PARLAMENTARIAS

Responsabilidad Primaria:

Organizar y coordinar las relaciones con ambas Cámaras del Honorable Congreso de la Nación, Comisiones, Bloques y legisladores y asistir en el tratamiento de las materias y proyectos específicos del área.

Acciones:

1. Organizar un sistema que permita realizar el seguimiento de los proyectos y temas que traten las Comisiones, Cuerpos y Bloques legislativos del Honorable Congreso de la Nación, as como también, de las tramitaciones cuya responsabilidad compete al Jefe de Gabinete de Ministros.

2. Identificar y evaluar las situaciones que generen dificultades en la concreción de los proyectos elevados, proponiendo los mecanismos que posibiliten una eficaz gestión de los mismos.

3. Gestionar ante los organismos competentes el suministro de información y documentación requerida por los Cuerpos Legislativos y efectuar su canalización a las instancias pertinentes.

4. Elaborar el estado de situación permanente del resultado de las acciones que hacen a la relación parlamentaria en función de los objetivos y políticas fijadas.

5. Asistir en el tratamiento de las materias y proyectos específicos que sean considerados prioritarios por el Secretario o Subsecretario del área, produciendo los informes correspondientes.

SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA

DIRECCION NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL

Responsabilidad Primaria:

Proponer políticas y programas relativos al perfeccionamiento de la administración de los recursos humanos de la Administración Nacional. Diseñar, proponer e interpretar las normas que las regulen, como así también efectuar la evaluación y seguimiento de las acciones emprendidas.

Acciones:

1. Dirigir el estudio, elaboración e interpretación de los regímenes estatutarios, escalafonarios y demás normas jurídicas que rigen las relaciones laborales de la Administración Nacional con sus agentes; proponer modificaciones, supresiones y nuevas normas e intervenir en la tramitación de los actos administrativos que sobre el particular dicte el Poder Ejecutivo.

2. Dirigir el estudio y elaboración de políticas, normas y medidas relativas al funcionamiento del sistema de carrera para el personal de la Administración Nacional, como as también el seguimiento y evaluación de los ordenamientos escalafonarios vigentes proponiendo medidas para la mejor gestión e integración de los regímenes de carrera.

3. Conducir los estudios y las propuestas de los mecanismos de delegacin de las facultades del Poder Ejecutivo Nacional y del Jefe de Gabinete en los temas de su competencia.

4. Asesorar en el cumplimiento de las responsabilidades asignadas a la Secretaría de la Función Pública en las negociaciones colectivas establecidas por la Ley NΊ 24.185 y normas reglamentarias.

5. Intervenir en el estudio de propuestas en materia de política salarial en los aspectos escalafonarios, estatutarios y en los vinculados con la relación de empleo público y coordinar el análisis de las propuestas de determinación de adicionales, bonificaciones, asignaciones y suplementos. Administrar los registros vinculados con regímenes especiales de ingreso a la Administración y con situaciones excepcionales de revista del personal.

6. Asegurar la recopilación y edición de normas, jurisprudencia, doctrina y dictámenes referentes al Régimen Jurídico de los agentes públicos y la informatización y actualización del Digesto Administrativo del Servicio Civil y su difusión en el ámbito nacional y organismos internacionales con competencia en la materia.

7. Coordinar las Comisiones Permanentes de los sistemas de carreras vigentes.

8. Establecer y mantener relaciones institucionales con organismos, municipales, provinciales, nacionales e internacionales con el fin de intercambiar conocimientos y experiencias en los temas de su competencia.

DIRECCION NACIONAL DE ORGANIZACION

Responsabilidad Primaria:

Elaborar y proponer políticas, y desarrollar programas tendientes a que los organismos de la Administración Nacional central y descentralizada cuenten con diseños organizacionales adecuados para la búsqueda de la optimización en el cumplimiento de sus objetivos y evaluar sus resultados. Desarrollar y asistir en la aplicación de nuevas tecnologías que propendan al mejoramiento de la calidad de la gestión administrativa. Desarrollar los instrumentos técnicos y normativos necesarios. Implementar el Plan General de Estadísticas de la Función Pública.

Acciones:

1. Conducir la elaboración e implementación de los programas de análisis y optimización de procesos, análisis y diseño organizacional y de relevamiento y rediseño de puestos de trabajo de la Administración Nacional.

2. Conducir el proceso de evaluación de las propuestas de cambios organizacionales —creación, transferencia y/o fusión de organismos; modificaciones de sus estructuras organizativas; ponderación de las unidades organizativas y de funciones ejecutivas, análisis de plantas no permanentes, etc. presentadas por las distintas jurisdicciones del Poder Ejecutivo Nacional, estableciendo los criterios, factores y variables a aplicar para dichas evaluaciones.

3. Desarrollar nuevas tecnologías que propendan al mejoramiento de la calidad de la gestión administrativa e implementar programas específicos de asistencia a los organismos del Sector Público, estableciendo las pautas para la elaboración de estándares de eficiencia y calidad de servicio y evaluar el grado en que dichos estándares son alcanzados.

4. Asistir técnicamente al Comité Permanente para el Premio Nacional a la Calidad en la Administración Nacional en el gerenciamiento del Premio, en virtud de la aplicación de lo establecido en la Ley NΊ 24.127.

5. Establecer las pautas para la implementación del Plan General de Estadísticas de la Función Pública.

6. Intervenir en la definición y en el proceso de implementación de los sistemas de procesamiento integral de información sobre Recursos Humanos del Sector Público Nacional, en coordinación con la Secretaría de Hacienda, y administrar los aspectos relacionados con la información referida a estructuras, su evaluación, recursos humanos, puestos de trabajo y todos aquellos aspectos relacionados con su competencia especifica.

7. Asegurar la recopilación y edición de normas, en materia de su competencia.

8. Establecer y mantener relaciones institucionales con organismos, municipales, provinciales, nacionales e internacionales con el fin de intercambiar conocimientos y experiencias en los temas de su competencia.

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION E INTEGRACION TECNOLOGICA

Responsabilidad Primaria:

Formular políticas y planes de desarrollo e innovación teconológica para la transformación y modernización del Estado, promoviendo la integración de nuevas tecnologías, así como la coordinación con otros organismos públicos y/o privados para favorecer el desarrollo e implementación de las mismas. Evaluar su implementación.

Definir los perfiles de los recursos humanos afectados al desarrollo y uso de las tecnologías mencionadas, las pautas de sus remuneraciones y las de capacitación.

Acciones:

1. Coordinar los proyectos de desarrollo, innovación, implementación, compatibilización e integración de estas tecnologías en el ámbito del Sector Público.

2. Coordinar los recursos humanos y tecnologías existentes en la Administración Nacional para su mejor aprovechamiento.

3. Coordinar la relación con el sector privado a los efectos de asegurar la amplia participación en igualdad de los proveedores, la calidad y precios de las provisiones y que los proyectos tecnológicos de dicho sector sean compatibles con los del Sector Público.

4. Coordinar la investigación y el desarrollo de nuevas soluciones para el Sector Público sobre la base de las referidas tecnologías. Gestionar la búsqueda e identificación de fuentes de financiamiento para el desarrollo e implementación de los referidos proyectos.

5. Coordinar con organismos nacionales e internacionales el apoyo y soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el desarrollo y la capacitación de los recursos humanos en coordinación con el Instituto Nacional de la Administración Pública.

6. Promover el estudio y el análisis del valor legal de los documentos electrónicos y él de los sistemas tendientes a resguardar la seguridad y la privacidad de la información contenida en medios electrónicos.

7. Tomar conocimiento, con anterioridad a su publicación, de los procesos de contratación de bienes insumos, servicios y sistemas relacionados con estas tecnologías que se produzcan en los organismos de la Administración Nacional, incluso en cumplimiento de acuerdos o convenios con Organismos Internacionales cualesquiera estos sean a los efectos de asegurar su compatibilización e integración.

8. Verificar el cumplimiento de las políticas y planes implementados en la Administración Nacional en relación con las referidas tecnologías.

9. Analizar el diseño de las estructuras organizativas de las áreas informáticas de la Administración Nacional.

10. Proponer la definición de los perfiles de los recursos humanos afectados a esas tecnologías, que se incorporen a la Administración Nacional. Determinar las necesidades de capacitación y proponer las pautas de las mismas.

DIRECCION NACIONAL DE ESTANDARIZACION Y ASISTENCIA TECNICA

Responsabilidad Primaria:

Proponer estándares para la adquisición y uso de productos y servicios destinados a la transformación y modernización del Estado, mediante la incorporación de tecnologías en los diversos sectores de la Administración Nacional, en concordancia con las políticas y planes fijados.

Asistir técnicamente a los Organismos Nacionales, Provinciales o Municipales en los temas de su competencia.

Establecer las pautas de evaluación, mantenimiento y modernización de los equipos, insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.

Acciones:

1. Elaborar propuestas de estándares tecnológicos de la Administración Nacional, efectuar la actualización permanente de los mismos y verificar su cumplimiento.

2. Dar asistencia técnica para la administración de los sistemas existentes e implementación de proyectos de incorporación de estas tecnologías que le sean requeridas, en el ámbito de la Administración Nacional, en los demás poderes del Estado Nacional, en las provincias y en los Municipios.

3. Supervisar la operación y funcionamiento de la Red Telemática Nacional de Información Gubernamental estableciendo normas para el control técnico y administración.

4. Tomar conocimiento con anterioridad a su publicación de los procesos de contratación de bienes, insumos, servicios y sistemas relacionados con estas tecnologías que se produzcan en los organismos de la Administración Nacional, incluso en cumplimiento de convenios o acuerdos con Organismos internacionales cualesquiera estos sean, a los efectos de examinar sus aspectos técnicos y económicos.

5. Mantener actualizado el Censo Nacional de bienes informáticos y de telecomunicaciones.

6. Asistir técnicamente a la Sindicatura General de la Nación y elaborar los estándares respectivos, sobre los cuales dicho organismo realizará las auditorías cuando lo considere necesario.

7. Asistir técnicamente a la Oficina Nacional de Contrataciones de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y de Obras y Servicios Públicos en relación a la elaboración de las normas de contratación de las referidas tecnologías.

8. Llevar información estadística de las contrataciones que realice la Administración Nacional de las mencionadas tecnologías.

9. Mantener contacto con los organismos Nacionales e Internacionales de normatización técnica.

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

COORDINACION GENERAL DE ACCION SOCIAL Y ASISTENCIAL

Responsabilidad Primaria:

Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la programación de las acciones relacionadas con la labor social y asistencial a través del Subsecretario del área.

Acciones:

1. Entender en la consideración y diligenciamiento de las situaciones que se planteen dentro del área vinculadas con su responsabilidad primaria.

2. Atender la coordinación permanente de las tareas a desarrollar en conexión con los distintos sectores de la Administración que contribuyan según su competencia para la consecución de los fines sociales o asistenciales perseguidos.

3. Intervenir en las medidas a adoptar ante emergencias y promover su concreción según las diferentes características de cada caso, sin perjuicio de las atribuciones propias de los organismos intervinientes.

4. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el desarrollo de las relaciones con organismos nacionales, provinciales y municipales en los aspectos inherentes a su competencia, a través del Subsecretario del área.

DIRECCION DE PROGRAMAS DE DESARROLLO SUSTENTABLE

Acciones:

1. Asistir en todo lo concerniente a los Programas de Desarrollo Sustentable y, en especial, en todo lo relacionado con el desarrollo forestal argentino.

2. Efectuar el análisis y procesamiento integral de la información referida a las actividades de proyectos de desarrollo sustentable.

3. Entender en todo lo relacionado con el "Plan de Desarrollo Verde" o cualquier otra que se cree con similares fines.

4. Evaluar y coordinar las distintas iniciativas vinculadas con las actividades de proyectos de desarrollo sustentable.

5. Mantener actualizado el sistema de información nacional de Programas y Proyectos de Desarrollo Sustentable, para lo cual podrá coordinar sus acciones con las de las distintas áreas intervinientes.

6. Evaluar los Proyectos que se formulen en el ámbito de su competencia.

7. Participar en la identificación, gestión y obtención de fuentes de financiamiento relativas a los programas de su competencia.

Anexo IIb

INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA

OBJETIVOS

Desarrollar sistemas de formación, capacitación, especialización y actualización en función de las necesidades de la Administración Nacional y de las prioridades que determine el Gobierno Nacional para el personal del Sector Público, y dirigentes políticos y sociales que aspiren a concurrir con el Estado en la ejecución de políticas públicas.

Desarrollar investigaciones sobre el Sector Público y el Estado.

UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA

Responsabilidad Primaria:

Planificar, programar y ejecutar exámenes y evaluaciones posteriores de las actividades del Organismo en sus aspectos presupuestario, económico, financiero, patrimonial, normativo, operacional y de gestión, ejerciendo un control integral e integrado fundado en criterio de economía, eficiencia y eficacia.

Acciones:

1. Elaborar el planeamiento general de la auditoría interna, de acuerdo a las Normas Generales de Control Interno y la Auditoría Interna, aplicando el modelo de control integral e integrado.

2. Elaborar el Plan Anual de Auditoría Interna.

3. Remitir el Plan Anual de Auditoría Interna a la Sindicatura General de la Nación para su discusión y aprobación final.

4. Participar en la definición de normas y procedimientos a efectos de establecer en acuerdo con el Directorio, el Sistema de Control Interno y posteriormente efectuar su seguimiento.

5. Verificar el cumplimiento de políticas, programas y proyectos de investigación, formación superior, capacitación y documentación e información.

6. Revisar y evaluar la aplicación de los controles operativos, contables, de legalidad y financieros.

7. Verificar si las erogaciones son efectuadas de acuerdo con las normas legales y de contabilidad aplicables y a los niveles presupuestarios correspondientes.

8. Determinar la confiabilidad de los datos que se utilizan en la elaboración de la información.

9. Determinar la precisión de las registraciones de los activos y las medidas de reguardo tomadas para protegerlo.

10. Producir informes sobre las actividades desarrolladas y, en su caso, formular las recomendaciones u observaciones que correspondan.

11. Remitir copia de los informes y recomendaciones a la Sindicatura General de la Nación e informar sobre los temas que el Directorio y la Sindicatura General de la Nación lo requieran.

DIRECCION EJECUTIVA ACADEMICA

OBJETIVOS

Planificar, programar y proponer para su consideración en el Directorio las políticas de investigación sobre temáticas del Estado, y de formación y capacitación de los recursos humanos de la Administración Pública.

Supervisar y evaluar la ejecución de los programas de formación, capacitación e investigación que se realicen en el Instituto.

Supervisar el diseño de programas de formación y proponer al Directorio los planes de implementación de los cursos que se dicten para los niveles directivos y gerenciales de la Administración Pública, de escalafones especiales, de especializaciones y para la formación estratégico política de dirigentes políticos y sociales que aspiren a ejercer funciones en el Estado o concurrir desde la sociedad con el Estado en la ejecución de políticas públicas.

Supervisar la programación y ejecución de investigaciones y proponer para la consideración del Directorio los cursos de acción orientados a su implementación, as como también la difusión de las actividades de formación e investigación.

Ejercer la responsabilidad acerca de la aprobación que exige la normativa de personal, de los cursos y becas en el exterior que realice el personal del Estado.

DIRECCION NACIONAL DE ESTUDIOS Y DOCUMENTACION

Responsabilidad Primaria:

Desarrollar trabajos de investigación sobre la Administración Nacional y coordinar la Red Nacional de Documentación e Información en la materia.

Acciones:

1. Programar, planificar, coordinar y ejecutar las acciones de investigación sobre la Administración Nacional y aquellas que sean demandadas por los gobiernos provinciales y municipales.

2. Proponer y coordinar la ejecución de estudios mediante convenios con organismos internacionales, universidades, institutos de investigación y otros organismos públicos o privados con interés en el tema.

3. Custodiar y registrar información y documentación sobre Administración Pública y antecedentes legales necesarios para la gestión del Instituto y almacenar, resguardar, restaurar y custodiar el material documental, efectuando su duplicación según requerimientos.

4. Programar, desarrollar y distribuir la producción editorial institucional; proponer la adquisición de documentación pertinente y efectuar el diseño y realización de los materiales didácticos y de difusión.

5. Prestar asistencia técnica, documental e informativa en materia de documentación sobre Administración Pública, administrar la utilización de equipos audiovisuales y ejercer la representación del Instituto ante la R.E.D.I.A.P. (Red Latinoamericana de Documentación e Información en Administración Pública), así como también mantener actualizada la información sobre los estudios que realizan institucionales del país y el exterior.

DIRECCION NACIONAL DE FORMACION SUPERIOR

Responsabilidad Primaria:

Formar y capacitar a los niveles directivos y gerenciales de la Administración Pública Nacional, a dirigentes políticos y sociales con aspiraciones a ejercer funciones en el Estado o a concurrir desde la sociedad con el Estado para la gestión de políticas públicas y formular políticas de asistencia técnica en la materia a otros ámbitos del Estado de acuerdo con las pautas generales que defina el Directorio.

Acciones:

1. Planificar, coordinar, controlar y evaluar la ejecución de los programas de formación de los niveles directivos y gerenciales de la Administración Pública, los niveles directivos de escalafones especiales, de formación de Administradores Gubernamentales y de dirigentes políticos y sociales.

2. Proponer las pautas de ingreso y selección para los futuros integrantes de los programas de formación.

3. Proponer los reglamentos internos, requisitos y pruebas de admisión para el correcto funcionamiento de los programas en ejecución.

4. Proponer los diseños curriculares, los programas de módulos y actividades académicas y las designaciones de docentes y disertantes, evaluando sus antecedentes curriculares y su trayectoria.

5. Realizar asistencia técnica a los organismos estatales en materia de formación gerencial.

6. Transferir tecnologías de gestión a las organizaciones públicas (nacionales, provinciales y municipales) a través de la capacitación especializada a los agentes con funciones de alta significatividad.

DIRECCION NACIONAL DE CAPACITACION

Responsabilidad Primaria:

Planificar, programar e implementar acciones de capacitación para los agentes profesionales y no profesionales que cumplen funciones de analistas técnicos, de conducción intermedia, de supervisión y de ejecución, en función de las prioridades y modalidades del proceso de reforma y modernización de la organización del Estado; fomentar y coordinar la interrelación entre las distintas unidades de capacitación de la APN; promover el desarrollo técnico de las mismas; asistirlas en el diseño de sus curriculas específicas; supervisar la puesta en práctica de las acciones y desarrollar tecnologías de capacitación transferibles a organismos provinciales y municipales.

Acciones:

1. Diseñar, implementar y evaluar programas de capacitación que configuren la oferta de la Dirección Nacional de Capacitación y que asegure a los agentes de la APN una inserción efectiva en sus respectivos ámbitos laborales en el marco del proceso de reforma y modernización del Estado.

2. Asistir técnicamente a las Direcciones de Recursos Humanos y a las áreas de capacitación en los procesos de identificación de necesidades y de diseño, implementación, evaluación y seguimiento de los proyectos de capacitación específica.

3. Desarrollar acciones para el fortalecimiento de las unidades de capacitación, para la articulación y la interacción de las mismas y para la evaluación del impacto organizacional de la capacitación.

4. Desarrollar tecnologías de capacitación que permitan atender las demandas provenientes de los organismos de la APN centralizada y descentralizada y que sean transferibles a las jurisdicciones provinciales y municipales.

5. Diseñar, implementar y evaluar programas de capacitación e informática que incorporen las modalidades presencial, semipresencial y a distancia con el objeto de lograr un mejor aprovechamiento de los recursos informáticos de los organismos.

6. Diseñar, implementar y evaluar programas de capacitación vinculados a la temática de la discapacidad que permitan a las personas con discapacidad que trabajan en la Administración Pública Nacional desempeñarse con eficiencia en su ámbito laboral, así como formar a quienes trabajan en contacto con ellas para que puedan asesorarlas y conducirlas con eficacia.

DIRECCION EJECUTIVA TECNICA

OBJETIVOS

Entender en la administración de los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Instituto y brindar el asesoramiento jurídico necesario, tramitando las respuestas a los requerimientos judiciales.

Desarrollar las acciones vinculadas con el mantenimiento de las relaciones institucionales requeridas por el Directorio del Instituto.

Coordinar la realización, en sus aspectos administrativos, de los actos que emanen del Presidente y del Directorio y brindar el apoyo necesario para la convocatoria de las reuniones, elaboración de actas, registro de los actos emanados y cualquier actividad derivada del funcionamiento de dicho Cuerpo.

Ejercer, por delegacin del Presidente y/o el Directorio la representación del Instituto en actos, ceremonias y diferentes eventos as como la firma de convenios y acuerdos, y efectuar su registro y seguimiento.

Brindar asistencia técnica por medio de programas especiales a Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales por s o a través de convenios con Universidades y Organismos Nacionales e Internacionales, y administrar los programas de becas en el exterior.

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Responsabilidad Primaria:

Administrar los recursos humanos, materiales y financieros asignados al Instituto.

Acciones:

1. Proponer el presupuesto anual del Instituto y efectuar la evaluación económico financiera de los planes de acción y programas del mismo.

2. Coordinar y controlar los procedimientos administrativos contables y ser responsable del estado de compromisos y fondos disponibles en virtud del Presupuesto de Gastos y Recursos.

3. Realizar las compras, contrataciones y suministros de bienes y servicios fiscalizando y actualizado permanentemente el registro de los bienes patrimoniales del organismo, ejerciendo la responsabilidad sobre el mantenimiento y conservación de los bienes muebles e inmuebles asignados y efectuar las verificaciones que normativamente correspondan.

4. Realizar la administración de los recursos humanos del Instituto, interviniendo en las tramitaciones y actos administrativos y verificando el cumplimiento de las reglamentaciones vigentes.

Anexo IIIa

Anexo IIIa

Anexo IIIb

Anexo IVa

Anexo IVb