REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO

Ley Nş 24.692

Sustitúyense los inciso a) y b del artículo 140 del citado régimen (t.o. 1976).

Sancionada: Setiembre 4 de 1996

Promulgada: Setiembre 25 de 1996

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1ş — Sustitúyense los incisos a) y b) del artículo 140 del régimen de Contrato de Trabajo (L.C.T., t.o. 1976), por los siguientes:

"a) Nombre íntegro o razón social del empleador, su domicilio y su Clave Unica de Identificación tributaria (C.U.I.T.)."

"b) Nombre y apellido del trabajador, su calificación profesional y su Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.)."

ARTICULO 2ş — Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. — ALBERTO R. PIERRI. — CARLOS F. RUCKAUF. — Esther H. Pereyra Arandía de Pérez Pardo. — Edgardo Piuzzi.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.