DECRETO Nº 1154/96

BUENOS AIRES, 10 de octubre de 1996

VISTO el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996, modificado por el Decreto N° 992/96, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 16 de la citada norma se dispuso la fusión de las SECRETARIAS DE OBRAS PUBLICAS Y DE ENERGIA Y TRANSPORTE, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, en la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que dicha norma definió las funciones a desarrollar por la Administración Nacional, orientadas a privilegiar las áreas sustantivas de las distintas jurisdicciones.

Que las modificaciones producidas con posterioridad a la aprobación del mencionado decreto, en el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tornan conveniente revisar el criterio de fusión aplicado a áreas de Obras Públicas y de Energía y Transporte.

Que la magnitud e importancia de los objetivos y responsabilidades asignadas a las mismas aconsejan reformular ambas Secretarias.

Que asimismo, lo dispuesto por este acto no implica una modificación en el número de Subsecretarias oportunamente establecidas por el Decreto Nº 660/96 y modificatorio en la jurisdicción del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99 inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto, a partir de la fecha del presente decreto, la fusión de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS y de la SECRETARIA DE ENERGIA Y TRANSPORTE, en la SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS dispuesta por el artículo 16 del Decreto N° 660/96, modificado por el Decreto Nº 992/96, reformulando ambas Secretarías en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

ARTICULO 2°- Sustitúyese el Anexo I del Decreto N° 660/96 y modificatorio, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el siguiente: MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

Secretaría de Programación Económica

Subsecretaría de Programación Macroeconómica

Subsecretaría de Programación Regional

Subsecretaría de Inversión Pública

Subsecretaría de Bancos y Seguros

Instituto Nacional de Estadística y Censos

Secretaría de Coordinación

Subsecretaría Legal

Subsecretaría de Administración

Subsecretaría de Normalización Patrimonial

Subsecretaría de Relaciones Institucionales

Secretaría de Hacienda

Subsecretaría de Presupuesto

Subsecretaría de Política Tributaria

Subsecretaría de Financiamiento

Secretaría de Obras Públicas y Transporte

Subsecretaría de Obras Públicas

Subsecretaría de Recursos Hídricos

Subsecretaría de Transporte Aerocomercial

Subsecretaría de Transporte Metropolitano y de Larga Distancia

Secretaría de Energía y Puertos

Subsecretaría de Energía

Subsecretaría de Combustibles

Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables

Secretaría de Industria, Comercio y Minería

Subsecretaría de Industria

Subsecretaría de Comercio Exterior

Subsecretaría de Comercio Interior

Subsecretaría de Minería

Secretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación

Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación

Subsecretaría de Pesca

Subsecretaría de Alimentación

ARTICULO 3°.- Sustitúyese el Anexo II del Decreto N° 660/96 y modificatorio en la parte correspondiente a la ex-SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS por el que obra como Anexo al presente articulo.

ARTICULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.MENEM- Jorge A. Rodríguez- Roque B. Fernández

ANEXO AL ARTICULO 3º

SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTE

OBJETIVOS

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de obras públicas y transporte, terrestre y aerocomercial supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a ellas. Asimismo, proponer el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución, ejerciendo las atribuciones conferidas directamente por la normativa vigente en la materia o las que en el futuro se le deleguen.

Coordinar la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros paises u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas de obra pública.

Entender en todo lo concerniente a la administración de los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional.

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política relativa a los recursos hídricos, supervisando su cumplimiento y coordinando los planes, programas y proyectos vinculados a los mismos en todas sus manifestaciones a fin de proveer a su correcto conocimiento, aprovechamiento, uso y preservación, y a la participación de las políticas tarifarias y de concesiones.

Entender en el funcionamiento de un sistema integrado de transportes interno e internacional coordinando sus acciones y elaborando las medidas que permitan el desarrollo de los modos aéreo y terrestre, en condiciones de máxima eficiencia, de conformidad con las facultades otorgadas por la legislación y la normativa vigente.

Definir y controlar las políticas y planes de corto, mediano y largo plazo para transporte interno e internacional que faciliten una adecuada coordinación, orientadas en especial a favorecer 1a integración, latinoamericana y promover los estudios y acciones que posibiliten distintas formas de desregulación, privatización y/o concesión parcial o total de los servicios en la medida que tienda al perfeccionamiento del sistema.

Efectuar el control y fiscalización de los servicios de transporte que se prestan a través de los diferentes modos, asegurando la máxima calidad del servicio y protección al usuario en condiciones racionales de economicidad, y coordinar las acciones relativas a prevención, accidentes y seguridad vial.

Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de las áreas privatizadas o concesionadas de competencia de la Secretaría cuando tengan una vinculación funcional con la misma, y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en contra de las actividades específicas del accionar de los entes mencionados en e! párrafo anterior.

Conducir las acciones tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de adaptacion de los nuevos operadores al interés general.

SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS

OBJETIVOS

Coordinar la planificación y ejecución de inversiones en obras públicas. Coordinar el análisis y la elaboración de las propuestas sobre el marco regulatorio que facilite la concreción de las mismas.

Asistir al Secretario de Obras Públicas y Transporte en el ejercicio de las facultades que le han sido delegadas o le fueren delegadas en el futuro respecto de las normas rectoras sobre obras públicas y/o sobre concesiones de obras públicas.

Asistir al Secretario de Obras Públicas y Transporte en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros paises u organismos internacionales ofrezcan, para el cumplimiento de los objetivos y políticas en materia de obra pública, en especial en el sector vial.

Coordinar la planificación de las políticas de concesiones de obras públicas, en especial, del sistema vial nacional.

Asistir en la fiscalización, juntamente con los organismos de contralor respectivos, del accionar de los entes concesionarios en las concesiones viales y/o de obras públicas existentes o que se establezcan en el futuro.

Entender en la formulación, seguimiento y control de aplicación de las políticas relativas a los bienes físicos de propiedad del Estado Nacional e implementar y mantener actualizado un sistema de información que facilite la operación de dichos bienes.

Asistir en todos los actos de administración de los bienes inmuebles del Estado Nacional correspondientes a la Administración Centralizada, su adquisición, disposición, conservación, mantenimiento y asignación, y en la racionalización de los espacios físicos, formulando las políticas relativas a su conservación, mantenimiento, y efectuar su seguimiento y control.

Ejercer las atribuciones encomendadas a la COMISION VENTA INMUEBLES ESTATALES creada por Decreto N° 2137 del 10 de octubre de 1991 y ejercer las atribuciones encomendadas por la Ley N° 24.383.

Entender en la formulación, seguimiento y ejecución de las políticas relativas a la construcción, conservación y reciclaje de edificios fiscales y a la restauración y conservación de monumentos históricos nacionales.

SUBSECRETARIA DE RECURSOS HIDRICOS

OBJETIVOS

Coordinar la planificación y ejecución de la política en materia de recursos hídricos y la elaboración del marco regulatorio, vinculando la acción de las distintas jurisdicciones y organismos intervinientes en la problemática hídrica.

Asesorar en la planificación de la política exterior de la Nación en materia de recursos hídricos internacionales compartidos, sus cuencas, cursos de ríos sucesivos y contiguos, y cuerpos de agua, así como también de la política sobre cuencas y regiones hídricas ínter-provinciales.

Asistir en la planificación de políticas tarifarias y de concesiones que se efectúen para el aprovechamiento y preservación de los recursos hídricos y prestación de servicios de agua potable y tratamientos cloacales.

Asistir en la promoción, impulso y administración de programas de abastecimiento de agua potable, evacuación de excretas y otros servicios complementarios, con el objetivo de promover el desarrollo y el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

Asistir en la gestión y obtención de cooperación técnica y financiera internacional que otros países u organismos internacionales ofrezcan para el cumplimiento de los objetivos y políticas en materia hídrica.

Asistir en e! control de funcionamiento de los sistemas de prestación de los servicios de agua potable, evacuación de excretas y otros servicios complementarios que brinden los organismos y/o entes prestadores de servicios públicos, destinatarios de recursos presupuestados o que surjan de cooperación financiera internacional.

Celebrar convenios -ad referéndum- del Secretario de Obras Públicas y Transporte con las provincias, municipios y/o comunidades, para el desarrollo de los planes y programas de su competencia.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las políticas, planes y programas referidos al transporte aerocomercial.

Coordinar los estudios para La actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de transporte.

Coordinar todo lo relativo a planes de ruta como así también la modificación o actualización de la legislación y el funcionamiento del sistema de transporte aerocomercial.

Participar en la reestructuración del sistema nacional de aeropuertos.

SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE METROPOLITANO Y DE LARGA DISTANCIA

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y el control de ejecución de las políticas, planes y programas referidos al transporte automotor y ferroviario de carga y pasajeros, tanto metropolitano como de larga distancia.

Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifarlo y toda otra normativa vinculada con las acciones de su competencia.

Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los servicios de transporte.

Contribuir a la estructuración y planificación del transporte en el Area Metropolitana de Buenos Aires.

SECRETARIA DE ENERGIA Y PUERTOS

OBJETIVOS

Entender en la elaboración, propuesta y ejecución de la política nacional en materia de energía, actividad portuaria, fluvial y marítima y de las vías navegables, supervisando su cumplimiento y proponiendo el marco regulatorio destinado a facilitar su ejecución.

Ejercer las facultades de contralor respecto de aquellos entes u organismos de control de los servicios públicos privatizados o concesionados en el área de la Secretaría, cuando los mismos tengan una vinculación funcional con la misma y hacer cumplir los marcos regulatorios correspondientes.

Asistir en la resolución de los recursos de carácter administrativo que se interpongan en contra del accionar de los Entes Reguladores de las actividades específicas.

Conducir las acciones tendientes a aplicar la política sectorial orientando el proceso de adaptación de los nuevos operadores al interés general.

SUBSECRETARIA DE ENERGIA

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas sectoriales.

Monitorear las relaciones con y entre los diferentes operadores del sistema eléctrico, asegurando la adecuada información acerca de las condiciones de demanda y oferta en el corto, mediano y largo plazo.

Evaluar los recursos naturales disponibles para el aprovechamiento energético, asistir en la elaboración de las propuestas relativas a la normativa específica para las distintas etapas de la industria eléctrica, evaluar su impacto ambiental en coordinación con las áreas competentes y promocionar programas conducentes al uso racional de la energía y al desarrollo de las fuentes nuevas y renovables.

SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de la ejecución de la política nacional de hidrocarburos, carbón mineral y otros combustibles, en lo que hace a la promoción y regulación de sus etapas de exploración, explotación, transporte y distribución.

Estudiar y analizar el comportamiento del mercado desregulado de hidrocarburos y carbón mineral, promoviendo políticas de competencia y de eficiencia en la asignación de recursos.

Promover y supervisar la explotación racional de los recursos hidrocarburíferos y la preservación del ambiente en todas las etapas de la industria petrolera y ejecutar las demás acciones de control y fiscalización previstas para la autoridad de aplicación de la Ley N° 17.319 y del Decreto N° 44/91 y ejercer el poder de policía en materia de gas licuado envasado.

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES

OBJETIVOS

Efectuar la propuesta y control de ejecución de las políticas y planes referidos a la actividad portuaria y de las vías navegables y todo lo vinculado al transporte fluvial y marítimo. Ejercer todas las responsabilidades y funciones de la autoridad portuaria nacional.

Elaborar y proponer políticas de desregulación, privatización y/o concesión de los puertos, servicios portuarios y de vías navegables.

Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente en lo referente a modalidades operativas, aptitud técnica de equipos, seguros, régimen tarifario y toda otra normativa vinculada a las acciones de su competencia.