REFORMA DEL ESTADO

Decreto 1162/96

Déjase sin efecto la liquidación de Telam Sociedad Anónima, Informativa y Publicitaria dispuesta por el Decreto N° 660/96.

Bs. As., 14/10/96

VISTO el Decreto N° 660 del 24 de junio de 1996 y

CONSIDERANDO:

Que cuestiones operativas y de mejor servicio aconsejan dejar sin efecto la liquidación de TELAM SOCIEDAD ANONIMA, INFORMATIVA y PUBLICITARIA oportunamente dispuesta por el artículo 32 del decreto N° 660/96.

Que por Asamblea General Extraordinaria de fecha 20 de setiembre de 1996 fue aprobado el nuevo diagrama operativo y el procedimiento financiero oportunamente elevado por el Directorio de Telam S.A.I.P.

Que ha tomado la intervención que le compete la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 1° de la Constitución Nacional.

Por ello.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Déjase sin efecto la liquidación de TELAM SOCIEDAD ANONIMA. INFORMATIVA Y PUBLICITARIA dispuesta por el articulo 32 del Decreto N° 660/96 y exclúyase al citado articulo del texto del artículo 54 de la mencionada norma.

Art. 2°-Dispónese que el nuevo diagrama operativo de Telam SAIP deberá ser instrumentado en forma inmediata a partir de la firma del presente decreto. El nuevo procedimiento económico financiero en tanto deberá ser puesto en práctica a partir del 1° de enero de 1997.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A. Rodríguez.- Carlos V. Corach.