SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 897/2021
RESOL-2021-897-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 18/05/2021
VISTO el Expediente Nº EX-2021-42971228-APN-GG#SSS, las Leyes Nº 23.660
y Nº 23.661; el Decreto Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y las
Resoluciones Nº 777 de fecha 29 de abril de 2014; Nº 1224 de fecha 28
de diciembre de 2015 y Nº 19 de fecha 29 de enero de 2020, todas del
Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 2710/12 se aprobó la estructura organizativa de
primer nivel operativo de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD,
organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que mediante la Resolución Nº 777/2014-SSSALUD se dispuso la delegación
de firma de las disposiciones que se dictaren en el marco de los
reclamos iniciados por los beneficiarios de los Agentes del Sistema
Nacional del Seguro de Salud y los Usuarios de las Entidades de
Medicina Prepaga, en el Gerente de Atención y Servicios al Usuario de
este Organismo.
Que tal encargo se circunscribió a los reclamos y/o denuncias
enmarcadas en el procedimiento previsto por la Resolución Nº 075/1998
SSSALUD, sus modificatorias y complementarias.
Que por las Resoluciones Nº 1224/15-SSSALUD y Nº 19/2020 SSSALUD, se
mantiene la delegación de la suscripción de los actos administrativos
en los términos de la Resolución citada en el segundo párrafo.
Que, en virtud de ello, se estima oportuno ratificar la delegación en
materia de suscripción de actos administrativos en el marco de los
reclamos encuadrados en la Resolución N° 075/98-SSSALUD, sus
modificatorias y complementarias, en el o la Gerente de Atención y
Servicios al Usuario de este Organismo.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones
conferidas por los Decretos N° 1615, de fecha 23 de diciembre de 1996,
N° 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 307 de fecha 07 de mayo
de 2021.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Ratifícanse los términos de la Resolución Nº 777/2014 del
Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD y, en
consecuencia, mantiénese la delegación de la suscripción de los actos
administrativos a dictarse en el marco de los reclamos encuadrados en
la Resolución Nº 075/1998 SSSALUD, sus modificatorias y
complementarias, en la persona del o de la Gerente de Atención y
Servicios al Usuario del Sistema de Salud de la SUPERINTENDENCIA DE
SERVICIOS DE SALUD.
ARTÍCULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente, archívese.
Daniel Alejandro Lopez
e. 19/05/2021 N° 33892/21 v. 19/05/2021