AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
Resolución 566/2021
RESOL-2021-566-APN-DE#AND
Ciudad de Buenos Aires, 20/05/2021
VISTO el expediente N° EX-2021-31850317- APN-DAPD#AND, los Decretos
Nros. 225 del 15 de marzo de 2007, 698 del 5 de septiembre de 2017 y
sus modificatorios, 868 del 26 de octubre de 2017, 95 del 1° de febrero
de 2018, 160 del 27 de febrero de 2018, 390 del 21 de abril de 2020 y
la Resolución ANDIS N° 218 del 9 de mayo de 2019, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 698/17 y sus modificatorios se creó la
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado de la
SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, organismo a cargo
del diseño, coordinación y ejecución general de las políticas públicas
en materia de discapacidad, la elaboración y ejecución de acciones
tendientes a promover el pleno ejercicio de los derechos de las
personas en situación de discapacidad y la conducción del proceso de
otorgamiento de las pensiones por invalidez.
Que por Decreto Nº 868/17 se creó en la órbita de la esta AGENCIA el
Programa Nacional denominado PLAN NACIONAL DE DISCAPACIDAD, que tiene
por objetivo la construcción y propuesta, a través de una acción
participativa y en coordinación con las distintas áreas y
jurisdicciones de la Administración Pública Nacional, de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Provinciales y Municipales con competencia en
la materia, y con las Organizaciones de la Sociedad Civil, de políticas
públicas tendientes a la plena inclusión social de las personas con
discapacidad.
Que, posteriormente, a través del Decreto N° 95/18, se suprimió el
SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN, transfiriendo a la órbita de la
AGENCIA sus responsabilidades primarias y acciones, créditos
presupuestarios, bienes, personal y dotaciones vigentes a la fecha,
estableciéndose la AGENCIA como continuadora, a todos los efectos
legales, del citado SERVICIO NACIONAL.
Que el Decreto Nº 160/18 aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la ANDIS.
Que de los términos del precitado Decreto surge que compete a la
Dirección Nacional para la Inclusión de Personas con Discapacidad la
coordinación de “(…) acciones tendientes a fortalecer la participación
de las personas con discapacidad en la educación inclusiva, el trabajo,
así como en la cultura, el deporte, la recreación, el turismo y el
planeamiento urbano (…)”.
Que, ahora bien, el entonces SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN creó
el Programa Federal de Recreación y Deportes para Personas con
Discapacidad y su Grupo Familiar.
Que el objeto del citado Programa es establecer acciones de cooperación
y colaboración entre la “ANDIS” y la provincia y/o municipio mediante
convenios específicos, a efectos de adaptar las infraestructuras
recreativas y deportivas locales, realizando las obras e instalaciones
requeridas, y/o dotándolas del equipamiento necesario, para que
resulten accesibles a personas con discapacidad.
Que mediante el Decreto Nº 225/07 se previó que cada jurisdicción o
entidad dependiente del Poder Ejecutivo Nacional cuyos presupuestos
incluyan créditos en los Incisos 5 -Transferencias, Transferencias a
Gobiernos Provinciales y/o Municipales- y 6 -Activos Financieros-,
destinados a la atención de programas o acciones de carácter social que
se ejecuten en el marco de convenios bilaterales que prevean la
obligación de rendir cuentas, a suscribirse con las Provincias y/o
Municipios, debían dictar un reglamento que regule la rendición de los
fondos presupuestarios transferidos.
Que, en ese orden de ideas, a través de la Resolución ANDIS Nº 218/19
se aprobó el “Reglamento para la rendición de cuentas de fondos
presupuestarios transferidos a Gobiernos provinciales, municipales y/u
otros entes” en el marco del denominado “Programa Federal de Recreación
y Deportes para Personas con discapacidad y su grupo familiar”.
Que la reglamentación aludida, cuyo objeto fue formalizar un
procedimiento de rendición de cuentas de los fondos transferidos por
parte de la AGENCIA a las provincias y/o municipio conveniados, es de
carácter obligatoria y vinculante para las partes.
Que, no obstante lo referido en los Considerandos que preceden, y de
acuerdo a la actualidad organizacional y funcional en relación a las
acciones de planeamiento, implementación y desarrollo de programas
orientados a las personas con discapacidad, resulta preciso instituir
en el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD el citado
programa federal, bajo la denominación de “Programa Federal de
Inclusión Deportiva, Cultural y Comunitaria para Personas con
Discapacidad”. Ello, con el objeto de armonizar las cuestiones
normativas, administrativas y operativas del Programa Federal, a los
sistemas y circuitos internos vigentes, tal como surge del Informe
Técnico elaborado por la Dirección Nacional para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad -IF-2021-37656779-APN-DNIPD#AND-.
Que, asimismo, la Dirección Nacional precitada ha propuesto la
actualización de los términos del “Reglamento para la rendición de
cuentas de fondos presupuestarios transferidos a Gobiernos
provinciales, municipales y/u otros entes”, oportunamente aprobado
mediante la Resolución ANDIS Nº 218/19, elaborando el documento
identificado como IF-2021-42957566-APN-DNIPD#AND, denominado
“Lineamientos normativos aplicables al “Programa Federal de Inclusión
Deportiva, Cultural y Comunitaria para Personas con Discapacidad”, que
detalla los requisitos y exigencias para la aplicación de los fondos
destinados al Programa en cuestión.
Que, en ese mismo sentido, con el objeto de brindar previsión al plexo
normativo que regirá los destinos de los proyectos presentados en el
marco del referido Programa Federal, resulta conveniente aprobar el
texto del modelo de Convenio de ejecución de proyecto identificado como
IF-2021-42959549-APN-DNIPD#AND.
Que, por lo expuesto, resulta dable dar por instituido el denominado
“Programa Federal de Inclusión Deportiva, Cultural y Comunitaria para
Personas con Discapacidad” en el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL DE
DISCAPACIDAD, de conformidad con los Considerandos de la presente.
Que la Unidad de Auditoría Interna y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nº 698/17 y sus modificatorios, y Nº 935/20.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Dar por instituido, en el ámbito de esta AGENCIA NACIONAL
DE DISCAPACIDAD, el “Programa Federal de Inclusión Deportiva, Cultural
y Comunitaria para Personas con Discapacidad”, de conformidad con lo
expresado en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2°.- Dejar sin efecto la Resolución ANDIS Nº 218/19 y, en su
reemplazo, aprobar el Anexo IF-2021-42957566-APN-DNIPD#AND que forma
parte integrante de la presente, denominado “Lineamientos normativos
aplicables al “Programa Federal de Inclusión Deportiva, Cultural y
Comunitaria para Personas con Discapacidad”.
ARTÍCULO 3°.- Aprobar el texto del modelo de Convenio de ejecución de proyecto, que obra como IF-2021-42959549-APN-DNIPD#AND.
ARTÍCULO 4°.- Publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial; y oportunamente archívese.
Fernando Gaston Galarraga
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/05/2021 N° 34805/21 v. 21/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: AnexoI, AnexoII)