ARMAS Y EXPLOSIVOS

Decreto Nº 2.833/1977

Reemplazo de formularios, conrrespondientes a la solicitud de tenencia de armas entregadas en ocasión de los Relevamientos Nacionales de Armas.

Bs. As., 19/9/1977

VISTO los artículos 55, inciso 3º, 56, incisos 1º, 2º, 3º y 6º y 58 del Anexo 1 del Decreto 395/75, y

CONSIDERANDO:

Que es necesario reemplazar los formularios 731 y 731-1, correspondientes a la solicitud de tenencia de armas entregadas en ocasión de los Relevamientos Nacionales de Armas, dispuestos en los Decretos 4693 del 21 de mayo de 1973 y 395/75 por credenciales otorgadas por el RENAR, a fin de permitir una mayor practicidad y seguridad que faciliten aumentar la eficiencia en el control de los actos con armas.

Por ello

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — El Ministerio de Defensa (Registro Nacional de Armas) deberá proceder a sustituir los formularios 731 y 731-1, solicitud de tenencia para armas de guerra, otorgadas por las distintas autoridades encargadas de los relevamientos ordenados en cumplimiento de los decretos 4693, del 21 de mayo de 1973 y 395/75, por la correspondiente autorización de tenencia, otorgada por ese organismo.

Art. 2° — Exclusivamente -para la circunstancia aludida en el articulo 1º, exímese del cumplimiento de los recaudos exigidos por los artículos 55, inciso 3º; 56, incisos 1º, 2º 3º y 6º y 58 segundo párrafo, del Anexo 1 al Decreto 395/75, para otorgar las credenciales de legítimo usuario.

Art. 3º — En las credenciales de legítimo usuario otorgadas en virtud de este decreto, se dejará constancia de provisionalidad, debiendo renovarse en el plazo y condiciones fijadas por el Decreto 385/75.

Art. 4º — Para las nuevas adquisiciones que efectúen los legítimos usuarios reconocidos como tales en virtud del presente decreto, se deberán cumplimentar los requisitos que establece el Decreto 395/75.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA .

José M Klix.

Alnano Harguindeguy.