JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
Resolución 2/2021
RESOL-2021-2-APN-SRPIYSC#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2021
VISTO el Expediente EX-2021-19576528- -APN-SRPIYSC#JGM del Registro de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución de Naciones Unidas
70/1 del 25 de septiembre de 2015, el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre
de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto Nº
260 del 12 de marzo de 2020, y el Decreto Nº 167 del 11 de marzo de
2021; y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019 determina que se
encuentra dentro de las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS “Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y,
de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control
estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la
administración e incrementar su eficacia”.
Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría,
aprobando asimismo, los objetivos de la SECRETARÍA DE RELACIONES
PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL, entre los
cuales se encuentran el de “Entender en la coordinación de las
relaciones institucionales con Organismos y Autoridades en el ámbito
Nacional, Provincial, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o Municipal, así
como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el
marco de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS” y “Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las
relaciones con organizaciones y sectores representativos de la
comunidad”.
Que en el Decreto citado se aprueban los objetivos de la Subsecretaría
de Relaciones Institucionales entre los cuales se incluyen “Entender en
la coordinación interinstitucional de los temas que requieran
intervención de las distintas áreas de gobierno” y “Desarrollar e
instrumentar mecanismos de coordinación interinstitucional con otros
organismos del ESTADO NACIONAL, Poderes y Jurisdicciones”.
Que mediante el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se estableció
que “el Jefe de Gabinete de Ministros coordinará con los distintos
organismos del sector público nacional, la implementación de las
acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las
recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional, en el
marco de la emergencia y de la situación epidemiológica”, y su
posterior PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA SANITARIA, con el Decreto Nº 167
del 11 de marzo de 2021.
Que la Resolución de las Naciones Unidas 70/1 aprobada por la Asamblea
General el 25 de septiembre del año 2015, aprobó un plan de acción
donde se plantearon 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169
Metas para el desarrollo después de 2015.
Que el ODS 16 procura promover sociedades pacíficas, justas e
inclusivas creando en todos los niveles instituciones eficaces y
transparentes que rindan cuentas, garantizando la adopción de
decisiones inclusivas, participativas y representativas. Que, en ese
marco, el rol de la Secretaria de Relaciones Parlamentarias,
Institucionales y con la Sociedad Civil es interactuar con los
distintos actores sociales y las instituciones con el objetivo de
lograr un accionar eficiente por parte de la administración para
satisfacer las demandas de los ciudadanos y ciudadanas.
Que dentro del contexto de actual que estamos atravesando, producto de
la pandemia declarada a causa del Covid-19 y sus consecuencias, en
necesario pensar mecanismos de articulación y coordinación, para
enfrentar las nuevas problemáticas derivadas de esta situación Que en
el ámbito de esta Secretaría se ha llevado a cabo durante el período de
Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) así como también
continuando durante el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio
(DISPO) una serie de medidas para articular y garantizar la Circulación
Excepcional de ciudadanos en el territorio nacional y para resolver
todos los inconvenientes de traslados tanto para los repatriados como
para los ciudadanos varados dentro del país, y coordinar con los
organismos que lo requirieron cuestiones relacionadas a salud, trabajo
y educación, entre otras problemáticas surgidas durante la emergencia
sanitaria.
Que en virtud de todo ello resulta procedente instituir un Programa
Nacional de Articulación de la Respuesta a Emergentes durante la
Pandemia por COVID 19, que colabore en satisfacer las nuevas
necesidades y permita articular con el fin de lograr la eficiencia de
la administración.
Que el Programa apunta a coordinar acciones entre las distintas
jurisdicciones y niveles de gobierno, ello en el marco de las
competencias que cada uno ostente.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha
tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
conferidas a esta Secretaría por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del
19 de diciembre de 2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Créase el PROGRAMA NACIONAL DE ARTICULACIÓN DE LA
RESPUESTA A EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID 19 en el ámbito de
la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA
SOCIEDAD CIVIL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 2º. El PROGRAMA NACIONAL DE ARTICULACIÓN DE LA RESPUESTA A
EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID 19 tiene como objetivo
coordinar el accionar de las distintas jurisdicciones, poderes y
Organismos del Estado, en el marco de sus respectivas competencias, con
el fin de facilitar la rápida respuesta a situaciones que emerjan
durante la emergencia sanitaria; siempre que tal intervención sea
requerida por alguna de las jurisdicciones, poderes y Organismos del
Estado.
ARTÍCULO 3°. Apruébanse los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE
ARTICULACIÓN DE LA RESPUESTA A EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID
19, el que como ANEXO I (IF-2021-19590356-APN-SRPIYSC#JGM) forma parte
integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente será
imputado a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 5°. Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Luis Fernando Navarro
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/05/2021 N° 34956/21 v. 26/05/2021
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
Programa Nacional de Articulación de la Respuesta a Emergentes durante la Pandemia por Covid 19”
Fundamentación
Durante el año 2020, a raíz de las condiciones impuestas por la
pandemia que produjo el virus COVID-19, la normalidad se vio alterada
de múltiples formas. La comunicación, la vinculación y la atención de
las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas por parte del Estado
está cambiando y es por ello que debemos pensar nuevas y mejores
herramientas para dar curso a las demandas de la sociedad.
Se ha llevado a cabo durante el período de Aislamiento Social,
Preventivo y Obligatorio (ASPO) así como también continuando durante el
Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) una serie de
medidas para articular y garantizar la Circulación Excepcional de
ciudadanos en el territorio nacional y para resolver todos los
inconvenientes de traslados tanto para los repatriados como para los
ciudadanos varados dentro del país, y coordinar con los organismos que
lo requirieron cuestiones relacionadas a salud, trabajo y educación,
entre otras problemáticas surgidas durante la emergencia sanitaria.
Asimismo, es importante que al interior del propio Estado surjan
herramientas de coordinación, a fin de obtener coherencia en el
accionar de la administración e incrementar su eficiencia.
Este programa se crea con el objeto de articular el accionar de los
distintos poderes y niveles del Estado (nacional, provincial y
municipal), así como los organismos y ministerios que lo integran,
siempre en el marco de sus respectivas competencias, en la generación
de respuestas satisfactorias a problemáticas particulares surgidas
durante la emergencia sanitaria. La finalidad es coordinar y arbitrar
los medios para que los distintos organismos que conforman el Estado
puedan resolver situaciones que involucran a ciudadanos y ciudadanas,
especialmente aquellos que se encuentren en situación de
vulnerabilidad, y que requieren una respuesta de aquél, evitando que
ésta se vea afectada de alguna manera por las restricciones impuestas
por la pandemia y cuyo abordaje corresponde llevarse a cabo desde
múltiples sectores.
Organismo Responsable
Secretaría de Relaciones Parlamentarias, Institucionales y con la
Sociedad Civil de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación.
(SRPIySC#JGM)
Destinatarias y destinatarios del Programa
Directos: organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal que
requieran asistencia para articular entre sí con el fin de dar
soluciones a las problemáticas que se encuentren enmarcadas en las
competencias del programa.
Indirectos: ciudadanía en general.
Objetivos
• Coordinar las tareas de los actores que intervengan en los distintos
niveles en los casos en que sea requerida la asistencia del Programa,
• Asegurar la intervención de todas las áreas necesarias para atender
las situaciones que se presenten desde un aspecto intersectorial.
Eje de acción
El programa tendrá como modalidad de acción, recibir las solicitudes de
asistencia que formulen los Organismos del Estado Nacional, Provincial
y Municipal mediante la plataforma GDE o TAD en caso de no contar con
dicho sistema de gestión documental. El programa se encargará de la
coordinación interinstitucional de los temas que requieran intervención
de las distintas áreas de gobierno, en el marco de sus respectivas
competencias.
Etapas de trabajo
Inicio del trámite:
Ante una presentación realizada por parte del organismo del Estado
Nacional, Provincial y Municipal interesado mediante plataforma TAD o
GDE, el funcionario del área con competencias da inicio a un expediente
donde se incluye el pedido original causante del mismo, la
documentación respaldatoria que inicialmente pudiera aportarse por
parte del interesado y un informe por parte del equipo técnico del
programa, que estará integrado por personal de la Secretaría conforme
ésta lo establezca, donde se describe la situación y se analiza cuáles
serán las áreas intervinientes.
Derivación: El caso
será derivado a la/s área/s correspondiente/s mediante comunicaciones
oficiales (CCOO). Todas estas actuaciones deberán ser incorporadas
oportunamente al expediente para que todas las partes estén informadas
de los avances.
Seguimiento y monitoreo. Se realizará un seguimiento de los expedientes para ir controlando el estado del caso.
Mediante un tablero de control se podrá monitorear y detectar los casos en los que habrá que reforzar la acción del programa.
Finalización. Una vez
cumplido el objetivo que dio origen al caso, el equipo técnico del
programa elaborará un breve informe donde consten las actuaciones
realizadas y las acciones resultantes, para dar cierre al trámite.
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