JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

Resolución 2/2021

RESOL-2021-2-APN-SRPIYSC#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/04/2021

VISTO el Expediente EX-2021-19576528- -APN-SRPIYSC#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Resolución de Naciones Unidas 70/1 del 25 de septiembre de 2015, el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019, el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020, y el Decreto Nº 167 del 11 de marzo de 2021; y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 7 del 11 de diciembre de 2019 determina que se encuentra dentro de las competencias de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS “Coordinar y controlar las actividades de los Ministerios y, de las distintas áreas a su cargo realizando su programación y control estratégico, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficacia”.

Que mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando asimismo, los objetivos de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL, entre los cuales se encuentran el de “Entender en la coordinación de las relaciones institucionales con Organismos y Autoridades en el ámbito Nacional, Provincial, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES o Municipal, así como con los distintos sectores del ámbito público y privado, en el marco de las competencias asignadas a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS” y “Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones con organizaciones y sectores representativos de la comunidad”.

Que en el Decreto citado se aprueban los objetivos de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales entre los cuales se incluyen “Entender en la coordinación interinstitucional de los temas que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno” y “Desarrollar e instrumentar mecanismos de coordinación interinstitucional con otros organismos del ESTADO NACIONAL, Poderes y Jurisdicciones”.

Que mediante el Decreto Nº 260 del 12 de marzo de 2020 se estableció que “el Jefe de Gabinete de Ministros coordinará con los distintos organismos del sector público nacional, la implementación de las acciones y políticas para el adecuado cumplimiento de las recomendaciones que disponga la autoridad sanitaria nacional, en el marco de la emergencia y de la situación epidemiológica”, y su posterior PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA SANITARIA, con el Decreto Nº 167 del 11 de marzo de 2021.

Que la Resolución de las Naciones Unidas 70/1 aprobada por la Asamblea General el 25 de septiembre del año 2015, aprobó un plan de acción donde se plantearon 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y 169 Metas para el desarrollo después de 2015.

Que el ODS 16 procura promover sociedades pacíficas, justas e inclusivas creando en todos los niveles instituciones eficaces y transparentes que rindan cuentas, garantizando la adopción de decisiones inclusivas, participativas y representativas. Que, en ese marco, el rol de la Secretaria de Relaciones Parlamentarias, Institucionales y con la Sociedad Civil es interactuar con los distintos actores sociales y las instituciones con el objetivo de lograr un accionar eficiente por parte de la administración para satisfacer las demandas de los ciudadanos y ciudadanas.

Que dentro del contexto de actual que estamos atravesando, producto de la pandemia declarada a causa del Covid-19 y sus consecuencias, en necesario pensar mecanismos de articulación y coordinación, para enfrentar las nuevas problemáticas derivadas de esta situación Que en el ámbito de esta Secretaría se ha llevado a cabo durante el período de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) así como también continuando durante el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) una serie de medidas para articular y garantizar la Circulación Excepcional de ciudadanos en el territorio nacional y para resolver todos los inconvenientes de traslados tanto para los repatriados como para los ciudadanos varados dentro del país, y coordinar con los organismos que lo requirieron cuestiones relacionadas a salud, trabajo y educación, entre otras problemáticas surgidas durante la emergencia sanitaria.

Que en virtud de todo ello resulta procedente instituir un Programa Nacional de Articulación de la Respuesta a Emergentes durante la Pandemia por COVID 19, que colabore en satisfacer las nuevas necesidades y permita articular con el fin de lograr la eficiencia de la administración.

Que el Programa apunta a coordinar acciones entre las distintas jurisdicciones y niveles de gobierno, ello en el marco de las competencias que cada uno ostente.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas a esta Secretaría por el artículo 2º del Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019.

Por ello,

EL SECRETARIO DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º. Créase el PROGRAMA NACIONAL DE ARTICULACIÓN DE LA RESPUESTA A EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID 19 en el ámbito de la SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS, INSTITUCIONALES Y CON LA SOCIEDAD CIVIL de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 2º. El PROGRAMA NACIONAL DE ARTICULACIÓN DE LA RESPUESTA A EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID 19 tiene como objetivo coordinar el accionar de las distintas jurisdicciones, poderes y Organismos del Estado, en el marco de sus respectivas competencias, con el fin de facilitar la rápida respuesta a situaciones que emerjan durante la emergencia sanitaria; siempre que tal intervención sea requerida por alguna de las jurisdicciones, poderes y Organismos del Estado.

ARTÍCULO 3°. Apruébanse los lineamientos del PROGRAMA NACIONAL DE ARTICULACIÓN DE LA RESPUESTA A EMERGENTES DURANTE LA PANDEMIA POR COVID 19, el que como ANEXO I (IF-2021-19590356-APN-SRPIYSC#JGM) forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demande el cumplimiento de la presente será imputado a las partidas específicas de la JURISDICCIÓN 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

ARTÍCULO 5°. Comuníquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Fernando Navarro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/05/2021 N° 34956/21 v. 26/05/2021

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



Programa Nacional de Articulación de la Respuesta a Emergentes durante la Pandemia por Covid 19”

Fundamentación

Durante el año 2020, a raíz de las condiciones impuestas por la pandemia que produjo el virus COVID-19, la normalidad se vio alterada de múltiples formas. La comunicación, la vinculación y la atención de las necesidades de los ciudadanos y ciudadanas por parte del Estado está cambiando y es por ello que debemos pensar nuevas y mejores herramientas para dar curso a las demandas de la sociedad.

Se ha llevado a cabo durante el período de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) así como también continuando durante el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO) una serie de medidas para articular y garantizar la Circulación Excepcional de ciudadanos en el territorio nacional y para resolver todos los inconvenientes de traslados tanto para los repatriados como para los ciudadanos varados dentro del país, y coordinar con los organismos que lo requirieron cuestiones relacionadas a salud, trabajo y educación, entre otras problemáticas surgidas durante la emergencia sanitaria. Asimismo, es importante que al interior del propio Estado surjan herramientas de coordinación, a fin de obtener coherencia en el accionar de la administración e incrementar su eficiencia.

Este programa se crea con el objeto de articular el accionar de los distintos poderes y niveles del Estado (nacional, provincial y municipal), así como los organismos y ministerios que lo integran, siempre en el marco de sus respectivas competencias, en la generación de respuestas satisfactorias a problemáticas particulares surgidas durante la emergencia sanitaria. La finalidad es coordinar y arbitrar los medios para que los distintos organismos que conforman el Estado puedan resolver situaciones que involucran a ciudadanos y ciudadanas, especialmente aquellos que se encuentren en situación de vulnerabilidad, y que requieren una respuesta de aquél, evitando que ésta se vea afectada de alguna manera por las restricciones impuestas por la pandemia y cuyo abordaje corresponde llevarse a cabo desde múltiples sectores.

Organismo Responsable

Secretaría de Relaciones Parlamentarias, Institucionales y con la Sociedad Civil de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación. (SRPIySC#JGM)

Destinatarias y destinatarios del Programa
Directos: organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal que requieran asistencia para articular entre sí con el fin de dar soluciones a las problemáticas que se encuentren enmarcadas en las competencias del programa.

Indirectos: ciudadanía en general.

Objetivos

• Coordinar las tareas de los actores que intervengan en los distintos niveles en los casos en que sea requerida la asistencia del Programa,

• Asegurar la intervención de todas las áreas necesarias para atender las situaciones que se presenten desde un aspecto intersectorial.

Eje de acción

El programa tendrá como modalidad de acción, recibir las solicitudes de asistencia que formulen los Organismos del Estado Nacional, Provincial y Municipal mediante la plataforma GDE o TAD en caso de no contar con dicho sistema de gestión documental. El programa se encargará de la coordinación interinstitucional de los temas que requieran intervención de las distintas áreas de gobierno, en el marco de sus respectivas competencias.

Etapas de trabajo

Inicio del trámite: Ante una presentación realizada por parte del organismo del Estado Nacional, Provincial y Municipal interesado mediante plataforma TAD o GDE, el funcionario del área con competencias da inicio a un expediente donde se incluye el pedido original causante del mismo, la documentación respaldatoria que inicialmente pudiera aportarse por parte del interesado y un informe por parte del equipo técnico del programa, que estará integrado por personal de la Secretaría conforme ésta lo establezca, donde se describe la situación y se analiza cuáles serán las áreas intervinientes.

Derivación: El caso será derivado a la/s área/s correspondiente/s mediante comunicaciones oficiales (CCOO). Todas estas actuaciones deberán ser incorporadas oportunamente al expediente para que todas las partes estén informadas de los avances.

Seguimiento y monitoreo. Se realizará un seguimiento de los expedientes para ir controlando el estado del caso.

Mediante un tablero de control se podrá monitorear y detectar los casos en los que habrá que reforzar la acción del programa.

Finalización. Una vez cumplido el objetivo que dio origen al caso, el equipo técnico del programa elaborará un breve informe donde consten las actuaciones realizadas y las acciones resultantes, para dar cierre al trámite.